Incendio de Los Gallardos hoy: ocho medios aéreos se incorporan mientras continúa la búsqueda de desaparecidos

El operativo contra el incendio de Los Gallardos, en Almería, recupera este sábado el apoyo aéreo tras una noche de evolución relativamente favorable. Hasta ocho aeronaves se incorporarán escalonadamente a un fuego que deja 12 muertos, ocho heridos -cuatro graves-, 23 personas todavía sin localizar y más de 1.400 evacuados

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Un bombero forestal combate el incendio declarado en Los Gallardos (Almería). EMA INFOCA

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Los medios aéreos han vuelto a operar desde primera hora de este sábado en el incendio forestal de Los Gallardos, en Almería, después de una noche en la que el fuego evolucionó “relativamente bien dentro de la gravedad y las dimensiones” de la emergencia.

La incorporación se ha organizado de manera escalonada. A las 08.00 horas comenzaron a trabajar dos helicópteros y dos aviones de carga en tierra; a partir de las 09.00 estaba prevista la llegada de otras aeronaves, hasta completar un dispositivo de ocho medios aéreos sobre la zona.  

Doce muertos y 23 personas todavía sin localizar

El balance provisional se mantiene en 12 personas fallecidas y ocho heridas, cuatro de ellas graves y trasladadas a la Unidad de Quemados del Hospital Virgen del Rocío de Sevilla.

Las autoridades mantienen además a 23 personas en la relación de ciudadanos cuyo paradero no ha podido ser confirmado. Esa cifra no equivale a 23 denuncias por desaparición: el Centro Integrado de Datos contabiliza por ahora siete denuncias formalizadas. Esta diferencia es importante porque algunas personas pueden haber abandonado la zona o haberse desplazado sin comunicar todavía su ubicación.  

El Instituto de Medicina Legal de Almería ya ha terminado las autopsias de los 12 cuerpos. Las muestras biológicas han sido trasladadas a Madrid para que el Servicio de Criminalística de la Guardia Civil realice los análisis genéticos y los coteje con el ADN aportado por familiares.  

El fuego continúa activo en situación operativa 2

Aunque la evolución nocturna ha sido mejor de lo temido, el incendio no está controlado y permanece en situación operativa 2.

El dispositivo terrestre específico del Plan Infoca está formado este sábado por 134 profesionales, ocho autobombas, un buldócer, una Unidad Médica y una Unidad Móvil de Meteorología y Transmisiones. Esta cifra se refiere al operativo de Infoca y no al conjunto de efectivos de todas las administraciones, que durante la noche rondó los 500 trabajadores al sumar UME, Guardia Civil, bomberos, sanitarios y otros servicios.  

La superficie afectada se acerca a las 5.000 hectáreas

Las primeras estimaciones de la mañana situaban el terreno afectado en unas 4.000 hectáreas. Una actualización posterior elevó el cálculo hasta aproximadamente 5.000, una variación habitual mientras se revisa desde el aire un perímetro tan extenso e irregular.  

Los equipos trabajan ahora principalmente en asegurar el perímetro, enfriar puntos calientes y evitar que una nueva modificación del viento reactive los frentes próximos a viviendas y núcleos habitados.

Más de 1.400 personas evacuadas

El incendio ha obligado a desalojar a 1.405 personas de diferentes barriadas, urbanizaciones y viviendas dispersas de Los Gallardos, Bédar, Lubrín, Antas y otras zonas próximas.

Un total de 193 afectados continuaban acogidos en espacios habilitados en Lubrín, Garrucha y Antas. En este último municipio se ha preparado un convento para alojar a personas especialmente vulnerables, como niños, mayores y enfermos.

También se ordenó el confinamiento preventivo de vecinos de Lubrín y se recomendó mantener cerradas puertas y ventanas y proteger las vías respiratorias frente al humo.  

La A-7 vuelve a estar abierta

La evolución nocturna permitió reabrir completamente la autovía A-7 entre los kilómetros 709 y 714 en sentido Almería.

La carretera había vuelto a cerrarse el viernes después de que un cambio en la dirección del viento empujara las llamas hacia el barranco de Alfaix y obligara a ordenar nuevos desalojos. La apertura no significa que el incendio esté controlado, sino que en ese tramo concreto ha disminuido el peligro inmediato para la circulación.  

La investigación mantiene el foco sobre un cable eléctrico

Las primeras pesquisas sitúan el inicio del fuego junto a la N-340A. Los avisos recibidos por el 112 mencionaron la caída de un cable eléctrico sobre la vegetación, seguida de una propagación extraordinariamente rápida favorecida por el viento, las altas temperaturas y la sequedad del terreno.

Esa sigue siendo la principal hipótesis, pero el origen definitivo deberá establecerlo la investigación y no puede darse todavía por cerrado.  

La búsqueda continúa casa por casa

La Guardia Civil y los servicios de emergencia siguen inspeccionando viviendas, caminos y zonas quemadas para localizar a las personas cuyo paradero continúa sin confirmarse.

La última revisión de los inmuebles más afectados no permitió encontrar nuevas víctimas mortales, según informó el consejero de Presidencia y Emergencias de la Junta, Antonio Sanz. La prioridad continúa siendo completar la identificación de los fallecidos y aclarar cuántos de los ciudadanos inicialmente no localizados siguen realmente desaparecidos.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué trámites legales y administrativos deben seguirse para declarar la situación operativa 2 en un incendio forestal en Andalucía?

La declaración de la situación operativa 2 en un incendio forestal en Andalucía es un acto interno de protección civil que se encuadra en el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía (Plan INFOCA) y en la planificación general de protección civil. Las normas consultadas muestran el marco organizativo y competencial, pero en los extractos disponibles no aparece el articulado concreto que define cada “situación operativa”, por lo que lo siguiente es una reconstrucción jurídico‑administrativa general basada en ese marco. En todo caso, la competencia recae en las autoridades de la Junta de Andalucía responsables del Plan INFOCA y de la gestión de emergencias, y se articula a través de decisiones formales de activación del plan y de comunicaciones a 112, municipios y Estado.

1. Marco normativo aplicable

En Andalucía, la planificación frente a incendios forestales se articula principalmente a través de:

  • Plan INFOCA, aprobado por el Decreto 371/2010 y modificado por el Decreto 160/2016, que establece la organización y procedimientos ante incendios forestales.
  • Legislación andaluza de emergencias, en particular la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias (modificada por la Ley 2/2023) y el desarrollo del Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía (Decreto 69/2024, cuya corrección de errores figura en este BOJA).
  • El Decreto‑ley 2/2023, sobre emergencias e incendios forestales y creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía (enlace; convalidado por resolución publicada en [enlace]).

En el nivel estatal, el marco básico viene dado por:

  • La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (texto).
  • La Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales, aprobada por el Real Decreto 893/2013 (parcialmente derogado, pero aplicable hasta sustitución), que destaca la importancia de definir “situaciones operativas”.
  • El Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros publicado mediante Resolución de 31 de octubre de 2014 (con corrección en [enlace]).

Todo ello se inserta además en la Ley de Montes modificada por la Ley 21/2015, y en la normativa general de protección civil y emergencias.

2. Qué es, en términos generales, la “situación operativa 2”

Las normas básicas estatal y autonómica obligan a que los planes especiales (como INFOCA) definan distintas situaciones operativas en función de la gravedad y de la necesidad de movilizar recursos adicionales o de coordinar varias administraciones. Aunque en los fragmentos consultados del Plan INFOCA no aparece el cuadro detallado de “situaciones 0‑1‑2‑…”, la práctica de protección civil indica que la situación operativa 2 suele corresponder a:

  • Una emergencia que supera la capacidad ordinaria local o provincial, con afección real o potencial a la población y bienes no forestales.
  • La necesidad de dirección unificada bajo el Plan INFOCA y posible coordinación con el Plan Territorial y con el Estado (Plan Estatal) si se prevé solicitud de medios estatales.

3. Trámites para declarar la situación operativa 2

Con la limitación de que no se ha localizado el artículo exacto que la regula, el esquema jurídico‑administrativo estándar en Andalucía sería:

  1. Valoración técnica inicial
    El incendio es detectado por el dispositivo INFOCA (estructurado en torno al SEIF, CEDEFO, COP y COR, descritos en el Anexo del Plan INFOCA: [enlace]). La Dirección Técnica de Extinción y, en su caso, la Dirección Técnica de Emergencias, evalúan gravedad, riesgo a personas y bienes, y capacidad de control con medios ordinarios.
  2. Propuesta interna de cambio de situación
    Sobre esa base, los responsables técnicos proponen al Director del Plan INFOCA (autoridad de la Junta competente en emergencias/protección civil) el paso a una situación operativa superior, en este caso la 2. Esta propuesta puede cursarse desde el PMA (Puesto de Mando Avanzado) o desde el COP/COR.
  3. Decisión formal de la autoridad competente
    El Director del Plan, en el marco de la Ley 2/2002 (modificada por la Ley 2/2023) y del propio Plan INFOCA, declara la situación operativa 2. Es un acto administrativo de dirección interna que:
    • Activa o eleva la fase de emergencia del Plan INFOCA.
    • Ordena la constitución/refuerzo del Puesto de Mando Avanzado (PMA) y de los centros operativos (COP/COR).
    • Puede implicar la activación coordinada del Plan Territorial andaluz (Decreto 69/2024) si se aprecian efectos multirriesgo.
  4. Comunicaciones obligatorias
    La declaración se comunica inmediatamente:
    • Al Centro 112 Andalucía y a todos los servicios integrados en el sistema regional de emergencias (con la estructura reforzada por el Decreto‑ley 2/2023 y los futuros estatutos de la Agencia de Emergencias: [enlace]).
    • A los ayuntamientos afectados, que deben activar sus planes locales de emergencia por incendios forestales, exigidos por el Plan INFOCA y otras órdenes como la de subvenciones de prevención ([enlace]).
    • A la Delegación/Subdelegación del Gobierno, a efectos de posible apoyo estatal con medios incluidos en el Plan Estatal (publicado en este acuerdo).
  5. Coordinación con el Estado y, en su caso, solicitud de medios
    Si la emergencia lo aconseja, Andalucía, en el marco de la Ley 17/2015 y de la Directriz básica ([enlace]), puede solicitar refuerzos (UME, medios aéreos, etc.) a través de los canales previstos en el Plan Estatal.
  6. Mantenimiento, revisión y finalización de la situación 2
    Mientras subsistan las condiciones que motivaron la declaración, el Director del Plan mantiene la situación 2, revisándola a la baja o al alza según los informes técnicos. La desactivación o retorno a una situación inferior se formaliza igualmente mediante decisión del Director del Plan y comunicaciones a todos los intervinientes.

4. Limitación de la información disponible

En los textos consultados del Plan INFOCA, de la Directriz básica y del Plan Estatal no se han localizado las definiciones literales de cada “situación operativa” ni un artículo que regule, con numeración exacta, la “situación operativa 2”. Por ello, para un uso profesional (p.ej. elaboración de protocolos internos o informes jurídicos) es imprescindible contrastar directamente el Anexo completo del Plan INFOCA y la planificación autonómica de protección civil vigente.

5. Otros enlaces normativos citados

En el ecosistema normativo que rodea la gestión de incendios y emergencias aparecen, entre otras, disposiciones de organización administrativa y formación profesional relevantes de forma indirecta: Ley 5/2023 de Función Pública andaluza, su modificación parcial por la Ley 3/2025, el Decreto‑ley 3/2024, normas previas como Ley 6/1985, Decreto‑ley 11/2014, Ley 21/2007, Ley 7/2003, Ley 2/2007, el texto refundido de Comercio Interior ([enlace]), la Ley de Pesca marítima de Andalucía ([enlace]), la normativa estatal sobre títulos y cualificaciones en emergencias y medio ambiente (RD 907/2013, RD 906/2013, RD 624/2013, RD 1031/2011, RD 260/2011), así como normas de ayudas tras emergencias (Orden PCI/1283/2019, Orden PCI/488/2019, Orden TES/443/2022, Orden TES/1223/2021, Orden ISM/707/2021) y cuestiones competenciales (Orden TES/1151/2021, Cuestión de inconstitucionalidad 3523‑2021, Orden HAC/481/2019, RD 803/2014), o medidas urgentes por incendios (RD‑ley 15/2022), entre muchas otras.

¿Quién ostenta exactamente la dirección del Plan INFOCA y firma la declaración de situación operativa 2 en un incendio concreto? ¿Qué diferencias hay, en la práctica, entre la situación operativa 1 y la 2 en términos de medios movilizados y afectación a la población? ¿Cómo se coordina la Junta de Andalucía con el Estado cuando un incendio en situación operativa 2 requiere la intervención de la UME u otros medios estatales?

¿Cuáles son las competencias de la Consejería de Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía en la gestión de emergencias por incendios?

La Consejería de la Presidencia (hoy configurada como Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa y, desde 2025, integrada políticamente en el departamento de Sanidad, Presidencia y Emergencias) es el centro directivo de la Junta que asume en Andalucía la **competencia política y técnica en protección civil, emergencias y, específicamente, en emergencias por incendios**. Esto incluye la dirección del **Plan Infoca**, la organización del sistema **112 Andalucía** y el mando sobre la nueva **Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía (ASEMA/EMA)**.

Marco jurídico básico de las competencias

El artículo 1.e) del Decreto 152/2022 atribuye a esta Consejería las competencias en **policía autonómica, coordinación de policías locales, protección civil y emergencias y seguridad**. Ese marco se completa con la Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias en Andalucía, modificada por la Ley 2/2023, que regula el sistema integrado de emergencias, y con el Decreto‑ley 2/2023, que unifica la gestión, prevención y extinción de incendios forestales y autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.

Además, el decreto de estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias (ASEMA/EMA) explicita que esta agencia está adscrita a la Consejería de la Presidencia y agrupa bajo un mando único al **112**, **Protección Civil**, el **IESPA**, el **GREA** y el operativo **Infoca**.

Gestión de emergencias por incendios forestales (Plan Infoca)

En materia de incendios forestales, las competencias se concretan en:

  • Dirección del Plan Infoca: El consejero actúa como director del Plan de Emergencias por Incendios Forestales de Andalucía. En la nota sobre el incendio de Santa Elena se señala expresamente que el consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias, Antonio Sanz, eleva el Plan Infoca a fase de emergencia, situación 1, por la evolución del incendio (nota sobre Santa Elena).
  • Declaración de fases y situaciones operativas: corresponde a la consejería con competencias en protección civil declarar la situación operativa 1 cuando la emergencia puede controlarse con medios ordinarios autonómicos, como recoge la nota sobre el temporal de octubre de 2024 (incidencias por temporal).
  • Mando sobre el operativo Infoca y sus medios: Infoca queda integrado en la Agencia de Emergencias de Andalucía; la Junta ha destacado la inversión en autobombas, medios aéreos y centros de defensa forestal para reforzar la lucha contra incendios (artículo de Demócrata sobre Infoca; presupuesto de la Agencia de Emergencias).
  • Relación con el Estado y la UME: cuando el incendio se agrava, la consejería es la que eleva el Plan a situación 2 y solicita el apoyo de la UME, como se ha visto en grandes incendios recientes en Huelva y Almería narrados por el periódico Demócrata (petición de UME en Huelva, incendio de Huelva estabilizado).

Protección Civil y sistema 112 Andalucía

En protección civil, la Consejería asume:

  • Dirección del Plan Territorial y otros planes especiales (inundaciones, apagón, etc.), activando fases y coordinando la respuesta, como recogen las notas sobre el PERI y el apagón (elevación del PERI, activación del PERI, Plan de apagón).
  • Gestión del 112 Andalucía: el Centro de Coordinación de Emergencias (Cecem‑112) y el teléfono único de emergencias están adscritos a la Agencia/Consejería, que coordina casi 400.000 emergencias semestrales, incluidas las de incendios y salvamento (balance del 112, coordinación en temporal).
  • Relación con ayuntamientos y sistema local de protección civil: la Consejería impulsa el decreto del Sistema Local de Protección Civil, que regula la coordinación con Cecem‑112 y el papel del voluntariado (anuncio de decreto local de protección civil).

Bomberos, planificación y modelo integral de emergencias

La Consejería también lidera la normativa de los **Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento (bomberos)**, en desarrollo de la Ley de Gestión de Emergencias. Ha iniciado un decreto de dirección, coordinación, organización y funcionamiento de estos servicios, con el objetivo de fijar criterios básicos para coordinar los cuerpos de bomberos en toda Andalucía y permitir que actúen fuera de su municipio cuando la emergencia lo requiera (nuevo decreto de bomberos).

Con la creación de ASEMA/EMA, descrita en detalle en la referencia del Consejo de Gobierno (anuncio de la Agencia de Emergencias, estatutos de ASEMA), la Consejería consolida un modelo de **mando único** que integra Infoca, 112, Protección Civil, GREA, formación (IESPA) y, progresivamente, bomberos, con el objetivo de mejorar la capacidad de respuesta frente a incendios forestales, urbanos y otras catástrofes.

Otras referencias de interés sobre la estructura y competencias de la consejería y del sistema de emergencias pueden consultarse en los resúmenes normativos y análisis disponibles en La Administración al Día, Wikipedia, Iberley, Derecho Local, así como en los textos consolidados autonómicos enlazados por la Junta de Andalucía ([enlace], [enlace]).

¿Cómo se coordina la Consejería de Presidencia con la UME y el Estado cuando un incendio en Andalucía se declara emergencia de interés nacional? ¿Qué cambios concretos ha introducido la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias en la gestión del Plan Infoca? ¿Qué papel tienen los ayuntamientos y los servicios municipales de bomberos dentro del sistema andaluz de gestión de emergencias por incendios?

¿Qué requisitos deben cumplirse para que el Plan Infoca active un dispositivo de tal magnitud y cuántos despliegues similares ha realizado en los últimos años?

El Plan Infoca solo despliega un dispositivo de gran magnitud cuando el incendio supera claramente la capacidad de los medios ordinarios de ataque inicial y ampliado, presenta riesgo para personas o bienes y requiere la movilización simultánea de numerosos medios terrestres y aéreos e, incluso, apoyo estatal. En la práctica, esto se traduce en la activación de la fase de emergencia (situación operativa 1) o, en los casos más graves, en situaciones equivalentes al “Incendio Alto” o “Incendio Extremo” del propio plan, con despliegue máximo provincial y refuerzos regionales y estatales. En los últimos años, la información disponible permite identificar al menos 4 Grandes Incendios Forestales (GIF) en 2024 y 3 GIF en 2025, además de 13 incendios en 2025 en los que se elevó el Plan Infoca a fase de emergencia, lo que implica operativos muy reforzados; no hay, sin embargo, un cómputo oficial publicado específico de “despliegues masivos” más allá de estas categorías.

Requisitos para activar un gran dispositivo Infoca

Desde el punto de vista operativo, el Plan Infoca parte de una fase de preemergencia (situación operativa 0), que se activa cuando hay incendios con evolución incierta pero sin daños relevantes iniciales. La Junta la ha utilizado, por ejemplo, en Obejo o Tarifa en 2024, con amplios despliegues pero dentro de un marco todavía preventivo, según recogen las notas oficiales sobre la activación de la preemergencia en Obejo y Tarifa ([enlace], [enlace]).

El salto cualitativo llega con la fase de emergencia, situación operativa 1. La propia definición oficial, en la emergencia de Santa Elena de 2026, indica que se aplica a incendios que aún pueden controlarse con medios de la Junta, pero que, por dimensiones del fuego, recursos necesarios o necesidad de tomar medidas de protección a la población (desalojos, confinamientos), exigen activar esta fase y un dispositivo mucho más robusto ([enlace]).

En esa misma nota se detalla el tipo de despliegue asociado: 19 medios aéreos (helicópteros pesados, semipesados y ligeros, aviones de carga en tierra, aviones anfibios de distinta capacidad y avión de coordinación) y un dispositivo terrestre con BRICAS, numerosos grupos de bomberos forestales, autobombas, maquinaria pesada, unidades médicas y de transmisiones y equipos especializados en drones. Es decir, un uso simultáneo e intensivo de prácticamente todas las capacidades disponibles.

Además, la doctrina general del plan distingue grados de gravedad en los que, cuando se llega al “Incendio Alto” (Grado D) o “Incendio Extremo” (Grado E), se activa el despliegue máximo del dispositivo provincial y se movilizan medios aéreos regionales, BRICAS de otras provincias y, si es necesario, recursos estatales (aviones del Estado, UME). Estos escenarios implican coordinación desde el Centro Operativo Regional (COR) y, en su caso, con la Administración General del Estado.

Cuántos despliegues similares ha habido en los últimos años

Los balances anuales de la Junta no ofrecen una estadística específica de “despliegues masivos”, pero sí de Grandes Incendios Forestales y de activaciones en fase de emergencia, que son buenos indicadores:

  • Campaña 2024: el balance oficial señala 613 actuaciones (109 incendios y 504 conatos) y 6.062 hectáreas quemadas. Se identifican 4 Grandes Incendios Forestales (Enix, Tarifa, Níjar y Andújar), todos ellos por encima de 500 hectáreas y, por tanto, asociados a operativos muy reforzados en medios terrestres y aéreos ([enlace], [enlace]).
  • Campaña 2025: el balance de Juanma Moreno cifra en 876 las intervenciones (182 incendios y 694 conatos) y 6.327 hectáreas afectadas. De esos incendios, 3 alcanzaron la condición de Gran Incendio Forestal (Huércal de Almería, Burguillos y Lubrín) y en 13 incendios fue necesario elevar el Plan Infoca a fase de emergencia, situación operativa 1 ([enlace]).

A estos datos globales se suman episodios concretos recientes en 2024 y 2026 donde las propias notas de la Junta subrayan “amplios dispositivos” con más de un centenar de efectivos y hasta 17–19 medios aéreos, como en Tarifa 2025 ([enlace], [enlace]), Obejo 2024 ([enlace]) o Villanueva de los Castillejos en 2026, con un dispositivo nocturno de 265 profesionales, 16 vehículos pesados, maquinaria pesada y unidades especializadas ([enlace]).

Con la información disponible se puede afirmar que, solo en 2024–2025, al menos 7 Grandes Incendios Forestales y 13 incendios en fase de emergencia han requerido despliegues de gran magnitud en Andalucía. No se dispone de un cómputo más fino desagregado por “grado D/E” o por tamaño exacto de dispositivo para todos los años, por lo que cualquier cifra adicional sería especulativa.

Además de estas fuentes principales, el contexto y la coordinación global frente a incendios y emergencias se describen en otros documentos y noticias, entre ellos: [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], así como en normas y análisis técnicos sobre coordinación estatal y uso de medios aéreos y de apoyo ([enlace], [enlace]). Documentos de referencia adicionales sobre el marco jurídico y operativo del plan y la gestión de grandes incendios pueden consultarse en [enlace], [enlace], [enlace] y el resto de referencias técnicas utilizadas en la investigación.

¿En qué se diferencia exactamente la fase de preemergencia de la fase de emergencia del Plan Infoca en cuanto a medidas sobre la población? ¿Qué papel tienen la UME y el Estado cuando un incendio en Andalucía pasa a los niveles más graves del Plan Infoca? ¿Qué cambios normativos recientes ha habido en España para mejorar la coordinación entre comunidades y Estado en grandes incendios forestales?

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