Encuesta elecciones generales: Feijóo y Vox sacan 12 puntos al bloque de Sánchez aunque PP y Abascal caen, según 40dB

El bloque formado por PP y Vox mantiene una ventaja muy amplia sobre la izquierda estatal, aunque los dos partidos bajan ligeramente respecto al mes anterior. La última encuesta de 40dB para El País y la Cadena SER sitúa a PP y Vox en el 49,2% de estimación de voto, frente al 36,9% que sumarían PSOE, Sumar y Podemos

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Feijoo y Abascal EuropaPress

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La diferencia entre bloques alcanza los 12,3 puntos. El PP de Alberto Núñez Feijóo y Vox siguen claramente por delante del bloque de Pedro Sánchez, aunque ni los populares ni el partido de Santiago Abascal mejoran respecto al barómetro anterior.

El PSOE, por su parte, sube tres décimas y se sitúa en el 27,8%, pero continúa lejos del 31,7% que logró en las elecciones generales del 23J. La encuesta deja una fotografía de fondo: Sánchez aguanta algo mejor el mes, pero no recupera el terreno perdido; Feijóo gana, pero tampoco despega; y Vox baja por cuarto mes consecutivo, aunque sigue siendo el partido que más crece desde 2023.

PP y Vox aventajan en más de 12 puntos al bloque de Sánchez

La suma de PP y Vox alcanza el 49,2% de los votos. El bloque formado por PSOE, Sumar y Podemos se queda en el 36,9%.

La diferencia entre ambos espacios es de 12,3 puntos, una distancia que explica mejor el momento político que la evolución mensual de cada partido.

El PP cae cuatro décimas respecto al anterior barómetro y Vox baja dos. Pero el bloque conservador mantiene una ventaja muy amplia porque el PSOE y Sumar siguen muy por debajo de sus resultados de 2023.

El PSOE sube tres décimas, pero sigue casi cuatro puntos por debajo del 23J

El PSOE aparece en el 27,8% de estimación de voto, tres décimas más que en el barómetro anterior.

Ese pequeño repunte permite a los socialistas aguantar el golpe en un mes marcado por varios frentes judiciales y políticos. Sin embargo, la comparación con las últimas elecciones generales sigue siendo dura para Sánchez.

En el 23J, el PSOE obtuvo el 31,7%. La encuesta de 40dB lo deja ahora casi cuatro puntos por debajo. Por eso la lectura no es de recuperación, sino de resistencia parcial dentro de un desgaste acumulado.

Feijóo gana, pero el PP también baja

El PP se mantiene como primera fuerza, pero no crece. Según la encuesta, los populares bajan cuatro décimas respecto al mes anterior y se sitúan en torno al 32%.

El partido de Feijóo sigue por delante del PSOE, pero también queda algo más de un punto por debajo del resultado que obtuvo en las elecciones generales de 2023. La ventaja del PP no nace de un gran salto propio, sino de la pérdida de apoyos del bloque de izquierdas y de la fortaleza parlamentaria que le aportaría Vox, según 40dB.

Vox encadena cuatro meses de caída, pero sigue siendo el que más crece desde 2023

Vox baja por cuarto mes consecutivo en la estimación de 40dB. Aun así, continúa siendo el partido que más mejora respecto al 23J.

El partido de Santiago Abascal se sitúa en el 17,2%, casi cinco puntos por encima del 12,4% que logró en las últimas elecciones generales. Vox pierde algo de fuerza en la serie mensual, pero mantiene una posición mucho más alta que la de 2023. Eso lo convierte en el actor que más ha mejorado desde las urnas y en pieza imprescindible de una eventual mayoría de derechas.

Sumar y Podemos no compensan la caída socialista

El espacio a la izquierda del PSOE sigue siendo uno de los grandes problemas del bloque progresista. Sumar se sitúa en el 5,8% y Podemos en el 3,2%. Juntos alcanzan el 9%, todavía lejos del 12,3% que logró Sumar en 2023, cuando Podemos concurrió dentro de la coalición.

SALF mantiene un 2,1%

Se Acabó La Fiesta, la marca de Alvise Pérez, aparece con el 2,1% de los votos. El dato sitúa a SALF por debajo de Podemos, pero con capacidad para influir en la fragmentación del voto en algunas circunscripciones si mantuviera ese nivel de apoyo.

También aparece en las transferencias de voto: Vox cedería a SALF un 4,3% de sus votantes de 2023, mientras el PP también sufriría fugas hacia Vox.

Vox tiene el votante más fiel

La encuesta de 40dB muestra que Vox conserva el electorado más fiel. El 86,9% de quienes votaron al partido de Abascal en 2023 repetiría ahora su papeleta. El PP retiene al 76,4% de sus votantes, cinco puntos menos que en el barómetro anterior. Además, cedería un 12% de sus apoyos de 2023 a Vox.

El PSOE mantiene una fidelidad del 70,2%, muy parecida a la del mes anterior. Los socialistas perderían un 4,6% de sus votantes hacia el PP y otro 4,7% hacia Sumar.

Sumar solo retiene al 43% de sus votantes

La situación más delicada en términos de fidelidad está en Sumar. Solo el 43,4% de quienes apoyaron a la coalición en 2023 volvería a votar ahora esa papeleta. Casi un 23% de sus antiguos votantes se iría a Podemos, mientras cerca del 13% optaría por el PSOE.

La fragmentación de Sumar y Podemos es uno de los factores que explica por qué el bloque progresista se queda tan lejos del bloque de derechas en la estimación global.

Vox es el que más voto capta de la abstención

Otro dato relevante está en los antiguos abstencionistas. Vox es el partido que más voto moviliza desde la abstención respecto a 2023, con un 14,4%.

Este dato ayuda a entender por qué el partido de Abascal mantiene una posición elevada incluso en una fase de ligera caída mensual. Vox no solo retiene muy bien a sus votantes de 2023; también aparece como el partido con más capacidad de activar electores que entonces no participaron.

El PSOE resiste mejor entre mujeres y jóvenes

La encuesta de 40dB muestra un dato interesante en intención directa de voto: el PSOE se impone entre las mujeres con un 24,4%, casi tres puntos más que el PP. También aventaja a los populares entre los hombres en intención directa, aunque Vox obtiene cinco puntos más entre el electorado masculino que entre el femenino y adelanta por una décima al PP entre los hombres.

Por edad, el PSOE vuelve a aparecer por delante de Vox entre los jóvenes de 18 a 24 años: 27,7% frente al 19,8%. Es el segundo mes consecutivo en el que Vox deja de ser el partido favorito en esa franja.

Vox domina entre los jóvenes de 25 a 34 años

Aunque el PSOE lidera entre los votantes de 18 a 24 años, Vox obtiene su mejor dato entre los jóvenes de 25 a 34 años, con el 21,7%. El peor dato de Vox aparece entre los mayores de 65 años, donde cae al 12,7%.

El PP, en cambio, tiene su mayor fortaleza en el electorado sénior. Entre los mayores de 65 años alcanza el 29% y se sitúa como primera fuerza, con siete puntos de ventaja sobre el PSOE.

Estimación de voto de 40dB

Partido / bloque Estimación de voto Comparación con 23J
PP 32,0% -1,1
PSOE 27,8% -3,9
Vox 17,2% +4,8
Sumar 5,8% -6,5*
Podemos 3,2% Integrado en Sumar en 2023
SALF 2,1% Sin comparación directa

* En 2023, Sumar concurrió con Podemos integrado en la coalición.

Comparativa por bloques

Bloque Estimación de voto Lectura política
PP + Vox 49,2% Ventaja clara del bloque conservador
PSOE + Sumar + Podemos 36,9% Bloque progresista debilitado
Diferencia PP/Vox sobre PSOE/Sumar/Podemos 12,3 puntos Brecha amplia entre bloques

Fidelidad y transferencias principales

Partido Fidelidad de voto Fuga principal Dato destacado
Vox 86,9% 4,7% al PP; 4,3% a SALF Electorado más fiel
PP 76,4% 12,0% a Vox Pierde cinco puntos de fidelidad en un mes
PSOE 70,2% 4,6% al PP; 4,7% a Sumar 13,4% entre indecisos y blanco/nulo
Sumar 43,4% 23% a Podemos; 13% al PSOE Electorado más volátil

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¿Cuál es el proceso para la publicación de los resultados de las encuestas electorales según la legislación española?

En España, la publicación de resultados de encuestas electorales está regulada principalmente por el artículo 69 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (LOREG), complementado por instrucciones de la Junta Electoral Central (JEC), especialmente la Instrucción 1/2024. La ley fija qué información técnica debe acompañar a cualquier sondeo publicado, establece un control específico de la JEC y prohíbe su difusión en los últimos cinco días antes de la votación. Además, impone obligaciones de rectificación a los medios y un régimen sancionador general en caso de incumplimiento. A continuación se detalla el proceso y las principales exigencias legales.

Marco normativo básico

El núcleo de la regulación está en el artículo 69 LOREG, que define el “régimen de publicación de encuestas electorales” entre la convocatoria y la celebración de cualquier tipo de elecciones. Este precepto ha sido actualizado, entre otras, por la Ley Orgánica 2/2011 y se remite expresamente a la interpretación de la JEC a través de la Instrucción 1/2024 y la Instrucción 3/2019 (esta última sobre simultaneidad de procesos electorales).

1. Quién puede publicar y requisitos generales

La LOREG no restringe a un tipo concreto de sujeto: pueden realizar y publicar encuestas organismos o entidades públicas o privadas, así como personas físicas, y cualquier medio de comunicación puede difundirlas. Sin embargo, “los realizadores de todo sondeo o encuesta” son responsables de cumplir con las especificaciones legales, y los medios que las publiquen comparten obligaciones específicas de rectificación y respeto de los plazos.

En el caso particular de organismos dependientes de las Administraciones Públicas que realicen encuestas de intención de voto en periodo electoral, el artículo 69.8 LOREG exige poner los resultados a disposición de las entidades políticas concurrentes en un máximo de 48 horas desde que lo soliciten. La Instrucción 1/2024 de la JEC desarrolla este punto exigiendo, además, comunicación previa a la Junta Electoral Central del inicio del estudio y de sus características técnicas.

2. Contenido mínimo que debe acompañar a la publicación

El artículo 69 establece que toda publicación de encuestas o sondeos durante el periodo electoral debe ir acompañada, bajo responsabilidad de quien la realiza, de al menos:

a) Identificación del responsable: denominación y domicilio del organismo o entidad (pública o privada) o de la persona física que haya realizado el sondeo, así como de quien lo haya encargado.

b) Características técnicas del sondeo, incluyendo necesariamente:

– Sistema de muestreo.
– Tamaño de la muestra.
– Margen de error.
– Nivel de representatividad.
– Procedimiento de selección de los encuestados.
– Fecha de realización del trabajo de campo.

c) Cuestionario y no respuestas: texto íntegro de las preguntas planteadas y número de personas que no han contestado a cada una de ellas.

Estas exigencias afectan tanto a la empresa demoscópica como al medio que difunde los resultados, ya que la publicación sin esta información vulnera directamente la LOREG.

3. Controles y supervisión de la Junta Electoral

La Junta Electoral Central, según el artículo 69.2 LOREG, debe velar por que los datos e informaciones de los sondeos publicados:

– No contengan falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas.
– Cumplan correctamente las especificaciones técnicas descritas.
– Respeten la prohibición de publicación en los cinco días anteriores a la votación.

Para ello, la JEC puede reclamar información técnica complementaria a quien haya realizado el sondeo (sin acceder a datos que sean de uso propio de la empresa o su cliente). Sus resoluciones en materia de encuestas y sondeos deben notificarse a los interesados, publicarse y son recurribles ante la jurisdicción contencioso‑administrativa.

4. Límites temporales a la publicación

El artículo 69.7 LOREG fija un límite muy claro: durante los cinco días anteriores al de la votación está prohibida la publicación, difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación. Esto incluye prensa escrita, radio, televisión, medios digitales y cualquier otro canal de difusión.

Cuando coinciden varios procesos electorales de ámbito nacional, la Instrucción 3/2019 de la JEC precisa cómo se aplica exactamente esta prohibición, pero el principio general es que el “apagón demoscópico” se extiende a todo el periodo final común de campaña.

5. Rectificaciones y régimen sancionador

Si un medio informa sobre un sondeo vulnerando la LOREG, el artículo 69 obliga a:

– Publicar o difundir en el plazo de tres días la rectificación requerida por la JEC, indicando su procedencia y el motivo, y haciéndolo en los mismos espacios o páginas que la información rectificada.
– Si por la periodicidad del medio esto no fuera posible, el director debe publicar la rectificación, a su costa, en otro medio de la misma zona y similar difusión en ese mismo plazo.

El incumplimiento de estas obligaciones, así como de los deberes de información técnica o de la prohibición de publicación en los cinco días previos, se sanciona conforme al régimen de infracciones y sanciones de la propia LOREG, aplicable a medios, empresas demoscópicas y, en su caso, responsables públicos implicados.

¿Qué sanciones concretas prevé la LOREG para los medios o empresas que incumplen las normas sobre encuestas electorales? ¿Cómo aplica en la práctica la Junta Electoral Central estos controles sobre encuestas en campañas recientes? ¿Qué obligaciones específicas introduce la Instrucción 1/2024 para el CIS y otros organismos públicos cuando hacen encuestas de intención de voto?

¿Qué competencias tiene el presidente del Partido Popular en la dirección del partido y la designación de candidatos?

El presidente nacional del Partido Popular es, según los Estatutos vigentes, el máximo responsable político y legal del partido y concentra buena parte de las competencias de dirección estratégica. Además, su elección en Congreso conlleva automáticamente su condición de candidato del PP a la Presidencia del Gobierno, salvo supuestos excepcionales de vacante. La designación de otros candidatos (por ejemplo, listas electorales) se articula a través de los órganos colectivos, pero bajo su liderazgo político y su capacidad de iniciativa y de urgencia. Todo ello configura una presidencia con fuerte poder ejecutivo interno y un vínculo directo entre liderazgo orgánico y liderazgo electoral.

Competencias en la dirección del partido

Según los Estatutos del Partido Popular en vigor, el presidente nacional es el máximo responsable del partido y ostenta su representación política y legal (artículo 44). Esto le sitúa en la cúspide de la organización y le otorga un papel central en la fijación de la línea política y la coordinación de todos los órganos de dirección, tal como se recoge en el texto estatutario oficial del partido (Estatutos PP 2025).

En cuanto a la dirección interna, el presidente:

– Preside la Junta Directiva Nacional y el Comité Ejecutivo Nacional, los órganos máximos de gobierno entre congresos, con voto de calidad en caso de empate, lo que le otorga capacidad decisoria última.
– Adopta las medidas necesarias para la ejecución de los acuerdos del Congreso Nacional y del resto de órganos de gobierno, garantizando que las decisiones colectivas se traduzcan en acción política y organizativa efectiva.
– Puede designar personas para incorporarse al Comité Ejecutivo Nacional en caso de vacante por dimisión o fallecimiento de algún miembro, reforzando su capacidad de configurar el núcleo de la dirección.
– Está facultado para delegar competencias en el secretario general o en otro miembro del Comité Ejecutivo, lo que le permite modular el reparto de poder interno y la operativa diaria.
– Propone al Comité Ejecutivo la creación de Comisiones de Estudio y designa a sus presidentes, que deben estar afiliados al partido, controlando así una parte relevante de la elaboración programática y sectorial.

Un elemento clave es la cláusula de urgente necesidad: en situaciones calificadas así, el presidente puede asumir competencias atribuidas en los Estatutos a otros órganos. Esta previsión refuerza su papel como centro de mando en contextos de crisis política o de toma rápida de decisiones.

Competencias en la designación de candidatos

Candidato a la Presidencia del Gobierno

El punto más claro de los Estatutos es que el presidente nacional, una vez elegido por el Congreso, se convierte automáticamente en el candidato del PP a la Presidencia del Gobierno, sin necesidad de un procedimiento adicional de designación. Es un vínculo orgánico-electoral directo: quien gana la Presidencia del partido es el cabeza de cartel para las elecciones generales, de acuerdo con lo recogido en el texto estatutario (Estatutos PP 2025, ver también compilaciones como PP Galicia o PP Región de Murcia).

Cuando se produce una vacante (dimisión, fallecimiento o incapacidad), el mecanismo cambia: al no existir ya presidente que pueda encarnar esa candidatura automática, son la Junta Directiva Nacional, a propuesta del Comité Ejecutivo Nacional, quienes designan al candidato a la Presidencia del Gobierno. Es decir, en la situación normal la competencia es “automática” por ostentar el cargo; en la situación excepcional se desplaza a los órganos colectivos.

Influencia en la selección del resto de candidatos

Los Estatutos no atribuyen explícitamente al presidente la facultad unilateral de confeccionar listas para todos los procesos electorales, que se canalizan formalmente a través de órganos como el Comité Electoral. Sin embargo, su posición jurídica y política implica una capacidad decisiva de liderazgo en la designación de candidatos:

– Controla la composición y dinámica de los órganos de dirección que proponen y validan las candidaturas.
– Puede influir en la orientación de las normas internas y en las decisiones estratégicas sobre perfiles, renovación o continuidad.
– En situaciones de urgencia, gracias a la cláusula estatutaria mencionada, puede llegar a asumir competencias normalmente atribuidas a otros órganos, lo que en la práctica puede incidir en procesos de designación.

En los niveles territoriales (autonómico, provincial, local), los presidentes respectivos participan en la elección de sus órganos y en las propuestas de candidatos, pero todo ello se integra en una arquitectura donde el presidente nacional marca la línea general y coordina la estrategia electoral global, conforme al marco de los Estatutos estatales y territoriales del PP (ejemplo provincial, o textos recopilatorios como compilación estatutaria).

Balance: liderazgo orgánico y proyección electoral

En conjunto, el diseño estatutario del PP refuerza una presidencia fuerte: concentra la representación del partido, preside los máximos órganos, tiene voto de calidad, controla parcialmente la composición del comité de dirección y puede asumir competencias de otros órganos en casos de urgencia. Y, sobre todo, vincula de forma directa ese liderazgo con la candidatura a la Presidencia del Gobierno, convirtiendo al presidente nacional en el referente indiscutible del proyecto electoral del partido mientras conserve ese cargo.

¿Cómo se elige exactamente al presidente nacional del PP en el Congreso y qué papel tienen los afiliados y los compromisarios? ¿Qué mecanismos prevén los Estatutos del PP para sustituir al presidente si dimite antes de unas elecciones generales? ¿Qué diferencias hay entre las competencias del presidente nacional del PP y las de los presidentes autonómicos del partido en la elección de candidatos territoriales?

¿Cuántos escaños obtuvo cada partido en las últimas elecciones generales celebradas en España?

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¿Qué distancia separa al bloque PP-Vox del bloque PSOE-Sumar-Podemos en la última encuesta de 40dB?

Pregunta 1 de 3

¿Qué partido retiene el mayor porcentaje de fidelidad de voto según la encuesta de 40dB?

Pregunta 2 de 3

¿Qué porcentaje de estimación de voto obtiene el PSOE en la encuesta de 40dB?

Pregunta 3 de 3

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