Ratificada la pena de diez años y siete meses de cárcel por abusos sexuales a una menor de 14 años

El TSJA confirma diez años y siete meses de prisión para un hombre de 26 años por agresiones sexuales continuadas a una menor de 14 años.

2 minutos

Sede TSJA en Granada EUROPA PRESS

Sede TSJA en Granada EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Publicado

2 minutos

Más leídas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a un hombre a diez años y siete meses de prisión por las agresiones sexuales cometidas contra una menor de 14 años, doce años más joven que él, con la que mantuvo varios encuentros en el contexto de una relación sentimental.

Según recoge la resolución, entre marzo de 2022 y enero de 2023 el procesado mantuvo algún tipo de vínculo afectivo con la adolescente, durante el cual se produjeron, al menos, seis encuentros de carácter sexual. Estos tuvieron lugar tanto en la vivienda del acusado, situada en el barrio de Las 200 Viviendas, como en el domicilio de un amigo suyo.

Fue la madre de la menor quien, en marzo de 2023, presentó denuncia ante la Guardia Civil, lo que motivó la adopción de medidas cautelares que prohibían al acusado acercarse a menos de 500 metros de la víctima y mantener cualquier tipo de contacto con ella.

La sentencia subraya que las relaciones se llevaron a cabo a pesar de que el hombre era plenamente consciente de la corta edad de la menor. El informe pericial practicado al acusado concluyó que presentaba una madurez física y psicológica acorde a sus 26 años en el momento de los hechos, mientras que la víctima mostraba una madurez baja pese a aparentar un desarrollo físico superior.

El tribunal considera que el acusado se aprovechó de una situación “asimétrica” y de confianza respecto a la menor, dado que él tenía 26 años y ella 14, en el marco de una relación íntima de noviazgo que, según la acusación, se prolongó unos diez meses. Esta circunstancia permitió una continuidad delictiva al conseguir que los encuentros sexuales se repitieran en el tiempo.

Aunque el procesado alegó que desconocía la edad real de la adolescente, amparándose en su aspecto físico y en que acudía a discotecas, la Sala descarta este argumento. Tanto la menor como su madre afirmaron que conocían al acusado de la iglesia a la que asistían, donde ambos participaban en el coro, por lo que el hombre era sabedor de la edad de la niña.

Además, el tribunal señala que el acusado adoptó una actitud “pasiva” a la hora de comprobar cuántos años tenía la víctima antes de mantener relaciones sexuales con ella, “mostrando total indiferencia hacia la edad” de la menor.

Por otro lado, el alto tribunal andaluz da plena credibilidad al testimonio “rotundo, coherente y rico en detalles” de la víctima para sustentar la acusación, sin apreciar la existencia de motivos espurios en la denuncia presentada.

La resolución también fija, entre otras penas accesorias, ocho años de libertad vigilada una vez cumplida la condena de prisión, así como el abono de una indemnización de 20.000 euros a la menor en concepto de daños morales.