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Entre autres questions, le Gouvernement a donné le feu vert à la réforme Antitabaco

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À partir de 12h30, une conférence de presse est prévue après le Conseil des Ministres. En cette occasion, la ministre porte-parole, Elma Saiz, est accompagnée de la vice-présidente seconde et ministre du Travail et de l'Économie Sociale, Yolanda Díaz; le ministre de l'Industrie et du Tourisme, Jordi Hereu, et la ministre de la Santé, Mónica García. Parmi d'autres questions, le Gouvernement a donné son feu vert à la réforme Antitabac.

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CONTENU GÉNÉRÉ PAR L'IA

¿En qué punto del trámite parlamentario se encuentra la reforma Antitabaco aprobada por el Gobierno?

A día de hoy, 21 de julio de 2026, la llamada reforma antitabaco no está todavía en trámite parlamentario. El texto sigue siendo un anteproyecto de ley dentro del Gobierno, pendiente de que el Consejo de Ministros lo apruebe en segunda vuelta y lo envíe al Congreso como proyecto de ley. No hay aún número de expediente en Congreso o Senado, ni plazos de enmiendas abiertos, ni fase de ponencia o comisión. Por tanto, técnicamente, la reforma antitabaco aún no tiene “estado parlamentario”.

Qué ha aprobado exactamente el Gobierno hasta ahora

La reforma se articula como una modificación de la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo. El Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley del tabaco en primera vuelta en septiembre de 2025, tal y como han ido detallando tanto el Ministerio de Sanidad como diversos análisis especializados, por ejemplo el balance de los 20 años de la ley antitabaco recogido por el periódico Demócrata en este análisis.

Tras esa primera aprobación, el texto se sometió a:

  • Consulta pública previa y fase de información a la ciudadanía, descrita en documentos del propio Ministerio, como la ficha de consulta pública disponible en esta ficha.
  • Audiencia pública, donde se recibieron centenares de alegaciones de organizaciones, sector sanitario y sociedad civil; este esquema se resume, por ejemplo, en el reportaje de Demócrata sobre propuestas fiscales y empaquetado genérico en este artículo.

Además, el texto ha pasado por órganos consultivos. Redacción Médica detalla que el Consejo Económico y Social (CES) acaba de emitir dictamen sobre la “nueva ley antitabaco”, valorando positivamente el objetivo sanitario pero pidiendo más rigor económico y plazos de adaptación más amplios, en este dictamen.

Según avanzó también el Ministerio, la reforma desarrolla los ejes del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024‑2027, descritos en la nota oficial sobre medidas frente al tabaquismo disponible en esta nota de prensa.

Situación actual: fase prelegislativa, no parlamentaria

Las informaciones más recientes apuntan a que la reforma está lista para volver al Consejo de Ministros. Demócrata publica que la ley de Medicamentos y la reforma Antitabaco están “listas para el Consejo de Ministros”, con la intención de aprobar en segunda vuelta el anteproyecto de reforma de la ley del tabaco, en esta pieza y en la agenda parlamentaria avanzada en esta agenda.

El esquema que se desprende de las fuentes oficiales y de seguimiento legislativo es:

  • Hoy: la reforma antitabaco sigue siendo un anteproyecto, no un proyecto de ley. Está en fase interna gubernamental, no en el Congreso.
  • Consejo de Ministros: Sanidad y el Gobierno prevén aprobarla en segunda vuelta en estas semanas, como señalan tanto Demócrata (artículo sobre “luz verde inminente”) como otras crónicas que recogen las palabras del secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, esperando que la ley llegue al Consejo “antes de que termine julio” (por ejemplo, en esta información).
  • No hay expediente en Cortes: búsquedas en bases de datos parlamentarias y en la agenda legislativa muestran que no existe todavía proyecto o proposición de ley sobre esta reforma registrado en el Congreso ni en el Senado. No consta número de proyecto, ni apertura de plazo de enmiendas, ni designación de comisión.

Es decir, el proceso está en la fase habitual de los anteproyectos: tras consultas y dictámenes, el Gobierno debe decidir la versión definitiva y aprobarla como proyecto de ley para poder remitirla a las Cortes. Hasta que ese envío no se produzca, no se puede hablar propiamente de “trámite parlamentario” de la reforma antitabaco.

Qué ocurrirá cuando entre en el Parlamento

Una vez el Consejo de Ministros apruebe el texto en segunda vuelta, se convertirá en un Proyecto de Ley de reforma de la ley antitabaco y se enviará al Congreso de los Diputados. A partir de ahí, seguirá el cauce ordinario:

  • Publicación del proyecto y apertura del plazo de enmiendas de los grupos.
  • Debate en la Comisión de Sanidad, con ponencia y dictamen.
  • Votación en el Pleno del Congreso, paso al Senado y, en su caso, vuelta al Congreso si hay enmiendas de la Cámara Alta.

Ese momento podrá seguirse en los buscadores oficiales de iniciativas del Congreso y del Senado, accesibles en esta página del Congreso y en este buscador del Senado. De las fuentes consultadas se desprende que el objetivo político de Sanidad es que el proyecto llegue al Congreso “tras el verano” de 2026, pero no se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre un calendario cerrado de tramitación parlamentaria.

En paralelo, para contexto de contenido y alcance de las medidas (espacios libres de humo, vapeadores, restricciones publicitarias, etc.), puede consultarse el análisis de Demócrata sobre las nuevas restricciones publicitarias del anteproyecto en este reportaje, así como el desglose académico de medidas y críticas en este análisis y la documentación de audiencia pública del Ministerio en este documento.

En resumen: aunque el Gobierno sí ha impulsado y aprobado el anteproyecto de reforma antitabaco, esa reforma aún no ha comenzado su recorrido en las Cortes; sigue en la última fase interna del Ejecutivo, a la espera de la aprobación definitiva en Consejo de Ministros y del envío al Congreso.

Otros enlaces útiles del propio Ministerio y de prensa generalista que contextualizan el proceso y su calendario son la nota de aprobación inicial del anteproyecto en esta nota oficial, la explicación divulgativa de El País sobre las claves de la nueva ley en este resumen, el seguimiento de otros medios sobre la inminente aprobación en Consejo de Ministros como este artículo o esta pieza, y el recordatorio del propio Ministerio sobre el marco general de participación pública en esta referencia y esta ficha. Para contexto social y de opinión pública pueden verse también la pieza divulgativa de Facebook sobre los 20 años de la ley en esta publicación y la información audiovisual enlazada en este vídeo.

¿Qué medidas concretas incluye el anteproyecto de reforma antitabaco sobre terrazas, playas y cigarrillos electrónicos? ¿Qué apoyos y qué resistencias políticas se prevén en el Congreso para la futura ley antitabaco? ¿Cómo afectaría la nueva ley antitabaco a la hostelería y a los productores de tabaco en España?

¿Cuáles son las competencias y funciones de la vicepresidenta segunda del Gobierno según la legislación española?

En la legislación española, la vicepresidencia segunda del Gobierno no tiene un catálogo cerrado de competencias propias; sus funciones vienen determinadas por la Ley del Gobierno y, sobre todo, por lo que le encomiende el presidente mediante reales decretos de estructura y de distribución de funciones. Jurídicamente, la vicepresidenta segunda comparte el mismo estatuto que cualquier otra vicepresidencia: es miembro del Gobierno, se sitúa inmediatamente por detrás del presidente en la jerarquía (según el orden de precedencia fijado por el propio Ejecutivo) y ejerce las tareas de coordinación y dirección política que se le atribuyan. La denominación “segunda” solo indica su lugar en ese orden interno, no un tipo de competencia diferente.

Marco normativo básico

La norma central es la Ley 50/1997 del Gobierno, que desarrolla el artículo 98 de la Constitución, al que el propio preámbulo de la ley alude expresamente. En ese preámbulo se recuerda que el artículo 98.1 establece una composición fija del Gobierno, “considerando como miembros del Gobierno al Presidente, a los Vicepresidentes cuando existan, y a los Ministros”. La ley subraya también “la importancia del Presidente, con fundamento en el principio de dirección presidencial”, y califica la existencia de vicepresidencias como “carácter disponible”, es decir, opcional y decidida en cada legislatura por el presidente.

En el articulado, la Ley del Gobierno establece que:

  • “El Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros”.
  • Corresponde al presidente, entre otras cosas, “proponer al Rey el nombramiento y separación de los Vicepresidentes y de los Ministros”.

A partir de ahí, todo el régimen de las vicepresidencias se construye sobre la idea de que son órganos de apoyo político al presidente, cuya existencia, número (primera, segunda, tercera…) y contenido funcional se decide políticamente.

Funciones legales de los vicepresidentes

La Ley 50/1997 contiene un precepto específico sobre los vicepresidentes donde se fija la regla general:

  • “Al Vicepresidente o Vicepresidentes, cuando existan, les corresponderá el ejercicio de las funciones que les encomiende el Presidente”.
  • “El Vicepresidente que asuma la titularidad de un Departamento Ministerial, ostentará, además, la condición de Ministro”.

Esto implica dos ideas clave:

  • No existe, en la ley, una lista cerrada de competencias propias de cada vicepresidencia; son órganos de dirección y coordinación cuya agenda depende del presidente.
  • Si la vicepresidenta segunda es, a la vez, ministra (por ejemplo, de un área socioeconómica), a las funciones de vicepresidencia se añaden todas las atribuciones que la ley reconoce a los ministros en su departamento.

La posición de la vicepresidenta segunda

La mención a “Vicepresidente o Vicepresidentes” permite la coexistencia de varias vicepresidencias (primera, segunda, etc.). La propia exposición de motivos de la Ley 50/1997 del Gobierno señala que se mantiene “el carácter disponible de los Vicepresidentes, cuya existencia real en cada formación concreta del Gobierno dependerá de la decisión del Presidente”. El ordinal (primera, segunda) es, por tanto, una decisión política que se traduce en:

  • El orden de precedencia dentro del Consejo de Ministros y en los actos oficiales.
  • El lugar de la vicepresidenta segunda en las cadenas internas de coordinación y, en su caso, de sustitución del presidente, reguladas en otros preceptos de la misma ley y en los reales decretos organizativos.

En términos sustantivos, la legislación no diferencia funciones “de primera” o “de segunda” vicepresidencia: ambas se rigen por la misma regla general de encomienda presidencial.

Atribución concreta de competencias

La ley establece que el presidente puede “crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales, así como las Secretarías de Estado” y aprobar la estructura de la Presidencia del Gobierno. A través de esos reales decretos se concretan, en cada legislatura, las áreas de responsabilidad de la vicepresidencia segunda, que suelen incluir:

  • Coordinación de una gran área de políticas públicas (económica, social, territorial, etc.).
  • Presidencia de determinadas comisiones delegadas del Gobierno, cuando así se disponga.
  • Impulso y seguimiento de prioridades estratégicas fijadas por el presidente.

Además, la Ley del Gobierno prevé que los vicepresidentes cuenten con gabinete propio como “órganos de apoyo político y técnico del Presidente del Gobierno, de los Vicepresidentes, de los Ministros y de los Secretarios de Estado”, cuyos miembros realizan tareas de confianza y asesoramiento.

Límites y responsabilidad

Aunque la vicepresidenta segunda ejerza funciones de alta dirección política, sus actuaciones se insertan siempre en el marco de la responsabilidad colegiada del Gobierno y del principio de dirección presidencial. La ley insiste en que los ministros conservan “competencia y responsabilidad en la esfera específica de su actuación”, de modo que la vicepresidencia no puede vaciar las competencias legalmente atribuidas a un departamento.

En resumen, según la normativa vigente, la vicepresidenta segunda del Gobierno es una vicepresidencia con el mismo estatuto jurídico que cualquier otra: su carácter es opcional, su posición viene determinada por el presidente y sus competencias son las que este le encomienda mediante reales decretos, sin que exista un bloque de funciones predeterminado por la ley más allá de su papel de dirección y coordinación política en el seno del Ejecutivo.

¿Qué tipo de competencias concretas suele recibir en la práctica una vicepresidencia segunda en los últimos gobiernos de España? ¿Cómo se articula jurídicamente la sustitución del presidente del Gobierno por los distintos vicepresidentes según la Ley 50/1997? ¿En qué reales decretos se han concretado las funciones de la actual vicepresidenta segunda del Gobierno y qué contenido tienen?

¿Qué resultados obtuvo el partido político de Yolanda Díaz en las últimas elecciones generales?

En las últimas elecciones generales celebradas en España el 23 de julio de 2023, la coalición Sumar, liderada por Yolanda Díaz, obtuvo 3.014.006 votos, equivalentes a alrededor del 12,3 % del voto, y logró 31 escaños en el Congreso de los Diputados. Con estos resultados se convirtió en la cuarta fuerza política a nivel estatal, por detrás de PP, PSOE y Vox. En la Cámara Alta, Sumar no consiguió representación directa en el Senado en esos comicios.

Resultados de Sumar en el Congreso de los Diputados

Según los datos oficiales recopilados por medios como RTVE, Sumar cosechó el 23-J un total de 3.014.006 papeletas, lo que supuso en torno a un 12,3 % del voto en las elecciones al Congreso. Esa cifra se tradujo en 31 diputados, que son los que hoy integran la parte de la coalición del Gobierno de Pedro Sánchez que no pertenece al PSOE, tal y como se refleja en los análisis parlamentarios del periódico Demócrata sobre la nueva aritmética de la XV Legislatura, donde se señala que los socialistas y la coalición encabezada por Díaz suman conjuntamente 147 escaños en la Cámara Baja (análisis de investidura).

En términos de posición política, ese resultado situó a Sumar muy cerca de Vox: distintos medios subrayan que la coalición de Díaz quedó apenas unos 20.000 votos por detrás del partido de extrema derecha, que obtuvo más escaños y retuvo la tercera plaza en el Congreso. Aun así, los 31 diputados de Sumar fueron decisivos para articular la mayoría que permitió la investidura de Pedro Sánchez y la formación del actual Gobierno de coalición.

Composición interna de los 31 escaños

Las crónicas postelectorales detallan que esos 31 escaños responden a una candidatura de coalición que integraba a distintos partidos de la izquierda a nivel estatal y territorial. En esa distribución interna, las informaciones abiertas citan, a modo orientativo, un reparto entre las familias políticas de la coalición (cuota de la propia plataforma de Yolanda Díaz, IU, Podemos, los Comuns, Más Madrid, Compromís o Chunta Aragonesista). Este mosaico refleja que Sumar aglutina gran parte del espacio que en 2019 ocuparon Unidas Podemos, Más País y Compromís, algo que también recuerda el periódico Demócrata cuando analiza la transferencia de voto entre 2019 y 2023 en su agregador demoscópico (encuestas generales).

Territorialmente, los análisis de resultados señalan que la coalición consiguió una parte importante de sus diputados en circunscripciones urbanas y de gran tamaño, con especial peso de Cataluña, la Comunidad de Madrid, Andalucía y la Comunidad Valenciana. Esta implantación explica que, en la práctica parlamentaria, Sumar se configure como un grupo con fuerte presencia en las grandes áreas metropolitanas y en algunos territorios donde ya existían marcas previas (Comuns, Compromís, Más Madrid, etc.).

Situación de Sumar en el Senado

En las elecciones al Senado del 23 de julio de 2023, Sumar no logró senadores elegidos directamente por circunscripción provincial. El sistema electoral de la Cámara Alta, basado en listas abiertas mayoritarias con tres o cuatro senadores por provincia, suele dificultar el acceso a fuerzas de tamaño medio o pequeño, favoreciendo al PP y al PSOE y, en menor medida, a otras formaciones con arraigo territorial.

Sin embargo, la presencia de Sumar en el Senado se articula por otras vías. Un análisis de Demócrata sobre la formación de grupos en la Cámara Alta explica cómo la coalición de Yolanda Díaz suma a sus escaños los de formaciones aliadas, como la Agrupación Socialista Gomera (ASG), Más Madrid, Compromís y el senador elegido en Ibiza-Formentera en una candidatura conjunta con el PSOE (formación de grupos en Senado y Congreso). Es decir, aunque no tuviera senadores "propios" salidos directamente de la marca Sumar en las papeletas al Senado, sí logra traducir parte de su fuerza política en presencia dentro de un grupo parlamentario en la Cámara Alta gracias a acuerdos con otras siglas.

Relevancia política de esos resultados

Desde el punto de vista del sistema político español, el resultado de Sumar el 23-J fue suficiente para mantener un Gobierno de coalición de izquierdas, pero con un equilibrio más ajustado que en la legislatura anterior. La misma pieza de Demócrata sobre el bloque de investidura recuerda que, con los números actuales, el Gobierno necesita casi siempre el apoyo combinado de Sumar y de varias fuerzas nacionalistas e independentistas (ERC, Junts, EH Bildu, PNV, BNG, CC y, ya en el Grupo Mixto, Podemos) para sacar adelante sus iniciativas.

En síntesis: en las generales del 23 de julio de 2023, Sumar consiguió consolidarse como actor clave en el bloque progresista con 31 diputados y un 12,3 % de voto al Congreso, sin senadores elegidos directamente, pero con capacidad para estar presente también en el Senado mediante alianzas parlamentarias. Su peso numérico es menor que el que tuvo Unidas Podemos en 2019, pero sigue siendo imprescindible para la gobernabilidad en la XV Legislatura.

Si se quieren consultar con mayor detalle las cifras y mapas de resultados del 23-J por comunidades y provincias, pueden verse los resúmenes interactivos publicados por medios como RTVE o la prensa de referencia, por ejemplo el especial de resultados de RTVE, el desglose autonómico de El Periódico o los análisis estadísticos de EPData, entre otros.

¿Cómo se reparten territorialmente los 31 escaños de Sumar provincia a provincia? ¿En qué se diferencia el resultado de Sumar en 2023 del que obtuvo Unidas Podemos en las elecciones generales de 2019? ¿Qué margen tiene el Gobierno con los 147 escaños de PSOE y Sumar y qué apoyos adicionales necesita para aprobar leyes clave como los Presupuestos?

Jouer

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Que savez-vous de ce sujet ? Répondez à ce qui suit 3 des questions.

¿A qué hora está prevista la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros?

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¿Qué reforma ha aprobado el Gobierno según la noticia?

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¿Quiénes acompañan a Elma Saiz en la rueda de prensa?

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