Euromillones 12 de junio de 2026: resultado del sorteo, números premiados y combinación ganadora

Una nueva combinación ganadora deja millones en juego en toda Europa con el sorteo celebrado este viernes

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El sorteo de Euromillones celebrado este viernes 12 de junio de 2026 ya tiene combinación ganadora. El juego de lotería europeo, que se celebra entre varios países de la Unión Europea y otros estados asociados, vuelve a dejar un nuevo reparto de premios tras su habitual cita semanal.

Los participantes del sorteo han optado a un premio principal mediante la elección de cinco números entre el 1 y el 50, además de dos estrellas entre el 1 y el 12.

Números ganadores del Euromillones de hoy

La combinación premiada del sorteo ha sido la siguiente:

  • Números: 04 07 14 22 23
  • Estrellas: 01 07
  • Millón: CTH66915

Qué es el Euromillones y cómo funciona

El Euromillones es un sorteo internacional en el que participan nueve países europeos: España, Francia, Reino Unido, Irlanda, Portugal, Austria, Bélgica, Luxemburgo y Suiza.

El sistema de juego consiste en:

  • 5 números del 1 al 50
  • 2 estrellas del 1 al 12

Los sorteos se celebran dos veces por semana, los martes y los viernes, y ofrecen premios que pueden alcanzar cantidades multimillonarias en función de los acertantes.

Países participantes

Actualmente, el Euromillones está organizado por los siguientes operadores nacionales:

  • España: Loterías y Apuestas del Estado
  • Francia: Française des Jeux
  • Reino Unido: The National Lottery
  • Portugal: Jogos Santa Casa
  • Bélgica: Loterie Nationale
  • Irlanda: The National Lottery
  • Austria: Österreichische Lotterien
  • Suiza: Swisslos
  • Luxemburgo: Loterie Nationale

Precios y participación

El coste de una apuesta estándar es de aproximadamente:

  • 2,50 euros en la mayoría de países de la zona euro
  • 2,50 libras en Reino Unido
  • 3,50 francos suizos en Suiza

Cómo cobrar un premio del Euromillones

El cobro de premios depende de la cantidad obtenida:

  • Premios hasta 2.000 euros: pueden cobrarse en puntos de venta autorizados o administraciones de lotería
  • Premios intermedios: se gestionan en bancos o canales oficiales según el país
  • Grandes premios (superiores a 40.000 euros): requieren tramitación bancaria

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuál es el proceso parlamentario o normativo para regular los juegos de azar y loterías internacionales como Euromillones en España?

En España, la regulación de juegos de azar como Euromillones se articula principalmente a nivel estatal, mediante leyes aprobadas por las Cortes Generales y normas reglamentarias dictadas por el Gobierno, mientras que las comunidades autónomas conservan la competencia sobre el juego de ámbito estrictamente regional. Los productos de lotería transnacionales se encuadran en la competencia exclusiva del Estado, que actúa como interlocutor frente a los demás países participantes y ante la Unión Europea. El circuito típico combina una fase técnico‑administrativa (Hacienda, Dirección General de Ordenación del Juego y SELAE, más informes y consultas) con una fase parlamentaria estándar (Congreso y Senado) y un posterior desarrollo reglamentario. Al tratarse de juegos organizados conjuntamente con otros Estados, la regulación incluye además acuerdos internacionales específicos y la necesidad de compatibilidad con el Derecho de la UE.

1. Reparto de competencias: Estado y CCAA

El sistema español distingue con claridad entre el juego de ámbito estatal o supraautonómico y el de alcance meramente autonómico:

Competencia del Estado: El Estado regula los juegos de azar que se organizan y explotan a nivel nacional o que afectan a más de una comunidad autónoma. En esta categoría entran las loterías de SELAE y, de forma destacada, los productos de lotería transnacionales como Euromillones, cuyo diseño y comercialización afectan a todo el territorio y se coordinan con otros países. Además, el Estado fija la ordenación básica del sector: régimen general del juego, medidas de integridad y prevención del fraude, lucha contra el juego ilegal, protección de consumidores y de colectivos vulnerables, así como el marco de la fiscalidad estatal.

Competencia de las comunidades autónomas: Las CCAA regulan el juego que se desarrolla exclusivamente en su territorio (casinos, bingos, salones recreativos, apuestas locales, loterías propias, etc.), dictan su normativa específica, otorgan licencias y ejercen las potestades sancionadoras y de inspección sobre esas actividades. En el caso de juegos estatales como Euromillones, las CCAA no regulan el producto en sí, pero sí pueden incidir en aspectos accesorios (puntos de venta físicos, horarios, disciplina de mercado) dentro de sus competencias de consumo, comercio interior o policía administrativa.

2. Tipos de normas utilizadas

La creación, autorización o modificación de juegos como Euromillones se inserta en un “escalón” normativo claro:

Ley: Es el instrumento habitual para establecer el marco general de ordenación del juego y de las loterías estatales, así como para habilitar o delimitar los tipos de juegos posibles y las competencias de los distintos órganos. La modificación relevante de ese marco (por ejemplo, ampliar categorías de juegos explotables por SELAE o redefinir los criterios de autorización de juegos transnacionales) se hace mediante ley, tramitada como proyecto o proposición en Congreso y Senado.

Real decreto‑ley: Se reserva a situaciones de “extraordinaria y urgente necesidad”. Puede emplearse para ajustes rápidos del régimen del juego (fiscalidad, plazos, condiciones transitorias), entra en vigor de inmediato y debe ser convalidado o derogado por el Congreso, que también puede tramitarlo como proyecto de ley para introducir enmiendas.

Reglamentos (Reales Decretos): Desarrollan la ley y concretan el régimen de cada modalidad de juego estatal, incluidos los procedimientos de autorización, los requisitos técnicos, los límites de premios, la publicidad, o la relación con operadores extranjeros en el caso de juegos transnacionales.

Órdenes ministeriales y resoluciones: Ajustan aspectos muy operativos u organizativos: características técnicas del producto, calendarios de sorteos, homologación de sistemas, condiciones específicas de comercialización o control. Se dictan normalmente por el Ministerio de Hacienda (o el que tenga la competencia de juego) y/o por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) dentro de las habilitaciones reglamentarias.

3. Circuito típico para regular o modificar estos juegos

El proceso completo combina una fase gubernamental y otra parlamentaria cuando se requiere ley:

a) Fase de elaboración en el Ejecutivo
La iniciativa suele partir del Ministerio de Hacienda, a través de la DGOJ, con participación estrecha de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), que aporta la visión operativa y de mercado. Se redacta un anteproyecto de ley (o de real decreto, si se trata de regulación reglamentaria) y se abre, en su caso, una consulta pública previa y una audiencia de interesados, conforme a las reglas generales de elaboración normativa.

Paralelamente, se recaban informes de ministerios afectados (Economía, Consumo, Interior, Asuntos Exteriores si hay dimensión internacional) y de órganos consultivos como el Consejo de Estado. También puede pedirse informe a las comunidades autónomas a través de conferencias sectoriales o mecanismos de cooperación, para valorar el impacto territorial.

El texto se eleva luego al Consejo de Ministros, que lo aprueba como proyecto de ley para remitirlo a las Cortes Generales, o como real decreto/orden ministerial cuando se trate de normativa puramente reglamentaria.

b) Fase parlamentaria (cuando hay ley)
El proyecto entra en el Congreso de los Diputados, donde se admite a trámite, se somete a debate de totalidad y pasa a la comisión competente (generalmente Hacienda o Consumo) para tramitación en ponencia. Los grupos presentan enmiendas al articulado, la ponencia formula un texto y la comisión lo dictamina. Posteriormente se vota en Pleno. Aprobado en el Congreso, el texto pasa al Senado, que puede enmendarlo o vetarlo; en caso de discrepancias, el Congreso tiene la última palabra.

Finalmente, la ley se remite al Rey para su sanción y promulgación y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La entrada en vigor se produce en la fecha indicada en la propia ley o, en defecto de previsión, a los 20 días de su publicación, aunque a menudo se prevé un calendario escalonado para permitir el desarrollo reglamentario y la adaptación técnica de SELAE y de los puntos de venta.

En paralelo o tras la ley, el Gobierno aprueba los reglamentos de desarrollo (reales decretos, órdenes ministeriales) que concretan el funcionamiento del juego, también publicados en el BOE y sujetos al régimen general de control jurisdiccional.

4. Particularidades de los juegos transnacionales como Euromillones

Cuando se trata de productos como Euromillones, organizados junto con otros Estados, la regulación presenta elementos adicionales:

Acuerdos o convenios internacionales: Es necesario un acuerdo entre las entidades organizadoras de cada país (normalmente operadores públicos o autorizados) que fija reglas comunes sobre diseño del juego, botes, porcentajes de retorno en premios, distribución de ingresos, sistemas de sorteo y de verificación, y mecanismos de solución de controversias. El Estado español, a través de SELAE y bajo la tutela de Hacienda, actúa como parte en estos acuerdos.

Compatibilidad con el Derecho de la UE: Las reglas del juego deben respetar la normativa europea en materia de libre prestación de servicios, competencia, protección de consumidores, prevención de blanqueo de capitales y juego responsable. Determinados aspectos técnicos pueden notificarse a la Comisión Europea (procedimientos de información sobre reglamentaciones técnicas) para verificar su compatibilidad con el Derecho de la Unión.

Centralización estatal de la decisión: Al tratarse de un juego que afecta a todo el territorio y se coordina a escala internacional, la decisión normativa recae en el Estado, que mantiene la relación con los demás Estados participantes y asume la representación frente a las instituciones comunitarias. La DGOJ ejerce la supervisión de la actividad, el control del cumplimiento de las normas nacionales y de los acuerdos internacionales, y la coordinación con los órganos reguladores de otros países.

En conjunto, la regulación de Euromillones y juegos similares se asienta en un “doble carril”: un marco interno definido por ley y reglamentos estatales, y una capa de compromisos internacionales y exigencias europeas que condicionan el diseño y la operativa del producto.

¿Cuáles son las competencias y funciones de Loterías y Apuestas del Estado en la organización de sorteos internacionales?

Respuesta sintética

Loterías y Apuestas del Estado (Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, SELAE) es el operador público que gestiona las loterías estatales españolas y, con esa condición, puede participar en juegos y sorteos de ámbito internacional, pero solo dentro de las habilitaciones que le da el ordenamiento jurídico español. Sus estatutos le permiten gestionar, explotar y comercializar juegos “dentro o fuera del territorio nacional”, lo que abre la puerta a su participación en productos multinacionales como Euromillones o EuroDreams. No obstante, fuera de España actúa como operador contractual, no como autoridad pública: necesita acuerdos con otros operadores y respetar las leyes de cada país. Además, su posición se encuadra en el sistema de juego regulado en España (juego reservado y no reservado) y está sometida al control de la Ley 13/2011 de regulación del juego y al resto de normas sectoriales.

Marco jurídico básico de SELAE

La configuración actual de SELAE deriva del Real Decreto‑ley 13/2010, que transforma la antigua entidad pública empresarial en una sociedad mercantil estatal. Su régimen orgánico y su objeto social se desarrollan en el Real Decreto 1614/2011, por el que se aprueban los estatutos sociales de SELAE, recogidos en la sección de “Régimen jurídico y funciones” de su web corporativa (SELAE – Régimen jurídico y funciones). Junto a ello, la Ley 13/2011, de regulación del juego, fija el marco general del sector del juego en España, distinguiendo entre juegos reservados a operadores públicos (como SELAE) y juegos no reservados, explotados por entidades con título habilitante expedido por la autoridad reguladora (Dirección General de Ordenación del Juego).

En su propia documentación institucional, SELAE precisa que su función principal es la gestión, explotación y comercialización de las loterías y juegos de titularidad estatal, “dentro o fuera del territorio nacional” (régimen jurídico SELAE). Esta cláusula es la que da cobertura a su posible presencia en juegos de carácter internacional.

Competencias y funciones con proyección internacional

Desde el punto de vista material, las competencias de SELAE en el ámbito internacional pueden agruparse así:

1. Gestión y comercialización de juegos transnacionales. Los estatutos permiten que SELAE participe en productos de ámbito internacional siempre que encajen en su objeto social y cuenten con la necesaria habilitación. La propia memoria y documentación de SELAE cita la gestión de productos como Euromillones o la Lotería Primitiva junto a otros juegos reservados (memoria anual SELAE, portal comercial SELAE). En estos casos, SELAE actúa como operador nacional dentro de un esquema multinacional acordado entre varios operadores públicos.

2. Participación en acuerdos bilaterales o multilaterales. El marco jurídico le permite celebrar convenios y contratos con otros operadores públicos o privados autorizados para organizar sorteos conjuntos o coordinar productos compartidos. Así se desprende tanto de la cláusula estatutaria que le permite desarrollar “cuantas actividades y servicios relacionados con los juegos le sean encomendados” (SELAE) como de la práctica de cooperación en productos multinacionales mencionada en análisis sectoriales (informe de fiscalización parlamentaria).

3. Operativa técnica: validación de apuestas, resultados y premios. En los juegos internacionales en los que participa, SELAE asume las funciones técnicas en el territorio español: venta de apuestas, validación de los boletos, publicación de resultados oficiales y pago de premios a los participantes españoles, siempre de acuerdo con las reglas comunes pactadas con los demás operadores y bajo la supervisión de las autoridades españolas.

Límites competenciales frente a otros Estados y operadores privados

A pesar de su capacidad de actuar “fuera del territorio nacional”, SELAE tiene límites claros:

1. No tiene potestad normativa fuera de España. Su habilitación es de derecho español: no puede regular por sí misma el juego en otros países ni imponerles reglas. Cualquier juego transfronterizo exige encaje simultáneo en el ordenamiento jurídico español y en el de los demás Estados implicados, así como en los acuerdos contractuales entre operadores (Congreso de los Diputados).

2. Dependencia del principio de subsidiariedad en la UE. El sistema europeo del juego se articula, según la fiscalización parlamentaria, bajo el principio de subsidiariedad, sin una armonización plena mediante directivas específicas. Ello deja amplio margen a cada Estado miembro para fijar su modelo, por lo que la cooperación internacional se basa más en acuerdos entre operadores autorizados que en un marco regulatorio europeo uniforme.

3. Relación con operadores privados. SELAE es una sociedad mercantil estatal de titularidad pública, pero con forma jurídica privada (SELAE, información sectorial). En España coexiste con operadores privados habilitados en los segmentos no reservados (según Ordenación del Juego). En el plano internacional, cada operador —público o privado— actúa dentro de su propio título habilitante; SELAE no absorbe ni excluye por sí mismo la participación de privados en otros mercados.

Alcance práctico de su papel en sorteos internacionales

En resumen, SELAE puede organizar, explotar y comercializar en España sorteos y juegos internacionales en los que participa como operador nacional, siempre que: se apoye en su objeto social y en la legislación española (Real Decreto‑ley 13/2010, Real Decreto 1614/2011 y Ley 13/2011); exista un acuerdo válido con el resto de operadores implicados; y se respeten las normas de cada Estado. Su función es, por tanto, la de operador público español dentro de estructuras multinacionales, no la de autoridad internacional de juego.

¿Qué requisitos legales y fiscales deben cumplir los ganadores de grandes premios de lotería en España para cobrar sus premios?

Respuesta directa

En España, los ganadores de grandes premios de lotería deben, en primer lugar, identificarse formalmente (DNI/NIE o pasaporte) y cobrar el premio a través de un punto de venta autorizado o, si supera 2.000 €, en una entidad financiera colaboradora de Loterías y Apuestas del Estado o del organizador autonómico. Desde el punto de vista fiscal, los premios de lotería están sujetos a una retención automática en el momento del cobro (solo tributa la parte que excede del mínimo exento vigente), por lo que el ganador cobra ya la cantidad neta. Además, el premio no se incluye en la base del IRPF como renta del trabajo o del capital, pero sí debe declararse el aumento patrimonial indirectamente a través del patrimonio resultante y puede tener impacto en el Impuesto sobre el Patrimonio o en el acceso a ayudas públicas. También es relevante la titularidad del boleto (un único titular o varios) y, en caso de reparto, que quede acreditado para evitar que Hacienda considere una donación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Requisitos legales básicos para el cobro

Para cobrar un premio importante de lotería (como Lotería Nacional, Primitiva, Euromillones u otros juegos oficiales) se aplican, en líneas generales, estos requisitos legales:

En primer lugar, se exige la acreditación de la identidad del ganador. Si el boleto es físico, la persona que lo presenta debe llevar su DNI, NIE o pasaporte en vigor. Si hay varios cotitulares (por ejemplo, una peña o varios amigos que han compartido el número), lo recomendable es que todos se identifiquen ante la entidad pagadora o que se firme un documento interno que acredite qué porcentaje corresponde a cada uno.

En segundo lugar, el cobro se debe realizar dentro del plazo legal de caducidad del premio, que en los sorteos de carácter estatal suele ser de tres meses desde la fecha del sorteo. Si el plazo vence, el derecho al cobro se extingue, aunque el organizador sea público.

En tercer lugar, el pago de los grandes premios (por encima de 2.000 €) no se hace en la propia administración de lotería, sino a través de las entidades financieras colaboradoras designadas. Estas entidades actúan como pagadoras oficiales y aplican directamente la retención fiscal que corresponda, ingresándola a la Agencia Tributaria.

Tratamiento fiscal del premio en el momento del cobro

Los premios de loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado, organismos autonómicos análogos y determinados sorteos europeos tienen un régimen fiscal específico. No se integran en la base general ni en la base del ahorro del IRPF como una renta ordinaria; en su lugar, se les aplica un gravamen especial que se materializa mediante una retención en el momento del pago.

La normativa establece un mínimo exento: hasta esa cuantía, el premio no tributa; solo el importe que la supera está sujeto al tipo fijo correspondiente. En la práctica, cuando el ganador acude al banco, ya recibe la cantidad neta, puesto que la entidad ha detraído la retención y la ha ingresado a Hacienda. Por este motivo, el contribuyente no tiene que efectuar un pago adicional por el premio en su declaración de la renta, aunque sí debe tener en cuenta los efectos posteriores sobre su situación patrimonial.

En relación con el IRPF, la Agencia Tributaria considera este gravamen como definitivo para el premio en sí: no se suma a otros ingresos del trabajo, actividades económicas o capital. Esto evita que un premio puntual dispare el tipo marginal del contribuyente, pero no lo exonera de otras obligaciones derivadas del incremento de su riqueza.

Impacto posterior en IRPF, patrimonio y ayudas

Aunque el premio no tribute como renta ordinaria, el dinero cobrado pasa a formar parte del patrimonio del ganador. Si destina parte de ese dinero a inversiones que generen rendimientos (intereses, dividendos, alquileres), esos rendimientos sí tributarán en el IRPF como capital mobiliario o inmobiliario, según el caso.

Por otra parte, si el ganador tiene obligación de presentar el Impuesto sobre el Patrimonio en su comunidad autónoma, el incremento de bienes y derechos (cuentas, inmuebles adquiridos con el premio, etc.) puede situarle por encima de los mínimos exentos y obligarle a declarar o a pagar más. Este efecto no se produce en el momento del cobro, pero sí en el cierre del ejercicio fiscal en el que el patrimonio haya aumentado.

También puede verse alterado el acceso a determinadas prestaciones o ayudas públicas condicionadas a nivel de renta o de patrimonio, como becas, ayudas al alquiler o determinados beneficios sociales. Aunque el premio en sí tenga un gravamen específico, la Administración puede valorar la nueva situación económica del beneficiario en los ejercicios siguientes.

Reparto de premios, donaciones y cotitularidad

Un punto delicado son los premios compartidos. Si varias personas han participado en la compra del décimo o boleto, es fundamental que ese reparto sea real y demostrable (por ejemplo, un bizum previo, un documento firmado, correos o mensajes que indiquen la participación de cada uno). De este modo, la entidad pagadora puede identificar a todos los beneficiarios desde el inicio, y la retención fiscal se aplica proporcionalmente a cada uno.

Si, por el contrario, el premio se cobra íntegramente a nombre de una sola persona y después se “reparte” sin justificar que ya eran cotitulares, la Agencia Tributaria puede considerar que se ha producido una donación. En ese caso, entrarían en juego las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con tipos y bonificaciones que dependen de la comunidad autónoma y del grado de parentesco entre el donante y los beneficiarios.

Finalmente, en supuestos de premios gananciales (matrimonio en régimen de gananciales) o en parejas de hecho, la titularidad civil del premio puede ser compartida, pero conviene analizar cada caso según el régimen económico matrimonial y cómo se adquirió el boleto, ya que ello influye tanto en el reparto civil como en la interpretación fiscal.

¿Cómo tributa exactamente un premio de lotería concreto (por ejemplo, de 500.000 €) y qué parte se queda Hacienda? ¿Qué diferencias hay entre cobrar un gran premio de lotería estando casado en gananciales o en separación de bienes? ¿Qué riesgos fiscales existen si cobro yo solo el premio pero luego reparto el dinero entre familiares o amigos?

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¿Cuáles fueron los números ganadores del sorteo de Euromillones del 12 de junio de 2026?

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¿Cuántos países participan actualmente en el sorteo de Euromillones?

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¿A partir de qué cantidad el cobro de premios del Euromillones requiere tramitación bancaria?

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