Condenado a 17 años y medio de prisión por agredir sexualmente a dos gemelas menores en Castellón

Un hombre es condenado a 17 años y medio de cárcel por agredir sexualmente de forma continuada a dos gemelas menores con las que convivía en Castellón.

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Ciudad de la Justicia de Castellón EUROPA PRESS

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha impuesto una pena de 17 años y seis meses de cárcel a un hombre por dos delitos continuados de agresión sexual a menor, tras someter a tocamientos y otras prácticas de carácter sexual a dos hermanas gemelas con las que convivió entre septiembre y noviembre de 2024 en Castellón.

Además de la pena de prisión, el condenado deberá abonar una indemnización de 5.000 euros a cada una de las niñas en concepto de daños morales. También se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de las menores y comunicarse con ellas por cualquier medio durante un periodo que se extenderá más de cuatro años después de que cumpla la condena de cárcel, según ha detallado el Tribunal Superior de Justicia en una nota informativa.

La resolución judicial establece igualmente una inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión, empleo o actividad, remunerada o no, que implique contacto directo y habitual con menores, por un plazo que excede en más de cinco años la duración de la pena de prisión. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.

Convivencia con la madre y las menores

De acuerdo con los hechos probados, en septiembre de 2024 el ahora penado y su esposa, que mantenían una relación de amistad con la madre de las pequeñas, la acogieron en su domicilio junto a las dos niñas después de que la mujer discutiera con su propia madre, abuela de las víctimas, con quien residían hasta entonces.

Durante el tiempo que compartieron vivienda, el tribunal considera acreditado que el acusado, movido por el propósito de satisfacer su deseo sexual, aprovechaba los momentos en que las gemelas se duchaban y la madre no estaba cerca para realizarles tocamientos en sus zonas íntimas y besarlas en la boca.

La sentencia describe que estos episodios se produjeron en repetidas ocasiones. Aunque las menores se oponían a que el hombre entrara en el cuarto de baño, él alegaba que se trataba de su casa y que debía controlar y organizar el uso de la ducha. En algunos de esos incidentes, llegó a sujetarlas con fuerza y a taparles la boca cuando intentaban escapar o avisar a su madre.

En otras ocasiones, cuando las circunstancias lo permitían, las agresiones se producían en una de las camas de la vivienda. Para asegurarse de que las niñas guardaban silencio, el acusado les advertía de que, si contaban algo a su madre, provocarían que le retiraran la custodia y que las separarían de ella.

Valoración del testimonio de las menores

En su fallo, la sala subraya que el elemento probatorio esencial del procedimiento son las declaraciones de las dos niñas, cuyo relato considera sólido y verosímil. “Nuestra impresión es que ambos relatos corresponden a situaciones realmente vividas por las menores”, señalan los magistrados, que descartan que sus manifestaciones sean “producto de la invención o de la imaginación” y no aprecian ningún motivo espurio o ilegítimo en la denuncia formulada por la madre.

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