Bonoloto hoy: resultado del martes 14 de julio, complementario y reintegro

Todos los números ganadores, premios y cómo comprobar tu apuesta del sorteo de la Bonoloto de este martes

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La Bonoloto de este martes 14 de julio de 2026 ya tiene combinación ganadora. Los números premiados han sido el 10, 22,  24, 25, 36 y 44.

El número complementario ha sido el 12 y el reintegro corresponde al 6.

Resultado de la Bonoloto del domingo 12 de julio

La combinación ganadora de la Bonoloto es la siguiente:

Números premiados: 10, 22,  24, 25, 36 y 44

Complementario: 12

Reintegro: 6

Los jugadores deben comprobar los seis números de su apuesta, el complementario y el reintegro.

No hay acertantes de primera categoría

El sorteo no ha dejado acertantes de seis números ni boletos con cinco aciertos más el complementario.

Los premios correspondientes se acumulan conforme a las reglas del juego, mientras que 76 boletos de tercera categoría han obtenido premio por cinco aciertos.

Cómo comprobar la Bonoloto

Para comprobar un boleto hay que comparar la combinación jugada con los seis números ganadores.

El complementario interviene en la categoría de cinco aciertos más complementario, mientras que el reintegro devuelve el importe correspondiente cuando coincide con el asignado al boleto.

La comprobación definitiva debe hacerse en Loterías y Apuestas del Estado o en una administración autorizada.

Qué premios reparte la Bonoloto

La primera categoría corresponde a quienes aciertan los seis números de la combinación ganadora.

También hay premios para cinco aciertos más complementario, cinco aciertos, cuatro aciertos, tres aciertos y reintegro.

La cuantía de cada categoría depende de la recaudación y del número de boletos acertantes.

Cuánto cuesta jugar a la Bonoloto

Cada apuesta cuesta 0,50 euros, aunque el boleto debe incluir al menos dos apuestas para ser válido.

Dónde cobrar un premio de la Bonoloto

Los premios menores pueden cobrarse en administraciones y puntos de venta autorizados.

Los premios mayores deben gestionarse conforme al procedimiento de Loterías y Apuestas del Estado.

Para reclamar cualquier cantidad hay que conservar el boleto original en buen estado.

Cuándo caducan los premios de la Bonoloto

Los premios de la Bonoloto caducan a los tres meses desde el día siguiente al sorteo.

Conviene comprobar el boleto y reclamar el premio antes de que termine el plazo.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuáles son los requisitos legales para que un sorteo de loterías como la Bonoloto sea válido en España?

Para que un sorteo de loterías de ámbito estatal como la Bonoloto sea jurídicamente válido en España debe cumplir, de forma resumida, tres grandes bloques de requisitos: que la actividad esté legalmente reservada y autorizada, que el sorteo se organice con garantías para los participantes y control público, y que se respeten las normas sobre publicidad, protección de menores, prevención de blanqueo y régimen sancionador. Todo ello se basa en la Ley 13/2011, de regulación del juego, su desarrollo reglamentario y la normativa sectorial conexa.

Marco legal básico y reserva de actividad

La referencia central es la Ley 13/2011, de regulación del juego, que establece el marco para las actividades de juego de ámbito estatal. Esta ley:

  • Reserva en exclusiva la actividad de juego de loterías de ámbito estatal a dos operadores: la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y la ONCE, sometidos a un estricto control público.
  • Sujeta el ejercicio de las actividades de juego a la previa obtención de un título habilitante (licencia o autorización administrativa).
  • Fija objetivos de protección del orden público, lucha contra el fraude, prevención de conductas adictivas y protección de los participantes, especialmente menores y personas autoexcluidas.

El desarrollo de este régimen de licencias y autorizaciones lo concreta el Real Decreto 1614/2011, que regula:

  • Requisitos para obtener licencias generales y singulares de juego.
  • Procedimientos de convocatoria, solicitud, otorgamiento, vigencia, extinción y transmisión de licencias.
  • Régimen específico de autorizaciones para la comercialización de juegos de lotería reservados.

Requisitos organizativos del sorteo y garantías para los participantes

Un sorteo como la Bonoloto debe estar amparado por una reglamentación del juego aprobada por la Administración, que define las reglas esenciales: tipo de apuesta, combinación ganadora, categorías y cálculo de premios, precio de participación, calendario de sorteos, caducidad de premios, etc. Sobre esta base general, la normativa establece obligaciones clave:

  • Contrato de juego y bases: el Real Decreto 1614/2011 detalla el contenido mínimo del contrato de juego entre operador y participante, las condiciones de participación y la información que debe suministrarse de forma clara, accesible y previa.
  • Seguridad del sorteo: el operador debe garantizar la aleatoriedad y trazabilidad del sorteo y la integridad de los sistemas técnicos empleados, sometidos a control y, en su caso, homologación administrativa.
  • Abono de premios: se regulan el pago de la participación, el abono de premios y la gestión de fondos de juego, con plazos y procedimientos definidos para que el cobro sea efectivo y verificable.
  • Garantías financieras: el Real Decreto 1614/2011 desarrolla el artículo 14 de la Ley 13/2011, fijando garantías económicas (aval, seguro u otras) asociadas a las licencias para asegurar el pago de premios y otras obligaciones frente a los jugadores.
  • Registros de usuarios (en medios interactivos): se establecen registros de usuario y cuentas de juego, con límites a depósitos y obligaciones de identificación y verificación.

Protección de menores, publicidad y juego responsable

La protección de menores y colectivos vulnerables es uno de los ejes de la Ley 13/2011. Para que el sorteo sea válido y conforme a derecho, el operador debe:

  • Evitar la participación de menores de edad y de personas inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, gestionado según el Real Decreto 1614/2011.
  • Aplicar medidas de juego responsable y de información sobre riesgos de adicción.

En materia de publicidad, el Real Decreto 958/2020 regula las comunicaciones comerciales de las actividades de juego, complementado por el Real Decreto 176/2023 sobre entornos de juego más seguros. Entre otros aspectos, fijan:

  • Condiciones y límites de la publicidad de juegos de azar.
  • Prohibiciones de mensajes que puedan incitar al juego compulsivo o dirigidos específicamente a menores.
  • Obligaciones de advertencias y mensajes de juego responsable.

Prevención del blanqueo de capitales y control público

La Ley 13/2011 y la normativa de prevención de blanqueo reconocen que el gran volumen de juego asociado a las loterías y el carácter de documento-pago de los boletos pueden usarse para blanqueo de capitales. Por eso, los operadores de lotería están sometidos a la Ley 10/2010 y a su reglamento, el Real Decreto 304/2014, que imponen:

  • Identificación y, en su caso, verificación reforzada de clientes para determinadas operaciones.
  • Obligaciones de seguimiento de operaciones, conservación de documentación y comunicación de operaciones sospechosas al SEPBLAC.

Además, la Ley 13/2011 crea registros sectoriales (licencias, interdicciones, personas vinculadas a operadores) que facilitan el control público de la actividad.

Régimen sancionador

Finalmente, para que un sorteo sea válido no basta con el cumplimiento formal inicial: el operador debe mantener el respeto continuo a la Ley 13/2011, su reglamento y las normas específicas. El incumplimiento se somete a un régimen de infracciones y sanciones que puede incluir:

  • Multas económicas significativas.
  • Suspensión o revocación de licencias y autorizaciones.
  • Inhabilitación para operar juegos de ámbito estatal.

Si se vulneran estos requisitos esenciales (por ejemplo, falta de título habilitante, participación de menores o ausencia de garantías de pago), el sorteo podría considerarse contrario a derecho, con consecuencias sancionadoras y de nulidad de la actividad desarrollada.

¿Qué diferencias jurídicas hay entre la Bonoloto y otros juegos de Loterías y Apuestas del Estado como la Primitiva o el Gordo? ¿Qué obligaciones concretas tiene SELAE frente a los jugadores en materia de información y pago de premios según la Ley 13/2011 y el Real Decreto 1614/2011? ¿Cómo funciona el régimen sancionador específico de la Ley 13/2011 para los operadores de loterías que incumplen la normativa?

¿Qué normativa regula el funcionamiento de Loterías y Apuestas del Estado?

El funcionamiento de Loterías y Apuestas del Estado (hoy Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, SELAE) se apoya en un bloque de normativa estatal que combina: una ley básica de regulación del juego, el estatuto y régimen jurídico de la entidad, la normativa sobre red comercial y puntos de venta y un conjunto de disposiciones de supervisión y control (técnico, de licencias y de protección de los jugadores). Las normas centrales son la Ley 13/2011, de regulación del juego, modificada por la Ley 23/2022, y sus reales decretos de desarrollo. Junto a ellas, siguen vigentes, al menos parcialmente, el Estatuto de la antigua entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado aprobado por el Real Decreto 2069/1999 y el régimen reglamentario de distribución de recaudación y premios. A esto se añaden órdenes y resoluciones específicas que regulan productos, aspectos de gestión y control público sobre SELAE.

1. Norma básica del sector: Ley 13/2011 y su reforma

El pilar del sistema es la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Esta ley:

  • Define el objeto y ámbito de la regulación de las actividades de juego de ámbito estatal, especialmente a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos.
  • Establece el sistema de planificación, licencias y autorizaciones para operar juegos de ámbito estatal.
  • Fija un régimen de infracciones y sanciones, así como las competencias de la Administración General del Estado en materia de supervisión y control.
  • Declara la reserva en exclusiva de la actividad del juego de loterías de ámbito estatal a favor de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y de la ONCE, sometiendo a SELAE “a un régimen de control público de su actividad” debido al gran volumen de juego y a su extensa red comercial.

La ley ha sido modificada por la Ley 23/2022, de 2 de noviembre, que retoca preceptos como los artículos 8, 13.2.c) y 21 y añade un nuevo artículo 7 bis y disposiciones adicionales sobre entornos más seguros de juego y protección de los participantes, reforzando el enfoque de juego responsable.

2. Desarrollo reglamentario: licencias, requisitos técnicos y productos

La Ley 13/2011 se desarrolla mediante varios reales decretos y órdenes que afectan directamente a SELAE:

  • Real Decreto 1614/2011: regula licencias, autorizaciones y registros del juego de ámbito estatal.
  • Real Decreto 1613/2011: fija los requisitos técnicos de las actividades de juego, base de la supervisión tecnológica de los sistemas de SELAE.
  • Orden EHA/3124/2011 y posteriores órdenes HAP/HFP: aprueban los pliegos de bases para licencias generales, en el marco de la apertura limitada del sector.
  • Órdenes EHA de noviembre de 2011 (apuestas deportivas y hípicas y otras apuestas de contrapartida y mutuas), como la Orden EHA/3081/2011, que establecen la reglamentación básica de tipos concretos de juego que SELAE explota.

En el plano técnico y de control de jugadores, destacan:

3. Supervisión, comunicaciones comerciales y juego responsable

En materia de publicidad y protección de los consumidores, el eje más reciente es el Real Decreto 176/2023, que desarrolla “entornos más seguros de juego” y se dicta de conformidad con la Ley 13/2011. Este real decreto deroga parcialmente el Real Decreto 958/2020, centrado en las comunicaciones comerciales de las actividades de juego, y refuerza las exigencias de juego responsable, límites y mensajes de advertencia, que también vinculan a SELAE.

4. Organización de SELAE y red comercial

En el plano organizativo, la propia Ley 13/2011 hace referencia al Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprobó el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, del que se indica expresamente una derogación solo parcial. Ese Estatuto (accesible a través del enlace citado en la propia Ley 13/2011: [enlace]) sigue siendo la referencia básica sobre la naturaleza jurídica, órganos de gobierno, régimen de control público y funciones en materia de organización interna, en lo que no haya quedado modificado por la posterior transformación societaria.

Respecto a la red de administraciones y puntos de venta, el núcleo regulatorio es reglamentario:

  • El Real Decreto 403/2013 modifica parcialmente el Real Decreto 419/1991 sobre distribución de recaudación y premios en apuestas deportivas del Estado y otros juegos gestionados por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado. Regula la repartición de ingresos y premios, que condiciona económicamente el modelo concesional de las administraciones.
  • La Resolución de 27 de noviembre de 2001 de Loterías y Apuestas del Estado desarrolla aspectos de la gestión de los juegos de titularidad estatal, vinculados al funcionamiento operativo de la red.
  • La Orden de 17 de octubre de 2001 adapta al euro los premios mayores de la Lotería Nacional y regula otros aspectos de los juegos del Estado, afectando al diseño económico de los productos que comercializa la red de puntos de venta.

Finalmente, la dimensión laboral y de relaciones con la red comercial se completa con convenios colectivos sectoriales (por ejemplo, el de administraciones de loterías publicado por Resolución de 5 de junio de 2019) y con el convenio de las delegaciones comerciales de SELAE, pero estos instrumentos tienen naturaleza laboral y no regulatoria en sentido estricto del juego.

¿Podrías explicarme con más detalle qué cambios introdujo la Ley 23/2022 en la Ley 13/2011 sobre protección de los jugadores? ¿Qué requisitos técnicos concretos imponen a SELAE el Real Decreto 1613/2011 y las resoluciones de 2012 y 2014 sobre sistemas de juego? ¿Cómo se regula exactamente la relación concesional entre SELAE y las administraciones de lotería en cuanto a comisiones, obligaciones y causas de revocación?

¿En qué consiste el procedimiento para cobrar un premio mayor de la Bonoloto según la legislación vigente?

El cobro de un premio mayor de la Bonoloto, como juego gestionado por Loterías y Apuestas del Estado, se apoya en un marco jurídico estatal de juego y, sobre todo, en el régimen fiscal específico de los premios de loterías y apuestas. La normativa consultada detalla con precisión la tributación (gravamen especial, retención, premios compartidos y naturaleza fiscal del cobro), pero no ofrece en los textos accesibles el detalle operativo sobre plazos de caducidad, límites de pago en administración o entidades financieras ni la forma concreta de identificación en ventanilla. Por tanto, se puede describir con rigor el “procedimiento” desde el punto de vista legal-fiscal, pero no los aspectos puramente prácticos de ventanilla que no figuran en las normas examinadas.

Marco jurídico general del juego y de la Bonoloto

La actividad de juego de loterías de ámbito estatal está reservada a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y a la ONCE, bajo estricto control público, conforme a la Ley 13/2011 de regulación del juego. Esta Ley mantiene “la reserva en exclusiva de la actividad del juego de loterías de ámbito estatal” a SELAE y ONCE y prevé, entre otros aspectos, la garantía del pago de premios a través de la exigencia de garantías económicas a los operadores.

En el ámbito de la distribución de recaudación y premios de los juegos gestionados por Loterías y Apuestas del Estado, el Real Decreto 419/1991 establece que, salvo la Lotería Nacional, “los demás juegos de ámbito estatal gestionados por la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado dedicarán a premios un porcentaje de la recaudación obtenida no inferior al 55 por ciento” (y al menos el 50 % en determinadas modalidades de Lotería Primitiva). Sin embargo, en los fragmentos disponibles no se regula el modo material de pago a los ganadores ni los plazos de caducidad.

Gravamen especial sobre premios de Bonoloto

El elemento más claramente definido por la legislación vigente es el tratamiento fiscal de los premios, a través del “gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas”, incorporado a la Ley del IRPF por la Ley 16/2012. Su disposición adicional trigésima tercera señala:

  • Ámbito subjetivo: están sujetos los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, por las Comunidades Autónomas, los sorteos de Cruz Roja Española y las modalidades de juego autorizadas a la ONCE, así como premios equivalentes en otros Estados de la UE/EEE.
  • Límite exento: están exentos del gravamen “los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros”. Si el premio es superior, “se someterán a tributación respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe”.
  • Premios compartidos: cuando el premio sea de titularidad compartida, tanto “la cuantía exenta” como “la base imponible se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda”. Esto estructura jurídicamente cómo debe repartirse el premio a efectos fiscales.
  • Base imponible y tipo: la base se forma por “el importe del premio que exceda de la cuantía exenta” y el tipo del gravamen especial es del “20 por ciento”.
  • Retención en el momento del cobro: los premios “estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta”, con un “porcentaje de retención o ingreso a cuenta” también del 20 %. La base de retención coincide con la base imponible del gravamen especial.
  • Devengo: el gravamen especial “se devengará en el momento en que se satisfaga o abone el premio obtenido”, es decir, en el momento efectivo del cobro.
  • No integración en el IRPF: los premios así gravados “no se integrarán en la base imponible del Impuesto”, de modo que, una vez practicada la retención, no vuelven a tributar en la declaración del IRPF.

La operativa de retenciones y autoliquidaciones por parte de SELAE y entidades colaboradoras se desarrolla reglamentariamente mediante la Orden HAP/70/2013, que aprueba, entre otros, el modelo 230 y el modelo 136 para el “Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas”. Estos modelos ordenan el pago al Tesoro de las cantidades retenidas, pero no añaden detalles adicionales sobre la forma física del cobro por parte del ganador.

Efectos en otros impuestos y exenciones

Desde la perspectiva del Impuesto sobre Sociedades, la Ley 27/2014 recoge que están exentos determinados premios de loterías y apuestas cuando, “por su cuantía”, están exentos del gravamen especial previsto en el IRPF. Cuando los premios no están exentos, la misma Ley prevé un tipo de retención del 20 % sobre la parte sujeta y no exenta.

En cuanto al IVA, la Ley 37/1992 del IVA declara exentas “las loterías, apuestas y juegos organizados por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y la Organización Nacional de Ciegos”, por lo que la operación de cobro del premio no soporta este impuesto.

Límites de la información disponible

La normativa analizada (Ley 13/2011, Real Decreto 419/1991, Ley 16/2012, Orden HAP/70/2013, Ley 27/2014 y Ley 37/1992) configura el marco jurídico-fiscal del cobro de un premio mayor de la Bonoloto: quién puede explotarla, qué porcentaje de recaudación se destina a premios, cómo se grava el premio, qué parte está exenta, cómo se prorratean los premios compartidos y cuándo nace la obligación tributaria. Sin embargo, en los textos consultados no aparece regulado de forma expresa el detalle práctico que suele interesar al jugador (plazos exactos de caducidad del derecho al cobro, cantidades máximas pagaderas en administraciones frente a entidades financieras o la documentación concreta exigida en ventanilla). No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre esos aspectos materiales del procedimiento de cobro.

¿Qué plazos de caducidad del derecho de cobro se aplican exactamente a los premios de la Bonoloto y en qué norma se recogen? ¿Cómo se gestiona legalmente el cobro de un premio de Bonoloto cuando uno de los cotitulares ha fallecido antes de cobrarlo? ¿Qué cambios políticos o legislativos se han debatido recientemente sobre la fiscalidad de los premios de loterías y apuestas en España?

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¿Cuál fue la combinación ganadora de la Bonoloto del martes 14 de julio de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Qué ocurre si no hay acertantes de primera categoría en la Bonoloto?

Pregunta 2 de 3

¿Cuánto tiempo tienen los ganadores para reclamar un premio de la Bonoloto?

Pregunta 3 de 3

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