Mapa europeo de la gasolina y el diésel en Europa: así ha subido su precio país por país

El encarecimiento de los carburantes en el último año es dispar entre los países de la Unión Europea y España no sale especialmente mal parada

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Un coche repostando en una gasolinera Jesús Hellín - Europa Press

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El 'shock' energético por la guerra en Irán dibuja en las gasolineras de todo el mundo precios muy diferentes a los de hace un año. Y aunque el precio del crudo llegó a alejarse de los máximos registrados durante la fase más aguda de la crisis, tanto diésel como la gasolina han consolidado alzas de entre un 10% y un 30% en la mayor parte de países europeos.

Tampoco ayuda la incertidumbre que rodea un conflicto que permanece enquistado desde hace ya casi medio año en torno a una de las vías fundamentales para el comercio energético mundial, el estrecho de Ormuz.

¿Cómo ha impactado esta crisis en los distintos países europeos? ¿Qué valores presenta cada estado miembro en sus estaciones de servicio?

País Gasolina 2025 Gasolina 2026 Subida Gasóleo 2025 Gasóleo 2026 Subida
Austria 1,526 € 1,833 € +0,307 € (+20,1%) 1,557 € 1,931 € +0,374 € (+24,0%)
Bélgica 1,550 € 1,856 € +0,306 € (+19,7%) 1,636 € 2,060 € +0,424 € (+25,9%)
Bulgaria 1,235 € 1,477 € +0,242 € (+19,6%) 1,240 € 1,578 € +0,338 € (+27,3%)
Croacia 1,502 € 1,601 € +0,099 € (+6,6%) 1,521 € 1,721 € +0,200 € (+13,1%)
Chipre 1,362 € 1,485 € +0,123 € (+9,0%) 1,454 € 1,595 € +0,141 € (+9,7%)
Chequia 1,409 € 1,720 € +0,311 € (+22,1%) 1,381 € 1,707 € +0,326 € (+23,6%)
Dinamarca 1,914 € 2,459 € +0,545 € (+28,5%) 1,766 € 2,183 € +0,417 € (+23,6%)
Estonia 1,618 € 1,742 € +0,124 € (+7,7%) 1,518 € 1,757 € +0,239 € (+15,7%)
Finlandia 1,661 € 2,163 € +0,502 € (+30,2%) 1,601 € 2,196 € +0,595 € (+37,2%)
Francia 1,709 € 2,010 € +0,301 € (+17,6%) 1,641 € 2,066 € +0,425 € (+25,9%)
Alemania 1,726 € 2,192 € +0,466 € (+27,0%) 1,619 € 2,158 € +0,539 € (+33,3%)
Grecia 1,748 € 1,977 € +0,229 € (+13,1%) 1,563 € 1,950 € +0,387 € (+24,8%)
Hungría 1,474 € 1,642 € +0,168 € (+11,4%) 1,520 € 1,687 € +0,167 € (+11,0%)
Irlanda 1,720 € 1,720 € 0,000 € (0,0%) 1,701 € 1,695 € −0,006 € (−0,4%)
Italia 1,727 € 1,910 € +0,183 € (+10,6%) 1,664 € 2,038 € +0,374 € (+22,5%)
Letonia 1,579 € 1,812 € +0,233 € (+14,8%) 1,562 € 1,798 € +0,236 € (+15,1%)
Lituania 1,397 € 1,769 € +0,372 € (+26,6%) 1,497 € 1,927 € +0,430 € (+28,7%)
Luxemburgo 1,456 € 1,726 € +0,270 € (+18,5%) 1,442 € 1,804 € +0,362 € (+25,1%)
Malta 1,340 € 1,340 € 0,000 € (0,0%) 1,210 € 1,210 € 0,000 € (0,0%)
Países Bajos 1,897 € 2,341 € +0,444 € (+23,4%) 1,714 € 2,310 € +0,596 € (+34,8%)
Polonia 1,394 € 1,682 € +0,288 € (+20,7%) 1,432 € 1,725 € +0,293 € (+20,5%)
Portugal 1,689 € 1,972 € +0,283 € (+16,8%) 1,599 € 1,960 € +0,361 € (+22,6%)
Rumanía 1,392 € 1,721 € +0,329 € (+23,6%) 1,482 € 1,888 € +0,406 € (+27,4%)
Eslovaquia 1,490 € 1,713 € +0,223 € (+15,0%) 1,464 € 1,668 € +0,204 € (+13,9%)
Eslovenia 1,452 € 1,587 € +0,135 € (+9,3%) 1,493 € 1,690 € +0,197 € (+13,2%)
España 1,492 € 1,582 € +0,090 € (+6,0%) 1,432 € 1,622 € +0,190 € (+13,3%)
Suecia 1,419 € 1,439 € +0,020 € (+1,4%) 1,532 € 1,707 € +0,175 € (+11,4%)

La comparativa está elaborada a partir del Weekly Oil Bulletin publicado por la Comisión Europea, que recoge los precios nacionales de los carburantes en los 27 Estados miembros, incluidos impuestos, entre los días 21 de julio de 2025 y 20 de julio de 2026.

Gasóleo, el gran afectado

La principal conclusión de esta comparación es que el gasóleo ha subido más que la gasolina en prácticamente todos los mercados europeos. España lo ilustra bien: un 6% frente a un 13,3%; Francia, un 17,6% frente a un 25,9%; Alemania, un 27% frente a un 33,3%; e Italia, un 10,6% frente a un 22,5%.

Mayores subidas de gasolina en Finlandia y Dinamarca

Finlandia es el país donde más aumenta porcentualmente la gasolina entre los datos de la tabla: pasa de 1,661 a 2,163 euros por litro, un 30,2% más. Dinamarca le sigue, con un incremento del 28,5%, hasta 2,459 euros por litro.

Alemania también destaca: el litro de gasolina pasa de 1,726 a 2,192 euros, un 27% más. Países Bajos, Lituania y Rumanía superan asimismo el 23%.

En términos absolutos, Dinamarca es el caso más llamativo: son 54,5 céntimos más por litro que un año antes. Finlandia suma 50,2 céntimos y Alemania, 46,6.

El gasóleo se encarece todavía más

El patrón es aún más claro en el diésel. Finlandia registra una subida del 37,2%, desde 1,601 hasta 2,196 euros por litro. En Países Bajos el incremento alcanza el 34,8% y en Alemania, el 33,3%. También sobresalen Lituania, Rumanía, Bulgaria y Francia, todos con aumentos superiores al 25%.

En España la diferencia entre ambos combustibles es significativa: la gasolina sube un 6%, mientras que el gasóleo lo hace un 13,3%. La misma pauta se observa en Francia, Italia y Portugal.

España, una de las menores subidas de gasolina

España presenta una de las menores subidas de gasolina de la UE: 9 céntimos por litro, de 1,492 a 1,582 euros, un 6%. Solo Croacia, Irlanda, Malta y Suecia registran aumentos porcentuales menores o nulos en la tabla.

En el gasóleo, sin embargo, el incremento es más apreciable: 19 céntimos por litro, un 13,3%. Aun así, el precio español de 1,622 euros se encuentra entre los más bajos de la UE. El 20 de julio, Malta, Suecia, Bulgaria y Chipre tenían una gasolina más barata que España.

Francia, Alemania e Italia tienen precios de gasolina superiores a España: 2,010, 2,192 y 1,910 euros por litro, respectivamente. En gasóleo también se encuentran por encima de los 1,622 euros españoles.

Portugal y Polonia: más de un 15% de subida

Portugal ha pasado de 1,689 a 1,972 euros por litro de gasolina, un 16,8% más, mientras el gasóleo sube un 22,6%. Polonia registra incrementos del 20,7% en gasolina y del 20,5% en gasóleo.

Las diferencias entre países no dependen exclusivamente de la cotización internacional del crudo. Los impuestos, los costes de refino, distribución y comercialización también determinan cuánto termina pagando el consumidor en cada mercado. La Comisión ofrece precisamente los datos con y sin impuestos en su boletín semanal.

Malta e Irlanda, en el extremo contrario

Malta es la excepción más evidente: los precios recogidos en la serie permanecen en 1,340 euros por litro para la gasolina y 1,210 para el gasóleo, sin variación interanual en este corte.

Irlanda también presenta una evolución muy contenida: la gasolina mantiene los 1,720 euros por litro y el gasóleo baja ligeramente, de 1,701 a 1,695 euros, un 0,4% menos.

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¿Qué trámites son necesarios en la Unión Europea para modificar la fiscalidad de los carburantes en los Estados miembros?

Modificar la fiscalidad de los carburantes en los Estados miembros de la Unión Europea no es algo que cada país pueda hacer completamente por su cuenta. Existe un marco común, sobre todo de impuestos especiales y, en parte, de IVA, que solo puede cambiarse siguiendo procedimientos de la UE. De forma simplificada, el proceso pasa por: propuesta de la Comisión, negociación y unanimidad en el Consejo, participación del Parlamento Europeo y posterior trasposición por los Estados miembros, además de posibles controles en materia de ayudas de Estado.

1. Base jurídica y tipo de procedimiento

La fiscalidad de los carburantes está regulada principalmente por:

  • Directivas sobre impuestos especiales (en particular la Directiva sobre imposición de la energía), que fijan tipos mínimos y reglas básicas de estructura de los impuestos.
  • Normas de IVA (Directiva del IVA), que determinan qué tipos pueden aplicarse y en qué condiciones, aunque dejan más margen nacional.

En materia de imposición indirecta armonizada (como carburantes), la base jurídica principal es el artículo 113 del TFUE, que exige que el Consejo adopte disposiciones por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo. Esto configura un procedimiento legislativo especial, no la “ordinaria” mayoría cualificada.

2. Iniciativa de la Comisión Europea

El proceso se inicia casi siempre en la Comisión Europea, que tiene el monopolio de la iniciativa legislativa en este ámbito:

  • La Comisión realiza evaluaciones de impacto sobre efectos económicos, ambientales y sociales de cambiar la fiscalidad (por ejemplo, para objetivos climáticos, seguridad de suministro, etc.).
  • Suele abrir consultas públicas donde Estados, empresas, ONG y ciudadanos pueden opinar sobre distintas opciones de reforma.
  • Tras este trabajo previo, la Comisión presenta una propuesta de directiva de modificación de la normativa fiscal vigente (por ejemplo, revisando tipos mínimos, definición de productos, exenciones o bonificaciones).

3. Papel del Parlamento Europeo y de los órganos consultivos

Una vez presentada la propuesta:

  • El Parlamento Europeo la examina, designa una comisión competente (habitualmente Asuntos Económicos y Monetarios o Medio Ambiente) y aprueba un dictamen con enmiendas propuestas. Su papel es consultivo, pero políticamente muy influyente.
  • El Comité Económico y Social Europeo y, en su caso, el Comité de las Regiones emiten también informes consultivos sobre el impacto en la economía real y en los entes territoriales.

Aunque jurídicamente el Consejo no está obligado a seguir estos dictámenes, en la práctica suelen condicionar el margen de negociación para lograr un acuerdo unánime.

4. Negociación y adopción en el Consejo

El núcleo decisorio está en el Consejo de la UE (ministros de Economía/Finanzas):

  • La propuesta se debate primero en grupos de trabajo técnicos y en el Comité de Representantes Permanentes (Coreper).
  • Los Estados plantean reservas, piden excepciones transitorias o adaptaciones a sus sistemas fiscales nacionales.
  • Al tratarse de fiscalidad, la norma requiere unanimidad. Cualquier Estado puede bloquear la adopción, lo que hace que las negociaciones sean largas y muy detalladas.
  • Cuando se alcanza un compromiso, el Consejo adopta formalmente la directiva modificativa de la normativa de impuestos sobre carburantes.

5. Trasposición y aplicación en los Estados miembros

La directiva fijará un plazo de trasposición (por ejemplo, uno o dos años) para que cada Estado adecúe su normativa interna:

  • Los parlamentos nacionales y gobiernos deben aprobar las modificaciones de sus impuestos especiales y, si procede, de IVA, respetando al menos los tipos mínimos y las estructuras obligatorias.
  • Si un Estado quiere aplicar tipos más altos o suprimir exenciones permitidas, normalmente puede hacerlo, siempre que no contradiga la directiva.
  • La Comisión supervisa la trasposición y puede abrir procedimientos de infracción si un país no adapta su legislación o lo hace incorrectamente.

6. Compatibilidad con las normas de ayudas de Estado

Además de la armonización fiscal, cualquier modificación nacional debe respetar las reglas sobre ayudas de Estado:

  • Exenciones selectivas, tipos muy reducidos para determinados sectores o devoluciones de impuestos sobre carburantes pueden considerarse ayudas.
  • En esos casos, el Estado debe notificar la medida a la Comisión, que la examina a la luz del marco de ayudas en materia de energía y clima.

7. Vías alternativas o complementarias

En teoría, los Tratados permiten:

  • Pasarela al procedimiento ordinario: el Consejo Europeo podría, por unanimidad, decidir pasar de la unanimidad a la mayoría cualificada en este ámbito, pero políticamente es muy sensible.
  • Cooperación reforzada: un grupo de Estados podría avanzar juntos en una fiscalidad más estricta de los carburantes, aunque no se ha utilizado de forma sistemática en este campo.

En resumen, cambiar la fiscalidad de los carburantes en la UE implica un proceso complejo, fuertemente condicionado por la unanimidad en el Consejo y por la necesidad de coordinar intereses nacionales, objetivos climáticos y competitividad económica.

¿Puedes explicarme con más detalle cómo funciona la Directiva europea sobre la imposición de la energía y qué elementos concretos regula? ¿Qué margen real tiene un Estado miembro para subir o bajar los impuestos sobre los carburantes sin necesidad de cambiar las normas de la UE? ¿Podrías comparar el procedimiento de decisión en fiscalidad energética con el que se sigue para otras políticas de la UE, como clima o competencia?

¿Cuáles son las competencias de la Comisión Europea en la regulación del mercado energético y de combustibles?

La Comisión Europea tiene un papel central en la regulación del mercado energético y de combustibles en la Unión Europea, pero sus competencias no son ilimitadas: comparte espacio con los Estados miembros y con el propio legislador (Parlamento Europeo y Consejo). Sus funciones se apoyan en varias bases jurídicas, principalmente los artículos sobre mercado interior, competencia, medio ambiente, energía y redes transeuropeas de los Tratados de la UE.

1. Impulso legislativo y diseño del marco regulatorio

La Comisión posee el monopolio casi exclusivo de la iniciativa legislativa a nivel de la UE. Esto significa que:

  • Propone directivas y reglamentos que configuran el mercado interior de la energía (electricidad, gas) y que, por extensión, inciden en los mercados de combustibles tradicionales y alternativos.
  • Diseña los grandes paquetes normativos, como los paquetes de mercado interior de la energía, el “paquete invierno” o el “Fit for 55”, que afectan a generación, redes, comercialización y combustibles.
  • Formula normas sobre combustibles alternativos (biocarburantes, hidrógeno renovable, combustibles sintéticos), calidad de los combustibles y estándares de emisiones del transporte.

El Parlamento Europeo y el Consejo co-legislan, pero siempre sobre la base de una propuesta de la Comisión, que condiciona fuerte­mente el contenido final de la regulación.

2. Supervisión del cumplimiento y poder sancionador

Otra competencia clave es la de “guardiana de los Tratados”. En el ámbito energético y de combustibles, la Comisión:

  • Vigila la transposición y correcta aplicación de las directivas energéticas (por ejemplo, normas sobre mercado eléctrico, renovables o eficiencia).
  • Inicia procedimientos de infracción contra Estados miembros que incumplen obligaciones, pudiendo llevarlos ante el Tribunal de Justicia de la UE.
  • Controla que los operadores y reguladores nacionales respeten la normativa europea, en coordinación con la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER).

Este poder de ejecución asegura que el marco común no se quede en papel, sino que tenga efectos reales sobre los mercados de energía y combustibles.

3. Competencia, ayudas de Estado y fusiones

La Comisión dispone de competencias exclusivas en política de competencia, muy relevantes en energía:

  • Aplica las normas antimonopolio (cárteles, abusos de posición dominante) a grandes empresas energéticas y petroleras que operan en varios Estados miembros.
  • Controla las ayudas de Estado concedidas por los gobiernos a empresas energéticas o a consumidores (subvenciones, compensaciones por costes, mecanismos de capacidad, bonificaciones a combustibles, etc.), exigiendo que sean compatibles con el mercado interior y los objetivos climáticos.
  • Analiza concentraciones y fusiones en el sector energético para evitar una excesiva concentración de poder de mercado que distorsione la competencia.

De este modo, influye directamente en la estructura y comportamiento de los mercados de electricidad, gas, petróleo y combustibles alternativos.

4. Energía, clima y transición ecológica

La política climática y ambiental de la UE condiciona fuertemente el mercado de combustibles. La Comisión:

  • Diseña e implementa el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (ETS), que encarece las emisiones de CO₂ de sectores energéticos e industriales e impulsa el desplazamiento de combustibles fósiles.
  • Propone normas sobre renovables, eficiencia energética y descarbonización del transporte, afectando a la demanda y al mix de combustibles.
  • Desarrolla estándares de calidad de combustibles y objetivos de reducción de intensidad de carbono.

Todo ello configura un marco regulatorio que orienta inversiones y decisiones empresariales hacia energías más limpias.

5. Seguridad de suministro y redes transeuropeas

La Comisión también actúa en materia de seguridad de suministro y planificación de infraestructuras:

  • Coordina medidas de prevención y respuesta ante crisis de suministro (gas, petróleo, electricidad) y promueve normas sobre almacenamiento y solidaridad entre Estados miembros.
  • Impulsa los Proyectos de Interés Común (PIC) en redes transeuropeas de energía (interconexiones eléctricas, gasoductos, infraestructuras de hidrógeno), con financiación y apoyo regulatorio.
  • Participa en la configuración de los marcos de mercado transfronterizos (acoplamiento de mercados, reglas de congestión, comercio intradiario, etc.).

6. Límites: soberanía energética nacional

Pese a su relevancia, la Comisión no decide el mix energético de cada país (qué proporción de nuclear, carbón, gas o renovables se utiliza), ni fija directamente los impuestos sobre combustibles, que siguen siendo competencia nacional (con ciertos límites europeos). Su poder se ejerce a través de:

  • Propuestas legislativas que fijan el marco común.
  • Control de ayudas de Estado y competencia.
  • Ejecución y supervisión del derecho europeo.

En conjunto, estas competencias hacen de la Comisión Europea un actor determinante en la regulación del mercado energético y de combustibles, aunque siempre en un equilibrio constante con las prerrogativas de los Estados miembros.

¿Quién es el actual comisario europeo de Energía y cuál ha sido su trayectoria profesional y política?

El actual responsable de la cartera energética en la Comisión Europea es Dan Jørgensen, designado como comisario de Energía y Vivienda en el nuevo Colegio de Comisarios presidido por Ursula von der Leyen. Su nombramiento y funciones se recogen en el comunicado oficial de la Comisión del 17 de septiembre de 2024, donde se detalla la estructura del nuevo equipo ejecutivo europeo.

En ese comunicado, la presidenta von der Leyen presenta a Jørgensen en estos términos: “Dan Jørgensen será el Comisario de Energía y Vivienda. Su trabajo ayudará a reducir los precios de la energía, invertir en energía limpia y garantizar que reduzcamos nuestras dependencias. Será el primer Comisario de Vivienda de la historia, que se ocupará de todos los aspectos, desde la eficiencia energética hasta la inversión y la construcción”. Esta descripción sitúa claramente al comisario como la figura central de la política energética comunitaria, con un mandato que combina la dimensión energética clásica con la nueva prioridad de la vivienda. La referencia completa puede consultarse en la nota de prensa “Comunicado de prensa de la presidenta von der Leyen sobre el próximo Colegio de Comisarios” disponible en la web de la Comisión Europea: nota oficial de la Comisión.

La condición de Jørgensen como comisario danés queda corroborada en la documentación del Parlamento Europeo. En la nota sobre su audiencia de confirmación, la Eurocámara lo identifica como “candidato danés a la cartera de Energía y Vivienda”, subrayando que compareció ante las comisiones de Industria, Investigación y Energía, y de Empleo y Asuntos Sociales. En su intervención inicial, según ese resumen, destacó que la política energética está en el centro de los grandes desafíos que afronta la Unión: competitividad, empleo, crecimiento, seguridad en un contexto de guerra en Europa, cambio climático y justicia social. Esa audiencia figura en la página del Parlamento Europeo bajo el título “Hearing of commissioner-designate Dan Jørgensen”: resumen de la audiencia.

A partir de estas fuentes, puede afirmarse que el núcleo de su mandato político se articula en torno a tres grandes vectores:

  • Reducir los precios de la energía para empresas y hogares, uno de los elementos señalados explícitamente por la presidenta de la Comisión como objetivo principal de su cartera.
  • Impulsar la inversión en energía limpia, alineada con los objetivos del Pacto Verde Europeo y con la necesidad de reforzar la autonomía estratégica energética de la Unión.
  • Abordar la política de vivienda desde la óptica energética, integrando eficiencia, rehabilitación, inversiones y construcción, al ser el primer comisario que combina formalmente ambas dimensiones (energía y vivienda) en una misma cartera.

En cuanto a su trayectoria profesional y política previa, las fuentes oficiales consultadas en esta investigación —fundamentalmente el comunicado de la Comisión Europea sobre el nuevo Colegio y la nota del Parlamento Europeo sobre su audiencia— no aportan un currículum detallado ni un relato sistemático de sus cargos anteriores. Estos documentos se centran en:

  • Su nacionalidad (danesa) y su condición de candidato propuesto por Dinamarca.
  • Las líneas maestras de su discurso político en la audiencia parlamentaria, centrado en la dimensión estratégica de la energía.
  • La definición de su cartera y sus principales objetivos de política pública.

Es decir, no se especifican en estos textos los puestos concretos que haya podido ocupar con anterioridad en el Gobierno danés, en el Parlamento de su país o en otras instituciones europeas, ni se detalla su formación académica o su experiencia profesional fuera de la política. Esa información biográfica más fina podría figurar en otros documentos o perfiles personales, pero no forma parte del conjunto de fuentes que sustentan esta respuesta, y por tanto no puede reconstruirse aquí sin incurrir en conjeturas.

Para situar su papel en perspectiva, las mismas fuentes permiten recordar que, en el ciclo institucional inmediatamente anterior, la cartera de Energía estuvo en manos de la comisaria Kadri Simson, identificada en una nota de la Representación de la Comisión en España como “comisaria de Energía” en 2024 durante un viaje oficial a Uruguay (nota sobre la comisaria Simson). El paso a un nuevo modelo con Dan Jørgensen como comisario de Energía y Vivienda refleja, por tanto, tanto una continuidad en la centralidad de la energía en la agenda europea como una ampliación del enfoque hacia la política de vivienda.

En resumen, con la información disponible en las fuentes oficiales consultadas, puede afirmarse con seguridad que Dan Jørgensen, comisario danés de Energía y Vivienda, es el actual comisario europeo de Energía, responsable de liderar la reducción de los precios energéticos, la inversión en energías limpias y la integración de la vivienda en la política energética comunitaria. La documentación pública utilizada no ofrece, sin embargo, un detalle exhaustivo de su carrera profesional y política previa, más allá de su designación para este cargo y de las grandes líneas de su mandato.

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Pregunta 1 de 3

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