Incendio en Benidorm: qué pasó en Armanello y cuál fue el balance

El fuego del 25 de mayo en la partida Armanello afectó a una zona de vegetación y alcanzaron una instalación de alta tensión, sin dejar personas heridas.

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Benidorm. EUROPA PRESS

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El incendio de Armanello se declaró el lunes 25 de mayo en una zona de matorral y monte bajo de Benidorm. La rápida propagación de las llamas obligó a movilizar al Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante por la proximidad de zonas habitadas y de infraestructuras eléctricas.  

El fuego llegó a afectar a una torre de alta tensión. Pese a la intensidad de las imágenes difundidas durante la emergencia, no constan personas heridas.  

Las llamas avanzaron por una zona de vegetación

El incendio se originó en la partida Armanello, un área situada entre el núcleo urbano y varias zonas comerciales y residenciales de Benidorm. Los bomberos desplegaron medios terrestres para impedir que el fuego continuara avanzando.  

La presencia de una instalación eléctrica condicionó parte de los trabajos. Las imágenes mostraron las llamas bajo una torre de alta tensión, lo que aumentó la preocupación entre los vecinos y las personas que observaban la columna de humo desde distintos puntos de la ciudad.  

Cuándo quedó extinguido

Los servicios de emergencia dieron el incendio por estabilizado alrededor de las 17.30 horas del lunes. La extinción definitiva se comunicó durante la tarde del martes, después de mantener efectivos en la zona para evitar reproducciones.  

No se difundió un balance de viviendas dañadas ni de personas evacuadas. Las informaciones locales disponibles señalaron expresamente que no había constancia de heridos.  

Benidorm mantiene el riesgo de incendios

Durante julio, el Ayuntamiento de Benidorm ha llegado a cerrar temporalmente los accesos a Serra Gelada y El Moralet por el riesgo extremo de incendios asociado a las altas temperaturas. Las restricciones incluyeron la prohibición de realizar actividades que pudieran provocar fuego en áreas forestales.  

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué requisitos establece la legislación autonómica valenciana para la prevención de incendios forestales en zonas próximas a núcleos urbanos?

En la Comunitat Valenciana, la prevención de incendios forestales cerca de núcleos urbanos se articula combinando la legislación forestal y la de ordenación del territorio y urbanismo. La normativa clave es la Ley forestal de la Comunitat Valenciana y su reglamento, junto con el texto refundido de ordenación del territorio, que incorpora un anexo específico de prevención de incendios. Sin embargo, en los fragmentos de normas consultados no aparecen detallados los metros concretos de franjas de protección ni el contenido íntegro de dichos anexos, por lo que no se pueden precisar numéricamente esos requisitos. Aun así, sí se puede describir el marco general de obligaciones para ayuntamientos, propietarios y titulares de urbanizaciones en la interfaz urbano‑forestal.

Marco normativo autonómico principal

El régimen básico se apoya en:

  • Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana, parcialmente modificada, que define qué es monte y fija el marco de la prevención de incendios forestales. Texto accesible en la Ley 3/1993.
  • Su desarrollo reglamentario mediante el Decreto 91/2023, de 22 de junio, del Consell, que aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993: Reglamento forestal 2023.
  • El Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, que aprueba el texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, con un Anexo XI: Prevención de incendios forestales, según se ve en el propio texto: texto refundido 1/2021 y su referencia en el BOE [enlace].
  • La anterior Ley 5/2014, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, hoy refundida: Ley 5/2014.

Además, la Ley forestal ha sido modificada por la Ley 13/2018 (Ley 13/2018 en BOE y Ley 13/2018 en DOGV) y por el Decreto‑ley 1/2023, que crea el fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal (Decreto‑ley 1/2023 y su convalidación en Resolución 612/X). También inciden, de forma más general, la Ley 7/2021 y diversas leyes de medidas fiscales y administrativas (Ley 7/2014, Ley 10/2015, Ley 27/2018, Ley 9/2019, Ley 3/2020, Ley 21/2017, Ley 13/2016, Decreto‑ley 6/2021), así como normas sectoriales como la de servicios sociales inclusivos (Ley 3/2019).

Zonas próximas a suelo urbano y urbanizable

En la Ley forestal, según el fragmento disponible, se aclara que no tienen la consideración de monte o terreno forestal los terrenos clasificados como urbanos o urbanizables. No obstante, el Reglamento de 2023 introduce una regla clave: en su disposición adicional primera establece que en los terrenos urbanizables, hasta que finalice la urbanización y cuenten con las dotaciones y servicios urbanísticos, se aplica la normativa forestal en materia de incendios. Esto significa que, mientras una urbanización está en fase de desarrollo, debe cumplir las obligaciones forestales de prevención.

El texto refundido de ordenación del territorio (Decreto Legislativo 1/2021) incluye un Anexo XI “Prevención de incendios forestales”, que, por su ubicación sistemática, debe contener los criterios que el planeamiento urbanístico ha de respetar en cuanto a distancias, configuración de bordes urbanos, integración en la infraestructura verde y prevención de riesgos. Sin embargo, en los extractos consultados no se reproduce su contenido, por lo que no se dispone de los valores numéricos concretos de anchura de franjas, radios de seguridad o parámetros de diseño.

Obligaciones de ayuntamientos y propietarios

Del conjunto normativo se desprende, de forma general:

  • Los ayuntamientos deben ejercer sus competencias de planeamiento y disciplina urbanística “garantizando la prevención de riesgos” y coordinándose con la política forestal (artículos iniciales del texto refundido 1/2021). Es previsible que los planes generales deban incorporar las determinaciones del Anexo XI sobre prevención de incendios forestales en la interfaz urbano‑forestal.
  • El fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal, creado por el Decreto‑ley 1/2023, refuerza el papel de los municipios en la ejecución de actuaciones de prevención, también en entornos próximos a núcleos urbanos.
  • Los titulares de terrenos urbanizables colindantes con monte, mientras no se complete la urbanización, quedan sometidos a la normativa forestal a efectos de incendios (disposición adicional del Decreto 91/2023). Esto implica obligaciones de gestión de vegetación y de evitar usos de riesgo, aunque los detalles concretos no aparecen en los fragmentos disponibles.
  • Los propietarios de viviendas y parcelas dentro de suelo urbano o urbanizable consolidado están sometidos a las ordenanzas municipales y a las determinaciones urbanísticas derivadas del Anexo XI, pero no se recogen en las fuentes consultadas los parámetros específicos de desbroce, poda o retirada de restos para la franja inmediata a las edificaciones.

Planes de prevención y normativa estatal de referencia

En el plano estatal, la Ley 43/2003, de Montes (y su modificación por la Ley 10/2006) establece el marco básico de los planes de defensa contra incendios, si bien la concreción en la Comunitat Valenciana se realiza mediante la normativa autonómica ya citada. Las referencias estatales más recientes sobre protección civil e incendios (por ejemplo, la planificación estatal de emergencias, la Estrategia Nacional de Protección Civil y normas anteriores sobre incendios forestales) son complementarias, pero no fijan directamente las franjas concretas en suelo valenciano (Plan Estatal de emergencias por incendios, Directriz básica 2013, parcialmente sustituida por la Norma Básica de Protección Civil 2023, y la Estrategia Nacional de Protección Civil).

En resumen, la legislación valenciana sí establece un marco específico para la interfaz urbano‑forestal (a través del Reglamento forestal 2023 y del Anexo XI del texto refundido de ordenación del territorio), pero en las fuentes manejadas no constan los detalles numéricos de anchura de franjas, ni el contenido preciso de las obligaciones de desbroce, poda o materiales constructivos en esas zonas. Para una aplicación práctica, es imprescindible acudir directamente al articulado completo del Reglamento de la Ley 3/1993, al Anexo XI del Decreto Legislativo 1/2021 y a las ordenanzas municipales de cada término.

¿En qué consiste exactamente el contenido del Anexo XI “Prevención de incendios forestales” del Decreto Legislativo 1/2021 y cómo afecta al planeamiento urbano colindante con monte? ¿Qué obligaciones concretas imponen las ordenanzas de un municipio valenciano típico a los propietarios de parcelas en urbanizaciones junto a suelo forestal? ¿Cómo se coordina la planificación autonómica valenciana de incendios forestales con el Plan Estatal de Protección Civil para emergencias por incendios forestales?

¿Cuáles son las competencias del Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante en la gestión de emergencias?

El Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante es el ente supramunicipal encargado de la gestión integral del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento en la provincia. Sus competencias abarcan tanto la respuesta operativa ante emergencias (incendios, rescates, siniestros de protección civil) como la organización y coordinación del servicio entre Diputación, Generalitat y ayuntamientos. Todo ello se articula a través de sus Estatutos, adaptados en 2020, y de la Ley 7/2011 de la Generalitat sobre Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.

Competencias básicas en la gestión de emergencias

Según la información corporativa y estatutaria del propio Consorcio, su núcleo competencial es la prevención, extinción de incendios y salvamento de personas y bienes en cualquier tipo de siniestro o emergencia de protección civil en su ámbito territorial.

Ámbitos de intervención operativa
  • Incendios urbanos e industriales: actuación en viviendas, edificios públicos, naves industriales, hospitales o instalaciones críticas (por ejemplo, el incendio industrial en Santa Pola descrito en esta noticia).
  • Incendios forestales: el Consorcio dispone de servicio específico de extinción forestal y se integra en el dispositivo autonómico de emergencias, coordinado con la Generalitat, de acuerdo con la Ley 7/2011 de la Comunitat Valenciana, citada como norma clave en guías de preparación para acceso al cuerpo (referencia formativa).
  • Salvamento y rescate: rescate de personas y animales en accidentes de tráfico, derrumbes, atrapamientos, altura, medio acuático o espacios confinados, tal y como se recoge en las funciones oficiales del servicio de intervenciones (intervenciones).
  • Emergencias no estrictamente “de fuego”: saneamiento de fachadas y estructuras dañadas, retirada de elementos con riesgo de caída, gestión de materias peligrosas y otras incidencias derivadas de fenómenos meteorológicos extremos, descritas de forma resumida en materiales preparatorios de oposiciones (análisis de funciones).
  • Rescate medicalizado: el Consorcio cuenta con un Grupo Especial de Rescate (GER) medicalizado con capacidad provincial, integrado en el esquema de coordinación del Centro de Coordinación de Emergencias (112), según la descripción operativa de CCE-Control 3.

Gestión supramunicipal y marco institucional

Los Estatutos del Consorcio, adaptados por la Asamblea General del 10 de diciembre de 2020 (Estatutos 2020), definen al organismo como fórmula de colaboración entre la Generalitat Valenciana, la Diputación Provincial de Alicante y los ayuntamientos para prestar el servicio con carácter supramunicipal.

  • Gestión integral del servicio: corresponde al Consorcio ordenar, reglamentar y gestionar el servicio de bomberos en la provincia, fijando criterios homogéneos de organización y prestación, tal y como recogen los Estatutos (composición del Consorcio).
  • Ámbito territorial: cubre todos los municipios integrados, con especial relevancia de los municipios menores de 20.000 habitantes cuya competencia material en emergencias asume de forma efectiva la Diputación a través del Consorcio, según se recoge en el propio documento estatutario.
  • Capacidad jurídica: el Consorcio puede celebrar contratos, obligarse, ejercer acciones y recursos, siempre bajo sus Estatutos y la normativa sectorial (ficha institucional).
  • Actuación fuera del ámbito ordinario: puede intervenir en otros territorios a requerimiento de la autoridad competente de la Generalitat o de la Dirección General de Emergencias en caso de grandes siniestros, conforme al principio de colaboración interadministrativa previsto en la legislación autonómica de protección civil.

Normativa que enmarca sus competencias

El reparto y ejercicio de competencias del Consorcio se apoya en un bloque normativo estatal y autonómico:

  • Ley 7/2011 de la Generalitat de Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana, que establece el modelo de servicios de bomberos y la figura de los consorcios supramunicipales como instrumento de gestión (análisis normativo).
  • Decreto 163/2019 de la Generalitat, que fija bases y criterios de selección del personal de los servicios de bomberos de la Comunitat, aplicable al personal del Consorcio (información de acceso).
  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, citada en temarios oficiales (temario de referencia), que regula las obligaciones en materia de seguridad y salud de los bomberos como trabajadores expuestos a riesgos especiales.
  • Normativa autonómica de protección civil y planes especiales, que encuadran la participación del Consorcio en el sistema de emergencias de la Comunitat y su coordinación con el 112 y con la Conselleria competente, como se subraya en el marco del Pacto de Estado frente a la emergencia climática y la mejora de dispositivos de incendios (negociación interna).

Organización interna y desarrollo de las competencias

El Consorcio estructura sus competencias mediante una red de parques (Alcoy, Elche, Torrevieja, San Vicente, Crevillent, etc.), coordinados desde su centro de control y con dispositivos especiales en campañas de alto riesgo o grandes eventos, como evidencian sus comunicaciones públicas (web corporativa). La modernización de medios materiales y tecnológicos se vincula directamente a su capacidad competencial de dar una respuesta rápida y coordinada en la provincia, tal y como resaltan distintas informaciones técnicas y formativas sobre el servicio (estructura y operativa).

En síntesis, las competencias del Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante combinan la dimensión estrictamente operativa (apagar fuegos y rescatar) con la función de autoridad técnica y gestora del sistema provincial de bomberos, bajo un marco jurídico autonómico que le reconoce como pieza central del dispositivo de protección civil en la provincia.

¿Podrías detallar qué dice exactamente cada artículo de los Estatutos del Consorcio sobre su ámbito territorial y las entidades consorciadas? ¿Qué relación competencial existe entre el Consorcio de Bomberos de Alicante y la Generalitat en los planes especiales de protección civil (inundaciones, incendios forestales, etc.)? ¿Cómo se financia el Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante y qué acuerdos políticos recientes ha habido en la Diputación sobre su presupuesto o condiciones laborales?

¿Qué medidas de prevención de incendios han adoptado otras ciudades de la Comunidad Valenciana este verano?

Este verano, la mayor parte de las medidas de prevención de incendios en la Comunitat Valenciana se están concentrando en el entorno urbano‑forestal de València y en el despliegue autonómico de la Generalitat, al que se han ido sumando el resto de ayuntamientos. En la capital se combinan refuerzos de bomberos y vigilancia en la Devesa del Saler, cierres temporales de accesos al monte y campañas de información ciudadana. En el resto de municipios, la información disponible apunta a que aplican las resoluciones autonómicas de restricción de usos en el monte, se acogen a fondos específicos de prevención y refuerzan la vigilancia local, aunque apenas se han difundido planes municipales tan detallados como el de València.

Medidas del Ayuntamiento de València en la Devesa del Saler

El ejemplo más completo es València, que ha activado un dispositivo específico de verano en la Devesa del Saler. Según las notas municipales, el parque de bomberos de El Saler cuenta desde el 15 de junio con un refuerzo estable (un caporal y cinco bomberos adicionales), lo que permite disponer de dos patrullas completas para vigilar día y noche la Devesa y actuar de inmediato ante cualquier conato de incendio, con equipos de extinción a bordo (app y dispositivo antiincendios 2026 y dispositivo Devesa del Saler).

En los días de riesgo extremo (nivel de Preemergencia 3 del Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales, PEIF), el Ayuntamiento ha ordenado el cierre total de pistas y caminos de la masa forestal de la Devesa de El Saler a vehículos, bicicletas y peatones, cancelando también cualquier actividad dentro de la masa forestal. Solo se permite el tránsito de vehículos de gestión, abastecimiento, mantenimiento, vigilancia, residentes, explotaciones agrarias o servicios ubicados en el parque natural (cierre de accesos a la Devesa y vigilancia y cierre por ola de calor).

Además, València ha puesto en marcha once cañones fijos y quince portátiles SIDEINFO que se activan cuando hay alerta máxima por incendios o niveles críticos de temperatura y humedad. Estos cañones pueden lanzar hasta 2.966 litros de agua por minuto cada uno (unos 10.000 litros por minuto en el sistema fijo) para humedecer la vegetación y crear “corredores húmedos” que frenen el avance del fuego (recursos ante la ola de calor y dispositivo Devesa).

El consistorio también ha probado una aplicación piloto, Alertes IV, que permite comunicaciones en tiempo real entre bomberos y vecinos de edificios en altura durante emergencias, dentro del dispositivo específico de la Devesa, con la vista puesta en extenderla después a toda la ciudad (proyecto Alertes IV).

Campañas de prevención y cultura de la autoprotección

En paralelo al despliegue operativo, València está insistiendo en la “cultura de la prevención”. El programa municipal València + Segura difunde recomendaciones específicas sobre olas de calor y prevención de incendios, accesibles mediante códigos QR en mupis digitales y la web municipal (recursos y servicios ante ola de calor y València + Segura). Se insiste en no encender fuego ni usar pirotecnia en la zona, no tirar colillas, no bloquear accesos de emergencias y mantener despejadas de combustible las inmediaciones de viviendas en entornos forestales (consejos a la población).

Medidas autonómicas que condicionan a todos los municipios

Más allá de València, la Generalitat ha establecido el marco obligatorio para todos los ayuntamientos. El 6 de julio se dictó una resolución que, con nivel de preemergencia 3, impone restricciones adicionales: suspensión de obras y trabajos en terrenos forestales o su entorno, prohibición genérica de encender fuego o de uso festivo‑recreativo del fuego en zonas forestales y en una franja de 500 metros, y suspensión de autorizaciones para pruebas deportivas en terrenos forestales (resolución de 6 de julio de 2026). Ayuntamientos como Segorbe o Chiva han difundido estos vetos a través de sus canales (aviso de Segorbe y comunicado en Chiva), y medios locales recogen también las restricciones estacionales al uso del fuego y las quemas agrícolas en distintos municipios de la Marina Baixa (restricciones verano 2026).

La Generalitat ha abierto además una línea de ayudas al pastoreo extensivo de ovino, caprino, equino y bovino en “zonas estratégicas de prevención”, de la que pueden beneficiarse municipios rurales para reducir la carga de combustible vegetal mediante el ganado (ayudas al pastoreo extensivo). También ha constituido una Comisión del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal, que canaliza recursos hacia los ayuntamientos para actuaciones locales de gestión forestal y limpieza (fondo estratégico municipal), en un contexto en el que el área de Emergencias prevé 139 millones para la AVSRE, 79 para bomberos y SGISE y 21 millones para obras ligadas a la DANA (presupuesto de Emergencias).

Otras ciudades y refuerzo del dispositivo autonómico

La información disponible apunta a que otras ciudades de la Comunitat Valenciana (Alicante, Castellón y municipios de interior) se han integrado en este marco autonómico, aplicando las prohibiciones de uso del fuego, reforzando la vigilancia de Policía Local y protección civil, y adaptando sus planes locales de quema a las restricciones de la Generalitat, pero no se han difundido aún en detalle dispositivos municipales tan específicos como el de València. Sí se conoce que la Comunitat encabeza la inversión autonómica en prevención y extinción de incendios en 2026, con 298,47 millones de euros presupuestados (ránking de gasto autonómico), y que hay un debate político en Les Corts sobre reforzar todavía más esos medios, por ejemplo redirigiendo partidas de festejos taurinos a Emergencias, como plantea Compromís (“menos toreros y más bomberos”).

En resumen, fuera de València ciudad las medidas municipales concretas apenas se han detallado públicamente, pero todo indica que los ayuntamientos están actuando como pieza del dispositivo autonómico: aplican las resoluciones de preemergencia, colaboran con los bomberos forestales y se acogen a fondos y ayudas autonómicas para reforzar limpieza y gestión forestal. No se dispone de más información desglosada por ciudad en las fuentes consultadas.

Para completar el contexto sobre incendios, prevención y riesgo extremo en este verano de 2026, pueden consultarse también otras piezas de actualidad y opinión en Demócrata y medios oficiales: mapa de incendios en España, estado de los incendios el 9 de julio, ola de calor y riesgo de incendios, campaña “Stop al Foc”, información técnica de prevención autonómica y detalle divulgativo de la campaña estival, entre otros.

¿Qué medidas específicas están tomando ciudades concretas como Alicante o Castellón de la Plana frente a los incendios este verano? ¿Cómo funciona exactamente el Plan Especial frente al Riesgo de Incendios Forestales (PEIF) en la Comunitat Valenciana y qué papel asigna a los ayuntamientos? ¿Qué propuestas de los partidos en Les Corts Valencianes plantean cambios en la financiación o estructura del dispositivo contra incendios?

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¿En qué fecha se declaró el incendio en la partida Armanello de Benidorm?

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¿Qué medidas adoptó el Ayuntamiento de Benidorm en julio debido al riesgo extremo de incendios?

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