El Tribunal Supremo ha ratificado las penas de 14 y 11 años de inhabilitación para empleo o cargo público impuestas al exsubdirector de Gestión Económica e Infraestructuras del Servicio Cántabro de Salud (SCS), Francisco Javier González, y al exdirector de la Gerencia de Atención Primaria, Alejandro Rojo, respectivamente, por un delito de prevaricación relacionado con contratos menores durante el periodo en que ocuparon sus responsabilidades hace dos legislaturas.
La Sala de lo Penal del alto tribunal confirma así íntegramente la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria en marzo de 2021, tras el juicio celebrado en febrero de ese mismo año, fallo que ya había sido respaldado posteriormente, en enero de 2023, por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
El Supremo comparte el criterio de las instancias anteriores y considera acreditado que el entonces subdirector de Gestión Económica e Infraestructuras del SCS incurrió en un delito continuado de prevaricación administrativa al llevar a cabo un fraccionamiento indebido de contratos menores para eludir los procedimientos ordinarios de contratación.
En su sentencia, el tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por González, salvo en lo relativo a la imposición de las costas de la apelación, que pasan a declararse de oficio, después de que la Sala de lo Civil y Penal del TSJC hubiera rechazado en su momento todos los recursos de los acusados y les hubiera obligado al pago de las costas procesales.
En cuanto a Alejandro Rojo, exdirector de la Gerencia de Atención Primaria condenado por un delito de prevaricación no continuada, ya que su conducta se circunscribió a un único episodio vinculado al fraccionamiento de contratos de obras y servicios en el SCS, terminó desistiendo del recurso de casación tras haberlo formalizado inicialmente.
Actuaciones reiteradas y aprovechando las mismas oportunidades
De acuerdo con la sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, de la que es ponente el magistrado Leopoldo Puente, los hechos probados ponen de manifiesto que González, "en el ejercicio del cargo público que ostentaba, de manera reiterada y aprovechando idénticas oportunidades, resolvió promover la celebración de múltiples convenios, fraccionándolos indebidamente para refugiarse en el procedimiento más liviano que pudiera permitirle llevarlos a efecto".
Para conseguir ese objetivo, añade la resolución consultada por Europa Press, el exsubdirector de Gestión Económica e Infraestructuras del SCS "dictó las oportunas resoluciones administrativas, todas ellas enderezadas al fin perseguido, y con plena conciencia de su carácter arbitrario".
González, con trayectoria en la gestión económica y administrativa, y Rojo, médico de profesión, ocuparon sus puestos bajo la titularidad de la socialista María Luisa Real como consejera de Sanidad entre 2015 y 2018. Ambos presentaron su dimisión en 2018, junto con el entonces gerente del SCS, Julián Pérez Gil, tras hacerse públicas las presuntas irregularidades en la contratación.
Las anomalías fueron puestas en conocimiento de la Justicia por la entonces jefa del Servicio de Contratación y se detectaron en contratos menores vinculados al mantenimiento y pintado de centros de salud, a las obras de ampliación del Hospital Virtual de Valdecilla, a la adquisición de 22 ecógrafos destinados a otros tantos ambulatorios y a diversas asistencias técnicas prestadas por un consultor externo, Álvaro Sáez de Viteli, ya fallecido y al que la instructora atribuía el mismo delito.
El Partido Popular, que intervino en el procedimiento como acusación particular, solicitaba inicialmente 15 años de inhabilitación para cada uno de los acusados. Finalmente, la Audiencia Provincial de Cantabria fijó las penas en 14 y 11 años por prevaricación continuada y no continuada, respectivamente, condena que fue confirmada primero por el TSJC y ahora por el Tribunal Supremo en una resolución que no admite recurso y que adquiere, por tanto, firmeza definitiva.