Cupón Diario ONCE hoy: resultado del miércoles 1 de julio y número premiado

Consulta el resultado del Cupón Diario de la ONCE de hoy, miércoles 1 de julio de 2026, con el número premiado, la serie ganadora y cómo comprobar si tu cupón ha sido premiado

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Cupón conmemorativo del turno de oficio. ONCE-ABOGACÍA ESPAÑOLA

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El Cupón Diario de la ONCE de este miércoles 1 de julio de 2026 ya tiene número premiado. El sorteo ha dejado como resultado principal el número 91264, con la serie 024.

El cupón que coincida con las cinco cifras y la serie ganadora opta al premio principal del sorteo.

Resultado del Cupón Diario ONCE del miércoles 1 de julio

El resultado del Cupón Diario de la ONCE de hoy, miércoles 1 de julio de 2026, es el siguiente:

  • Número premiado: 91264
  • Serie: 024
  • Reintegro a la primera cifra: 9
  • Reintegro a la última cifra: 4

Los jugadores deben comprobar el número completo del cupón y, para el premio principal, también la serie ganadora.

Qué premio reparte el Cupón Diario de la ONCE

El Cupón Diario de la ONCE reparte un premio principal de 500.000 euros al cupón que acierte las cinco cifras y la serie.

Además, hay premios secundarios para quienes acierten las cinco cifras sin serie, así como premios por coincidencias con las cuatro, tres, dos o una cifras del número premiado.

Cómo comprobar si te ha tocado el Cupón Diario

Para comprobar un cupón de la ONCE hay que revisar el número de cinco cifras y, para el premio principal, también la serie.

El resultado puede consultarse en JuegosONCE, en el histórico oficial de resultados y en puntos de venta autorizados. Conviene conservar siempre el cupón original, ya que será necesario para reclamar cualquier premio.

Dónde cobrar un cupón premiado de la ONCE

Los premios menores pueden cobrarse en puntos de venta autorizados de la ONCE.

Para premios de mayor importe, el ganador debe seguir el procedimiento indicado por la organización y presentar el cupón original en buen estado.

Cuándo caduca un cupón de la ONCE

Los cupones de la ONCE tienen un plazo de caducidad de 30 días naturales contados desde el día siguiente al sorteo.

Por eso, si el cupón está premiado, conviene comprobarlo cuanto antes y no dejar pasar el plazo de reclamación.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué normativa regula los sorteos y premios de la ONCE en España?

La regulación de los sorteos y premios de la ONCE se apoya en un bloque normativo específico sobre la propia organización, en la Ley general del juego y en la normativa fiscal sobre premios de loterías. El eje básico es el Real Decreto 358/1991, que define a la ONCE como corporación de derecho público y vincula sus juegos al protectorado estatal, complementado por sus Estatutos y el Acuerdo General Gobierno‑ONCE 2022‑2031. La autorización concreta de cada modalidad (Cupón, lotería instantánea, juego activo, etc.) se desarrolla mediante reales decretos y reglamentos publicados en el BOE, verificados por el Consejo de Protectorado. En materia de impuestos, los premios de la ONCE están sujetos al gravamen especial creado por la Ley 16/2012, con retención en el momento del cobro y modelos de declaración específicos.

1. Régimen jurídico básico de la ONCE y del juego

El marco institucional de la ONCE se fija en el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de reordenación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, que la configura como Corporación de Derecho Público de carácter social, bajo el protectorado del Estado y con «un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego» para financiar sus fines sociales. Este real decreto ha sido sucesivamente modificado por, entre otros, el RD 1200/1999, el RD 1359/2005, el RD 394/2011, el RD 1146/2012, el RD 3/2013, el RD 1152/2015, el RD 369/2021 y el RD 1127/2021.

Los Estatutos vigentes se publican mediante la Orden SCB/1240/2019, y la base legal originaria de la reserva de juego a favor de la ONCE sigue siendo la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, hoy integrada y en parte sustituida por la Ley 13/2011, de regulación del juego, modificada a su vez por la Ley 23/2022.

La Ley 13/2011 reserva las loterías de ámbito estatal a dos operadores, designando a la ONCE en sus disposiciones adicionales primera y segunda, y reconoce que, por su singularidad, se rige por su normativa específica (Ley 46/1985, Real Decreto 358/1991, Acuerdos Generales Gobierno‑ONCE y reales decretos específicos de autorización de juegos).

2. Autorización y reglas de cada modalidad de juego

2.1. Lotería instantánea o presorteada

La modalidad de lotería instantánea (rasca y similares) se autoriza por el Real Decreto 1336/2005, que permite a la ONCE comercializar una lotería de premio inmediato, fija el rango de porcentaje de premios por emisión entre el 45 % y el 80 % y atribuye al Consejo de Protectorado el control sobre emisiones, recaudación, premios pagados y caducados y destino de los ingresos. Este régimen ha sido ajustado por el RD 1706/2011, el RD 1152/2015 y el citado RD 1127/2021.

El detalle operativo (formatos, series, premios, etc.) se concreta en el Reglamento de “Lotería instantánea de boletos de la ONCE”, aprobado por la Resolución de 3 de mayo de 2012 y posteriormente sustituido y actualizado por la Resolución de 4 de abril de 2023, sucesivamente modificada (entre otras, por las resoluciones de 26 de abril de 2023, 26 de abril de 2023, 23 de junio de 2023, 28 de julio de 2023, 27 de noviembre de 2023, 1 de febrero de 2024, 11 de marzo de 2024 y 17 de abril de 2024). La versión más reciente de conjunto es la Resolución de 29 de enero de 2026, que vuelve a revisar el reglamento y da publicidad al lanzamiento y finalización de productos concretos.

2.2. Cupón de la ONCE

El régimen actualizado del Cupón (Cupón Diario, Cuponazo, Fin de Semana y sorteos extraordinarios) se recoge en la Resolución de 4 de abril de 2023, que aprueba un nuevo Reglamento del “Cupón de la ONCE”. Este texto se apoya expresamente en la Ley 13/2011, en la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, en el Real Decreto 358/1991, en el Real Decreto 1336/2005 y en el Acuerdo General Gobierno‑ONCE 2022‑2031. El reglamento regula características de los sorteos, soportes de comercialización, calendario (que se publica trimestralmente en el BOE), sistema de premios y el compromiso de la ONCE de aplicar «la retención que determine la normativa fiscal vigente» sobre los premios obtenidos.

2.3. Juego activo y otros productos

Las restantes modalidades de lotería de la ONCE (como “Juego Activo”: Triplex, Súper Once, 7/39, etc.) se regulan por sus propios reglamentos, publicados y actualizados mediante resoluciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales/Derechos Sociales: entre otras, la Resolución de 2 de diciembre de 2009, la Resolución de 19 de junio de 2012, la Resolución de 23 de agosto de 2016 y la Resolución de 4 de abril de 2023 para el nuevo Reglamento de “Juego Activo de la ONCE”.

3. Control administrativo de los juegos de la ONCE

El RD 358/1991 y la normativa que lo desarrolla atribuyen al Consejo de Protectorado de la ONCE el control económico y de juego: verificación de los reglamentos, aprobación de cambios relevantes, control de emisiones y recaudación y comprobación del destino de los ingresos a fines sociales. Las resoluciones de aprobación de reglamentos (por ejemplo, las de 4 de abril de 2023 para Cupón, Lotería instantánea y Juego activo) destacan que la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado verifica su adecuación al marco legal antes de ordenar su publicación en el BOE como garantía para los consumidores.

4. Fiscalidad de los premios de la ONCE

En materia tributaria, la pieza clave es la Ley 16/2012, que establece un gravamen especial sobre los premios de las loterías del Estado, de las comunidades autónomas, de la Organización Nacional de Ciegos Españoles y de la Cruz Roja Española, devengado en el momento del cobro mediante retención o ingreso a cuenta. La ley prevé también un gravamen paralelo en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

La gestión de estas retenciones se articula a través de los modelos aprobados por la Orden HAP/70/2013 (modelos 230 y 136) y la Orden HAP/2368/2013 (modelo 270), modificadas entre otras por la Orden HAC/763/2018 y la reciente Orden HAC/1431/2025. Además, la normativa de gestión de retenciones (por ejemplo, la Orden HAC/1431/2025 sobre los modelos 347, 190 y 270, o la Orden HFP/1172/2022 sobre IRPF por módulos) completa el encaje técnico de estas obligaciones.

Los reglamentos de Cupón y de Lotería instantánea (resoluciones de 4 de abril de 2023 y modificaciones posteriores, incluida la Resolución de 15 de febrero de 2016 y la ya citada Resolución de 29 de enero de 2026) reiteran que la ONCE aplica sobre los premios la retención que fije en cada momento la normativa fiscal vigente, de acuerdo con este marco tributario general.

¿Cuáles son las competencias y funciones principales de la ONCE como organización?

La ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles) es una corporación de derecho público de carácter social que actúa en toda España con una doble función principal: garantizar la plena inclusión y autonomía de las personas ciegas y con discapacidad visual grave, y financiar esa misión mediante la gestión de juegos de azar de carácter social (como el Cupón). Sus competencias abarcan desde la prestación directa de servicios sociales especializados hasta la inserción laboral, la educación, la accesibilidad y la representación institucional del colectivo. Además, coordina su acción con las administraciones públicas y con el tercer sector de la discapacidad, y articula parte de su actividad a través de entidades vinculadas como Fundación ONCE. En conjunto, actúa como referente en discapacidad visual y modelo de economía social en el ámbito español y europeo.

1. Naturaleza jurídica y ámbito de actuación

La ONCE es una corporación de derecho público de base asociativa, bajo el protectorado del Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Esto significa que:

Actúa como una organización social representativa del colectivo de personas ciegas y con discapacidad visual grave en España, pero también como entidad sometida a un marco normativo específico y a la supervisión pública en aspectos esenciales (especialmente en materia de juego y de servicios sociales). Su ámbito es estatal, con una estructura territorial que le permite prestar servicios en todas las comunidades autónomas y coordinarse con los distintos niveles de la administración.

2. Prestación de servicios sociales a personas ciegas y con discapacidad visual

El núcleo de sus competencias se centra en los servicios sociales especializados para personas con ceguera o discapacidad visual grave reconocida. Entre sus funciones principales destacan:

Rehabilitación y autonomía personal: programas de rehabilitación básica y funcional, entrenamiento en movilidad, uso del bastón blanco, habilidades de la vida diaria y apoyo psicológico orientado a la adaptación a la pérdida de visión.
Apoyos educativos: atención temprana, apoyo a la escolarización en centros ordinarios (maestros itinerantes, adaptación de materiales, tecnología accesible) y, cuando es necesario, escolarización en centros específicos; acompañamiento en etapas universitarias y de formación profesional.
Acceso a la información y cultura: producción y préstamo de libros en braille, audio y formatos accesibles; apoyo al acceso a la lectura, cultura, ocio y deporte adaptado; fomento de actividades culturales y culturales-deportivas.
Apoyos técnicos y tecnológicos: asesoramiento y facilitación de productos de apoyo (lectores de pantalla, lupas electrónicas, líneas braille, etc.) para favorecer el acceso a la información y la comunicación.

3. Inserción laboral y economía social

Otra competencia clave de la ONCE es la promoción del empleo de personas con discapacidad, tanto visual como de otros tipos, a través de:

Empleo protegido y ordinario: oferta de puestos de trabajo (por ejemplo, vendedores del cupón) y programas de orientación e intermediación laboral para el acceso al mercado ordinario.
Red de empresas de economía social: aunque con personalidad jurídica diferenciada (como el grupo empresarial social vinculado a ONCE y Fundación ONCE), la organización impulsa actividades empresariales en sectores diversos con un objetivo social y de creación de empleo para personas con discapacidad.
Formación profesional y capacitación: desarrollo de cursos, certificaciones y programas formativos específicos para mejorar la empleabilidad.

4. Gestión de juegos de azar con finalidad social

La ONCE tiene atribuida la competencia para la organización y comercialización de determinados juegos de azar de ámbito estatal con una finalidad social. Sus principales funciones en este ámbito son:

Diseño y comercialización de productos de juego: como el Cupón Diario, Cuponazo y otros sorteos de lotería social, siempre bajo autorización y control normativo.
Financiación de servicios sociales: los ingresos generados se destinan, tras el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales, a sufragar la red de servicios y programas sociales dirigidos a las personas ciegas y con discapacidad.
Garantía de juego responsable: desarrollo de políticas y procedimientos de juego responsable, prevención de adicciones y cumplimiento estricto de la regulación del sector.

5. Representación, defensa de derechos y colaboración institucional

La ONCE también actúa como representante y defensora de los derechos de las personas con discapacidad visual. Entre sus funciones en este plano destacan:

Incidencia política y normativa: participación en procesos de consulta pública, mesas de diálogo social y órganos consultivos para impulsar una legislación más inclusiva en materia de discapacidad, accesibilidad, empleo y educación.
Colaboración con administraciones y tercer sector: firma de convenios con ministerios, comunidades autónomas, entidades locales y otras organizaciones sociales para proyectos conjuntos en accesibilidad, inclusión laboral y servicios sociales.
Promoción de la accesibilidad universal: impulso de iniciativas para eliminar barreras físicas, comunicativas y digitales, y para incorporar el diseño universal en políticas públicas y privadas.

6. Coordinación con Fundación ONCE y otras entidades

Aunque Fundación ONCE y otras entidades vinculadas tienen personalidad propia, la ONCE ejerce una función de impulso y coordinación estratégica. Esta red permite ampliar el ámbito de actuación hacia la discapacidad en general, la innovación en accesibilidad y la cooperación internacional, manteniendo como eje la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.

¿Qué marco legal regula exactamente a la ONCE y sus competencias en España? ¿Cómo se financia en detalle la ONCE y qué parte de los ingresos del juego se destina a servicios sociales? ¿Qué papel tiene la ONCE en la elaboración de políticas públicas sobre discapacidad visual y accesibilidad en España?

¿Qué requisitos hay que cumplir para vender cupones de la ONCE en un punto autorizado?

Para vender cupones de la ONCE como punto autorizado (kiosco, estanco, tienda, bar, etc.) no es necesario ser vendedor contratado por la Organización, pero sí firmar un acuerdo comercial específico, disponer de un terminal homologado conectado al sistema central de la ONCE y cumplir las normas regulatorias sobre juego y ubicación de los puntos de venta. La venta se realiza siempre dentro de la red oficial de la ONCE, bajo el control del Consejo de Protectorado del Estado y de la propia Organización. Además, hay reglas estrictas sobre cómo se emiten los cupones (códigos de control, identificación del punto de venta) y limitaciones de ubicación respecto a centros escolares o de atención a personas con ludopatía. Otra cosa distinta es trabajar como “agente vendedor” de la ONCE, que exige discapacidad reconocida y se rige por criterios laborales específicos.

1. Quién puede ser punto de venta autorizado

Pueden ser puntos de venta autorizados tanto personas físicas como jurídicas externas a la ONCE (kioscos de prensa, estancos, gasolineras, comercios de barrio, etc.) que firmen un contrato de colaboración con la Organización. Ese acuerdo les faculta a comercializar productos de lotería de la ONCE (cupón diario, Sueldazo, lotería instantánea, etc.), además de permitir el pago de determinados premios y fijar comisiones y obligaciones. Esta figura aparece de forma recurrente en notas institucionales que explican que los cupones pueden adquirirse en “establecimientos colaboradores autorizados”, junto con los más de 20.000–21.000 vendedores en plantilla y la web oficial de juego JuegosONCE, como recogen, entre otros, comunicados del Ayuntamiento de Málaga, la Junta de Andalucía o el Ministerio de Transportes (Málaga, Junta de Andalucía, Mitma, Transportes, Oficina del Parlamento Europeo en España).

2. Requisitos técnicos y operativos del punto de venta

El punto de venta debe operar con un terminal punto de venta (TPV) o solución informática homologada por la ONCE, conectada en línea al sistema central, conforme a los criterios técnicos y de control que se recogen en la normativa de Hacienda y en los anexos aprobados por el Consejo de Protectorado (por ejemplo, el anexo técnico disponible en el Ministerio de Hacienda: anexo técnico TPV). Cada cupón emitido debe llevar un código de control y datos como el identificador del punto de venta, número de terminal y fecha y hora exacta de la operación; la manipulación o ausencia de este código puede invalidar el boleto.

Además, el establecimiento debe respetar las normas de comercialización de cada modalidad de lotería, que se publican en el BOE como garantía de los consumidores, dentro del marco de la Ley 13/2011 de regulación del juego y de los acuerdos ONCE–Gobierno (por ejemplo, las resoluciones sobre lotería instantánea de boletos de la ONCE: BOE-A-2025-9805, BOE-A-2025-13637, BOE-A-2025-15730, BOE-A-2025-21012, así como las modificaciones de 2024 BOE-A-2024-12936 y BOE-A-2024-15422). Para el cupón tradicional se aplican igualmente reglamentos específicos, como el marco recogido en la resolución del “Cupón Extra de Navidad” (BOE-A-2024-12856).

3. Limitaciones de ubicación y protección de colectivos vulnerables

La normativa de juego y los criterios de control aprobados por el Consejo de Protectorado incluyen prohibiciones expresas sobre la venta de productos de juego en el interior y entradas de centros escolares o de rehabilitación para personas jugadoras patológicas. No se pueden crear nuevos puntos de venta a menos de 10 metros de las entradas de estos centros, lo que condiciona la autorización de kioscos en vía pública o interiores de centros comerciales. Ayuntamientos como Valladolid o Pamplona detallan en sus acuerdos y notas de prensa cómo se integra la red de kioscos de la ONCE en el espacio urbano, subrayando la colaboración institucional (Ayuntamiento de Valladolid, Ayuntamiento de Pamplona, Ayuntamiento de Málaga).

4. Diferencia con ser vendedor contratado por la ONCE

Ser establecimiento colaborador no es lo mismo que trabajar como vendedor o “agente vendedor” directamente para la ONCE. Para estos puestos laborales, la Organización exige discapacidad reconocida de, al menos, el 33 % o una incapacidad permanente del INSS, junto con un perfil comercial y formación específica, según explica la propia ONCE en su web de empleo (Trabaja en la ONCE, FAQ ONCE) y distintos portales especializados (Andalucía Orienta, SID-UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, GNDiario, Telemadrid, TodoDisca). Esta dimensión laboral se enmarca también en la política pública de empleo protegido para personas con discapacidad, donde la ONCE es un actor central (SEPE) y participa en múltiples convenios de inclusión con administraciones y entidades (por ejemplo, Cámara de Madrid, CNMV, Farmaindustria, Cinfa: Cámara Madrid, CNMV empleo, CNMV–Fundación ONCE, Farmaindustria–ONCE, Cinfa–Fundación ONCE).

5. Cómo solicitar ser punto de venta

Los detalles concretos del contrato (comisiones, volumen mínimo de venta, obligaciones de pago de premios, etc.) no se publican de forma desglosada en la normativa de juego, sino que se gestionan directamente con la ONCE. La recomendación oficial es dirigirse al centro ONCE más cercano o a los canales generales de información para exponer el interés en convertirse en establecimiento colaborador, tal y como indica la organización en sus canales institucionales y en la web once.es. En ese contexto, se verifican la idoneidad del local, el cumplimiento de distancias sensibles, los requisitos técnicos del TPV y se formaliza, en su caso, el correspondiente acuerdo de colaboración.

Este esquema se inscribe en el marco general de regulación del juego estatal (Ley 13/2011) y en el estatus singular de la ONCE como corporación de derecho público de economía social, reconocido en acuerdos Gobierno–ONCE y en resoluciones del Consejo de Protectorado publicadas en el BOE, que fijan los procedimientos y criterios de control de sus modalidades de lotería (BOE-A-2023-9031, Asamblea de Extremadura, BOE-A-2024-13471, BOE-A-2025-13540, BOE-A-2025-21424).

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¿Cuál fue el número y serie premiados en el Cupón Diario de la ONCE del 1 de julio de 2026?

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