The 2026 Selectivity is shielded against earpieces and AI: this is how the new controls will work

Frequency detectors and reinforced surveillance: this is how university entrance exams are transformed to combat digital fraud

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The Selectividad 2026 will arrive with new measures to try to curb technological cheating during exams. Several autonomous communities will incorporate frequency detection systems to locate invisible earpieces and hidden devices used for cheating, in a context marked by the growing concern of universities and teachers about the use of tools connected to artificial intelligence.

According to El País, Galicia, Murcia, Catalonia and Aragon will use detectors capable of tracking radio frequency emissions during university entrance exams. The objective is to locate hidden devices such as tiny headphones, smartwatches, connected glasses, or wireless systems used to receive answers from outside.

The newspaper also explains that several universities and educational authorities are reinforcing surveillance protocols due to the increase in cases related to AI tools and practically invisible devices. The penalties for those caught cheating include the complete annulment of the exam, with a grade of zero.

How the new systems will work

Frequency detectors allow locating wireless emissions from hidden electronic devices. These systems can detect communications used by earpieces, invisible headphones, smartwatches, hidden microphones, and other connected devices.

The concern of universities has increased especially due to the combined use of these devices with artificial intelligence applications capable of generating responses in real time.

Many universities already maintained strict restrictions on mobile phones and electronic devices, but the development of increasingly small and difficult-to-detect devices has led to reinforced surveillance controls.

What the official PAU regulations say

The new University Entrance Exam will be regulated by Royal Decree 534/2024, approved by the Government to establish the basic characteristics of the PAU in the coming academic years.

The regulation seeks greater homogenization between autonomous communities and proposes changes in the examination model, with more weight for competency and reasoning questions versus purely memoristic exercises.

The Ministry of Education and universities have also insisted on the need to adapt the tests to the new technological context and the impact of generative artificial intelligence tools.

Dates and figures of the Selectivity 2026

The university entrance exams will be held again between the end of May and June, depending on each autonomous community.

Each year, more than 300,000 students take the PAU throughout Spain, according to official data from the Ministry of Science, Innovation and Universities and the Conference of Rectors of Spanish Universities (CRUE).

Universities also maintain specific protocols for student identification, control of electronic devices, classroom surveillance, and review of incidents during exams.

What worries universities

In addition to the use of AI, universities continue to monitor hidden messaging applications, invisible wireless earbuds, devices integrated into pens or watches, and remote communication tools.

The CRUE and various university officials have indicated in recent months that the advancement of these technologies is forcing a continuous review of control and supervision systems during entrance exams.

 

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¿En qué estado parlamentario se encuentra el Real Decreto 534/2024 y qué trámites restan para su implementación definitiva?

Estado parlamentario del Real Decreto 534/2024 y trámites pendientes

El Real Decreto 534/2024 ya ha completado todo su proceso normativo y se encuentra plenamente en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado el 12 de junio de 2024, con entrada en vigor el 13 de junio de 2024. No está sujeto a ningún trámite parlamentario, ya que no es un Real Decreto-ley ni un desarrollo reglamentario que requiera convalidación o debate en las Cortes Generales. Por tanto, no quedan trámites pendientes para su implementación definitiva.

Detalles sobre la tramitación y situación actual

El Real Decreto 534/2024 es una norma ejecutiva aprobada directamente por el Gobierno y publicada en el BOE, lo que implica que su entrada en vigor depende únicamente de esa publicación y no de un proceso parlamentario. No existe ninguna iniciativa parlamentaria asociada a este Real Decreto, ni en el Congreso ni en el Senado, y no ha sido objeto de convalidación ni de derogación. En el propio texto del Real Decreto se derogan normas anteriores, pero no se menciona la derogación del propio RD 534/2024.

Posteriormente, el Real Decreto 534/2024 ha sido modificado por el Real Decreto 482/2025 y por un acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de junio de 2025, pero estas modificaciones son también de carácter ejecutivo y no implican intervención parlamentaria. Por tanto, la norma está plenamente vigente y no quedan trámites parlamentarios ni reglamentarios pendientes para su implementación definitiva.

Puedes consultar el texto íntegro y la información oficial sobre la publicación y vigencia del Real Decreto 534/2024 en el BOE.

Resumen de puntos clave
  • El Real Decreto 534/2024 está en vigor desde el 13 de junio de 2024.
  • No ha sido tramitado como Real Decreto-ley ni requiere convalidación parlamentaria.
  • No existen trámites parlamentarios pendientes; su implementación es definitiva.
  • Las modificaciones posteriores han sido exclusivamente ejecutivas.
¿Qué materias regula específicamente el Real Decreto 534/2024? ¿Qué cambios introdujo el Real Decreto 482/2025 sobre el Real Decreto 534/2024? ¿Ha habido recursos o impugnaciones judiciales contra el Real Decreto 534/2024?

¿Cuáles son las competencias legales del Ministerio de Educación en la regulación de la PAU y la coordinación entre comunidades autónomas?

Competencias legales del Ministerio de Educación en la regulación de la PAU y coordinación autonómica

El Ministerio de Educación ostenta la competencia para establecer la regulación básica de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU/EBAU), definiendo su estructura general, materias troncales, criterios comunes y efectos académicos en todo el territorio nacional. Esta función se fundamenta en la Constitución Española y en las leyes orgánicas educativas, mientras que la gestión y desarrollo concreto de la prueba corresponde a las comunidades autónomas y universidades, bajo la coordinación estatal para garantizar la homogeneidad y la igualdad de oportunidades.

Regulación básica estatal: fundamentos y alcance

La competencia estatal se apoya en el artículo 27.10 de la Constitución Española, que atribuye al Estado la regulación básica del derecho a la educación, y en el artículo 149.1.30 CE, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre las condiciones de obtención de títulos académicos y profesionales. El Ministerio de Educación, mediante leyes orgánicas como la LOE/LOMLOE y la LOU, así como reales decretos específicos (por ejemplo, RD 412/2014), establece:

  • La estructura general de la PAU/EBAU (fases, duración, tipo de ejercicios).
  • Las materias troncales y el currículo básico común a evaluar.
  • Criterios comunes de evaluación y calificación para asegurar la validez y equivalencia académica en todo el Estado.
  • Los efectos académicos de la prueba, como la validez para el acceso a universidades públicas y privadas.
Coordinación entre comunidades autónomas y universidades

El Ministerio de Educación también ejerce funciones de coordinación, conforme a los artículos 27.10 y 139 CE, para asegurar la homogeneidad y equivalencia de la prueba en todo el territorio nacional. Esta coordinación implica:

  • Facilitar la cooperación entre comunidades autónomas y universidades en la aplicación práctica de la PAU/EBAU.
  • Promover acuerdos y protocolos que eviten desigualdades en el acceso universitario.
  • Supervisar el cumplimiento de los criterios comunes establecidos en la regulación básica.

Las comunidades autónomas, a través de sus consejerías de educación, desarrollan y gestionan la prueba conforme a la regulación básica estatal, adaptando aspectos organizativos y específicos. Las universidades, en ejercicio de su autonomía, participan en la organización, evaluación y certificación de la prueba.

Resumen

En síntesis, el Ministerio de Educación garantiza la regulación básica y la coordinación general de la PAU/EBAU, mientras que las comunidades autónomas y universidades gestionan su desarrollo concreto, siempre dentro del marco común estatal para asegurar la igualdad y unidad del sistema educativo y de acceso a la universidad.

¿Qué cambios recientes ha propuesto el Ministerio de Educación en la estructura de la EBAU? ¿Cómo gestionan las comunidades autónomas las adaptaciones específicas de la PAU? ¿Qué mecanismos existen para resolver conflictos de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia educativa?

¿Qué requisitos legales deben cumplir los detectores de frecuencia y los protocolos de vigilancia para ser empleados en exámenes oficiales según la legislación española?

Requisitos legales para el uso de detectores de frecuencia y protocolos de vigilancia en exámenes oficiales en España

El empleo de detectores de frecuencia y protocolos de vigilancia en exámenes oficiales en España está sujeto a estrictos requisitos legales para garantizar el respeto a los derechos fundamentales de los aspirantes. Las medidas deben estar previstas en la normativa aplicable, ser proporcionales y necesarias para evitar el fraude, y siempre acompañadas de información previa clara a los participantes. Además, el tratamiento de datos personales y la protección de la intimidad requieren especial atención, especialmente en el caso de videovigilancia o inspecciones corporales.

1. Detectores de frecuencia y dispositivos de detección no intrusiva

La mera detección de señales inalámbricas (sin acceder al contenido de las comunicaciones) no vulnera el secreto de las comunicaciones, pero debe estar habilitada en la convocatoria o normativa específica del proceso selectivo. Es imprescindible informar previamente a los aspirantes sobre la existencia y finalidad de estos controles. No se requiere consentimiento expreso, pero sí transparencia y proporcionalidad en la medida. Si la detección implica identificación de personas, se aplicará la normativa de protección de datos personales.

2. Registro de pertenencias (mochilas, bolsos, etc.)

El registro de objetos personales debe estar expresamente previsto en la convocatoria o normativa aplicable y realizarse de forma proporcional y respetuosa. Los aspirantes deben ser informados previamente y la medida debe justificarse en la prevención del fraude. No es necesario el consentimiento expreso, pero la negativa puede conllevar la exclusión del proceso.

3. Inspecciones corporales (cacheos)

Las inspecciones corporales solo pueden realizarse si están previstas en norma con rango suficiente y ante sospechas fundadas de fraude. Deben ser excepcionales, realizadas por personal del mismo sexo y en condiciones que respeten la dignidad e intimidad del aspirante. Es obligatorio informar previamente y documentar la actuación.

4. Videovigilancia en aulas de examen

La instalación de cámaras en aulas debe estar prevista en la convocatoria y cumplir estrictamente la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD). Es obligatorio informar mediante carteles visibles y en la documentación del proceso, limitar la grabación a la finalidad de control y conservar las imágenes solo el tiempo imprescindible. Los aspirantes tienen derecho a acceder, rectificar o suprimir sus datos.

5. Garantías y límites comunes

Todas las medidas deben respetar los principios de legalidad, proporcionalidad y necesidad, así como la dignidad y derechos fundamentales de los aspirantes. La información previa es obligatoria en todos los casos, y el consentimiento solo es exigible en medidas especialmente invasivas o no previstas en la normativa. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Supremo, la AEPD y el Defensor del Pueblo refuerzan la necesidad de que estas actuaciones estén debidamente justificadas y documentadas.

Ejemplo de cláusula para convocatoria

"Con el fin de garantizar la integridad y la igualdad en el proceso selectivo, se podrán utilizar dispositivos electrónicos de detección de señales inalámbricas y realizar registros de pertenencias personales. En caso de sospecha fundada, se podrá proceder a una inspección corporal superficial, siempre respetando la dignidad del aspirante. Las aulas podrán estar dotadas de sistemas de videovigilancia, conforme a la normativa de protección de datos. Los aspirantes serán informados previamente de todas estas medidas."

No se dispone de enlaces directos a normativa específica en las fuentes consultadas, pero la información se basa en la Constitución Española, la LOPDGDD, la Ley General de Telecomunicaciones, la Ley de Seguridad Ciudadana, la normativa educativa y de función pública, así como en la jurisprudencia relevante.

¿Qué diferencias existen entre la regulación de estas medidas en exámenes universitarios y en oposiciones a la Administración pública? ¿Qué pronunciamientos recientes ha emitido la Agencia Española de Protección de Datos sobre videovigilancia en exámenes? ¿Cómo deben actuar los tribunales de examen ante la negativa de un aspirante a someterse a un registro o control?

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¿Qué tecnología utilizarán varias comunidades autónomas en la Selectividad 2026 para detectar trampas tecnológicas?

Question 1 of 3

¿Qué normativa regulará la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) a partir de 2026?

Question 2 of 3

¿Cuándo se celebrarán las pruebas de acceso a la universidad en 2026?

Question 3 of 3

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