Sanidad vegetal: “El Ómnibus X sobre seguridad alimentaria y piensos es una oportunidad para simplificar y dar más opciones a los agricultores”

El director de CropLife Europe, Olivier de Santos, (organización de empresas de fitosanitarios en la UE) explica que esta normativa es una oportunidad para avanzar en tecnologías que favorezcan al campo, como homogeneizar que todos los estados de la ÚE permitan las mismas sustancias o que se puedan utilizar los drones para la aplicación de tratamientos

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Olivier de Matos es el director general de CropLife Europe.

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La existencia de residuos de productos fitosanitarios (los medicamentos de las plantas) en los productos agrícolas son una de las principales preocupaciones que los ciudadanos europeos señalan en los sucesivos Eurobarómetros de la Unión Europea. Por ello, pese a que los controles sobre los Límites Máximos de Residuos (LMR) demuestran que no se sobrepasan y los alimentos son seguros, hace décadas que las autoridades comunitarias reducen las materias activas que combaten plagas, enfermedades y malas hierbas en los campos. Una medida controvertida ya que, en un mercado global como el agroalimentario, dichas prohibiciones garantizan la calidad, pero condicionan la competitividad del agricultor europeo.

CropLife es la organización internacional que agrupa a las principales multinacionales de fitosanitarios y con la que está vinculados organizaciones como la Asociación Española para la Protección de la Plantas AEPLA. Demócrata ha conversado con el director de CropLife Europe, el portugués Olivier de Santos, sobre diferentes aspectos que se están negociando actualmente en el Ónmibus sobre Seguridad Alimentaria y Piensos, como permitir el uso de drones para la aplicación de fitosanitarios o las Nuevas Técnicas Genómicas que permitirán mejorar la productividad de los cultivos gracias a la edición genética.

PREGUNTA. Hace décadas que Europa viene reduciendo el número de materias activas que se pueden utilizar para luchar contra las enfermedades de los cultivos, de manera que, por ejemplo, en Estados Unidos pueden usar el doble que nosotros. ¿Cuál es la situación en la Unión Europea?

RESPUESTA. Es un debate complejo que no se puede reducir a una simple comparación entre Europa y otras regiones. La realidad es más compleja. Nuestra competitividad depende del acceso a la innovación y a la rapidez con la que una nueva solución llega al mercado. Y en los últimos seis años y medio en Europa se han prohibido 89 sustancias y solo ha llegado una nueva. Esta es la diferencia entre las materias activas que se quitan y las nuevas que se autorizan.

P. Y esta situación ¿cómo afecta a la competitividad del campo europeo frente al de otras zonas del mundo?

R. Los agricultores europeos están entre los más productivos y sostenibles del mundo, pero cada vez trabajan con más presión. El famoso Omnibus Food and Safety, el de Seguridad Alimentaria y Piensos, es una oportunidad para mejorar la disponibilidad de los productos fitosanitarios y ampliar nuevas y eficaces herramientas para los agricultores. El objetivo final es sencillo: un sistema ágil, que no rebaje los estándares de seguridad alimentaria de los consumidores europeos, pero sostenible y competitivo, lo que, en nuestra opinión, no es contradictorio, sino que va de la mano.

"La agricultura del futuro contará con una combinación de soluciones: productos sintéticos, biológicos, agricultura de precisión, herramientas digitales o mejora genética".

Homogeneidad entre estados miembro

P. En las últimos años están proliferando la lucha biológica y los tratamientos biológicos. ¿Llegarán a sustituir a los químicos sintéticos o estos últimos siempre serán necesarios?

R. No es un debate de plantear una elección entre unos productos u otros. La agricultura del futuro contará con una combinación de soluciones: productos sintéticos, biológicos, agricultura de precisión, herramientas digitales o mejora genética. Todo esto conforma la caja de herramientas o "toolbox" para el campo. Nuestro objetivo es que los agricultores dispongan de una caja de herramientas lo más amplia posible, porque la agricultura necesita más soluciones e innovaciones, no menos opciones.

P. Otra cuestión es la falta de homogeneidad de las sustancias permitidas en los diferentes estados de la Unión Europea. Aunque la Comisión Europea da luz verde a determinados productos, luego hay países que los prohíben y se dan casos de agricultores españoles que viajan a otros estados vecinos para adquirirlos. ¿Cómo se puede trabajar en esa homogeneidad?

R. En los debates del Ómnibus se están estudiando propuestas para corregir esta fragmentación. El Parlamento Europeo ha debatido la idea de avanzar hacia una única zona de autorización para productos fitosanitarios, pero la propuesta sigue en discusión. El Ómnibus es una oportunidad importante para simplificar y dar más opciones a los agricultores.

"El debate de la simplificación se complica cuando se cruza con la innovación, el comercio y la competitividad"

P. ¿Cuál es el punto más complicado en la negociación de esta normativa y que esperan de la actual Presidencia irlandesa al frente de la UE?

R. El debate de la simplificación se complica cuando se cruza con la innovación, el comercio y la competitividad. Hay un amplio consenso en simplificar el marco regulatorio, pero las diferencias surgen en cómo hacerlo y en qué efectos no deseados hay que evitar. Los asuntos especialmente sensibles son los LMR (Límites Máximos de Residuos) y la protección de datos. El Ómnibus enviará una señal muy clara de cómo Europa entiende la competitividad, la innovación y la agricultura del futuro.

Tomates de invernadero (Fotor cedida por CropLife Europe).
Tomates de invernadero (Fotor cedida por CropLife Europe). -

Uso de drones y NTGs

P. Dicho Ónmibus también trata el uso de drones para la aplicación de fitosanitarios, una práctica que está prohibida, porque Europa no permite el uso de aviones para aplicar estos productos, pero que en el campo se está haciendo, de forma furtiva. ¿Qué opinan desde CropLife?

R. Los drones son una herramienta importante para la agricultura de precisión porque permite usos más precisos, en zonas difíciles como terrenos en pendiente o humedales, ayudan a utilizar mejor los recursos,... El problema es que la regulación europea es más lenta que la tecnología. El Ómnibus propone una vía específica para ciertas aplicaciones con drones, pero hasta que se desarrolle, necesitamos un marco transitorio que dé seguridad a agricultores, operadores y autoridades nacionales. Ese marco debería incluir tres puntos: que los estados miembro puedan conceder derogaciones para este uso de los drones, tener datos claros para evaluar los riesgos y establecer medidas transitorias que permitan un uso seguro y coherente de los drones en la aplicación de fitosanitarios hasta que el nuevo marco europeo esté plenamente operativo.

"Comunicar sobre la agricultura exigen traducir cuestiones técnicas y complejas en asuntos como alimentación, precio, sostenibilidad o seguridad alimentaria"

P. El pasado mes de junio el Parlamento Europeo aprobó las Nuevas Técnicas Genómicas, (NTGs) que abren una ventana al uso de la edición genética para obtener cultivos más resilientes. Esta nueva herramienta ¿qué puede suponer para mejorar la sanidad de los cultivos?

R. Las NTGs es una herramienta importante de la caja de herramientas o toolbox para los agricultores. En junio se alcanzó un hito político relevante, pero tenemos mucho trabajo regulatorio de aplicación. El debate está pasando del acuerdo político a la aplicación práctica, ahora toca hablar de los detalles y de cómo conseguir que sea algo realmente útil para los agricultores.

P. Entonces, ¿tienen bastante camino por delante?

R. Más o menos dos años para contar con algo más concreto.

Comunicación agro y sociedad

P. Antes de dirigir CropLife Europe usted trabajó en Burson, una agencia internacional de relaciones públicas, comunicación estratégica y reputación. ¿Qué peculiaridad tiene el campo a la hora de relacionarse con la sociedad?

R. Pocos sectores son tan visibles y tan poco comprendidos como la agricultura. Es un sector que está en el cruce de caminos de muchos asuntos: alimentación, clima, salud, comercio, desarrollo rural. Por eso, el debate público no se mueve solo en función de los datos o la ciencia, cuenta mucho los valores, la percepción y la emoción. Comunicar sobre la agricultura exigen traducir cuestiones técnicas y complejas en asuntos como alimentación, precio, sostenibilidad o seguridad alimentaria. Por eso es tan interesante y motivador trabajar para este sector.

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¿En qué estado se encuentra la tramitación parlamentaria del Ómnibus X sobre Seguridad Alimentaria y Piensos en la Unión Europea y cuáles son los próximos pasos para su aprobación?

El llamado “Ómnibus X” sobre seguridad de los alimentos y los piensos forma parte de la agenda de simplificación normativa de la UE y agrupa varias propuestas que modifican legislación existente en ámbitos como plaguicidas, biocidas, piensos, higiene y controles oficiales. A día de hoy, una parte del paquete ya ha sido aprobada definitivamente, mientras que otra se encuentra en fase de negociación entre el Consejo y el Parlamento Europeo, con la vista puesta en cerrar todo el paquete antes de 2027.

Qué es exactamente el “Ómnibus X” de seguridad alimentaria y piensos

Según la Comisión Europea, el “ómnibus” de seguridad alimentaria es un conjunto de modificaciones pensado para simplificar, aclarar y modernizar varias piezas clave de la legislación de la UE en la materia. La convocatoria de datos lanzada en septiembre de 2025 explica que el paquete incluirá cambios en:

  • Productos fitosanitarios y biocidas.
  • Aditivos para piensos.
  • Requisitos de higiene de alimentos y piensos.
  • Controles oficiales en frontera sobre alimentos y piensos.

Este paquete es el décimo “ómnibus” de simplificación que la Comisión presenta desde febrero de 2025 y se enmarca en la hoja de ruta “Una Europa, Un Mercado”, con el objetivo político de reducir cargas administrativas sin rebajar los altos estándares de seguridad alimentaria y de protección de la salud animal y del medio ambiente.

Estado actual de la tramitación

La información pública disponible permite distinguir varias piezas dentro del Ómnibus X y su grado de avance:

  • Reglamento sobre biocidas (parte del Ómnibus X): el Consejo de la UE anunció el 11 de mayo de 2026 que ha dado la “luz verde definitiva” a un nuevo reglamento que amplía determinados plazos de protección de datos en materia de biocidas y que forma parte del paquete “Omnibus X” sobre seguridad de alimentos y piensos. Según el propio Consejo, el acto ya está aprobado y se publicará en el Diario Oficial de la UE, entrando en vigor veinte días después de su publicación. Es decir, esta pieza concreta del Ómnibus X ya ha completado su tramitación legislativa y está en fase de publicación/aplicación.
  • Propuesta sobre pesticidas, registros ganaderos y plásticos en contacto con alimentos: el 27 de mayo de 2026 el Consejo comunicó que ha fijado su posición (“mandato del Consejo”) sobre una parte del paquete Ómnibus X relativa al uso sostenible de pesticidas (incluida la aplicación con drones), los registros relacionados con la ganadería y determinados materiales plásticos en contacto con alimentos. Ese mandato es la base para negociar con el Parlamento Europeo. Por tanto, esta pieza se encuentra en la fase típica de la codecisión en la que Consejo y Parlamento deben acordar un texto común.
  • Última propuesta pendiente del paquete: la Presidencia del Consejo señala que sigue trabajando en la “última propuesta restante del paquete”, con el objetivo de lograr un mandato general del Consejo para negociar con el Parlamento sobre todo el paquete “Ómnibus X” de simplificación en seguridad de alimentos y piensos.

Próximos pasos para la aprobación completa

Con la información disponible, los pasos que quedan son los habituales del procedimiento legislativo ordinario (codecisión):

  • Culminar los mandatos del Consejo: la Presidencia debe cerrar el mandato general sobre la propuesta o propuestas que aún no lo tienen dentro del Ómnibus X de seguridad alimentaria y piensos.
  • Posición del Parlamento Europeo: el Parlamento debe adoptar su posición en primera lectura (informes en comisión competente, previsiblemente ENVI y/o AGRI, y votación en Pleno) sobre las propuestas pendientes del paquete.
  • Trílogos Consejo–Parlamento–Comisión: una vez que ambas instituciones tengan posición, se abrirán negociaciones políticas (“trílogos”) para acordar un texto de compromiso del paquete Ómnibus X en su conjunto o de cada uno de sus reglamentos/directivas.
  • Aprobación formal: el texto acordado se somete a:
    • Votación final en el Pleno del Parlamento Europeo.
    • Aprobación formal en el Consejo de la UE (adopción).
  • Publicación y entrada en vigor: las normas resultantes se publican en el Diario Oficial de la UE y entran en vigor en la fecha que se fije (a menudo 20 días después), normalmente con periodos transitorios para que autoridades y operadores se adapten.

La hoja de ruta firmada por las instituciones europeas fija el objetivo político de concluir todos los paquetes de simplificación, incluido el Ómnibus X de alimentos y piensos, antes de finales de 2027. Ese horizonte temporal es la referencia de fondo para los calendarios parlamentarios y del Consejo.

En resumen: una parte del Ómnibus X (biocidas) ya está aprobada, otra parte clave (pesticidas, registros ganaderos y plásticos) se halla en fase de negociación tras la fijación de la posición del Consejo, y queda al menos una propuesta por cerrar el mandato del Consejo. El paquete en su conjunto se encuentra, por tanto, en tramitación avanzada pero aún incompleta, pendiente de los acuerdos finales entre Parlamento Europeo y Consejo y de su posterior publicación en el DOUE.

¿Cuáles son las competencias y funciones de la Presidencia del Consejo de la Unión Europea en la negociación de regulaciones sobre sanidad vegetal?

La Presidencia rotatoria del Consejo de la Unión Europea no “decide” el contenido de las regulaciones sobre sanidad vegetal, pero tiene un papel central en cómo se negocian y cierran políticamente. Sus competencias se derivan de las normas internas del Consejo y de la práctica institucional, y combinan funciones de dirección política, organización de trabajos y mediación entre Estados miembros, Comisión y Parlamento Europeo.

1. Dirección política y planificación de la agenda

Una de las principales funciones de la Presidencia es fijar prioridades políticas y organizar la agenda de trabajo del Consejo:

  • Define, junto con el “Trío de Presidencias” y la Secretaría General del Consejo, qué expedientes legislativos se priorizan dentro de su semestre, incluyendo los relativos a sanidad vegetal (fitosanitarios, control de plagas, movimientos de vegetales, etc.).
  • Decide cuándo se inscribe un expediente en el orden del día del Consejo de Ministros (en este ámbito, el Consejo de Agricultura y Pesca – AGRIFISH) o de los órganos preparatorios (Coreper y grupos de trabajo).
  • Puede impulsar o ralentizar un dossier, por ejemplo programando más o menos reuniones técnicas o buscando “paquetes” de compromiso con otros temas agrícolas.

2. Organización y conducción de los trabajos

La Presidencia ejerce la jefatura de los trabajos internos del Consejo:

  • Preside y dirige los grupos de trabajo especializados en sanidad vegetal o seguridad alimentaria donde se negocia el detalle técnico del texto (definiciones, listas de organismos nocivos, medidas de control, requisitos de importación, etc.).
  • Preside el Coreper (Comité de Representantes Permanentes) que eleva los acuerdos técnicos a nivel de embajadores y prepara las decisiones políticas de los ministros.
  • Preside el Consejo de Agricultura y Pesca cuando los ministros abordan los puntos clave pendientes o dan el mandato final para negociar con el Parlamento Europeo.

En todas estas instancias, la Presidencia decide el orden de los temas, la duración de los debates, qué versiones de compromiso se presentan y qué puntos se someten a acuerdo (“acuerdo parcial general”, “orientación general”, etc.).

3. Mediación y búsqueda de compromisos

La función más decisiva de la Presidencia es la de mediador neutral entre los Estados miembros:

  • Recoge las posiciones nacionales sobre la regulación de sanidad vegetal (por ejemplo, exigencias más estrictas de control en frontera, o mayor flexibilidad para determinados cultivos) y trata de construir un texto de compromiso que pueda alcanzar mayoría cualificada.
  • Mantiene consultas bilaterales y reuniones informales (“confesionales”, “green papers”) con delegaciones clave, sobre todo con las que tienen reservas técnicas o políticas fuertes.
  • Ajusta sucesivas versiones del borrador de Reglamento (o Directiva) para ir cerrando los puntos abiertos (nivel de riesgo aceptable, cargas administrativas, plazos de aplicación, régimen sancionador, etc.).

Aunque la Presidencia representa también a su propio Estado miembro, está obligada a actuar en interés general del Consejo, tratando de equilibrar sensibilidades (productores, comercio internacional, protección del medio ambiente, seguridad alimentaria).

4. Relación con la Comisión y el Parlamento Europeo

En el procedimiento legislativo ordinario, las regulaciones de sanidad vegetal se adoptan conjuntamente por Consejo y Parlamento Europeo a propuesta de la Comisión Europea:

  • La Comisión mantiene el derecho de iniciativa y participa en las reuniones del Consejo como “guardiana del Tratado”, explicando su propuesta y valorando las enmiendas.
  • La Presidencia coordina con la Comisión los trabajos, buscando que las modificaciones del Consejo sigan siendo coherentes con los objetivos de la política fitosanitaria y con las obligaciones internacionales (por ejemplo, normas de la CIPF o de la OMC).
  • La Presidencia conduce los “trílogos” con el Parlamento Europeo: negocia, en nombre del Consejo, acuerdos políticos sobre el texto final, intercambiando paquetes de enmiendas, calendarios de aplicación y cláusulas de revisión.

Aquí la Presidencia actúa como portavoz del Consejo: debe explicar al Parlamento los límites de lo que los Estados aceptan y explorar espacios de acercamiento sin perder la mayoría necesaria en el Consejo.

5. Coordinación interna y comunicación externa

Finalmente, la Presidencia coordina y comunica:

  • Trabaja estrechamente con la Secretaría General del Consejo para garantizar la calidad jurídica y lingüística del texto de la regulación en todas las lenguas oficiales.
  • Presenta a la opinión pública y a los sectores afectados (organizaciones agrarias, industria de fitosanitarios, ONG ambientales) el estado de las negociaciones y los principales acuerdos alcanzados.
  • Asegura la continuidad del expediente con la siguiente Presidencia, de forma que el cambio semestral no bloquee la tramitación.

En resumen, la Presidencia del Consejo de la UE no determina por sí sola el contenido de las regulaciones de sanidad vegetal, pero controla el proceso: marca el ritmo, dirige las reuniones, presenta los textos de compromiso y lidera la negociación con el Parlamento y la Comisión, siendo el engranaje clave para que las distintas posiciones nacionales cristalicen en una norma europea común.

¿Qué requisitos legales deben cumplirse actualmente para autorizar el uso de drones en la aplicación de productos fitosanitarios en la Unión Europea?

En el estado actual del Derecho de la Unión Europea, el uso de drones (UAS) para aplicar productos fitosanitarios se encuentra, en la práctica, generalmente prohibido como “tratamiento aéreo”, con un margen muy limitado para autorizaciones excepcionales. A la vez, cualquier operación con UAS debe cumplir el régimen europeo de aviación no tripulada. A continuación resumo los dos grandes pilares normativos y las tendencias de cambio.

1. Pilar fitosanitario: prohibición general y excepciones muy restringidas

La base sigue siendo la Directiva sobre uso sostenible de pesticidas (SUD) y el Reglamento (UE) 1107/2009 sobre productos fitosanitarios. Según la información recogida en notas oficiales y sectoriales:

  • La SUD prohíbe la aplicación aérea de pesticidas, permitiendo solo excepciones caso por caso. Un resumen reciente del Consejo de la UE recuerda que la norma “prohíbe la aplicación aérea de pesticidas, al tiempo que permite a los Estados miembros la posibilidad de conceder excepciones individuales”, lo que genera una fuerte carga administrativa para usuarios y autoridades (nota del Consejo de 27/05/2026).
  • La práctica regulatoria actual considera que el uso de drones es tratamiento aéreo y, por tanto, entra en esa prohibición general. Distintas organizaciones agrarias y administraciones autonómicas señalan que hoy el empleo de drones para aplicar fitosanitarios “no está permitido de forma general y solo se admite en supuestos muy concretos, que requieren autorización expresa del órgano competente” o cuando la propia Administración impulsa actuaciones frente a plagas graves.
  • Proyectos como DRONSafe, cofinanciado por la UE, parten precisamente de este marco: la normativa europea solo permitiría eximir de la prohibición “cuando factores relacionados con el uso de [drones] demuestren que los riesgos derivados de su uso son inferiores a los riesgos derivados de otros equipos aéreos y equipos de aplicación terrestres”. Es decir, toda autorización se condiciona a acreditar una reducción del riesgo para la salud humana y el medio ambiente frente a las alternativas (DRONSafe, AVA-ASAJA).

En paralelo, el Consejo de la UE ha acordado recientemente su posición sobre un “reglamento ómnibus” de simplificación, que incluye enmiendas a la SUD para:

  • Mantener la prohibición de la fumigación aérea,
  • Conservar la excepción actual para “casos especiales”, y
  • Añadir una nueva excepción específica para determinados tipos de drones, incluso cuando no se cumplan las condiciones de esos casos especiales, siempre que se trate de aplicaciones selectivas y con riesgos comparables o menores que los tratamientos terrestres.

Ese texto, sin embargo, es solo el mandato del Consejo para negociar con el Parlamento Europeo, no una norma vigente. Además, se prevé que Comisión y EFSA dispongan de un plazo (mencionado en la prensa especializada como 30 meses) para elaborar orientaciones detalladas sobre la evaluación de riesgos, condiciones de uso y categorías de drones que podrían admitirse. Hasta que ese proceso no concluya y el reglamento se adopte y aplique, el régimen dominante sigue siendo el de prohibición general + excepciones muy tasadas tramitadas por cada Estado miembro.

2. Pilar aeronáutico: requisitos para la operación de los UAS

Con independencia del permiso fitosanitario, toda operación de rociado con drones debe ajustarse a la normativa de UAS:

  • El Reglamento (UE) 2019/947 clasifica las operaciones en categorías “abierta”, “específica” y “certificada”. Las aplicaciones de fitosanitarios con drones, por su riesgo (vuelo a baja altura sobre cultivos, posible sobrevuelo de personas, carga líquida), encajan normalmente en la categoría “específica” o, en algunos casos, “certificada”.
  • En categoría específica se exige, en términos generales:
    • Registro del operador de UAS y de la aeronave,
    • Estudios de riesgo operacionales (SORA u otro método aceptado) que analicen el impacto en personas, bienes y espacio aéreo,
    • Autorización operacional previa de la autoridad nacional de aviación (en España, AESA), que valide ese análisis de riesgos y las medidas de mitigación,
    • Formación y habilitación del piloto remoto, incluyendo capacitación específica para la operación concreta (por ejemplo, vuelos BVLOS, altura de vuelo, entorno rural poblado, etc.),
    • Respeto de las zonas geográficas UAS que cada Estado miembro publica (restricciones próximas a aeropuertos, áreas urbanas, espacios protegidos, etc.).
  • El Reglamento (UE) 2019/945 regula los requisitos de diseño y marcado CE de los UAS. Aunque muchos drones agrícolas de gran tamaño quedan fuera de las clases abiertas estandarizadas, deben cumplir las exigencias técnicas y de seguridad que definan EASA y las autoridades nacionales para ser autorizados en categorías “específica” o “certificada”.

3. Situación sintética “a día de hoy”

Combinando ambos pilares, el cuadro actual puede resumirse así:

  • Norma general de la UE: la aplicación aérea de fitosanitarios está prohibida; los drones se consideran aplicación aérea.
  • Autorizaciones posibles:
    • Solo mediante excepciones específicas concedidas por las autoridades nacionales, caso por caso, justificando que no hay alternativas razonables y que el riesgo es aceptable o menor que con otros equipos.
    • Con cumplimiento íntegro de las reglas de aviación UAS (2019/947 y 2019/945): registro, análisis de riesgos, autorización operacional, formación de pilotos, respeto de las zonas UAS, etc.
  • Reformas en curso: el “reglamento ómnibus” en negociación pretende abrir una vía estable para ciertos drones agrícolas, pero sus detalles técnicos (incluidas las guías de EFSA sobre evaluación de riesgos) aún están en elaboración y no son derecho aplicable.

En la práctica, por tanto, cualquier proyecto de uso de drones para aplicación de fitosanitarios en la UE debe planificarse sobre la base de: (1) marco actual restrictivo y necesidad de permiso excepcional en cada Estado; y (2) pleno cumplimiento de la normativa UAS de operaciones y diseño, además de las condiciones específicas que impongan las autoridades fitosanitarias nacionales.

¿Puedes detallar qué tipo de excepciones pueden conceder hoy los Estados miembros para permitir tratamientos aéreos con drones y qué criterios suelen aplicar? ¿Cómo afectará previsiblemente el futuro “reglamento ómnibus” de la UE a un operador que quiera ofrecer servicios de aplicación de fitosanitarios con drones? ¿Qué requisitos adicionales está exigiendo España, en concreto, para autorizar aplicaciones de fitosanitarios con drones frente a otros países de la UE?

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¿Cuál es uno de los principales objetivos del Ómnibus X sobre Seguridad Alimentaria y Piensos?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es la situación respecto a la aprobación de nuevas materias activas para fitosanitarios en Europa en los últimos seis años y medio?

Pregunta 2 de 3

¿Qué propone el Ómnibus X respecto al uso de drones para la aplicación de fitosanitarios?

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