El Gobierno reivindica sus controles ante posibles fraudes en cambios de sexo en prisión como el del ‘celador de Olot’

El Gobierno defiende sus mecanismos legales para detectar fraudes en cambios de sexo en prisión tras las dudas del PP por el caso del ‘celador de Olot’.

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Acceso al centro penitenciario Alcalá Meco, en Madrid Jesús Hellín - Europa Press

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El Gobierno ha salido al paso para respaldar los “mecanismos legales para la detección y persecución” de cambios de sexo de internos en centros penitenciarios cuando se produzcan incurriendo en fraude de ley, tras la pregunta registrada por el PP sobre el caso de Joan Vila, conocido como el ‘celador de Olot’, condenado por el asesinato de once ancianos en un geriátrico.

El grupo popular había reclamado una valoración específica sobre el ‘celador de Olot’ y sobre otros supuestos en los que condenados por delitos muy graves acceden a módulos femeninos después de iniciar un proceso de transición de género.

En la contestación parlamentaria, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ejecutivo detalla que “el sexo, género o diversidad sexo-genérica son solo una variable más que es valorada y tenida en cuenta por la Administración Penitenciaria para la asignación de un módulo, sin que sea de por sí determinante, sino ponderada junto con el resto que concurran”.

“Respecto a los casos en los que se produzca fraude de ley, cabe señalar que esta es una figura reconocida en derecho y existen mecanismos legales para su detección y persecución”, ha subrayado el Gobierno en su escrito.

Según indica, la Administración Penitenciaria decide el destino de cada interno “garantizando la seguridad, integridad física, intimidad”, con el fin de cumplir el mandato legal de ofrecer a cada persona presa las actividades, programas y recursos más adecuados para favorecer su reinserción social, “en función de su diversidad”.

El Ejecutivo remarca igualmente que Instituciones Penitenciarias presta “especial atención” a la población reclusa femenina, dado que la privación de libertad “incide especialmente en su vulnerabilidad, por la ruptura que supone de vínculos familiares, los antecedentes de violencia y exclusión o la estigmatización social”.

En este marco, el Gobierno se remite a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, al considerar que “supuso un avance significativo en la defensa y garantía de los derechos de las personas trans, también en el ámbito penitenciario”.

Asimismo, menciona la Instrucción 7/2006 de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias sobre integración penitenciaria de personas transexuales, que fija criterios de actuación en estos casos.

El PP, por su parte, había solicitado aclaraciones sobre el grado de coordinación entre el Ministerio de Igualdad e Instituciones Penitenciarias —dependiente del Ministerio del Interior— en los supuestos en los que un interno inicia un proceso de cambio de sexo, adopta la identidad femenina y es trasladado al módulo de mujeres.

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