España también frena a Peter Thiel: Moncloa pide a empresas públicas no contratar con el gigante Palantir

Moncloa ha dado indicaciones a empresas públicas y compañías participadas por la SEPI para evitar nuevos contratos con Palantir Technologies, el gigante estadounidense de inteligencia artificial y análisis de datos cofundado por Peter Thiel, según adelanta en exclusiva El Confidencial. La decisión afecta a compañías estratégicas como Telefónica, Indra o Navantia y llega en pleno debate europeo sobre soberanía digital, defensa, seguridad nacional y dependencia tecnológica de Estados Unidos

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España también mueve ficha contra Palantir Technologies, el gigante estadounidense de inteligencia artificial, análisis masivo de datos y software de defensa cofundado por Peter Thiel.

Moncloa ha empezado a trasladar indicaciones a empresas públicas y compañías participadas por la SEPI para que eviten nuevos contratos con Palantir por el temor al uso de información sensible vinculada a la seguridad nacional, según adelanta hoy en exclusiva El Confidencial.

La instrucción afectaría especialmente a empresas estratégicas como Telefónica, Indra o Navantia, compañías con peso en comunicaciones críticas, defensa, inteligencia, tecnología militar e infraestructuras públicas. No se trataría, según esa información, de una comunicación oficial o pública, sino de indicaciones trasladadas a entornos de compañías con participación estatal.

El movimiento llega después de que Francia haya iniciado también una retirada progresiva de Palantir en sus servicios de inteligencia y en plena discusión europea sobre hasta qué punto los Estados deben depender de empresas tecnológicas estadounidenses para gestionar datos críticos.

Qué ha decidido Moncloa sobre Palantir

Según la exclusiva de El Confidencial, Moncloa ha pedido a empresas públicas y compañías controladas o participadas por la SEPI que no cierren nuevos contratos con Palantir Technologies.

El argumento de fondo es la protección de la soberanía nacional y de información estratégica. Palantir trabaja con gobiernos, ejércitos, servicios de inteligencia, agencias policiales y grandes corporaciones mediante plataformas capaces de integrar, cruzar y analizar grandes volúmenes de datos.

La preocupación no es solo tecnológica. Es política, geopolítica y de seguridad nacional: quién controla el software, dónde quedan los datos, qué dependencia se genera y qué riesgos existen si una herramienta clave procede de una compañía estadounidense muy vinculada al ecosistema de defensa de EEUU.

A qué empresas afectaría

El foco está en empresas del perímetro público o estratégico. El Confidencial cita a compañías como Telefónica, Indra y Navantia, todas ellas con peso en sectores sensibles para el Estado. Telefónica es clave en comunicaciones; Indra, en defensa, tecnología, simulación, sistemas críticos e inteligencia militar; y Navantia, en construcción naval militar.

La SEPI tiene presencia relevante en ese mapa empresarial. Por eso la indicación de Moncloa tiene más alcance que una simple decisión de contratación: entra en el terreno de la política industrial, la defensa y el control de activos estratégicos.

El caso Navantia y la Guardia Civil

La información de El Confidencial apunta a que Palantir había negociado proyectos con organismos y empresas públicas que finalmente habrían quedado frenados. Uno de los casos señalados afecta a la Guardia Civil, donde se habría negociado una colaboración que terminó vetada por Interior. Otro afecta a Navantia, donde un proyecto avanzado no seguiría adelante por indicación política.

El elemento común es el mismo: evitar que una compañía estadounidense con fuerte presencia en defensa, inteligencia y análisis de datos tenga acceso o influencia en sistemas sensibles del Estado.

Qué pasa con Defensa

La situación no es absoluta, porque Palantir ya trabaja con el Ministerio de Defensa. La compañía tiene adjudicado un contrato con el Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, dependiente de Defensa, para una solución de fusión y análisis de inteligencia en el ámbito del Sistema de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.

Ese contrato, formalizado en 2023, tiene un importe de 16,54 millones de euros y expira en los próximos meses. La cuestión clave ahora es si el Gobierno permitirá renovarlo, ampliarlo o sustituirlo por alternativas consideradas más compatibles con la soberanía tecnológica española y europea.

Según El Confidencial, mandos militares han defendido ante Defensa la utilidad de mantener la colaboración por la calidad del software de Palantir. Pero la decisión política todavía no estaría cerrada.

Por qué Palantir es tan sensible

Palantir no es una tecnológica convencional. La compañía nació en el ecosistema de Silicon Valley, pero su negocio se ha construido alrededor de gobiernos, defensa, seguridad, inteligencia, policía, fronteras, migración y grandes operaciones de análisis de datos.

Sus plataformas permiten integrar información de fuentes muy distintas, detectar patrones, cruzar bases de datos y apoyar decisiones operativas. Esa capacidad explica su atractivo para ejércitos y agencias de seguridad, pero también las críticas que recibe por los riesgos de vigilancia, opacidad y dependencia.

En la guerra de Ucrania, Palantir ha sido presentada como una de las herramientas tecnológicas más relevantes para análisis militar y coordinación operativa. En Estados Unidos, trabaja con múltiples agencias federales y con el Departamento de Defensa.

Quién es Peter Thiel

Peter Thiel es uno de los nombres más influyentes y controvertidos de Silicon Valley. Fue cofundador de PayPal, primer gran inversor externo de Facebook y cofundador de Palantir. También es una figura central de la nueva derecha tecnológica estadounidense y ha mantenido vínculos políticos con el entorno de Donald Trump.

Su nombre añade una dimensión política al caso. Palantir no se percibe solo como una empresa de software, sino como una pieza del poder tecnológico estadounidense vinculada a defensa, seguridad, inteligencia y al trumpismo empresarial.

Eso explica que varios gobiernos europeos estén revisando su dependencia de la compañía en sectores sensibles.

Francia ya ha abierto el camino

España no se mueve en el vacío. Francia ha anunciado la sustitución progresiva de Palantir en su inteligencia interior por ChapsVision, una compañía francesa, dentro de una estrategia de soberanía tecnológica y reducción de dependencias extranjeras.

El mensaje político de París es claro: los datos estratégicos y las herramientas críticas del Estado deben estar bajo control nacional o europeo siempre que exista una alternativa viable.

El caso francés ha reforzado el debate en otros países europeos. Alemania también ha revisado contratos y varios gobiernos se preguntan si pueden seguir apoyando funciones críticas en herramientas estadounidenses en un contexto de tensión política con Washington.

La tensión con Estados Unidos

La decisión llega en un momento delicado en la relación entre el Gobierno español y la Administración Trump.

Pedro Sánchez ha mantenido posiciones críticas con la política exterior de Donald Trump, especialmente en Oriente Próximo, y el nuevo embajador estadounidense en Madrid ha denunciado públicamente que el presidente español no le ha recibido.

En ese contexto, Palantir se convierte en algo más que una empresa. Para Moncloa, según el enfoque de El Confidencial, representa una dependencia tecnológica en un sector sensible y una compañía estrechamente conectada con el poder político y militar estadounidense.

El veto informal a nuevos contratos puede leerse como parte de una estrategia más amplia: reforzar la autonomía española y europea en tecnología crítica, defensa, inteligencia artificial y gestión de datos.

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¿En qué fase parlamentaria se encuentra la posible aprobación de una norma que limite el uso de software extranjero en empresas estratégicas españolas?

En este momento no hay en las Cortes una ley específica que, de forma expresa y aislada, prohíba o limite en general el uso de “software extranjero” en empresas estratégicas españolas. Lo que sí existe es un paquete de normas sobre infraestructuras y sectores críticos, autonomía estratégica industrial y control de inversiones que podrían servir de base para imponer requisitos o restricciones tecnológicas. Las dos piezas centrales, el Proyecto de Ley de protección y resiliencia de las entidades críticas y el Proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica, están aún en el Congreso de los Diputados, en fase de presentación de enmiendas en comisión, con plazos ampliados hasta el 2 de septiembre de 2026. Por tanto, cualquier limitación directa al software extranjero en sectores estratégicos, si se introduce, se encuentra todavía en una fase parlamentaria temprana.

1. Proyecto de Ley de protección y resiliencia de las entidades críticas

Este es el texto más cercano a una regulación que pudiera afectar al origen del software en empresas estratégicas. Procede del Ministerio del Interior y fue aprobado por el Consejo de Ministros como proyecto de ley de protección y resiliencia de las entidades críticas (referencia de Moncloa).

En su tramitación parlamentaria en el Congreso se registra como 121/000088, “Proyecto de Ley de protección y resiliencia de las entidades críticas”, de origen gubernamental. Según la ficha oficial del Congreso (detalle de la iniciativa), la Mesa:

– Encomendó su aprobación con competencia legislativa plena a la Comisión de Interior.
– Abrió un plazo inicial de enmiendas que después se ha ido ampliando, constando que “se amplió el plazo de presentación de enmiendas hasta el día 2026‑09‑02”.

Eso sitúa al proyecto en la fase de enmiendas en el Congreso: el Pleno ya no intervendrá en primera lectura (salvo avocación), y la norma está aún lejos de la aprobación definitiva. El texto regula la protección y resiliencia de entidades que explotan infraestructuras críticas y estratégicas, remitiéndose a la Directiva (UE) 2022/2557 y coordinándose con la Directiva de ciberseguridad. Aunque la documentación parlamentaria disponible no menciona de forma literal una prohibición de software extranjero, sí refuerza el marco de seguridad, supervisión y certificación (incluyendo un “esquema nacional de certificación en materia de resiliencia de entidades críticas”), dentro del cual sería jurídicamente posible condicionar tecnologías y proveedores.

2. Proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica

El segundo pilar normativo relevante es el Proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica, registrado como iniciativa 121/000043. Nace del Gobierno y tiene como finalidad reforzar la base industrial, la resiliencia y la “autonomía estratégica” del país, incluyendo la protección de sectores de importancia estratégica, proyectos industriales estratégicos, reservas de capacidades productivas y un sistema de certificación para la autonomía estratégica.

La publicación en el Boletín de las Cortes, accesible en el portal del Congreso (texto del proyecto) y la ficha de seguimiento (estado de tramitación) indican que:

– Se ha encomendado su aprobación con competencia legislativa plena a la Comisión de Industria y Turismo.
– El plazo de enmiendas también se ha ampliado hasta el 2 de septiembre de 2026.

En términos de fase parlamentaria, por tanto, está exactamente en la misma situación que la ley de entidades críticas: enmiendas en comisión en el Congreso, sin ponencia constituida ni dictamen elevado aún a Pleno o al Senado. La exposición de motivos subraya la necesidad de reducir dependencias externas, reforzar cadenas de suministro estratégicas y crear un marco para proyectos industriales y reservas estratégicas (RECAPI), lo que podría traducirse en el futuro en criterios de origen o soberanía tecnológica, incluidos componentes de software, en determinados sectores.

3. Otras normas ya vigentes relacionadas con sectores estratégicos

Además de estos proyectos en curso, existen normas ya aprobadas que afectan indirectamente al uso de tecnologías extranjeras en ámbitos estratégicos:

– El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, luego tramitado como Proyecto de Ley 121/000002 (publicación en el BOE, tramitación como proyecto), introduce reglas sobre localización de elementos críticos de redes (como 5G): solo pueden situarse fuera de España si el Ministerio competente puede ejercer plenamente sus facultades de inspección y sanción. Esto no es una prohibición de software extranjero, pero sí una limitación funcional al despliegue de infraestructuras y sistemas críticos fuera del control directo de la autoridad española.

– El Real Decreto-ley 1/2025, tramitado como Proyecto de Ley 121/000047 (ficha de la iniciativa), prorroga el régimen de control reforzado de determinadas inversiones extranjeras directas en sectores estratégicos hasta el 31 de diciembre de 2026. Afecta al capital extranjero en empresas estratégicas, no al software en sí, pero encaja en la misma lógica de seguridad económica y control de dependencias.

4. Conclusión: situación parlamentaria y alcance real

Resumiendo, no existe aún una “ley de software extranjero” para empresas estratégicas, y ninguna de las iniciativas en curso en el Congreso se presenta con ese objeto explícito. Las eventuales limitaciones al software de origen extranjero se articularían, si se incluyen, a través de:

– La Ley de protección y resiliencia de las entidades críticas (121/000088), hoy en fase de enmiendas en la Comisión de Interior.
– La Ley de Industria y Autonomía Estratégica (121/000043), también en fase de enmiendas en la Comisión de Industria y Turismo.
– Y, en el plano ya vigente, el marco sectorial de 5G y el control de inversiones estratégicas.

Hasta que estos proyectos superen la fase de enmiendas, se aprueben en comisión, se voten en Pleno, pasen al Senado y, en su caso, vuelvan al Congreso para aprobación definitiva y publicación en el BOE, no habrá una base legal específica que limite de forma directa y clara el uso de software extranjero en empresas estratégicas españolas. Hoy el debate se está concentrando en resiliencia, autonomía estratégica y control de inversiones, más que en el origen concreto del software.

¿Cuáles son las funciones y competencias principales de la SEPI según la legislación española?

La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) es una entidad de derecho público del sector público empresarial estatal cuya misión básica, según la legislación española, es gestionar las participaciones accionariales de titularidad pública y ejecutar la política del Gobierno en materia de sector público industrial. Su marco básico está en la Ley 5/1996, de 10 de enero, de creación de determinadas entidades de derecho público, modificada, entre otras, por la Ley 20/2006, de 5 de junio, y en la Orden de 13 de julio de 1995 de organización y funciones de la SEPI. A partir de estas normas se definen sus objetivos generales, sus funciones de gestión empresarial y financiera y sus competencias de gobierno interno.

1. Objetivos generales de la SEPI (Ley 5/1996)

La Ley 5/1996 crea la SEPI como sociedad estatal adscrita al Ministerio de Industria y Energía, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, y le atribuye varios objetivos básicos:

En primer lugar, la ley establece que la SEPI debe perseguir “la obtención de mayor rentabilidad de las acciones y participaciones que se le adjudiquen, de acuerdo con las estrategias industriales de las sociedades participadas”. Es decir, actúa como hólding estatal orientado a la eficiencia económica de las empresas públicas que agrupa.

En segundo lugar, se le encarga “la fijación de criterios para una gestión de las acciones y participaciones (…) acorde con el interés público”, lo que introduce expresamente la dimensión de política económica y social en la gestión del portafolio público.

Además, la SEPI asume “la gestión y amortización de la deuda generada por el Instituto Nacional de Industria”, heredando así parte sustancial del legado financiero del antiguo INI. Finalmente, la ley le atribuye “la ejecución en el ámbito de las empresas de que sea titular, de las directrices del Gobierno en materia de modernización y reestructuración industrial”, incluyendo la aplicación de regímenes especiales y derogaciones parciales de las normas comunitarias de competencia cuando así lo prevea el Derecho de la Unión.

2. Funciones principales de gestión empresarial

Para cumplir esos objetivos, la Ley 5/1996 concreta un elenco de funciones propias de la SEPI:

En el plano de gobierno del grupo, le corresponde “impulsar y coordinar las actividades de las sociedades de las que sea titular”, así como “fijar la estrategia y supervisar la planificación de las sociedades que controle (…) y llevar a cabo el seguimiento de su ejecución, velando por el cumplimiento de los objetivos” asignados a cada una. La gestión ordinaria de las sociedades corresponde, no obstante, a sus propios órganos de administración.

Desde el punto de vista patrimonial, la SEPI tiene atribuida “la tenencia, administración, adquisición y enajenación de sus acciones y participaciones sociales”, lo que incluye tanto la reordenación interna del grupo como operaciones de desinversión y nuevas tomas de participación.

La ley prevé también que pueda realizar “todo tipo de operaciones financieras pasivas, cualquiera que sea la forma en que se instrumente, incluso la emisión de obligaciones convertibles o no, bonos, pagarés y otros títulos análogos, así como otros instrumentos de gestión de tesorería y deuda”, pudiendo además “garantizar operaciones concertadas por empresas participadas directa o indirectamente”. De forma complementaria, se le habilita para “la realización respecto de las sociedades participadas (…) de todo tipo de operaciones financieras activas y pasivas”.

Finalmente, la SEPI puede asumir “las demás funciones que (…) le atribuya el Gobierno en materia de modernización del sector público empresarial del Estado”, lo que dota a sus competencias de un margen de desarrollo adicional por vía gubernamental.

3. Competencias financieras y de endeudamiento (Ley 5/1996 y Ley 20/2006)

La Ley 5/1996 y su modificación por la Ley 20/2006 regulan con detalle el régimen financiero y de endeudamiento, parte esencial de las competencias de la SEPI.

La Ley 20/2006 da nueva redacción al precepto sobre recursos de la Sociedad Estatal y establece que éstos se integran, entre otros, por “los bienes y valores que constituyan su patrimonio y los productos y rentas del mismo”, “los ingresos generados por el ejercicio de sus actividades”, “los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que pueda concertar” y, de forma significativa, por “las aportaciones efectuadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado”.

Además, habilita expresamente que la SEPI y las sociedades participadas mayoritariamente puedan recibir “transferencias, subvenciones, avales, subrogaciones de deuda, ampliaciones de capital y cualquier otro tipo de aportaciones equivalentes con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales”.

La misma Ley 20/2006 introduce una competencia clave: las deudas que SEPI contraiga mediante emisión y colocación de valores de renta fija pueden gozar “de la garantía del Estado” en los mismos términos que las obligaciones de la Hacienda Pública, hasta el límite que fije cada Ley de Presupuestos. Asimismo, se prevé que las sociedades del grupo SEPI puedan emitir acciones rescatables para reforzar sus fondos propios.

4. Organización interna y control (Orden de 13 de julio de 1995 y Ley 5/1996)

La Orden de 13 de julio de 1995 concreta la organización interna y asigna funciones a los órganos rectores: el Presidente y el Consejo de Administración. Establece que el Consejo tiene a su cargo la “administración, dirección y gestión” de la Sociedad, incluyendo aprobar la organización básica, las normas internas de gestión, las plantillas y criterios de personal, los presupuestos de explotación y capital, el programa de actuación, inversiones y financiación, así como las operaciones de constitución o participación en sociedades, la transmisión o incremento de participaciones accionariales y las emisiones de pagarés, obligaciones y otros títulos.

El Presidente, por su parte, representa permanentemente a la Sociedad y a su Consejo, convoca y preside las reuniones, dirige los servicios de la SEPI, aprueba contratos dentro de los límites fijados por el Consejo, presenta los presupuestos y programas de actuación y dispone gastos y ordena pagos.

Complementariamente, la Ley 5/1996 impone deberes de control parlamentario y transparencia: el Presidente de la SEPI y los de las sociedades participadas deben informar a las Comisiones del Congreso y del Senado cuando sean requeridos, y la SEPI y las empresas del grupo deben remitir a las Cortes Generales, a través de su Oficina Presupuestaria, la misma información y en los mismos plazos que las sociedades cotizadas ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

¿Cuál ha sido la trayectoria profesional y política de Peter Thiel antes de fundar Palantir?

Antes de fundar Palantir Technologies en 2003, Peter Thiel ya era una figura consolidada en Silicon Valley como cofundador y primer CEO de PayPal, gestor de su propio fondo de inversión y activista intelectual de corte libertario-conservador. Nacido en Fráncfort (1967) y criado entre Europa, Sudáfrica y Estados Unidos, su trayectoria combina una sólida formación en filosofía y derecho en Stanford con pasos tempranos por la abogacía y las finanzas. A finales de los noventa y primeros dos mil, su éxito con PayPal y su papel como “arquitecto intelectual” de la llamada “PayPal Mafia” le proporcionaron el capital y la red de contactos que después harían posible Palantir. Paralelamente, su actividad política e ideológica se articuló en torno a una crítica radical a la democracia liberal y una defensa de un liberalismo económico extremo, ya visible en su etapa universitaria.

Orígenes, formación y primeras experiencias profesionales

Peter Thiel nació en 1967 en Fráncfort, en la entonces Alemania Occidental, y emigró con su familia a Estados Unidos siendo niño. Parte de su infancia la pasó en Sudáfrica, en un contexto marcado por el apartheid y el nacionalismo cristiano, ideologías que influyeron tempranamente en su visión del mundo, tal y como detalla este perfil de The Guardian reproducido en eldiario.es. Ya en Estados Unidos, cursó Filosofía en la Universidad de Stanford y posteriormente obtuvo el título de derecho (JD) en la misma institución, una combinación que le dotó de herramientas tanto para el análisis teórico como para la práctica jurídica, según recoge su biografía en Wikipedia y el perfil de El Demócrata.

Tras licenciarse en Derecho en 1992, trabajó brevemente como asistente jurídico para el juez J. L. Edmondson en la Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito de Estados Unidos, antes de dar un giro hacia las finanzas. Poco después se incorporó como trader de derivados en Credit Suisse, donde se familiarizó con productos financieros complejos y con los mercados globales, una experiencia clave para su posterior salto al capital riesgo, tal como se sintetiza en Wikipedia.

De Thiel Capital a PayPal: consolidación en Silicon Valley

En 1996, Thiel dio un paso decisivo al fundar su propio fondo de inversión, Thiel Capital Management (también asociado a la gestora Clarium Capital), con un capital inicial de alrededor de 1 millón de dólares aportado por familiares y amigos, según recogen Wikipedia y el análisis de El Orden Mundial. Desde ese vehículo invirtió en empresas tecnológicas emergentes en plena burbuja dot‑com, con una apuesta clara por proyectos que cuestionaban el statu quo financiero.

El gran salto llegó en 1998, cuando cofundó Confinity, empresa que acabaría dando lugar a PayPal tras su fusión con X.com, de Elon Musk. Aunque algunos relatos periodísticos simplifican esa historia, las fuentes coinciden en que Thiel fue el primer CEO de la PayPal resultante, lideró su estrategia de crecimiento y pilotó su salida a bolsa en 2002, antes de la venta a eBay por unos 1.500 millones de dólares, tal y como subraya el perfil de El Demócrata. Este éxito le consolidó como uno de los “tecnoligarcas” centrales de la denominada “PayPal Mafia”, grupo de antiguos directivos y empleados que más tarde impulsaría compañías como LinkedIn, Yelp, SpaceX o Airbnb, una narrativa ampliamente recogida por eldiario.es.

Primeras inversiones y construcción de poder económico

Gracias al capital obtenido tras la venta de PayPal, Thiel incrementó su actividad como inversor de alto impacto. Aunque la inversión en Facebook es posterior a 2003, ya antes de Palantir se había labrado la reputación de “banquero de la primera generación de Internet 2.0”, combinando su propio fondo con participaciones tempranas en proyectos tecnológicos, como detalla Wikipedia. Este posicionamiento le situó en el centro de las redes de financiación de Silicon Valley justo en el momento en que se abría una nueva ola de innovación en software, datos y servicios en línea.

Trayectoria política e ideológica previa a Palantir

En paralelo a su carrera profesional, Thiel fue construyendo una identidad política muy marcada. Durante su etapa en Stanford fundó The Stanford Review, un periódico estudiantil de orientación libertaria y conservadora desde el que criticaba el progresismo del campus y defendía una “diversidad de perspectivas” frente a lo que percibía como hegemonía liberal, como recuerdan tanto Wikipedia como el análisis de El Orden Mundial. Este activismo intelectual fue el germen de una trayectoria ideológica que, con el tiempo, se radicalizaría.

Algunas crónicas, como el extenso reportaje de eldiario.es, subrayan que sus años de formación en Sudáfrica y su lectura del apartheid como un sistema “sólido en lo económico” marcaron su rechazo a las políticas redistributivas y a buena parte de la arquitectura socialdemócrata occidental. Este trasfondo conecta con su posterior afinidad con la llamada “Ilustración Oscura” y con planteamientos que consideran la democracia liberal un obstáculo para la plena realización del capitalismo, algo que ya se intuía en sus intervenciones y escritos previos a 2003.

Situación en 2003, a las puertas de Palantir

Cuando se funda Palantir en 2003, Thiel llega como un empresario que ha llevado una compañía a bolsa y la ha vendido con gran beneficio, un inversor con fondo propio y un ideólogo libertario con un discurso crítico hacia el Estado y las instituciones democráticas. Sus experiencias en el sistema financiero, su exposición temprana a debates sobre seguridad y cifrado en PayPal y su convicción de que el análisis de datos podía transformar tanto los mercados como la seguridad nacional constituyen el punto de partida de Palantir, tal como sintetiza el perfil de El Demócrata. Es esa combinación de capital, redes en Silicon Valley y una agenda política muy definida la que explica su trayectoria profesional y política previa a la creación de la empresa de análisis de datos que después le haría aún más conocido.

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¿Qué empresas españolas se mencionan como especialmente afectadas por la instrucción de Moncloa sobre Palantir?

Pregunta 1 de 3

¿Qué contrato vigente tiene Palantir con el Ministerio de Defensa español?

Pregunta 2 de 3

¿Cuál es la razón principal por la que el Gobierno español ha tomado medidas contra Palantir?

Pregunta 3 de 3

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