La jueza mantiene el archivo de la causa contra Ana Millán al rechazar el recurso del PSOE

La jueza de Navalcarnero confirma el archivo de la causa contra Ana Millán y rechaza el recurso del PSOE al no apreciar indicios penales suficientes.

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La vicepresidenta primera de la Asamblea de Madrid, Ana Millán, durante un pleno en la Asamblea de Madrid, a 5 de febrero de 2026, en Madrid (España).  Alberto Ortega - Europa Press

La vicepresidenta primera de la Asamblea de Madrid, Ana Millán, durante un pleno en la Asamblea de Madrid, a 5 de febrero de 2026, en Madrid (España). Alberto Ortega - Europa Press

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La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Navalcarnero ha desestimado el recurso de reforma interpuesto por el PSOE contra el auto que acordó archivar la investigación sobre la exalcaldesa de Arroyomolinos y actual diputada del PP en la Asamblea de Madrid, Ana Millán, por supuestas anomalías en la adjudicación de contratos municipales cuando era concejal.

En una resolución fechada el 23 de julio, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada tumba la petición de los socialistas de reabrir la causa y reconducirla a procedimiento abreviado, al entender que no procede prolongar la instrucción ni continuar con nuevas pesquisas.

La jueza subraya que la Audiencia Provincial de Madrid dejó sin efecto la prórroga de la instrucción acordada en septiembre de 2025 y que, en consecuencia, el plazo máximo de investigación concluyó el 25 de septiembre de ese año. Aplicando el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la doctrina del Tribunal Supremo, razona que no es posible acordar una nueva ampliación una vez vencido dicho plazo.

Del mismo modo, sostiene que el recurso del PSOE no logra rebatir el criterio del auto recurrido, que ya apreciaba la inexistencia de indicios suficientes de delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y cohecho atribuidos tanto a Ana Millán como al otro investigado.

La instructora destaca que la fase de investigación no ha aportado “sólidas razones” que permitan sostener la continuación del procedimiento, en coherencia con el principio de presunción de inocencia.

En relación con las diligencias solicitadas por el PSOE, entre ellas las comparecencias de Juan Pedro S. C. y Laura V., la jueza insiste en que carecen de utilidad y pertinencia para aclarar los hechos.

Recuerda que ya obran en la causa un análisis financiero y fiscal de los investigados y un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) sobre las cuentas bancarias de Ana Millán y Juan Pedro Santos, sin que se haya probado que los ingresos de origen desconocido percibidos por la dirigente del PP procedieran del otro investigado, Francisco Vicente R. B.. Añade que Laura Vallejo ya declaró ante la Guardia Civil y manifestó desconocer si Millán tenía interés en adjudicar contratos a alguna empresa concreta.

Acusaciones de trama de contratos públicos

El recurso del PSOE describía una supuesta trama entre la entonces concejal y el empresario Francisco R., a través de la cual se habrían adjudicado contratos municipales por más de medio millón de euros a firmas vinculadas a este último.

Según el escrito, esas adjudicaciones se habrían producido entre 2005 y 2011 desde distintas áreas del Ayuntamiento, con una presunta “influencia decisiva” de Millán en los procedimientos de contratación.

El PSOE alegaba que el archivo se apoyaba en la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de anular una prórroga de la instrucción, pero recalcaba que dicha resolución no ordenaba cerrar el procedimiento, sino que se limitaba a corregir un defecto de motivación.

En esta línea, la formación defendía que el juzgado debía haber dictado una nueva prórroga debidamente razonada o, al menos, haber practicado las diligencias pendientes antes de acordar el archivo.

El partido denunció que el juzgado dejó sin efecto pruebas ya acordadas, como las declaraciones de testigos considerados clave, pese a haber sido calificadas como “útiles y pertinentes” y avaladas por órganos superiores.

A juicio del PSOE, esta decisión resultaba “incoherente”, al anularse actuaciones dirigidas precisamente a esclarecer unos hechos sobre los que, a su entender, existían indicios.

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