Des hackers filtrent des données d'agents marocains et visent le sommet de la sécurité en raison de la crise de Ceuta.

Le groupe Jabaroot assure disposer d'une base avec environ 70.000 noms et accuse des hauts responsables de la sécurité marocaine d'avoir organisé l'entrée massive du 30 juillet.

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Le groupe de hackers Jabaroot a diffusé des données de membres des services de sécurité du Maroc et assure disposer d'une base de données avec des informations sur environ 70 000 agents. L'organisation lie la fuite à la crise migratoire de Ceuta et accuse des responsables de la direction de la sécurité marocaine d'avoir participé à la planification de l'entrée massive enregistrée le 30 juillet dernier.

L'information a été publiée ce lundi par El Confidencial, qui assure avoir vérifié une partie de la documentation avec d'anciens membres des services de renseignement marocains. Les hackers présentent l'opération comme "le grand cadeau à l'Europe, et particulièrement à l'Espagne, de Jabaroot".

Parmi les informations compromises figureraient des noms et des données personnelles de membres de la Direction Générale de Supervision du Territoire (DGST), le service de renseignement intérieur marocain, et de la Direction Générale de Sécurité Nationale (DGSN), la Police du pays.

La dimension exacte de la fuite, cependant, nécessite de la prudence. D'autres informations publiées ce lundi indiquent que Jabaroot a divulgué pour l'instant des noms et des dates de naissance d'une vingtaine de membres de la DGST et affirme avoir en sa possession une autre base de données avec environ 70 000 enregistrements. Il n'existe pour le moment aucune confirmation officielle indépendante que ces 70 000 enregistrements correspondent en totalité à des agents de renseignement ou des policiers.

Jabaroot désigne Hammouchi et le principal conseiller du roi

L'accusation la plus pertinente de Jabaroot va au-delà du vol d'informations. Le groupe désigne directement Abdellatif Hammouchi, responsable de la DGST et de la DGSN, et Fouad Ali el Himma, l'un des principaux conseillers du roi Mohamed VI, pour leur supposé rôle dans les événements de Ceuta.

Selon les messages attribués au groupe et recueillis par El Confidencial, tous deux auraient participé à la planification de l'opération qui a conduit à l'entrée massive de migrants dans la ville autonome.

"Ce sont eux qui ont planifié l'attaque pour mettre l'Espagne dans une situation difficile", soutient Jabaroot, qui ajoute que tout aurait eu lieu avec la connaissance de "un grand pays et d'un autre État fictif". Les hackers font ainsi allusion, selon l'interprétation publiée par le journal, aux États-Unis et à Israël, deux alliés stratégiques du Maroc.

Ces accusations proviennent du propre groupe responsable de la fuite et n'ont pas été vérifiées de manière indépendante.

Les hackers promettent de révéler qui "a orchestré" le plan de Ceuta

Jabaroot soutient qu'il conserve encore des documents qui n'ont pas été rendus publics. Le groupe menace de divulguer les noms de ceux qui, selon sa version, "ont orchestré et coordonné le plan de Ceuta".

Il assure également disposer d'ordres adressés à des agents qui se sont déplacés à Fnideq, la localité marocaine de Castillejos située près de la frontière ceutaine, avant et pendant les événements du 30 juillet.

L'entrée massive a laissé des chiffres sans précédent. Environ 72 000 personnes ont traversé la frontière entre le 30 et le 31 juillet, selon les chiffres du gouvernement espagnol recueillis par la suite par des médias internationaux. La plupart sont ensuite retournées au Maroc.

Jusqu'à présent, il n'existe pas de conclusion officielle attribuant la crise à une opération organisée par les autorités marocaines. Les explications avancées depuis lors incluent la diffusion de messages et de vidéos sur les réseaux sociaux, l'action de réseaux dédiés à organiser les traversées et le comportement des autorités à la frontière.

Un groupe qui avait déjà frappé l'État marocain

Jabaroot n'apparaît pas pour la première fois dans cette crise. Le groupe protagonise depuis des mois des fuites contre des institutions marocaines et avait déjà revendiqué des attaques de grande envergure contre des organismes du pays.

Lors de l'une de ces opérations précédentes, des documents liés à la Caisse Nationale de Sécurité Sociale marocaine ont été diffusés. Les autorités du pays ont alors remis en question une partie du matériel filtré et ont affirmé que certains documents étaient inexactes, incomplets ou trompeurs.

L'origine et les connexions de Jabaroot ne sont pas non plus clarifiées. Depuis le Maroc, le groupe a été lié à l'Algérie, le principal rival régional de Rabat, tandis que d'autres accusations l'ont même relié aux services espagnols. Aucune de ces connexions n'a été publiquement établie.

La nouvelle fuite arrive en pleine tension pour Ceuta et alors que l'incertitude demeure sur ce qui a exactement provoqué que des dizaines de milliers de personnes puissent atteindre la ville autonome en à peine quelques heures.

Plus de clés, de contexte et de questions avec FREN

CONTENU GÉNÉRÉ PAR L'IA

¿En qué fase de investigación parlamentaria o judicial se encuentra la crisis migratoria de Ceuta en España y Marruecos?

A día 24 de agosto de 2026 no existe una “gran comisión oficial única” cerrada sobre la crisis migratoria de Ceuta, sino varios frentes abiertos y otros ya concluidos, tanto en sede judicial como parlamentaria. Algunas piezas vinculadas al precedente de mayo de 2021 están en fase de sentencia (e incluso con condenas), mientras que la nueva oleada de julio de 2026 se encuentra todavía en fase muy inicial de investigación y control político.

1. Situación judicial en España

a) Herencia jurídica de la crisis de mayo de 2021
  • Devolución de menores marroquíes en 2021: la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, dictó en septiembre de 2025 una sentencia que inhabilita durante nueve años a la ex vicepresidenta de Ceuta, Mabel Deu, y a la ex delegada del Gobierno, Salvadora Mateos, por la devolución irregular de 55 menores marroquíes en agosto de 2021, en el contexto de la crisis de mayo de 2021. La sentencia se enmarca en la aplicación de la Ley de Extranjería y la Convención de Derechos del Niño; las crónicas no precisan si ya es firme, por lo que cabe la posibilidad de recursos, pero la fase de enjuiciamiento y condena ya se ha producido.
  • Devoluciones en caliente y frontera marítima: en marzo de 2025 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 2 de Ceuta que declaraba ilegales las devoluciones inmediatas de personas que llegan a nado, al entender que la figura del “rechazo en frontera” solo ampara intentos de salto de la valla terrestre, no entradas por mar (crónica sobre la sentencia del TSJA). Esa línea ha sido después recogida y matizada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 8 de julio de 2026, de carácter contencioso-administrativo, que condiciona la aplicación de los rechazos en frontera a la existencia de elementos físicos de contención.
  • En conjunto, sobre el episodio de 2021 puede decirse que: no hay hoy una macrocausa penal unificada viva por toda la crisis, pero sí causas concretas ya juzgadas (devolución de menores) y una jurisprudencia administrativa consolidada sobre devoluciones en caliente vinculada a Ceuta.
b) Investigación penal por la nueva crisis (julio de 2026)
  • La Audiencia Nacional ha incoado las Diligencias Previas 64/2026 tras la denuncia del partido Iustitia Europa por la entrada masiva en Ceuta los días 30 y 31 de julio de 2026. La magistrada María Tardón:
    • Ha abierto formalmente diligencias previas por posibles delitos contra la paz e independencia del Estado, favorecimiento de la inmigración ilegal, organización criminal u otros.
    • Ha pedido a la UCRIF (Policía Nacional) un informe detallado sobre la “entrada irregular masiva” y la posible existencia de una “acción concertada” (info sobre el auto de Tardón).
    • Ha requerido además a la Jefatura de Información de la Guardia Civil que aclare si recibió alertas previas (providencia de 4 de agosto).
    La propia jueza subraya que todavía está “por resolver” incluso la competencia penal de la Audiencia Nacional, lo que deja claro que la causa se halla en una fase muy inicial de investigación.
  • El Tribunal Supremo ha intervenido de forma colateral: su Sala de Vacaciones ha rechazado, por falta de urgencia, la medida cautelarísima con la que senadores del PP pretendían obligar a varios ministros a comparecer en agosto por la crisis de Ceuta. Es un auto cautelar-reglamentario, no una investigación penal sobre los hechos migratorios.
  • El CGPJ, por su parte, está valorando refuerzos en los juzgados de Ceuta ante el previsible aumento de procedimientos relacionados con la crisis (análisis sobre el “frente judicial” en Ceuta).

2. Actuaciones de la justicia marroquí

  • La justicia de Marruecos ha procesado al menos a 52 personas, y en total a 86 según algunas crónicas, por su presunta implicación en la organización de cruces irregulares hacia Ceuta y Melilla durante la última crisis. Permanecen en prisión preventiva mientras avanzan las diligencias en tribunales como el de Apelación de Nador y el de Primera Instancia de la misma ciudad (detalle de los procesamientos en Nador).
  • Estas causas están también en fase de instrucción, centradas en redes de trata y facilitación de los cruces, no en una investigación penal directa sobre las autoridades marroquíes.

3. Investigación y control parlamentario en España

  • A día de hoy, en las Cortes Generales no consta la creación de una comisión de investigación específica sobre la crisis de Ceuta, ni respecto a 2021 ni respecto a 2026. Lo que sí hay es un despliegue extraordinario de control:
    • El Gobierno ha solicitado la comparecencia, a petición propia, de al menos siete u ocho ministros (Defensa, Interior, Exteriores, Presidencia/Justicia, Sanidad, Inclusión y Migraciones, Juventud e Infancia) ante sus comisiones del Congreso entre el 25 y el 31 de agosto de 2026, para explicar su gestión de la crisis (nota del Congreso sobre las sesiones extraordinarias).
    • El Senado, con mayoría del PP, ha habilitado agosto para celebrar comisiones de Interior, Defensa y Exteriores y citar a los ministros, y estudia reprobaciones políticas, pero el Gobierno ha optado por concentrar las explicaciones en el Congreso.
    • Grupos como Sumar han pedido la comparecencia de la directora del CNI en la Comisión de Secretos, y Vox plantea incluso activar el artículo 102 de la Constitución, lo que muestra una fase de máxima tensión política y expansión del control parlamentario, pero todavía sin investigación formal tipo “comisión del 11-M”.
  • En paralelo, se tramitan preguntas escritas, mociones y solicitudes de información sobre la coordinación con Marruecos, el papel de las mafias, las alertas previas y la gestión de los menores migrantes, tanto en Congreso como en Senado, y también en el Parlamento Europeo.

En síntesis: la crisis de Ceuta de 2021 ha dado lugar a algunas sentencias ya dictadas y a una doctrina consolidada sobre devoluciones, mientras que la nueva crisis de 2026 está todavía en fase de investigación preliminar en la Audiencia Nacional y en tribunales marroquíes, y en una fase de control parlamentario intenso pero aún no de comisión de investigación formal en España.

¿Cuáles son las competencias y funciones de Abdellatif Hammouchi como responsable de la DGST y la DGSN en Marruecos?

No dispongo de información específica y verificada en tiempo real sobre las competencias y funciones concretas de Abdellatif Hammouchi como responsable de la DGST (Dirección General de la Vigilancia del Territorio) y de la DGSN (Dirección General de la Seguridad Nacional) en Marruecos, y además mi especialización está centrada en el ámbito institucional y político español. Por esa razón, no puedo ofrecerte un desglose detallado y riguroso de sus atribuciones orgánicas, ni un análisis actualizado de su papel dentro del sistema de seguridad marroquí, sin correr un riesgo elevado de imprecisión.

Mi diseño está orientado fundamentalmente a trabajar con:

  • Normativa, leyes y reglamentos españoles, tanto estatales como autonómicos, con especial atención a iniciativas legislativas, decretos-ley, proyectos y proposiciones de ley, así como a su tramitación parlamentaria.
  • Actividad parlamentaria en España (Congreso de los Diputados, Senado y parlamentos autonómicos), incluyendo debates, votaciones, comparecencias, composición de grupos y comisiones, y el papel de los distintos actores institucionales.
  • Gobierno y Administración pública española, es decir, funciones de ministerios, secretarías de Estado, direcciones generales, organismos reguladores y otros entes del sector público, además de sus planes, políticas y estrategias.
  • Actores políticos y sociales españoles: partidos, líderes políticos, organizaciones empresariales y sociales en su relación con la esfera pública, su posicionamiento sobre políticas concretas y su presencia en la agenda institucional.
  • Contexto regulatorio y de políticas públicas en España en sectores como energía, vivienda, sanidad, educación, transporte, digitalización, medio ambiente, etc., siempre en clave de cómo se regulan, qué iniciativas existen y qué debates políticos generan.

En cambio, cuestiones centradas en la estructura orgánica interna de otro Estado (en este caso Marruecos), como el detalle de las competencias formales de un alto responsable policial o de inteligencia extranjero, se escapan de mi ámbito de especialización. Aunque se trata de una materia claramente política e institucional, mi configuración y las fuentes a las que estoy optimizado para acceder están enfocadas en España, por lo que no puedo garantizar un nivel de exactitud adecuado si intento extrapolar información sobre cargos y organismos de otros países.

Si lo que necesitas es entender, de manera más general, el tipo de funciones que suelen desempeñar los máximos responsables de cuerpos de seguridad e inteligencia en un Estado, sí podría ofrecerte, en términos abstractos, una explicación conceptual basada en la comparación con figuras equivalentes del sistema español (por ejemplo, responsables de la Policía Nacional, Guardia Civil o servicios de inteligencia como el Centro Nacional de Inteligencia). Esa explicación permitiría hacerse una idea aproximada de qué ámbitos suelen abarcar: seguridad interior, inteligencia, lucha contra el terrorismo, mantenimiento del orden público, coordinación operativa, asesoramiento al Gobierno, etc.; pero no podría ni debería presentarse como una descripción específica de la situación de Marruecos o de la persona que mencionas.

También podría ayudarte, si te interesa, a:

  • Comparar el esquema marroquí de fuerzas de seguridad con el modelo español de seguridad interior y de inteligencia, siempre que la parte española sea el eje principal del análisis.
  • Analizar cómo se articula en España el control parlamentario y gubernamental sobre los cuerpos de seguridad y los servicios de inteligencia, y qué lecciones o elementos comparables podrían tenerse en cuenta en un análisis comparado con otros países.
  • Explorar el modo en que se regula en España la protección de derechos y libertades en el contexto de la actuación de fuerzas de seguridad, interceptaciones de comunicaciones, lucha antiterrorista y otros ámbitos sensibles.

Si reformulas tu pregunta centrándola en España —por ejemplo, pidiéndome detalles sobre las competencias de responsables de seguridad e inteligencia españoles, o solicitando una comparación general entre el modelo español y el marroquí, dejando claro que la parte marroquí debe tratarse solo a un nivel muy descriptivo y no exhaustivo— podré darte una respuesta más sólida, apoyada en el marco normativo y en la práctica institucional española, que es donde realmente puedo serte más útil.

¿Qué leyes internacionales regulan la protección de datos personales de agentes de inteligencia y seguridad en Marruecos?

No puedo responder de forma precisa y documentada a lo que planteas porque estoy especializado en política e instituciones españolas (Congreso, Senado, BOE, normativa y actores españoles), y no tengo como función principal elaborar análisis jurídico comparado detallado sobre el marco internacional aplicable a la protección de datos de agentes de inteligencia y seguridad en un país concreto como Marruecos. Aun así, sí puedo orientarte de manera general sobre los tipos de normas internacionales que suelen ser relevantes en este ámbito, para que tengas un mapa conceptual desde el que seguir investigando con fuentes especializadas en derecho internacional y en el ordenamiento marroquí.

Cuando se habla de protección de datos personales de agentes de inteligencia y seguridad en cualquier país, el marco jurídico no suele venir dado por un único tratado específico sobre “datos de agentes de inteligencia”, sino por la combinación de varios niveles normativos:

  • Instrumentos internacionales de derechos humanos, que reconocen el derecho a la vida privada, a la intimidad y a la protección frente a injerencias arbitrarias o ilegales. El ejemplo paradigmático a escala global es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo artículo 17 protege contra injerencias arbitrarias o ilegales en la vida privada. Aunque estos textos no hablan habitualmente de “protección de datos” en términos técnicos, sí sirven de base para exigir límites, garantías y control judicial sobre la recopilación y uso de información personal, también en el ámbito de la seguridad.
  • Tratados regionales de derechos humanos. En cada región suele haber una carta o convención que desarrolla los derechos reconocidos internacionalmente y que inspira la legislación interna, incluyendo el espacio reservado a los servicios de inteligencia y las condiciones en las que pueden tratar datos personales. Estas normas suelen exigir proporcionalidad, necesidad y legalidad en cualquier injerencia, y también exigen, al menos en abstracto, algún tipo de mecanismo de control o rendición de cuentas.
  • Convenios específicos sobre cibercriminalidad o cooperación penal. Ciertos tratados sobre delincuencia organizada, terrorismo o ciberdelitos contemplan el intercambio de información y pruebas, lo que indirectamente afecta al tratamiento de datos personales por servicios de seguridad. No son normas de protección de datos al estilo europeo, pero establecen marcos para el flujo de información entre Estados que pueden entrar en tensión con la protección de la intimidad.
  • Soft law y estándares internacionales. Organismos internacionales y regionales (como comités de derechos humanos o relatores especiales) emiten recomendaciones, principios y directrices sobre vigilancia, inteligencia y privacidad. Estos textos no son jurídicamente vinculantes como un tratado, pero influyen en la interpretación de las obligaciones estatales y en la elaboración de legislación nacional sobre servicios de inteligencia y protección de datos.
  • Derecho interno influido por estándares internacionales. En la práctica, la protección de datos de agentes de inteligencia y seguridad suele estar fuertemente regulada por la legislación nacional sobre:
    • Límites y controles a los servicios de inteligencia y fuerzas de seguridad.
    • Régimen general de protección de datos y sus excepciones por motivos de seguridad nacional.
    • Secreto profesional, secreto de Estado y clasificación de la información.
    Aunque estos textos son internos, se interpretan a la luz de los tratados y estándares internacionales ratificados o asumidos por el país.

Para responder de forma rigurosa a tu pregunta concreta sobre Marruecos habría que:

  • Ver qué tratados internacionales de derechos humanos ha ratificado el país y si ha aceptado mecanismos de supervisión internacional.
  • Comprobar si participa en convenios específicos sobre datos, cibercriminalidad o cooperación penal que impliquen reglas sobre tratamiento de información personal.
  • Analizar cómo la legislación interna marroquí sobre inteligencia, seguridad nacional y protección de datos incorpora o limita esas obligaciones internacionales.

Ese tipo de análisis detallado, con cita de tratados concretos ratificados por Marruecos y del modo en que se aplican específicamente a los datos personales de agentes de inteligencia, excede el ámbito en el que estoy diseñado para trabajar. Lo que sí puedo hacer con mayor solvencia es ayudarte en todo lo relativo a:

  • Normativa española de protección de datos y su aplicación a fuerzas y cuerpos de seguridad o servicios de información.
  • Análisis de leyes, iniciativas y debates en las Cortes Generales sobre seguridad, inteligencia, ciberseguridad y privacidad.
  • Comparar, en términos generales, cómo se organiza en España el equilibrio entre seguridad y derechos fundamentales.

Si necesitas un estudio preciso sobre el caso marroquí, te resultará imprescindible acudir a bases de datos de derecho internacional público, a la recopilación oficial de tratados del propio Estado marroquí y a bibliografía académica especializada en su sistema constitucional y de seguridad.

Jouer

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¿Qué grupo de hackers ha filtrado datos de miembros de los servicios de seguridad marroquíes?

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¿Con qué crisis vincula Jabaroot la filtración de datos de agentes marroquíes?

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¿Qué información asegura tener Jabaroot respecto a los agentes marroquíes?

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