Cupón Diario ONCE hoy: resultado del miércoles 15 de julio y número premiado

Consulta el resultado del Cupón Diario de la ONCE de hoy, miércoles 15 de julio de 2026, con el número premiado, la serie ganadora y cómo comprobar si tu cupón ha sido premiado

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Cupón conmemorativo del turno de oficio. ONCE-ABOGACÍA ESPAÑOLA

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El Cupón Diario de la ONCE de este miércoles 15 de julio de 2026 ya tiene número premiado. El sorteo ha dejado como resultado principal el número 54312, con la serie 035.

Resultado del Cupón Diario ONCE del miércoles 15 de julio

  • Número premiado: 54312
  • Serie: 035
  • Reintegro a la primera cifra: 5
  • Reintegro a la última cifra: 2

El cupón que coincida con las cinco cifras y la serie ganadora opta al premio principal del sorteo.

Qué premio reparte el Cupón Diario de la ONCE

El Cupón Diario de la ONCE reparte un premio principal de 500.000 euros al cupón que acierte las cinco cifras y la serie.

Además, hay premios secundarios para quienes acierten las cinco cifras sin serie, así como premios por coincidencias con las cuatro, tres, dos o una cifras del número premiado.

Cómo comprobar si te ha tocado el Cupón Diario

Para comprobar un cupón de la ONCE hay que revisar el número de cinco cifras y, para el premio principal, también la serie.

El resultado puede consultarse en JuegosONCE, en el histórico oficial de resultados y en puntos de venta autorizados. Conviene conservar siempre el cupón original.

Dónde cobrar un cupón premiado de la ONCE

Los premios menores pueden cobrarse en puntos de venta autorizados de la ONCE.

Para premios de mayor importe, el ganador debe seguir el procedimiento indicado por la organización y presentar el cupón original en buen estado.

Cuándo caduca un cupón de la ONCE

Los cupones de la ONCE tienen un plazo de caducidad de 30 días naturales contados desde el día siguiente al sorteo.

Por eso, si el cupón está premiado, conviene comprobarlo cuanto antes y no dejar pasar el plazo de reclamación.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué leyes regulan los sorteos y juegos de azar de la ONCE en España?

Los sorteos y juegos de azar de la ONCE se apoyan en un doble bloque normativo: por un lado, el régimen general del juego en España (que fija el marco básico); por otro, un conjunto de normas específicas que reconocen la singularidad de la ONCE y regulan el cupón, la lotería instantánea y el juego activo. A esto se añaden reglamentos propios de la ONCE aprobados por la Administración y publicados en el BOE. A continuación se resumen las piezas clave de ese entramado.

1. Marco general del juego aplicable a la ONCE

Aunque no son normas exclusivas de la ONCE, sus juegos se enmarcan en la regulación general estatal del juego, en particular:

  • Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, parcialmente vigente según el BOE (texto en BOE).
  • Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, que deroga parcialmente preceptos de la Ley 46/1985 y del propio Real Decreto-ley 16/1977 y establece el marco moderno del juego de ámbito estatal (Ley 13/2011).

Estas normas fijan principios generales (autorizaciones, control administrativo, régimen sancionador, protección de consumidores, etc.) que también alcanzan a las loterías de la ONCE en la medida en que sean de ámbito estatal.

2. Régimen jurídico básico de la ONCE y su autorización para explotar juegos

El estatuto jurídico de la ONCE y la base de sus autorizaciones de juego se encuentra, principalmente, en:

  • Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles (R.D. 358/1991). Define a la ONCE como Corporación de Derecho Público de carácter social y señala que se rige por normativa específica propia y que goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego para la financiación de sus fines sociales. El propio real decreto prevé que las modificaciones del régimen del cupón y otros juegos de la ONCE que requieran autorización previa se eleven al Consejo de Ministros.
  • Este real decreto ha sido actualizado, entre otros, por el Real Decreto 1200/1999, el Real Decreto 1359/2005 y el Real Decreto 394/2011, manteniendo la idea de que la ONCE dispone de un régimen singular de juego, bajo protectorado estatal.
  • Determinadas Leyes de Presupuestos Generales del Estado consolidan y encuadran este régimen, destacando:
    • Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985 (PGE 1985).
    • Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, parcialmente modificada y afectada después por la Ley 13/2011 (PGE 1986).
  • La Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, publica el texto refundido de los Estatutos de la ONCE, donde se desarrolla su organización interna y la conexión entre actividad social y explotación de juegos (Estatutos ONCE).

3. Normativa específica sobre los productos de juego de la ONCE

3.1. Cupón tradicional y otros productos históricos

El cupón de la ONCE se ha ido regulando mediante resoluciones que publican programas de sorteos y reglamentos específicos. Un ejemplo temprano es la Resolución de 5 de junio de 1992, de la Subsecretaría de Asuntos Sociales, que da publicidad al programa de sorteos del cupón de la ONCE (programa de sorteos 1992), citando expresamente el Real Decreto 358/1991 como marco habilitante.

En 2006 se reunificó buena parte de esta regulación sectorial con la Resolución de 27 de julio de 2006, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, que dispone la publicación de los Textos Refundidos de los Reglamentos reguladores de las distintas modalidades y productos de juego de la ONCE (textos refundidos de reglamentos). Esta resolución ha sido parcialmente derogada y actualizada con posterioridad, pero marca un hito en la sistematización del régimen interno de los juegos de la ONCE.

3.2. Modalidad “Juego Activo de la ONCE”

Los juegos activos (por ejemplo, apuestas de combinación, tipo “Triplex”) se regulan mediante un reglamento específico:

  • Resolución de 23 de agosto de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada “Juego Activo de la ONCE” y se implanta el producto “Triplex de la ONCE” (reglamento juego activo).
  • Este reglamento ha sido posteriormente modificado, entre otras, por la Resolución de 31 de marzo de 2020, que revisa el Reglamento y da publicidad a la finalización e implantación de varios productos de esa modalidad (modificación 2020 juego activo).
3.3. Lotería instantánea de boletos (“rascas”)

La lotería instantánea de la ONCE cuenta con un reglamento propio y sucesivas modificaciones muy recientes:

  • Resolución de 4 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada “Lotería instantánea de boletos de la ONCE” (reglamento 2023 lotería instantánea), corregida por la Resolución de 26 de abril de 2023 (corrección de errores).
  • Este reglamento ha sido objeto de múltiples modificaciones con motivo de la implantación o finalización de productos concretos, entre otras:
    • Resolución de 4 de abril de 2023, que ya introduce una primera modificación y da publicidad a nuevos productos (modificación 4/4/2023).
    • Resolución de 27 de noviembre de 2023, que vuelve a modificar el Reglamento y publicita la implantación, lanzamiento y finalización de varios productos (modificación 27/11/2023).
    • Cadenas posteriores de modificaciones en 2024–2026, como la Resolución de 1 de febrero de 2024 (modificación 1/2/2024) y la Resolución de 29 de enero de 2026, que actualiza de nuevo el Reglamento y los apéndices de productos (modificación 29/1/2026).

4. Síntesis

En conjunto, los juegos de azar de la ONCE se rigen por: el marco general del juego estatal (Real Decreto-ley 16/1977 y Ley 13/2011), el régimen singular de la ONCE como corporación de derecho público (Real Decreto 358/1991 y Estatutos publicados por la Orden SCB/1240/2019) y una normativa específica de producto (cupón, juego activo, lotería instantánea) articulada en reglamentos y resoluciones periódicas que se publican en el BOE y que ajustan continuamente las condiciones de los sorteos y los diferentes juegos.

¿Qué diferencias jurídicas y de funcionamiento hay entre el cupón tradicional de la ONCE, la lotería instantánea y el juego activo? ¿Cómo se coordina la regulación estatal del juego (Ley 13/2011) con el régimen singular de la ONCE previsto en el Real Decreto 358/1991? ¿Qué controles ejerce el Estado sobre los sorteos de la ONCE según el Real Decreto 358/1991 y las resoluciones más recientes?

¿Cuáles son los requisitos legales para reclamar premios superiores a 500.000 euros de la ONCE?

Los premios de la ONCE, incluidos los superiores a 500.000 euros, se rigen por una combinación de normativa estatal sobre juego y fiscalidad y por los reglamentos específicos de la organización. Legalmente, no existe un “régimen especial” distinto solo por superar los 500.000 euros, pero en la práctica estos importes se cobran en centros especializados, exigen plena identificación del ganador y soportan el gravamen especial sobre premios de loterías. Los puntos clave son: plazo muy corto de caducidad (30 días naturales en el caso del Cupón), obligación de presentar el resguardo original o identificación electrónica válida, verificación de identidad y aplicación de la retención fiscal correspondiente.

1. Normativa básica aplicable

El marco general del juego y de las loterías estatales se contiene en la Ley 13/2011 de regulación del juego, modificada por la Ley 23/2022. Para la ONCE, los reglamentos específicos más relevantes son:

  • Reglamento del Cupón de la ONCE, aprobado por la Resolución de 4 de abril de 2023 (Reglamento del Cupón).
  • Reglamento del “Juego Activo de la ONCE” (Eurojackpot, Super Once, etc.), aprobado también el 4 de abril de 2023 (Reglamento Juego Activo).

La fiscalidad de los premios de la ONCE se regula en la Ley 16/2012, que introduce el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas (disposición adicional trigésima tercera de la Ley del IRPF).

2. Identificación del ganador y prohibiciones

Los reglamentos de la ONCE establecen que, cuando el premio está sujeto a gravamen especial, la entidad:

  • Debe exigir la identificación completa del perceptor antes de pagar el premio, para poder aplicar la retención fiscal correspondiente (se indica expresamente en el Reglamento del Cupón).
  • En el caso de boletos de Internet, el cliente debe haber verificado documentalmente su identidad para poder retirar los fondos premiados.

En el Reglamento Juego Activo se detalla, además, que está prohibido tanto jugar como cobrar premios a:

  • Menores de 18 años.
  • Personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial.
  • Personas vinculadas a la ONCE en materia de juego y otros colectivos que fije la normativa.

En la práctica, para un premio muy elevado (como uno superior a 500.000 euros) se exige:

  • Documento oficial de identidad (DNI, NIE o pasaporte vigente).
  • En su caso, documentación adicional si el premio es compartido (identificación de todos los cotitulares).

3. Lugar y forma de cobro de grandes premios

El Reglamento del Cupón distingue entre pago en puntos de venta y en estructuras centrales. Los premios pequeños pueden abonarse directamente por los agentes vendedores o puntos de venta autorizados, pero los premios de gran cuantía se pagan:

  • En los Centros de la ONCE o en las entidades colaboradoras concertadas por la organización.

En el apéndice del producto “Cupón de Fin de Semana” se detalla, por ejemplo, que el primer pago de un premio de 360.000 € se realiza en un Centro de la ONCE o entidad colaboradora, con entrega de un documento justificativo del derecho a las anualidades futuras y aplicación previa de la retención fiscal. Este esquema ilustra el modo de gestión de premios muy elevados: cobro centralizado, documentación formal y pagos fraccionados en algunos productos.

4. Plazos de caducidad y reclamación

El aspecto más estricto es el plazo para presentar el boleto al cobro. El artículo 40 del Reglamento del Cupón fija que:

  • El derecho al cobro del cupón premiado caduca a los 30 días naturales desde el día siguiente al sorteo.
  • Si el último día es sábado, domingo o festivo, se prorroga al primer día laborable siguiente (el sábado no se considera laborable a estos efectos).
  • Transcurrido ese plazo, “decae el derecho al percibo de los premios”.

Para boletos de Internet, el premio se abona en la cuenta virtual, pero el retiro efectivo requiere que la identidad esté documentada correctamente.

En caso de conflicto, los interesados pueden presentar reclamación ante el Director General de la ONCE en el plazo de un mes desde el fin del plazo de caducidad, con posterior recurso de alzada (artículos 41 y 42 del Reglamento del Cupón y artículo 25 del Reglamento de Juego Activo).

5. Retención e impuestos sobre premios elevados

Según la Ley 16/2012, los premios de las modalidades de juego autorizadas a la ONCE están sujetos a un gravamen especial cuando superan un mínimo exento. La disposición adicional trigésima tercera establece que:

  • Están exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros.
  • Si el premio supera esa cantidad, tributa únicamente la parte que exceda de 2.500 euros.
  • El tipo del gravamen especial es del 20 % sobre la base imponible (la parte no exenta).
  • La ONCE debe practicar una retención o ingreso a cuenta por ese 20 %, que tiene carácter liberatorio para el contribuyente.
  • En premios compartidos, tanto la exención como la base imponible y la retención se prorratean entre los cotitulares.

Así, en un premio superior a 500.000 euros, la ONCE retendrá el 20 % sobre todo lo que exceda de 2.500 euros y abonará al ganador el importe neto, una vez identificado y dentro de los plazos y canales previstos.

¿Qué documentación concreta tendría que aportar si el premio de la ONCE lo hemos comprado entre varias personas y lo queremos cobrar conjuntamente? ¿Cómo tributa en el IRPF un premio grande de la ONCE cobrado por un no residente en España y qué diferencias hay respecto a un residente? ¿Qué pasos tendría que seguir si la ONCE se niega a pagar un premio alegando que el cupón está deteriorado pero yo discrepo?

¿Qué otros sorteos organiza la ONCE y cuál ha sido la evolución de sus premios principales en los últimos años?

Además del Cupón Diario, la ONCE comercializa una oferta amplia de juegos: el Cuponazo de los viernes, el Sueldazo de Fin de Semana, sorteos extraordinarios del Cupón (Navidad, Verano, Día del Padre, Día de la Madre, 11/11), juegos activos como Mi Día y Super 11 y la Lotería Instantánea (rascas). En los últimos años la estructura básica de premios se ha mantenido estable, con ajustes puntuales en porcentajes destinados a premios y en la configuración de los sorteos extraordinarios, tal y como recogen las resoluciones publicadas en el BOE. La principal línea de evolución ha sido reforzar los premios en forma de “sueldos” periódicos y mantener grandes botes millonarios en los sorteos especiales. A continuación se resumen los principales productos y cómo han evolucionado sus premios.

Sorteos ordinarios principales

Cuponazo (viernes)

El Cuponazo es el gran sorteo semanal de la ONCE. Según varias piezas recientes de Demócrata, se celebra cada viernes y ofrece un premio principal de 6.000.000 € al número y serie ganadores, con premios secundarios a las cinco cifras sin serie y a distintas terminaciones, como explica el artículo Cuponazo ONCE hoy. Las resoluciones de calendario del segundo y tercer trimestre de 2025 del BOE (segundo trimestre 2025 y tercer trimestre 2025) fijan para el Cuponazo:

  • Emisión: 40.500.000 € por sorteo, en 135 series de 100.000 números.
  • Porcentaje a premios: 54,6 % del total de la emisión.
  • Precio: 3 € por cupón.

En años recientes se ha consolidado la fórmula de un gran premio millonario con posibilidad de modalidades reforzadas (como el Cuponazo “XXL”) que elevan el primer premio, aunque las cifras exactas de esas variantes no se detallan en las resoluciones consultadas.

Sueldazo de Fin de Semana (sábados y domingos)

El Sueldazo es el sorteo de sábado y domingo. Demócrata recoge de forma reiterada la estructura actual: un premio principal de 300.000 € al contado más 5.000 € al mes durante 20 años, para las cinco cifras y la serie ganadoras, y cuatro segundos premios de 2.000 € al mes durante 10 años. Esa configuración se menciona, por ejemplo, en La ONCE celebra el Centenario del Ardero de Barbate y en varios resúmenes de sorteos de fin de semana. Las resoluciones del BOE sobre el Cupón de fin de semana (calendario tercer trimestre 2024 y tercer trimestre 2025) establecen:

  • Emisión: 11.000.000 € por sorteo (55 series).
  • Porcentaje a premios: 46 % de la emisión.
  • Precio: 2 € por cupón.

En los últimos años la estructura del Sueldazo se ha mantenido muy estable: se refuerza la idea de “renta” a largo plazo, sin cambios significativos en cuantías o años de cobro.

Juegos activos: Mi día y Super 11

Las mismas resoluciones del BOE de 2024 y 2025 describen la modalidad de Juego activo de la ONCE, que incluye:

  • Mi día: un juego tipo fecha, con precio de 1 € por combinación y un 60 % de la recaudación destinado a premios de importe fijo en ocho categorías (resolución 30 de abril de 2025).
  • Super 11: juego de combinación numérica con siete tipos de combinaciones y porcentajes de recaudación destinados a premios que oscilan, según tipo, entre el 49,2 % y el 59,9 % (resolución 16 de julio de 2024).

En estos juegos la evolución se centra más en ajustar porcentajes y combinaciones que en fijar un único gran premio visible al público, ya que los importes concretos dependen de la recaudación y del número de acertantes.

Sorteos extraordinarios del Cupón

La ONCE organiza varios sorteos extraordinarios dentro de la modalidad «Cupón de la ONCE», con emisiones y premios reforzados:

  • Extra de Verano: las resoluciones de 2024 y 2025 fijan una emisión de 72 millones de euros para el sorteo del 15 de agosto (120 series de 100.000 números, precio 6 €), con estructura de premios detallada en resoluciones específicas (2024 y 2025).
  • Extra Día de la Madre: sorteo extraordinario con emisión de 50 millones de euros el 4 de mayo de 2025 y precio de 5 € por cupón (resolución 30 de abril de 2025).
  • 11/11 de la ONCE: regulado, por ejemplo, en la resolución sobre el sorteo extraordinario del 11 de noviembre de 2024 (Sorteo 11/11 de la ONCE), que prevé la posible acumulación de hasta 3.000.000 € procedentes de premios no vendidos hacia otros productos o sorteos posteriores.

En los últimos años la evolución se ha orientado a mantener emisiones altas y a introducir mecanismos de acumulación de premios no vendidos, lo que permite reforzar botes en futuros sorteos sin modificar de forma brusca el diseño general.

Lotería instantánea (rascas)

La Lotería Instantánea de boletos de la ONCE ha experimentado una evolución regulatoria intensa, con varias modificaciones recientes publicadas en el BOE. Las resoluciones de 2024 y 2025 recogen el lanzamiento y finalización de distintas familias de rasca, con series que suelen destinar entre el 58,5 % y el 69,5 % de su valor facial a premios. Por ejemplo, la resolución de 14 de junio de 2024 (modificación de Lotería Instantánea 2024) y la de 30 de abril de 2025 (modificación 2025) detallan series con:

  • Boletos por serie entre 4 y 12 millones.
  • Porcentajes de premios del 63 % al 69,5 % sobre el valor de la serie.
  • Probabilidades de premio típicas de 1 boleto premiado cada 3–4 vendidos.

Aquí la evolución ha consistido en diversificar productos (distinto precio por boleto y probabilidad de premio) y ajustar el porcentaje destinado a premios manteniéndolo en rangos altos para hacerlos competitivos frente a otros juegos de azar.

Tendencias generales en la evolución de premios

A partir de las resoluciones oficiales y de la cobertura de Demócrata se pueden extraer tres tendencias claras en los últimos años:

  • Consolidación de los premios en forma de sueldo (Sueldazo) y de rentas periódicas en otros juegos, como respuesta a la demanda de estabilidad económica a medio y largo plazo.
  • Mantenimiento de grandes premios únicos en efectivo en sorteos extraordinarios del Cupón, con emisiones crecientes y mecanismos de acumulación de premios no vendidos para reforzar el atractivo sin elevar de forma indefinida el riesgo.
  • Mayor sofisticación de la Lotería Instantánea, con más productos, distintas probabilidades de premio y un rango de porcentajes de retorno al jugador que, en muchos casos, se sitúa por encima del 60 % del valor jugado.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre cambios muy específicos (por ejemplo, el año exacto en que se fijaron las cuantías actuales del Sueldazo), pero el cuadro general apunta a una oferta estable en los productos estrella y dinámica en rascas y sorteos especiales.

¿Cómo se reparten exactamente los premios secundarios y por terminaciones en el Cuponazo y el Sueldazo? ¿Qué papel juega el control del Gobierno y del Consejo de Protectorado en la aprobación de estos sorteos y sus premios? ¿Cómo tributan en el IRPF los distintos premios de la ONCE, especialmente los que se cobran en forma de sueldo mensual?

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¿Cuál fue el número premiado en el Cupón Diario de la ONCE del 15 de julio de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Qué serie correspondió al premio principal del Cupón Diario de la ONCE del 15 de julio de 2026?

Pregunta 2 de 3

¿Cuánto tiempo tiene el ganador para reclamar un premio del Cupón Diario de la ONCE?

Pregunta 3 de 3

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