El Gobierno ha hecho llegar al Tribunal Supremo el listado con los datos de los 163.355 nuevos españoles nacionalizados al amparo de la conocida como 'ley de nietos' que podrían quedarse sin votar en las próximas elecciones generales si no demuestran que descienden de exiliados, tal y como había requerido el alto tribunal el pasado viernes.
Según han indicado fuentes del Ejecutivo a Europa Press, la documentación se ha entregado dentro del plazo fijado por el Supremo, que concluía a las 15.00 horas de este miércoles.
En concreto, el Gobierno ha puesto a disposición del tribunal la relación nominal de 163.355 personas. Las mismas fuentes precisan que la Abogacía del Estado ha pedido al alto tribunal que, dado que el listado contiene datos sensibles de carácter personal, se declare información reservada para impedir que las partes puedan hacer un uso malintencionado o ilegítimo de esos datos.
Han añadido también que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha coordinado el trabajo desarrollado por los consulados para revisar los expedientes de nacionalización en las distintas oficinas consulares y ha autorizado la contratación de todas las asistencias técnicas reclamadas con el fin de completar esta tarea en el plazo marcado.
De acuerdo con su relato, el primer telegrama con instrucciones desde Exteriores a las oficinas consulares para recabar la información se remitió el pasado 15 de septiembre, después de recibir la notificación del auto por el que el Supremo suspendía de forma cautelar la posibilidad de votar a los nacionalizados por la 'ley de nietos'.
Además, explican que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes envió a la Oficina del Censo Electoral el 15 de octubre el listado de 76.600 personas que figuran en DICIREG (Registro Civil digital) como nacionalizadas conforme a los supuestos de la Ley de Memoria Democrática, única información de la que disponía ese departamento.
Procedimientos "idénticos" y alcance real del veto al voto
Las fuentes gubernamentales calculan que "buena parte" de estas personas verán previsiblemente suspendido su derecho de sufragio, tal y como plantearon el partido político Vox y otras asociaciones "de extrema derecha".
Insisten en que quienes aparecen en los listados obtuvieron la nacionalidad española siguiendo el procedimiento fijado en la Ley de Memoria Democrática, aprobada en el Congreso en 2022, y en la 'ley de nietos', la instrucción que precisaba ese cauce y reconocía la presunción de exilio.
Subrayan que se trata de requisitos y trámites "idénticos" a los que se aplicaron tras la Ley de Memoria Histórica de 2007 y que se desarrollaron con "plena normalidad", recordando que durante su vigencia se han celebrado numerosos procesos electorales.
Por su parte, fuentes de Exteriores detallan que, de las 163.355 personas incluidas en el listado entregado, hay 901 cuyos expedientes sí incorporan la acreditación de la condición de exilio certificada por los cónsules, por lo que podrán votar en las elecciones del 29 de noviembre.
El Gobierno ha estimado igualmente que, tomando como referencia los niveles habituales de participación desde el exterior, si las más de 160.000 personas estuvieran inscritas en el Censo de Españoles Residentes en el Exterior, el impacto potencial sería inferior a 14.000 votos repartidos entre 52 circunscripciones, es decir, menos del 0,06% de los sufragios emitidos en las elecciones generales de 2023.
La incidencia efectiva sería aún menor, dado que el listado incluye personas que no figuran en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), como menores de edad o ciudadanos ya fallecidos, según han precisado.
Plazo de cinco días y amenaza de multa del Supremo
El pasado viernes, el Supremo dio al Gobierno un plazo de cinco días para remitirle la relación de 163.020 afectados por la suspensión cautelar del voto ligada a la 'ley de nietos' y advirtió de la posible imposición de una multa en caso de incumplimiento.
Ese margen temporal se fijó para los ministros de Justicia, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, a quienes se instó a enviar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral la relación "nominal" de las personas afectadas.
"Con expreso apercibimiento a los precitados de que, si transcurrido el plazo de cinco días que, en todo caso, finalizará el día 28 de octubre de 2026, no remiten la relación nominal de referencia, esta Sala podrá acordar una multa coercitiva o deducir, en su caso, el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder", señaló el Supremo.
El alto tribunal concretó que la sanción sería de 1.000 euros para los ministros que "incumplan este requerimiento" y avisó de que podría "reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar".
Los magistrados indicaron que, a partir de los informes remitidos por el Estado, se desprendía que se habían revisado 31.390 expedientes, "de los que se han expedido un total de 91 certificados" de personas que "han acreditado el exilio de sus ascendientes en los términos que establecieron" los dos autos que acordaron la suspensión cautelar.
"Puesto que la Administración conoce perfectamente, porque ha tramitado y resuelto estos expedientes, la identidad de todas estas personas, no se acierta a adivinar cuáles puedan ser las razones por las que no se haya facilitado la relación nominal de los electores", remachó la Sala.