UGT y CCOO llevan a la huelga general del 11N la crisis de vivienda y la exigencia de subir los salarios

UGT y CCOO reclaman recuperar los decretos de vivienda rechazados por el Congreso, elevar el salario mínimo un 7% en 2027 y negociar subidas salariales de entre el 4% y el 7%. Ambas organizaciones reúnen este lunes a más de 2.000 representantes sindicales para preparar un paro de 24 horas

El secretario general de UGT, Pepe Álvarez (i), y el secretario general de CCOO, Unai Sordo | Eduardo Parra - Europa Press

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Recuperar las medidas de vivienda que el Congreso rechazó a comienzos de octubre, elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 7% en 2027 y negociar incrementos salariales de entre el 4% y el 7% son algunas de las principales exigencias que UGT y CCOO llevarán a la huelga general del próximo 11 de noviembre. Los sindicatos pretenden que la movilización sirva para desbloquear decisiones pendientes tanto del Gobierno como de la patronal, a la que reprochan la falta de avances en la negociación colectiva.

Los secretarios generales de ambas organizaciones, Pepe Álvarez y Unai Sordo, reúnen este lunes, 26 de octubre, a más de 2.000 representantes sindicales de grandes empresas para preparar una jornada de paro que tendrá como principales reivindicaciones el acceso a la vivienda y la lucha contra la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores. La convocatoria es una huelga general de 24 horas, registrada ante el Ministerio de Trabajo el pasado 19 de octubre por nueve organizaciones sindicales y sociales, entre ellas UGT, CCOO, CGT, CNT y la Confederación de Sindicatos de Inquilinas.

Aunque el encarecimiento de la vivienda es el principal motivo de la protesta, los sindicatos han incorporado reivindicaciones laborales que afectan directamente a las empresas, desde las subidas salariales hasta la reducción de la jornada y la prevención de riesgos. La movilización, acordada antes de la disolución de las Cortes, se celebrará a menos de tres semanas de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Recuperar los decretos de vivienda rechazados por el Congreso

La primera exigencia de UGT y CCOO pasa por recuperar las medidas de protección habitacional incluidas en los reales decretos-leyes que el Congreso rechazó el pasado 2 de octubre, cuya convalidación consideran una prioridad inmediata para responder a las dificultades de acceso a la vivienda.

Los sindicatos reclaman, además, intervenir sobre los precios del alquiler, reforzar la protección frente a los desahucios y frenar la concentración de inmuebles en manos de fondos de inversión. A estas medidas de aplicación más inmediata añaden una política de vivienda pública que permita ampliar de forma permanente la oferta de alquiler asequible, en lugar de depender exclusivamente de las fluctuaciones del mercado privado.

CCOO ha planteado la construcción de 1,5 millones de viviendas protegidas en una década, una propuesta que exigiría movilizar inversión pública durante varios ejercicios y coordinar la actuación del Estado con las comunidades autónomas y los ayuntamientos, responsables de buena parte de las competencias urbanísticas y residenciales.

Según el Instituto Nacional de Estadística, la vivienda se encareció un 12,2% interanual en el segundo trimestre de 2026, mientras que UGT advierte de que el 43,6% de las personas que viven de alquiler se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social, frente al 31,3% de la media europea, según los datos que recoge el sindicato.

Un salario mínimo un 7% más alto en 2027

Asímismo, los sindicatos reivindican elevar el SMI al menos un 7% en 2027, después de que el incremento aprobado para 2026 fuera del 3,1%. UGT considera que la última actualización ha quedado superada por la evolución de los precios, especialmente después de que la inflación alcanzara el 4,9% interanual en septiembre.

La subida del salario mínimo para 2027 podría aprobarse incluso antes de las elecciones generales del 29 de noviembre, puesto que el Gobierno conserva sus competencias pese a la disolución de las Cortes. El Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, pretende acelerar la actualización y ha pedido a la comisión de expertos que adelante sus conclusiones.

El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, también se ha mostrado favorable a cerrar el incremento antes de los comicios, aunque ha condicionado su aprobación a los trabajos técnicos previos. La decisión puede adoptarse mediante real decreto, previa consulta con sindicatos y empresarios, sin necesidad de someterla a una votación parlamentaria.

En cuanto a los convenios colectivos, CCOO defiende incrementos salariales de entre el 4% y el 7%, mientras que UGT reclama que las subidas superen la inflación e incorporen cláusulas de garantía que permitan revisar las retribuciones cuando los precios aumenten más de lo previsto. Ambas organizaciones coinciden en la necesidad de desbloquear un nuevo Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), cuya negociación permanece pendiente desde hace más de un año.

La propuesta de UGT incluye la reclamación de que los convenios incluyan complementos salariales relacionados con el coste de la vivienda, especialmente en aquellos territorios y sectores donde los precios dificultan el acceso a un hogar. Su aplicación dependería de acuerdos con la patronal, puesto que el Ejecutivo no puede fijar de manera general las subidas de todos los salarios negociados colectivamente.

La patronal, señalada por el bloqueo de los convenios

El desacuerdo con la CEOE ha añadido una dimensión laboral a una huelga inicialmente impulsada por la crisis de vivienda, después de que UGT y CCOO denunciaran que la patronal lleva más de un año sin negociar la renovación del acuerdo estatal que debe orientar los convenios colectivos.

Pepe Álvarez resumió el pasado jueves la relación entre ambas reivindicaciones al advertir de que el precio de la vivienda "lo tropieza todo", incluso cuando los trabajadores consiguen mejoras salariales. Unai Sordo, por su parte, reclamó un "cambio sustancial" en las políticas residenciales y un gran acuerdo estatal que permita recuperar los salarios.

La CEOE ha cuestionado la convocatoria por su proximidad a las elecciones y por dirigir contra las empresas una protesta que incluye demandas cuya resolución corresponde a las administraciones. Los sindicatos responden que el coste de la vivienda afecta directamente a las condiciones de vida de los trabajadores y que las empresas también deben asumir su responsabilidad mediante la negociación salarial.

Jornada laboral, pensiones y bajas médicas

La plataforma sindical incorpora otras reivindicaciones que van más allá del acceso a la vivienda, entre ellas la reducción de la jornada laboral, la reforma de la normativa de prevención de riesgos, la defensa del sistema público de pensiones y las garantías de protección durante las bajas laborales.

UGT reclama que avance la reforma de prevención de riesgos laborales, cuyo proyecto no llegó al Congreso antes de la disolución de las Cortes Generales, mientras que CCOO vincula la convocatoria a la necesidad de reforzar los servicios públicos y mejorar las condiciones de quienes enferman y encuentran dificultades para dejar de trabajar.

La huelga tendrá lugar el 11 de noviembre, dos días antes del comienzo oficial de la campaña electoral, y podrán secundarla trabajadores del sector público y privado. Además del paro laboral, las organizaciones convocantes preparan manifestaciones en distintas ciudades españolas.

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¿En qué estado parlamentario se encuentra actualmente la reforma de la normativa de prevención de riesgos laborales tras la disolución de las Cortes Generales?

La reforma general de la normativa de prevención de riesgos laborales no llegó a iniciar su tramitación parlamentaria antes de la disolución de las Cortes. A 26 de octubre de 2026, su situación es la de un anteproyecto en fase gubernamental, no la de un proyecto de ley pendiente de votación en el Congreso. Por ello, no es técnicamente correcto afirmar que esta reforma general haya caducado como iniciativa parlamentaria: todavía no había entrado en las Cámaras.

Qué fase había alcanzado

El Consejo de Ministros aprobó el 28 de abril de 2026 el Anteproyecto de ley por la que se modifican la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; y el Reglamento de los Servicios de Prevención. La comunicación oficial de Trabajo identifica expresamente el texto como anteproyecto, aunque su titular emplee la expresión «nueva Ley».

Posteriormente, el Consejo Económico y Social emitió su Dictamen 11/2026, de 27 de julio, sobre ese anteproyecto. Este informe forma parte de la preparación de la norma: no equivale a su aprobación por las Cortes ni abre por sí mismo el procedimiento legislativo.

La información de Demócrata del 5 de octubre precisaba que el texto no había regresado al Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley y, por tanto, no había comenzado su recorrido en el Congreso. La información del 26 de octubre mantiene ese dato: la reforma no llegó al Congreso antes de la disolución.

Qué implica la disolución

El Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado el día 6, disolvió el Congreso y el Senado y convocó elecciones para el 29 de noviembre. Conviene distinguir dos efectos:

  • Sobre los procedimientos parlamentarios: las iniciativas legislativas ordinarias que seguían pendientes caducaron con la disolución.
  • Sobre este anteproyecto: al encontrarse todavía en preparación dentro del Ejecutivo, no había un procedimiento parlamentario que pudiera caducar. La disolución no elimina automáticamente el trabajo gubernamental realizado ni obliga, por ese solo motivo, a repetir todos los trámites previos.

La Diputación Permanente no puede tramitar y aprobar esta reforma como una ley ordinaria en sustitución del Congreso. Su intervención respecto de los decretos-leyes responde a un procedimiento distinto, que no convierte este anteproyecto en una norma vigente.

Una iniciativa distinta que sí caducó

No debe confundirse la reforma general con la Proposición de Ley de reforma de la Ley 31/1995 para la interrupción del trabajo por inclemencias meteorológicas, del Grupo Parlamentario Mixto, firmada por Ione Belarra. Esta iniciativa, expediente 122/000212, fue admitida a trámite el 22 de julio de 2025 y publicada el 24 de julio. Proponía prohibir trabajos al aire libre durante avisos meteorológicos naranjas o rojos, manteniendo la retribución. Esta proposición sí caducó el 6 de octubre de 2026.

Qué queda pendiente

Para avanzar por la vía prevista, la reforma general deberá completar la fase gubernamental, aprobarse como proyecto de ley y remitirse a las nuevas Cortes. No existe una tramitación parlamentaria anterior que pueda simplemente reanudarse.

Mientras tanto, continúa aplicándose la Ley 31/1995 vigente, con sus modificaciones y desarrollo reglamentario. Las medidas del anteproyecto no generan nuevas obligaciones por sí mismas. En síntesis: reforma general todavía prelegislativa; proposición específica sobre inclemencias meteorológicas caducada.

¿Cuáles son las competencias específicas del Ministerio de Trabajo y Economía Social en la fijación del salario mínimo interprofesional?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social prepara, impulsa y propone la fijación del salario mínimo interprofesional (SMI), pero no decide su cuantía por sí solo. La aprobación corresponde al Gobierno, mediante un real decreto deliberado en el Consejo de Ministros, previa consulta con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

1. Elaborar y elevar la propuesta al Gobierno

La distinción fundamental está en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores: «El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo interprofesional».

Por tanto, el Ministerio ejerce la iniciativa y prepara la propuesta dentro de sus competencias sobre relaciones laborales. Su titular la eleva al Consejo de Ministros. No puede sustituir esa decisión colegiada por una orden ministerial ni convertir un anuncio o un acuerdo de diálogo social en una cuantía jurídicamente obligatoria.

Este reparto aparece expresamente en el Real Decreto 126/2026, que fija el SMI para 2026 «a propuesta de la Ministra de Trabajo y Economía Social, y previa deliberación del Consejo de Ministros».

2. Canalizar la consulta con sindicatos y empresarios

Al Ministerio le corresponde impulsar la interlocución con los agentes sociales para preparar la propuesta. El requisito legal es consultar a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas antes de aprobar el SMI.

Consulta obligatoria no significa acuerdo obligatorio. El artículo 27 exige escuchar a ambas representaciones, pero no condiciona la decisión a su consentimiento. El Ministerio puede buscar un acuerdo sobre la subida; si no lo consigue, la competencia decisoria continúa correspondiendo al Gobierno.

3. Fundamentar la cuantía y sus posibles revisiones

La propuesta ministerial debe atender a los cuatro factores que enumera el Estatuto:

  • El índice de precios de consumo.
  • La productividad media nacional alcanzada.
  • El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
  • La coyuntura económica general.

La ley obliga a considerarlos, aunque no establece una fórmula matemática ni una ponderación cerrada. Además, contempla una revisión semestral cuando no se cumplan las previsiones sobre precios. El Ministerio prepara técnicamente la propuesta correspondiente; tampoco en esa revisión dispone de una potestad autónoma para cambiar la cuantía.

4. Preparar el texto normativo y su soporte técnico

El Real Decreto 502/2024, que desarrolla la estructura del departamento, concreta los órganos que sustentan este trabajo:

  • La Secretaría de Estado de Trabajo desarrolla la política gubernamental sobre trabajo y relaciones laborales, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio.
  • La Dirección General de Trabajo tiene atribuidas la ordenación de las relaciones laborales y las condiciones de trabajo, la elaboración de proyectos normativos y los informes sobre su interpretación y aplicación.
  • La Subdirección General de Ordenación Normativa ejerce esas funciones de elaboración normativa y apoyo jurídico dentro de la Dirección General.

El departamento también cuenta con funciones de estudio, análisis estadístico y evaluación del impacto económico y social de las políticas laborales. Estas permiten fundamentar la decisión, sin desplazar al Consejo de Ministros.

5. Respetar los límites de la habilitación legal

La propuesta debe ajustarse al Estatuto: la revisión del SMI no modifica por sí misma la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que, considerados conjuntamente y en cómputo anual, ya sean superiores. En síntesis, Trabajo elabora y propone; el Gobierno fija y aprueba, dentro de los criterios y garantías legales.

¿A qué partido político pertenecen Pepe Álvarez y Unai Sordo y cuál ha sido su trayectoria sindical hasta la actualidad?

Pepe Álvarez es militante del PSOE, según una entrevista publicada por la propia UGT. En cambio, no consta públicamente una afiliación partidista formal de Unai Sordo: no debe atribuírsele pertenencia al PCE, Izquierda Unida o Sumar por dirigir CCOO. A 26 de octubre de 2026, ambos continúan como secretarios generales de sus respectivos sindicatos.

Pepe Álvarez: del metal catalán a la dirección de UGT

José María Álvarez Suárez, conocido como Pepe Álvarez, nació en Belmonte de Miranda, Asturias, en 1956. Su militancia socialista está recogida en una entrevista difundida por UGT, que sitúa esa vinculación aproximadamente en 1975. Conviene separar esa afiliación personal de su responsabilidad sindical: dirige UGT, no ejerce ese cargo en representación del PSOE.

Su trayectoria está ligada al sindicalismo industrial y a Cataluña, donde desarrolló la mayor parte de su carrera antes de asumir la dirección estatal. Estos son sus principales hitos, recogidos en su biografía oficial de UGT:

  • 1975: se trasladó a Barcelona para trabajar en La Maquinista Terrestre y Marítima, posteriormente integrada en Alstom, y se afilió a UGT.
  • 1976-1978: comenzó a asumir responsabilidades en la sección sindical de la empresa y después en la organización de la Federación del Metal de UGT de Cataluña. También fue miembro del comité de empresa.
  • Etapa posterior: fue secretario general del Sindicato del Metal de Barcelona y, en 1989, presidió la comisión gestora de UGT de Cataluña.
  • 1990-2016: ocupó la Secretaría General de UGT de Cataluña durante unos 26 años, renovando sucesivamente su mandato.
  • Desde marzo de 2016: es secretario general confederal de UGT, tras suceder a Cándido Méndez. Fue reelegido en 2021 y volvió a presentarse para un tercer mandato en el 44.º Congreso Confederal, celebrado en noviembre de 2024, como acredita la intervención de aquel congreso. Continúa al frente de la organización.
  • Desde 2019: también ejerce como vicepresidente de la Confederación Europea de Sindicatos, según su biografía sindical.
Unai Sordo: de CCOO de Euskadi a la dirección confederal

Unai Sordo nació en Barakaldo, Bizkaia, en 1972. Es graduado social por la Universidad del País Vasco y trabajó en el sector de la madera antes de dedicarse plenamente a la actividad sindical. Las fuentes biográficas consultadas documentan su militancia en CCOO, pero no acreditan una afiliación formal a un partido.

Su ascenso se produjo desde las estructuras juveniles y territoriales de CCOO de Euskadi hasta la dirección estatal, según este perfil de su trayectoria:

  • 2000: fue elegido secretario de Juventud de CCOO de Euskadi.
  • 2004-2009: dirigió la organización territorial de CCOO en Bizkaia.
  • 2009-2017: fue secretario general de CCOO de Euskadi; resultó reelegido en 2013.
  • 2017: sucedió a Ignacio Fernández Toxo como secretario general confederal de CCOO. Renovó su mandato en 2021.
  • 2025: fue reelegido para un tercer mandato, con el 96,11 % de respaldo, según la comunicación oficial de CCOO.

En julio de 2026, Sordo descartó dar el salto a la política institucional con Sumar y expresó su intención de completar su tercer y último mandato sindical, según informó Demócrata. Ese pronunciamiento no acredita afiliación a Sumar: confirma su continuidad al frente de CCOO.

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¿Qué porcentaje de aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) proponen UGT y CCOO para 2027?

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¿Cuál es el principal motivo declarado para la huelga general del 11 de noviembre según los sindicatos?

Pregunta 2 de 3

¿Qué organizaciones, además de UGT y CCOO, han registrado la huelga general ante el Ministerio de Trabajo?

Pregunta 3 de 3