El Supremo confirma 18 años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una niña de once años en Melilla

El Supremo hace firme la condena a 18 años de cárcel a un hombre por dos agresiones sexuales a una niña de once años en Melilla.

Un mazo de un juez en imagen de archivo.  EUROPA PRESS

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El Tribunal Supremo ha ratificado una pena de 18 años de cárcel para un hombre por dos delitos de agresión sexual cometidos contra una menor en Melilla, cuando la víctima tenía once años y el acusado, 47. El alto tribunal ha rechazado el recurso de casación del penado y mantiene las condenas de nueve años de prisión por cada uno de los delitos.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se sitúan en 2017, cuando el procesado mantenía una relación cercana con la menor, hija de una persona de su entorno, y se había ganado su confianza a través de la amistad que sus propios hijos mantenían con ella. De acuerdo con los hechos probados recogidos en las resoluciones judiciales, el hombre se valió de ese vínculo de confianza para llevar a cabo las agresiones sexuales.

La Audiencia Provincial de Málaga, a través de su sección con sede en Melilla, impuso en un primer momento una condena de 23 años de prisión por dos delitos de agresión sexual y uno de lesiones, además de otras penas accesorias y obligaciones de carácter indemnizatorio.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en una resolución de 21 de noviembre de 2025, estimó parcialmente el recurso de apelación del condenado. El órgano judicial lo absolvió del delito de lesiones y fijó en nueve años de prisión la pena correspondiente a cada una de las dos agresiones sexuales, confirmando el resto de pronunciamientos de la sentencia que no fueron modificados.

Ahora, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación formulado contra esa decisión, de modo que queda firme la condena de 18 años de prisión. Además, impone al recurrente, que en la actualidad tiene 56 años, el pago de las costas del procedimiento ante el alto tribunal.

DOS AGRESIONES APROVECHANDO LA RELACIÓN DE CONFIANZA

Conforme a los hechos declarados probados, el primer episodio se produjo en el verano de 2017, cuando el acusado invitó a la niña a pasar la noche en su casa como preparación de un viaje que tenía previsto realizar con sus hijos a Noruega, al que también había invitado a la menor. Cuando la niña ya estaba acostada, el hombre regresó al dormitorio y la agredió sexualmente, según detalla la sentencia.

El segundo episodio tuvo lugar en marzo de 2020, cuando la menor, que entonces tenía 14 años, acudió de nuevo al domicilio del acusado. En esta ocasión, el hombre le ofreció un masaje después de que la niña manifestara que le dolía la cabeza y, aprovechando esa circunstancia, volvió a agredirla sexualmente.

La resolución judicial señala que, tras este último suceso, la menor presentó cambios significativos en su conducta, con irritabilidad, desconfianza y miedo a coincidir con personas del entorno del condenado. También requirió tratamiento psicológico y psiquiátrico por las secuelas derivadas de los hechos.

ORDEN DE ALEJAMIENTO, INHABILITACIÓN E INDEMNIZACIÓN

La sentencia de la Audiencia Provincial, cuyos restantes pronunciamientos fueron confirmados por el TSJA, impuso la prohibición de que el condenado se acercara a menos de 500 metros de la víctima, de su vivienda, de su lugar de trabajo o de cualquier otro sitio que frecuentara, así como la prohibición de comunicarse con ella durante 20 años.

Igualmente, se le impuso la inhabilitación especial para ejercer profesiones, oficios o actividades que supongan contacto regular y directo con menores durante 30 años, junto con otras penas accesorias y una medida de libertad vigilada.

En el ámbito económico, la resolución inicial fijó una indemnización de 10.890 euros por las lesiones y de 40.000 euros por los daños morales ocasionados a la víctima.

Con la decisión del Tribunal Supremo, que rechaza el último recurso interpuesto por el condenado, queda definitivamente confirmada la pena de 18 años de prisión por las dos agresiones sexuales cometidas contra la menor.