El TSJ de Murcia ratifica 8 años de prisión por una brutal agresión homófoba en un bar de la capital

El TSJ de Murcia confirma 8 años de cárcel y una alta indemnización por una agresión homófoba que dejó a la víctima casi ciega de un ojo.

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

2 minutos

Más leídas

Elecciones 29N · Encuestas

La media de las encuestas

Media a 27 de octubre de 2026 · 15 institutos

  • PP31,0 %
  • PSOE27,3 %
  • Vox18,9 %
  • Sumar6,3 %
  • Podemos2,9 %
  • ERC2,3 %
010203040ene 2024jul 2024ene 2025jul 2025ene 2026jul 2026

Media del último estudio de cada instituto en 30 días y su evolución semanal desde el 23J. Partidos con al menos un 2 %.

Todas las encuestas

Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado la pena de ocho años de cárcel impuesta a un hombre por agredir a otro en un bar de la ciudad de Murcia, dejándolo prácticamente ciego de un ojo tras dirigirle insultos vinculados a su orientación sexual.

El fallo detalla que los hechos tuvieron lugar sobre las 15.30 horas del 19 de junio de 2020 en un establecimiento del barrio de El Carmen, en Murcia. En ese momento, el condenado, sin que existiera discusión previa, comenzó a observar fijamente a la víctima mientras le dirigía graves expresiones de carácter homófobo.

Ante esa conducta intimidatoria, la víctima se apartó hacia una esquina de la barra. No obstante, el acusado volvió a clavar la mirada en él y, de manera súbita, le asestó un fuerte puñetazo en el ojo derecho. Como consecuencia del impacto, la lente intraocular que la víctima llevaba implantada tras una operación previa de cataratas se le incrustó en el propio globo ocular.

El golpe hizo que el agredido cayera al suelo, instante en el que el agresor continuó con la paliza, propinándole patadas en la zona de las costillas y en el cuello, hasta que tres clientes del local intervinieron para detener la agresión.

Derivado del ataque, la víctima sufrió un traumatismo ocular con subluxación de la lente, hemorragia vítrea y desprendimiento de retina. Estas lesiones obligaron a realizar varias intervenciones quirúrgicas y han ocasionado la pérdida casi absoluta de visión en ese ojo.

La Sala ha rechazado en su totalidad el recurso presentado por la defensa del condenado, al descartar la existencia de atenuantes por consumo de alcohol o por posibles dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento penal.

El tribunal respalda así la fundamentación de la Audiencia Provincial para imponer la pena máxima de ocho años de prisión, al considerar los hechos como “un ataque unilateral y caprichoso contra la identidad misma de la persona, de su sexualidad, lo que lo convierte en un acto más injusto, cruel y degradante”.

Junto con la pena de prisión, la resolución mantiene la obligación del condenado de indemnizar a la víctima con 60.707,95 euros por las lesiones y secuelas sufridas, así como el pago de 7.106,38 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) en concepto de gastos de asistencia médica y quirúrgica derivados de la agresión.