El TSJA reduce a 14 años la condena al hombre que estranguló a su mujer y ocultó el cadáver en hormigón

El TSJA reduce de 15 a 14 años la condena a un hombre por estrangular a su mujer en Málaga y ocultar el cadáver bajo hormigón en una nave industrial.

Imagen de archivo del juicio con jurado en Málaga a un hombre por matar a su mujer y enterrar el cuerpo. EUROPA PRESS

Imagen de archivo del juicio con jurado en Málaga a un hombre por matar a su mujer y enterrar el cuerpo. EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

2 minutos

Más leídas

Elecciones 29N · Encuestas

La media de las encuestas

Media a 26 de octubre de 2026 · 15 institutos

  • PP31,2 %
  • PSOE27,2 %
  • Vox18,8 %
  • Sumar6,3 %
  • Podemos3,0 %
  • ERC2,3 %
010203040ene 2024jul 2024ene 2025jul 2025ene 2026jul 2026

Media del último estudio de cada instituto en 30 días y su evolución semanal desde el 23J. Partidos con al menos un 2 %.

Todas las encuestas

Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido rebajar en un año, de 15 a 14 años de prisión, la condena impuesta a un hombre declarado culpable de estrangular a su esposa después de que ella le comunicara su intención de divorciarse, y de mantener su cuerpo enterrado bajo una capa de hormigón en una nave situada en un polígono industrial de Málaga durante medio año. La decisión se adopta tras estimar parcialmente el recurso presentado por su defensa.

El alto Tribunal andaluz confirma íntegramente el relato de hechos probados fijado por la Audiencia de Málaga y por el jurado popular en su veredicto. En esa resolución se recogía que el procesado estaba casado con la víctima, con la que tenía dos hijas, y que en un día de marzo de 2022 ambos mantuvieron una fuerte discusión en la vivienda familiar en la capital malagueña que derivó en un forcejeo.

“Guiado por el animo de acabar con su vida, utilizando sus manos apretó el cuello fuertemente hasta producirle la muerte por estrangulamiento”. Para ocultar el cadáver, lo introdujo envuelto en una manta y cubierto por un plástico en el interior de un bidón, que trasladó en una carretilla hasta su furgoneta. Con el cuerpo ya cargado, se dirigió a una nave industrial de su propiedad en un polígono de Málaga.

En ese lugar, el acusado excavó y rompió el pavimento de hormigón de la nave para enterrar el cuerpo de la mujer junto con su bolso, diversos efectos personales y las tarjetas bancarias, de identidad y sanitarias de ella y de sus hijas menores. Después, cubrió el cadáver con hormigón y colocó encima maquinaria pesada, regresando posteriormente a su domicilio como si nada hubiera ocurrido.

Según se declaraba probado en la sentencia de la Audiencia de Málaga, “el acusado discutió y estranguló a la mujer por celos tras comunicarle esta ultima su intención de divorciarse, con expreso desprecio a su condición de mujer por no acatar sus intenciones de divorcio y vida en libertad”.

Durante los meses en los que la víctima permaneció desaparecida, el hombre declaró ante la Policía y mantuvo contactos con los investigadores. Tras casi seis meses desde los hechos y una vez avanzada la investigación, en una de sus declaraciones “se derrumbó” y admitió su implicación, lo que permitió a la Policía localizar el cuerpo y dar por concluida la instrucción del caso.

Por estos hechos fue condenado por un delito de homicidio, apreciándose las circunstancias agravantes de parentesco y de género, al actuar “con expreso desprecio a su condición de mujer por no acatar sus intenciones de divorcio y vida en libertad”; y, al mismo tiempo, las atenuantes de reparación del daño, por haber consignado parte de la indemnización, y de confesión tardía, al reconocer los hechos tanto en sede policial como durante el juicio.

La defensa recurrió la sentencia al considerar incorrecta la aplicación de dichas circunstancias y discrepar de su ponderación desde la óptica penológica. El TSJA rechaza la mayor parte de los argumentos esgrimidos y únicamente acepta que se produjo una incorrecta individualización de la pena, por lo que acuerda rebajar la condena de 15 a 14 años de prisión. Asimismo, el Tribunal Superior desestima los recursos interpuestos por la Fiscalía y por la acusación particular.