El PP aplaude que el Tribunal Supremo mantenga la suspensión de la ley de nietos y afirma que frena la irresponsabilidad del Gobierno

El PP respalda que el Supremo mantenga la suspensión de la ley de nietos y afirma que la decisión frena la irresponsabilidad del Gobierno de Sánchez.

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El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo (c), durante un acto de precampaña del Partido Popular (PP), en Ifema, a 10 de octubre de 2026, en Madrid (España). Carlos Luján - Europa Press

El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo (c), durante un acto de precampaña del Partido Popular (PP), en Ifema, a 10 de octubre de 2026, en Madrid (España). Carlos Luján - Europa Press

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El Partido Popular ha mostrado su satisfacción por la decisión del Tribunal Supremo (TS) de rechazar el recurso del Gobierno con el que pretendía levantar la suspensión cautelar de la 'ley de nietos'. El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha asegurado que la resolución del alto tribunal pone “límite a la irresponsabilidad del Gobierno”.

Feijóo lo ha manifestado en una publicación en X, donde también ha destacado que el TS “ha antepuesto el bien común” frente a las “prisas y chapuzas” del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

“En unas elecciones no puede haber dudas sobre el censo. Ninguna”, ha recalcado el líder de los 'populares', subrayando además que “lo primero en democracia es cumplir las reglas”.

En la misma línea, el secretario general del PP, Miguel Tellado, ha señalado que “cada vez que Sánchez ha intentado torcer el brazo a la democracia, el Estado de derecho se ha impuesto”.

“España es mucho más que este Gobierno tramposo. El 29N tendrá el presidente del Gobierno que merece”, ha añadido Tellado en otra publicación en la red social X.

El Tribunal Supremo ha determinado que los nacionalizados mediante esta vía no podrán participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, salvo quienes acrediten que sus antepasados padecieron exilio, y ha reiterado que “el interés general de preservar la pureza del proceso electoral debe prevalecer sobre el derecho de sufragio”.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo adoptó esta decisión este lunes a través de dos autos, a los que ha tenido acceso Europa Press, en los que desestima las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado contra la medida cautelar acordada por el propio Supremo el pasado 10 de septiembre.

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¿Cuál es el estado de tramitación parlamentaria de la 'ley de nietos' y cuáles son los siguientes pasos previstos?

En la actualidad, cuando medios y actores políticos hablan de la “ley de nietos” se refieren, en sentido estricto, a la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, que ya fue aprobada y está plenamente en vigor. No existe hoy en el Congreso ni en el Senado una ley autónoma llamada “ley de nietos” en tramitación parlamentaria ordinaria; lo que ha habido son instrucciones administrativas y intentos de reforma que han generado controversia política y recursos judiciales.

1. Qué es jurídicamente la “ley de nietos”

Según la información oficial y el análisis de prensa parlamentaria, la conocida “ley de nietos”:

  • No es una ley independiente, sino la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, aprobada por las Cortes en 2022.
  • Abre una vía extraordinaria para que opten a la nacionalidad española:
    • Los nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles que perdieron o renunciaron a la nacionalidad como consecuencia del exilio.
    • Hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de 1978.
    • Hijos mayores de edad de quienes obtuvieron nacionalidad de origen por la Ley de Memoria Histórica de 2007 o por la propia Ley de Memoria Democrática.

El Gobierno ha explicado esta vía en diversas notas, subrayando su carácter de reparación histórica y su encaje en la Ley 20/2022 (véase, por ejemplo, las notas de Política Territorial y Memoria Democrática sobre nacionalidades concedidas a descendientes de exiliados: nota de 19/09/2025).

2. Estado de tramitación parlamentaria

Desde el punto de vista estrictamente parlamentario, la situación hoy es:

  • La Ley 20/2022, que contiene la disposición adicional octava, completó su tramitación en Congreso y Senado en 2022, fue promulgada y está en vigor. Esa fase legislativa está cerrada.
  • El plazo ordinario de presentación de solicitudes por esta vía se amplió hasta el 22 de octubre de 2025; ello afecta a la tramitación administrativa de expedientes, no a una nueva tramitación parlamentaria de la norma base.
  • En la legislatura actual se ha recurrido a:
    • Una instrucción de 25 de octubre de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que desarrolla la disposición y cuya interpretación es objeto de disputa, como destacan diferentes informaciones (por ejemplo, el análisis sobre el alcance de esa instrucción en Demócrata).
    • Una enmienda de Sumar para modificar la disposición octava dentro de una reforma educativa, que los letrados del Congreso cuestionaron por extralimitar el objeto de la ley de educación y que, según la prensa parlamentaria, quedó finalmente frustrada por la disolución de las Cortes y el adelanto electoral (análisis sobre la enmienda y su decaimiento).

En consecuencia, no hay ahora mismo un proyecto o proposición de ley específico sobre “ley de nietos” en tramitación viva. Lo que hay es una ley aprobada y un marco de desarrollo reglamentario e interpretativo sometido a control político y judicial.

3. Controversia y frentes abiertos (no parlamentarios)

Aunque la fase parlamentaria de la disposición está cerrada, el tema sigue muy activo en otros planos:

  • Judicial-electoral: el Tribunal Supremo ha acordado suspender cautelarmente los efectos electorales en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes obtuvieron la nacionalidad por esta vía, salvo cuando se acredite exilio en los términos de la ley, y ha ordenado paralizar nuevas inscripciones en el CERA mientras se resuelve el fondo del asunto (véase la crónica «El Supremo frena el voto de nacionalizados por la ley de nietos…» de Demócrata).
  • Debate político: PP, Vox, PSOE, Sumar y otros partidos han cruzado acusaciones sobre si la aplicación de la disposición y de la instrucción de 2022 supone o no una “ingeniería electoral” o un “fraude censal”, y han anunciado posibles reformas futuras.
4. Próximos pasos previsibles

Dado el estado actual, los siguientes pasos no vienen marcados por un calendario ya fijado, sino por escenarios posibles:

  • En el ámbito parlamentario:
    • Cualquier modificación de la llamada “ley de nietos” exigirá registrar un nuevo proyecto o proposición de ley, o bien nuevas enmiendas a otra iniciativa, en las Cortes que resulten elegidas en los próximos comicios.
    • Hasta que eso ocurra, no hay fechas ni fases procedimentales (ponencia, dictamen, pleno, Senado…) vinculadas específicamente a una reforma de la disposición octava.
  • En el plano judicial y administrativo:
    • El Tribunal Supremo deberá dictar sentencia de fondo sobre los recursos contra la instrucción y sobre las medidas cautelares que afectan al CERA.
    • La Junta Electoral Central y los registros consulares seguirán ajustando la gestión censal y las certificaciones de exilio a lo que vayan estableciendo las resoluciones judiciales.

Resumiendo: la “ley de nietos” como tal no está en trámite parlamentario ahora mismo; la norma que le da soporte ya fue aprobada en 2022 y los próximos pasos dependerán de dos cosas: de un lado, de cómo cierren el asunto el Tribunal Supremo y la Junta Electoral; de otro, de que la nueva legislatura quiera o no registrar una reforma legislativa específica de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022.

¿Podrías explicarme con más detalle qué dice exactamente la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 y a qué colectivos beneficia? ¿Qué efectos prácticos tiene la suspensión cautelar del voto exterior decidida por el Tribunal Supremo sobre las personas nacionalizadas por la “ley de nietos”? Si en la próxima legislatura se quisiera reformar la “ley de nietos”, qué vías parlamentarias concretas (proposición, proyecto, enmiendas) serían más probables y por qué?

¿Cuáles son las competencias y funciones principales del Tribunal Supremo en España?

El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes del sistema judicial español, salvo en materia de garantías constitucionales que corresponden al Tribunal Constitucional. Su posición viene definida fundamentalmente por la Constitución Española (art. 123) y por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). A partir de ese marco se articulan sus competencias y funciones principales, que pueden agruparse en varios grandes bloques.

En primer lugar, el Tribunal Supremo actúa como máximo órgano de revisión de las decisiones judiciales. Con carácter general, conoce de los recursos de casación, que tienen por objeto controlar la correcta aplicación e interpretación de la ley por los tribunales inferiores y asegurar la uniformidad de la jurisprudencia. Cada orden jurisdiccional (civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar) tiene su Sala correspondiente, que resuelve estos recursos contra sentencias dictadas por órganos superiores (Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional, etc.).

Vinculado a lo anterior, el Supremo cumple una función esencial de unificación de doctrina. Mediante sus sentencias fija criterios interpretativos que sirven de referencia a todos los jueces y tribunales del país. Esto no significa que sus decisiones creen “ley” en sentido formal, pero sí que su jurisprudencia orienta y, en la práctica, homogeneiza la aplicación de las normas, reduciendo disparidades entre tribunales y aportando seguridad jurídica.

En segundo lugar, el Tribunal Supremo tiene competencias penales específicas sobre determinadas autoridades. La Sala Segunda (Penal) es el órgano competente para enjuiciar, entre otros, al presidente del Gobierno, ministros, diputados y senadores, miembros del Consejo General del Poder Judicial, magistrados de la propia Sala y de los Tribunales Superiores de Justicia, y otras altas autoridades aforadas. En estos casos, el Supremo actúa como órgano instructor y juzgador o, al menos, como tribunal de enjuiciamiento, evitando que su causa sea conocida por tribunales inferiores.

En el ámbito contencioso-administrativo, la Sala Tercera controla la legalidad de los actos y disposiciones generales más relevantes de la Administración del Estado: reales decretos del Gobierno, reglamentos de ministerios, resoluciones del Consejo de Ministros y de órganos superiores, así como actos de organismos reguladores y entidades de ámbito estatal. Esta competencia lo sitúa como pieza central del control judicial del poder ejecutivo a nivel estatal.

La Sala Primera (Civil) conoce de los recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal en materia civil, así como de determinados procesos de especial trascendencia (por ejemplo, algunas acciones colectivas, cuestiones en materia de derecho internacional privado o litigios relativos a protección de derechos fundamentales en el ámbito civil, cuando la ley lo establece). Su jurisprudencia tiene un fuerte impacto en áreas como contratos, responsabilidad civil, derecho de familia o propiedad.

La Sala Cuarta (Social) es el máximo órgano en materia laboral y de Seguridad Social. Resuelve recursos de casación para unificación de doctrina y otros recursos extraordinarios frente a sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional, fijando criterios sobre despidos, convenios colectivos, prestaciones de seguridad social, conflictos colectivos, entre otros aspectos clave de las relaciones laborales.

La Sala Quinta (Militar) actúa como órgano de casación y revisión en el ámbito de la jurisdicción militar, y conoce también de recursos contencioso-disciplinarios militares. De este modo, garantiza el sometimiento de la jurisdicción militar a un control judicial último dentro del propio Poder Judicial.

Además de estas funciones, el Tribunal Supremo ejerce determinadas competencias orgánicas y de gobierno interno de la judicatura. Si bien el órgano de gobierno del Poder Judicial es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Supremo participa, por ejemplo, a través de su Sala de Gobierno, en la organización interna del propio tribunal, en la elaboración de informes, en la distribución de asuntos entre secciones o en aspectos disciplinarios y administrativos que le conciernen.

Otra función relevante es la de conocer de los recursos de revisión contra sentencias firmes en los supuestos tasados por la ley (aparición de hechos nuevos, documentos decisivos ignorados en el momento del juicio, etc.), actuando como última garantía para corregir eventuales errores judiciales graves. También resuelve conflictos de competencia entre órganos jurisdiccionales de distinto orden cuando así lo establece la LOPJ.

En conjunto, el Tribunal Supremo es la cúspide del Poder Judicial ordinario: garantiza la aplicación uniforme del Derecho, controla la actuación de las más altas autoridades cuando están sometidas a la jurisdicción penal o contencioso-administrativa, y ofrece una vía extraordinaria de corrección de resoluciones judiciales. Su jurisprudencia constituye una referencia imprescindible para jueces, operadores jurídicos, Administraciones públicas y ciudadanía.

¿Cuál ha sido la trayectoria política y el partido de Alberto Núñez Feijóo antes de presidir el Partido Popular?

Alberto Núñez Feijóo ha desarrollado toda su carrera política en el ámbito del centro‑derecha, encuadrado en el Partido Popular (PP) y, en Galicia, en el Partido Popular de Galicia (PPdeG)

Origen y primeros pasos en la Administración gallega

Nacido en Os Peares (Ourense) en 1961 y licenciado en Derecho, Feijóo ingresó en 1985 como funcionario del Cuerpo Superior de la Administración General de la Xunta de Galicia. Esa vía funcionarial, ligada inicialmente a la gestión y no a la política de partido, marcó sus primeros años.

En 1991 dio su primer salto relevante dentro de la Xunta como secretario general técnico de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes. Poco después pasó al ámbito sanitario, donde ocupó la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y responsabilidades de primera línea en el Servicio Gallego de Salud (Sergas). En esta etapa fue configurando un perfil de gestor tecnocrático, especialmente ligado a la sanidad pública gallega.

Desembarco en la Administración General del Estado

Con la llegada al Gobierno de José María Aznar, Feijóo se incorporó en 1996 a la administración estatal. Desempeñó cargos de alto nivel en el ámbito sanitario, entre ellos:

  • Secretario general de Asistencia Sanitaria del Insalud, organismo responsable entonces de la sanidad en buena parte del territorio.
  • Posteriormente, cargos de coordinación en el Ministerio de Sanidad, como secretario general de Gestión y Cooperación Sanitaria.

Más tarde amplió su proyección pública al ser nombrado presidente de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos (en torno a 2001–2003). La presidencia de Correos consolidó su imagen nacional como gestor con experiencia en grandes entidades públicas.

Regreso a Galicia y entrada plena en la política autonómica

En 2003 Feijóo regresó a Galicia llamado por el gobierno autonómico del PP. Fue nombrado conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas e Transportes, un departamento clave, entre otras cosas, en la gestión de infraestructuras tras la crisis del Prestige. En 2004 pasó a ser vicepresidente primero de la Xunta de Galicia, ya plenamente situado en la primera línea política autonómica.

En paralelo a estos cargos de gobierno, se fue integrando orgánicamente en el Partido Popular. Las fuentes consultadas sitúan su afiliación formal al PP a comienzos de la década de 2000 (se menciona 2002 como referencia) y su participación en los comités provinciales y de dirección del PP de Ourense y, después, de Pontevedra. Desde 2005 pasó a formar parte también del Comité Ejecutivo Nacional del PP

Liderazgo del PP de Galicia y consolidación como barón territorial

El salto decisivo en su trayectoria política interna se produce el 15 de enero de 2006, cuando el XIII Congreso del Partido Popular de Galicia lo elige presidente del PPdeG, en sustitución de Manuel Fraga. A partir de ese momento se convierte en el principal referente del PP en Galicia.

Como líder del PPdeG, Feijóo encabezó la oposición al bipartito PSdeG‑BNG y, finalmente, ganó las elecciones autonómicas de 2009 con mayoría absoluta. Desde entonces y hasta 2022 fue presidente de la Xunta de Galicia, revalidando la mayoría absoluta en 2012, 2016 y 2020. Compatibilizó la presidencia de la Xunta con la del PPdeG, lo que le otorgó un fuerte control orgánico y electoral sobre el espacio del centro‑derecha gallego.

Partido de pertenencia

Según las biografías y perfiles consultados, Feijóo ha desarrollado su carrera política íntegramente en el Partido Popular. No hay constancia de militancia orgánica en otros partidos, aunque él mismo ha reconocido haber votado a opciones distintas en su juventud antes de afiliarse. Su recorrido se puede resumir así:

  • Funcionario y alto cargo técnico en la Xunta de Galicia.
  • Alto cargo sanitario y presidente del Insalud y de Correos en gobiernos del PP.
  • Conselleiro y vicepresidente primero de la Xunta de Galicia (gobierno del PP).
  • Presidente del PPdeG desde 2006.
  • Presidente de la Xunta de Galicia entre 2009 y 2022, siempre bajo las siglas del PP.
Situación inmediatamente anterior a la presidencia nacional del PP

Cuando en el XX Congreso Nacional del PP, celebrado en Sevilla el 2 de abril de 2022, Alberto Núñez Feijóo es elegido presidente nacional del Partido Popular, llega con un bagaje de más de tres décadas en la Administración pública, una larga experiencia como alto cargo estatal, la presidencia de una gran empresa pública (Correos), la presidencia del PP de Galicia durante dieciséis años y trece años como presidente de la Xunta. Todo ese recorrido se ha desarrollado dentro del mismo espacio político: el Partido Popular y su estructura gallega, el PPdeG.

¿Puedes detallar con más precisión qué hizo Feijóo en su etapa al frente del Insalud y de Correos? ¿Cómo llegó a ser el sucesor de Manuel Fraga al frente del PPdeG y qué equilibrios internos hubo en ese congreso? ¿Qué rasgos diferencian la etapa de Feijóo en la Xunta de la de sus predecesores y sucesores en Galicia?

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¿Qué ha decidido el Tribunal Supremo respecto a la 'ley de nietos' antes de las elecciones generales del 29 de noviembre?

Pregunta 1 de 3

¿Qué argumento ha dado Alberto Núñez Feijóo para aplaudir la decisión del Tribunal Supremo?

Pregunta 2 de 3

¿Quién ha señalado que el Estado de derecho se ha impuesto cada vez que Sánchez ha intentado 'torcer el brazo a la democracia'?

Pregunta 3 de 3