El Tribunal Supremo del Reino Unido ha dado la razón a la aseguradora del 'Prestige', el petrolero que en noviembre de 2002 vertió más de 63.000 toneladas de fuel frente a la costa gallega, y ha confirmado su derecho a percibir una indemnización.
La resolución se pronuncia tras un largo litigio sobre esta cuestión y sobre las reclamaciones formuladas por la aseguradora London Steam-Ship Owners'Mutual Insurance Association. El alto tribunal concluye que podrá ser resarcida por España, que a su vez queda sin posibilidad de cobrar los 855 millones del seguro.
Entre otros extremos, el Supremo sostiene que “el hecho de que las partes y los árbitros emplearán la denominación 'compensación en equidad' no priva a la citada aseguradora “del derecho al resarcimiento económico que legalmente le corresponde por incumplimiento contraactual”. De este modo, estima el recurso de apelación presentado por la aseguradora frente a las pretensiones de España y también del Estado francés.
En dicho recurso se discutía cómo debe aplicarse, a un contrato con cláusula de arbitraje, el principio conforme al cual un tercero no puede beneficiarse de un contrato “sin aceptar su carga”.
La cuestión central era determinar si corresponde a un tribunal ordinario o a un tribunal arbitral la facultad de otorgar esa “compensación en equidad” por el incumplimiento de lo que se ha considerado una obligación equitativa de someterse a arbitraje, después de que España decidiese no acudir a ese cauce.
El fallo, que no fija cantidades específicas, reconoce el derecho a dicha compensación tras haberse presentado en los tribunales españoles una reclamación de 855 millones, en lugar de acudir al arbitraje previsto en la póliza del buque siniestrado.