La Asociación de Aerolíneas Aéreas (ALA) afirmó este viernes que la Unión Europea y los Estados miembro han avalado la posición del sector tras cerrar un acuerdo político sobre la reforma de los derechos de los pasajeros. El texto mantiene los umbrales y tiempos para solicitar compensaciones por retrasos e impide que se cobre un recargo a familias y personas dependientes por asegurar asientos contiguos, aunque renuncia a blindar el derecho a embarcar con equipaje de mano en cabina sin coste adicional.
“A pesar de que la decisión final está pendiente de ratificación este próximo lunes [...], el texto propuesto confirma que las instituciones europeas han dado la razón a las aerolíneas, corroborando que es perfectamente legal ofrecer una tarifa más barata a aquellos pasajeros que solamente lleven un bulto de mano frente a lo defendido por el Ministerio de Consumo [español], y por lo cual este ha impuesto multas millonarias”, ha explicado ALA.
“La decisión de que la tarifa básica inicialmente mostrada incluya un servicio que no todos los pasajeros precisan, como es el de llevar a bordo una maleta de mano tipo 'trolley', además de ser contraria a la legislación comunitaria que establece que cualquier suplemento opcional no debe de incluirse en la tarifa inicialmente ofrecida, sino que debe ser el cliente el que lo elija [...] es probable que induzca a muchos consumidores a acabar pagando por un servicio que no precisan”, ha abundado.
La patronal subraya que, según sus datos, en torno al 40% de los usuarios de las compañías sancionadas no viajan con maleta de mano tipo 'trolley'.
La reacción de ALA llega tras conocerse el texto común pactado por los negociadores del Consejo (gobiernos) y del Parlamento Europeo, que concreta la reforma aprobada en el comité de conciliación que representa a los Veintisiete, primer paso del procedimiento formal que debe ratificar el acuerdo.
El apoyo de los Veintisiete salió adelante pese al voto en contra de España y Letonia y a las abstenciones de Finlandia y Austria, según indicaron a Europa Press fuentes oficiales.
El lunes por la tarde será el turno del comité de conciliación del Parlamento Europeo, que deberá votar el documento y podría rechazarlo, aunque distintas fuentes europeas y parlamentarias consultadas por Europa Press consideran que el texto es sólido, al haber sido elaborado conjuntamente por los equipos de los dos colegisladores.
Compensaciones por retrasos y cancelaciones
Entre los elementos centrales de la reforma figura el mantenimiento de los actuales umbrales de compensación por retrasos, cancelaciones o denegación de embarque, que los Veintisiete intentaron suavizar, y la confirmación de que a partir de tres horas de demora el pasajero conservará el derecho a reclamar.
El nuevo reglamento, que se aplicará doce meses después de completarse su adopción, fija una compensación de 250 euros para vuelos retrasados en rutas de hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para vuelos intra-UE o de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y de 600 euros para el resto de trayectos.
Equipaje de mano y transparencia en los precios
El texto garantiza que los pasajeros podrán subir a bordo sin recargo con un bulto de mano que quepa bajo el asiento, pero la UE renuncia a consagrar el derecho a llevar sin coste una maleta de mano en cabina, pese a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que lo avalaba.
A cambio, el acuerdo obliga a que el precio que se muestre al cliente incluya por defecto el coste de embarcar en cabina con una maleta de mano, en aras de la “transparencia”, permitiendo que quienes no necesiten ese servicio opten a un descuento en el momento de la compra.
Vales, cambios de nombre y comunicación al pasajero
Otros aspectos del texto, según fuentes negociadoras, refuerzan la protección de los usuarios cuando acepten como compensación un vale en lugar del reembolso, al dejar claro que estos bonos no podrán tener fecha de caducidad ni condiciones gravosas.
También se prohíben las tasas por cambios administrativos de nombre o por errores ortográficos y se obliga a las aerolíneas a remitir por correo electrónico a los pasajeros afectados por retrasos o cancelaciones toda la información necesaria para conocer sus derechos y los pasos a seguir para tramitar la indemnización correspondiente.
Familias y personas con movilidad reducida
En lo relativo a las familias, el nuevo marco establece que las compañías ya no podrán cobrar un extra para asegurar que los menores se sienten junto a sus progenitores. Además, se deberá garantizar que los carritos de bebé puedan entregarse en la puerta de embarque del avión y recogerse en el mismo punto al finalizar el vuelo.
Por último, las personas con movilidad reducida que pierdan un vuelo por no haber recibido la asistencia necesaria para llegar a la puerta de embarque tendrán igualmente derecho a reclamar una compensación.