Cuponazo ONCE hoy: resultado del sorteo, número premiado y cómo comprobar si te ha tocado

El sorteo semanal de la ONCE reparte su premio principal de 6 millones de euros con el número 63985 y la serie 115 como agraciados

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 Imagen de archivo de la presentación de cupón de la ONCE dedicado al Día de Andalucía. María José López/Europa Press.

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El Cuponazo de la ONCE, uno de los sorteos más populares en España, ha celebrado este viernes su habitual cita semanal con un premio principal de 6.000.000 de euros para el número ganador con serie.

Organizado por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), el sorteo se celebra cada viernes y forma parte de una tradición que se remonta a 1987, como evolución del cupón diario que comenzó a emitirse en 1939.

Número premiado del sorteo del 5 de junio de 2026

El resultado del sorteo celebrado este viernes ha sido el siguiente:

  • Número ganador: 63985 
  • Serie: 115 

Cómo comprobar el Cupón de la ONCE

Para comprobar un cupón de la ONCE es necesario revisar el número de cinco cifras y, en los sorteos que lo requieren, la serie correspondiente.

La propia ONCE permite consultar los resultados del Cupón Diario, Cuponazo, Sueldazo Fin de Semana y el resto de sorteos a través de su histórico oficial de resultados y de su comprobador online.

En el caso del Cupón Diario, el premio principal exige acertar tanto las cinco cifras como la serie. También existen premios para quienes coincidan únicamente con el número ganador o con parte de sus cifras.

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CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado se encuentra la regulación actual de los sorteos de la ONCE en el marco legislativo español?

Regulación de los sorteos de la ONCE en el marco legislativo español

Situación actual de la regulación de los sorteos de la ONCE

La regulación de los sorteos y productos de juego de la ONCE descansa hoy en un núcleo relativamente estable: la ONCE es una corporación de derecho público sometida a protectorado estatal, con una concesión singular para explotar loterías de ámbito estatal, complementada por la Ley 13/2011 de regulación del juego y por normas tributarias especiales sobre premios. El Gobierno, a través del Consejo de Ministros y del Consejo de Protectorado, fija los límites y condiciones de sus sorteos (cupón, lotería instantánea, otros juegos activos) y supervisa su cumplimiento. Los premios se benefician de una exención parcial en IRPF/IRNR y de un gravamen especial sobre el exceso, mientras que la propia actividad de juego está sujeta a un impuesto específico. En los últimos años, la Ley 11/2021 y varias reformas del Real Decreto 358/1991 han reforzado tanto el control público como la coordinación fiscal y la lucha contra el fraude en este ámbito.

a) Régimen jurídico de la ONCE como entidad

La norma central es el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, vigente en su núcleo aunque muy modificado. Este real decreto configura a la ONCE como una corporación de derecho público de carácter social, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y ámbito estatal, sometida al protectorado del Estado. Sus fines se centran en la autonomía personal, la inclusión social y la igualdad de oportunidades de las personas ciegas o con deficiencia visual grave, mediante servicios sociales, educativos, de empleo, accesibilidad, cultura y deporte.

El RD 358/1991 regula también su estructura interna (Consejo General como órgano de gobierno elegido por los afiliados, y Dirección General como órgano ejecutivo) y el papel del Consejo de Protectorado, órgano interministerial que ejerce la tutela pública. Este marco se ha ido actualizando con reformas sucesivas (entre otras, RD 394/2011, RD 1146/2012, RD 3/2013, RD 1152/2015, RD 369/2021, RD 1127/2021 y RD 796/2025) pero sin alterar la naturaleza básica de la entidad ni su vinculación al Estado.

b) Marco concesional y autorizaciones de los juegos de la ONCE

En el plano sectorial, la pieza clave es la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, que reserva en exclusiva la actividad lotérica de ámbito estatal a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y a la ONCE. Esta reserva se articula en las disposiciones adicionales de la Ley, que reconocen la singularidad de la ONCE, sujeta a su normativa específica (RD 358/1991) y a los Acuerdos Generales Gobierno–ONCE aprobados en Consejo de Ministros.

El propio RD 358/1991 establece un régimen de autorizaciones especiales: el Consejo de Ministros autoriza el régimen del cupón prociegos y de cualquier otra modalidad de juego de la ONCE, fijando términos, alcance, duración y límites máximos (volumen de emisión y ventas, precios, porcentaje de premios, sorteos extraordinarios, etc.). El Consejo General de la ONCE puede modular calendarios, estructuras de premios o características de los sorteos, pero siempre dentro de esos límites y sin rebasarlos sin nueva autorización gubernamental.

Para la lotería instantánea o presorteada, el marco específico está en el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre, que integran esta modalidad en la reserva de loterías de ámbito estatal. El RD 358/1991 permite además acuerdos de productos comunes de lotería con operadores de otros países del Espacio Económico Europeo u otros Estados, previa verificación del Consejo de Protectorado y, en su caso, autorización del Consejo de Ministros.

c) Supervisión y control administrativo

El control específico de la ONCE se articula a través del Consejo de Protectorado, regulado en el RD 358/1991 como órgano colegiado interministerial adscrito al ministerio competente en materia social. Entre sus funciones están verificar que la actividad de juego se ajusta a las autorizaciones y al Acuerdo General, informar las propuestas de modificación de los juegos, supervisar acuerdos con otros operadores y ejercer la potestad sancionadora, mediante una Comisión Disciplinaria, aplicando el régimen de la Ley 13/2011.

En el marco general de la Ley 13/2011, la supervisión del juego de ámbito estatal (incluida la ONCE) corresponde al regulador estatal del juego, hoy materializado en la Dirección General de Ordenación del Juego, con competencias en autorización, inspección y sanción. A ello se suman obligaciones derivadas de otras normas: la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales, las leyes 39/2015 y 40/2015 de procedimiento y régimen jurídico del sector público, y la normativa de publicidad de juego, en particular el Real Decreto 958/2020, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.

d) Fiscalidad básica de los premios y de la actividad de juego

Los premios de los sorteos de la ONCE se encuadran en el régimen de premios de loterías y apuestas de SELAE, ONCE y entidades análogas de la UE/EEE. Con base en el artículo 7.ñ) de la Ley 35/2006 del IRPF y su desarrollo, modificado por la Ley 11/2021, de medidas contra el fraude fiscal, los premios gozan de una exención hasta un determinado umbral por premio; el exceso tributa mediante un gravamen especial a tipo fijo, que se materializa en una retención practicada por la propia ONCE en el momento del cobro.

Además, la ONCE está sometida al impuesto sobre actividades de juego regulado en la Ley 13/2011 (arts. 48 y ss.), con reglas específicas para operadores reservados en sus disposiciones adicionales y conexión con las normas de cesión de tributos a las comunidades autónomas (Ley 14/1996 y posteriores, como la Ley 22/2009). La entidad soporta también los tributos generales que correspondan (Impuesto sobre Sociedades, IVA en los términos de la Ley 37/1992, etc.), con los matices propios de las actividades de juego.

e) Cambios normativos recientes relevantes

En los últimos años, la Ley 11/2021 ha sido el principal motor de cambios, modificando diversos preceptos de la Ley 13/2011 (incluyendo la introducción del art. 47 bis y una nueva disposición adicional octava) y ajustando tanto el control de las actividades de juego como el tratamiento fiscal de los premios, lo que impacta directamente en los sorteos de la ONCE. En paralelo, las sucesivas reformas del RD 358/1991 —hasta el Real Decreto 796/2025— han reforzado la coordinación interministerial en el Consejo de Protectorado, precisado el régimen de autorizaciones y perfeccionado las reglas sobre acuerdos de productos comunes de lotería.

Todo ello configura un marco en el que la ONCE mantiene una posición singular como operador reservado de loterías de ámbito estatal, pero bajo una supervisión y tutela pública intensa, con énfasis creciente en la transparencia, la prevención del fraude y el juego responsable, sin alterar la finalidad social que justifica la concesión de sus sorteos.

¿Cuáles son las funciones y competencias principales de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE)?

Funciones y competencias principales de la ONCE

Funciones y competencias principales de la ONCE

La Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) es una corporación de derecho público de ámbito estatal cuya función esencial es garantizar la inclusión social, educativa, laboral y cultural de las personas ciegas o con discapacidad visual grave en España. Para ello combina una misión social (prestación de servicios de apoyo y defensa de derechos) con una actividad económico‑empresarial (principalmente el juego responsable). Sus competencias abarcan desde la educación y rehabilitación de las personas afiliadas hasta la generación de empleo protegido y la accesibilidad universal. Además, actúa como interlocutor reconocido ante las Administraciones públicas en materia de discapacidad visual.

Naturaleza jurídica y marco competencial

La ONCE es una entidad de carácter social, sin ánimo de lucro, configurada como corporación de derecho público y sometida a un régimen específico acordado con el Estado a través de sus Reales Decretos reguladores y convenios con la Administración General. Esto le otorga competencias propias para organizar servicios sociales específicos para personas con discapacidad visual, gestionar determinados productos de juego autorizados y representar institucionalmente a su colectivo. Aunque mantiene una estrecha colaboración con las Administraciones (estatal, autonómica y local), su autogobierno interno y su financiación principal proceden de la explotación de juegos y de su propio grupo empresarial.

Atención social y servicios a personas ciegas o con baja visión

La función nuclear de la ONCE es la atención integral de las personas ciegas o con discapacidad visual severa que se afilian a la organización. Entre sus competencias clave en este ámbito destacan:

– Evaluar la situación de cada persona (grado de discapacidad visual, necesidades de apoyo) para diseñar un plan personalizado.
– Proporcionar servicios de rehabilitación básica y funcional (orientación y movilidad, habilidades de la vida diaria, manejo del bastón, etc.).
– Ofrecer apoyo psicológico y social para procesos de adaptación a la pérdida visual, tanto a la persona como a su entorno familiar.
– Facilitar ayudas técnicas y tecnológicas específicas (dispositivos tiflotécnicos, adaptaciones de acceso a la información y a las TIC) y asesorar sobre su uso.
– Impulsar programas de ocio, deporte y cultura accesible, como parte de la inclusión comunitaria.

Educación y formación

La ONCE desempeña una función central en la educación de menores y jóvenes ciegos o con baja visión, en estrecha coordinación con las Consejerías de Educación. Sus competencias se concentran en:

– Apoyo a la escolarización inclusiva en centros ordinarios, mediante equipos específicos de maestros, orientadores y especialistas en discapacidad visual.
– Producción y adaptación de materiales didácticos accesibles (Braille, relieve, audio, formatos digitales accesibles).
– Formación complementaria en Braille, tiflotecnología, orientación y movilidad, para favorecer la autonomía en el entorno escolar y universitario.
– Organización de recursos educativos específicos (aulas o centros de referencia) cuando la complejidad de las necesidades lo requiere.

Empleo, inserción laboral y economía social

Otra función estratégica de la ONCE es la creación y mantenimiento de empleo para personas con discapacidad, tanto visual como, a través de su grupo empresarial, de otros tipos de discapacidad. Sus principales competencias en este terreno incluyen:

– Gestión de una amplia red de vendedores de productos de juego de la ONCE, que constituye una vía histórica de empleo para personas ciegas o con discapacidad.
– Desarrollo de programas de intermediación laboral, orientación profesional y formación para la inserción en el mercado ordinario de trabajo.
– Participación en el sector de la economía social a través del Grupo Social ONCE (empresas y centros especiales de empleo) para generar puestos de trabajo protegidos y estables.
– Colaboración con empresas, patronales y Administraciones para promover la contratación de personas con discapacidad en el empleo ordinario.

Actividad de juego y financiación de la misión social

La ONCE ostenta la competencia de organizar determinados juegos de azar de ámbito estatal (cupón, loterías propias y otros productos autorizados) bajo control público. Esta actividad se concibe como medio de financiación de sus servicios sociales y de creación de empleo, y está sujeta a estrictos criterios de juego responsable, transparencia y supervisión administrativa. Los beneficios netos se reinvierten en programas de atención, educación, accesibilidad y empleo, de forma que existe un vínculo directo entre la actividad de juego y la política social de la organización.

Defensa de derechos, representación e incidencia política y social

La ONCE actúa como representante institucional del colectivo de personas ciegas y con discapacidad visual ante los poderes públicos y otros agentes sociales. Entre sus competencias destacan la participación en órganos consultivos sobre discapacidad, accesibilidad o servicios sociales; la elaboración de propuestas normativas y de política pública; y la interlocución regular con el Gobierno y los parlamentos para mejorar la legislación en materia de inclusión, accesibilidad, empleo y educación. Asimismo, impulsa campañas de sensibilización social y colabora con otras entidades del tercer sector y de la discapacidad para promover un enfoque de derechos.

Accesibilidad, cultura y cooperación

Finalmente, la ONCE tiene un papel relevante en la promoción de la accesibilidad universal (entornos físicos, transporte, información, cultura, ocio) y en la producción cultural accesible, especialmente en lectura en Braille y audiolibros. A través de su fundación y de alianzas nacionales e internacionales, participa en proyectos de cooperación, investigación e innovación en tecnologías para la discapacidad visual. Todo ello refuerza su papel como actor clave de las políticas sociales españolas dirigidas a la plena inclusión de las personas ciegas o con baja visión.

¿Qué requisitos legales debe cumplir un ciudadano para participar en los sorteos de la ONCE?

Resumen directo

Para que un ciudadano pueda participar legalmente en los sorteos de la ONCE (Cupón, Sueldazo, Eurojackpot, Triplex, etc.) debe, en esencia, cumplir los requisitos generales de acceso a los juegos de azar en España: ser mayor de 18 años, no estar incapacitado legalmente para jugar y adquirir el producto de juego a través de los canales autorizados (vendedores de la ONCE o plataformas oficiales). No se exige ser persona con discapacidad ni ser socio o afiliado a la ONCE; la participación es abierta a cualquier mayor de edad. La normativa española sobre juego prohíbe además la participación de personas inscritas voluntariamente o de oficio en registros de prohibidos, así como de quienes tengan relación profesional directa con la organización de los sorteos. Más allá de eso, el cumplimiento de las condiciones de compra del boleto o resguardo (precio, plazos, conservación) es lo que permite hacer valer el derecho al premio si el número resulta ganador.

Marco jurídico básico del juego de la ONCE

Los sorteos de la ONCE no están regulados por una norma aislada, sino por un conjunto de disposiciones estatales sobre juego y por los acuerdos específicos que el Estado mantiene con la propia ONCE. En el plano general, la referencia es la normativa estatal del juego, que fija las bases sobre quién puede participar, restricciones de edad, publicidad y protección frente a la ludopatía. Sobre esa base, la ONCE opera sus loterías como operador autorizado y supervisado, lo que garantiza que sus sorteos se consideren juegos de azar legales. En consecuencia, los requisitos para el ciudadano que juega son, de facto, los requisitos generales que rigen para cualquier producto de juego legal ofrecido en España, adaptados a las particularidades del cupón y de los juegos activos de la organización.

Requisitos personales: edad y capacidad

El primer requisito es la mayoría de edad: solo pueden participar personas de 18 años o más. La venta de cupones o productos de juego de la ONCE a menores está prohibida, y también se prohíbe que jueguen a través de terceras personas si el verdadero beneficiario es un menor. Además, queda excluida la participación de quienes hayan sido declarados incapaces por resolución judicial cuando dicha incapacidad incluya la administración de su patrimonio o la toma de decisiones económicas, dado que el juego implica actos de disposición patrimonial. Igualmente, la normativa sobre juego prevé la existencia de registros de personas que se autoexcluyen o son excluidas del acceso a actividades de juego por motivos de adicción o de protección social; la participación de quienes figuren en estos registros está prohibida en los juegos que exigen identificación, y las entidades organizadoras deben articular mecanismos de control, sobre todo en los canales en línea.

Prohibiciones para colectivos vinculados a la organización

Otro grupo de restricciones afecta a personas que, por su relación profesional con la organización de los sorteos, no deben participar por razones de integridad y transparencia. En este ámbito se suelen incluir empleados que intervienen directamente en la gestión de los sorteos, en los sistemas informáticos asociados o en los procesos de validación y pago de premios, así como determinados cargos directivos y personas que puedan tener acceso privilegiado a información sensible. La intención de estas prohibiciones es evitar cualquier conflicto de interés o sospecha sobre manipulación de resultados. Aunque estas limitaciones son más técnicas y se desarrollan en reglamentos internos y acuerdos con la Administración, su efecto práctico es que un ciudadano “normal”, sin esa vinculación, puede participar con plena libertad siempre que respete el resto de requisitos legales.

Requisitos en la forma de participar y validez de la apuesta

Desde el punto de vista jurídico, participar en un sorteo de la ONCE exige hacerlo exclusivamente a través de canales autorizados: kioscos y vendedores acreditados, establecimientos conveniados o plataformas oficiales de juego en línea. Comprar o intercambiar boletos por vías no autorizadas (reventa, intermediarios informales) puede dejar al jugador sin cobertura para reclamar un premio. Además, el billete, cupón o resguardo debe cumplir las condiciones formales establecidas: haber sido emitido por el sistema oficial, corresponder al sorteo concreto (fecha, modalidad y número), y conservarse en buen estado para poder presentarlo en caso de premio. La participación conlleva también la aceptación de las bases del sorteo, que fijan aspectos como plazos de caducidad para el cobro de premios, sistema de fracciones, sorteos extraordinarios y posibles retenciones fiscales cuando los premios superan los umbrales que marca la legislación tributaria.

Aspectos fiscales y de responsabilidad

Aunque no es un “requisito de acceso” en sentido estricto, la normativa fiscal configura el marco en el que el ciudadano participa. Determinados premios superiores a un mínimo exento están sujetos a tributación en el Impuesto sobre la Renta, aplicándose retenciones en el momento del cobro y debiendo declararse en la campaña correspondiente. De este modo, se considera que el jugador, al participar, acepta no solo las reglas del sorteo sino también las consecuencias tributarias asociadas a un eventual premio. Por otra parte, la responsabilidad última de comprobar que se cumplen las condiciones (mayoría de edad, no figurar en registros de prohibidos, no tener prohibiciones específicas) recae en una combinación de controles de la entidad organizadora y del propio jugador, que debe abstenerse de participar si incurre en alguna causa de exclusión. Esto configura un marco de participación donde la ciudadanía puede acceder libremente a los sorteos de la ONCE, pero siempre dentro de los límites y garantías fijados por el derecho español del juego.

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¿Qué número y serie resultaron premiados en el sorteo del Cuponazo de la ONCE del 5 de junio de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es el premio principal del Cuponazo de la ONCE al acertar número y serie?

Pregunta 2 de 3

¿Desde qué año se celebra el sorteo del Cuponazo de la ONCE como evolución del cupón diario?

Pregunta 3 de 3

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