El pasado 5 de mayo de 2026 el Consejo de Ministros aprobó en primera vuelta la propuesta de reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia. No es un trámite menor. Tampoco una reforma cualquiera. Es la oportunidad de consolidar un camino que España inició en 2021 y que hoy sigue siendo referente internacional: la violencia contra la infancia ya debe entenderse como un asunto público, visible y evitable.
La LOPIVI supuso entonces un hito histórico al reconocer, por primera vez de forma integral, todas las formas de violencia contra niños, niñas y adolescentes, y al articular un sistema coherente de prevención, detección y respuesta. La reforma que ahora se plantea no cuestiona ese espíritu; al contrario, lo refuerza. Parte de una premisa clara: proteger a la infancia no es un gesto retórico, sino una obligación jurídica, política y ética.
Uno de los avances más relevantes es el refuerzo de las garantías en el procedimiento judicial. La ampliación del derecho a la asistencia jurídica gratuita a un mayor número de delitos contra menores de edad y la creación de un turno de oficio especializado en violencia contra la infancia suponen pasos decisivos para mejorar el acceso a la justicia. Quienes trabajan con niños y niñas víctimas lo saben bien: los procesos judiciales son largos, complejos y, a menudo, profundamente desorientadores para las propias víctimas. Sin acompañamiento especializado, el sistema no solo no repara, sino que vuelve a dañar.
Sin embargo, la reforma deja aún una asignatura pendiente de enorme calado: la extensión de la prueba preconstituida hasta los 18 años. Mantenerla limitada a menores de 14 años y a personas con discapacidad implica desconocer una realidad incuestionable: la adolescencia sigue siendo una etapa de especial vulnerabilidad. La Convención sobre los Derechos del Niño es clara al respecto: niño es todo ser humano menor de 18 años. Dejar fuera a miles de adolescentes supone, en la práctica, exponerles a procesos revictimizantes que podrían evitarse.
Pero la reforma no se limita al ámbito judicial. Otro de sus ejes fundamentales es el avance hacia un modelo centrado en la reparación integral. Reconocer de forma expresa el derecho a la reparación física, psíquica y social de las víctimas es un paso imprescindible. A ello se suma la acreditación administrativa de la condición de víctima a través de los servicios sociales y sanitarios, una medida que puede marcar la diferencia en el acceso real a derechos y recursos, especialmente cuando la vía judicial no llega o se demora.
En la misma línea, el reconocimiento del derecho al olvido digital responde a una de las formas más invisibles y persistentes de violencia actual. En un entorno donde la huella digital puede perpetuar el daño durante años, proteger el derecho de niños y niñas a reconstruir su vida sin estigmas no es un lujo, sino una cuestión de dignidad.
Especial relevancia tiene también la flexibilización del acceso a la atención terapéutica, permitiendo el consentimiento de un solo progenitor. Esta medida, aparentemente técnica, es crucial en contextos de violencia intrafamiliar o de alta conflictividad. Cuando la protección depende de consensos imposibles, el sistema falla. Y cuando falla, quienes pagan el precio son siempre los mismos.
La reforma da un paso importante al fortalecer el principio del interés superior del menor y al incorporar de manera efectiva la llamada “perspectiva de infancia”. Durante años, ambos conceptos han sido invocados de forma más simbólica que real, a pesar de que se han elaborado criterios y orientaciones para su aplicación. Estas recomendaciones inspiran los criterios interpretativos concretos del nuevo texto, que obligan a todas las administraciones a tomarlos en serio. En esa misma lógica se universaliza el derecho a ser escuchado: desaparecen las referencias a la edad o a la supuesta madurez como barreras, y se establecen garantías mínimas para que la escucha tenga lugar en entornos seguros, con lenguaje accesible y comprensible.
Este cambio no es menor. Supone reforzar el reconocimiento de que todos los niños y niñas, independientemente de su edad y madurez, tienen algo que decir sobre aquello que les afecta. Y que escucharlos no es una concesión ni un acto de buena voluntad, sino una obligación legal.
La violencia contra la infancia nos interpela como sociedad. Hoy contamos con diagnósticos claros, con evidencia acumulada y con una buena ley que puede ser reforzada para seguir avanzando en el cumplimiento de los derechos de la infancia y para proteger a quienes menos capacidad tienen para defenderse
sobre la firma:
Lucía Losoviz es responsable de Incidencia Nacional de UNICEF España.