Los incendios forestales que afectan estos días a la Comunidad de Madrid y a la provincia de Ávila han obligado a evacuar a cientos de vecinos para garantizar su seguridad. Estas órdenes plantean una duda habitual entre la población: quién decide una evacuación por incendio, en qué momento se adopta y si las autoridades pueden obligar legalmente a abandonar una vivienda.
La respuesta se encuentra en la legislación de Protección Civil y en los planes especiales contra incendios forestales de cada comunidad autónoma. La prioridad de estos protocolos es preservar la vida de las personas, incluso aunque ello implique desalojar viviendas antes de que las llamas lleguen a ellas.
La evacuación la ordena el director de la emergencia
La decisión de evacuar una población no corresponde directamente al alcalde, a la Guardia Civil o a los bomberos que trabajan sobre el terreno.
La orden la adopta el director de la emergencia o el director del plan de protección civil que se encuentre activado en ese momento, basándose en la información técnica facilitada por el director de extinción del incendio y el resto de responsables operativos.
Cuando el incendio permanece bajo la gestión de la comunidad autónoma, la dirección corresponde al responsable designado por el plan autonómico de incendios forestales. Sin embargo, si se declara la emergencia de interés nacional (nivel 3), como ha ocurrido en los incendios de Madrid y Ávila, la dirección superior pasa al Ministerio del Interior, que coordina todos los medios de las distintas administraciones.
No existe una distancia mínima para ordenar un desalojo
Una evacuación no se decide porque el fuego haya alcanzado un determinado número de hectáreas ni porque las llamas se encuentren a una distancia concreta de las viviendas.
Los servicios de emergencia realizan una evaluación constante del riesgo teniendo en cuenta factores como la velocidad de propagación del incendio, la dirección y fuerza del viento, la orografía del terreno, la proximidad del frente a zonas habitadas, las previsiones meteorológicas o la posibilidad de que las carreteras queden bloqueadas por el humo o el fuego.
En muchas ocasiones las evacuaciones se ordenan de forma preventiva, antes incluso de que las llamas lleguen a las viviendas, para evitar que los vecinos tengan que abandonar la zona cuando las vías de evacuación ya no sean seguras.
¿Pueden obligarte a abandonar tu casa?
Sí. La legislación española en materia de protección civil permite a las autoridades adoptar las medidas necesarias para proteger a la población durante una emergencia, incluida la evacuación obligatoria de las zonas amenazadas por un incendio forestal.
Estas órdenes tienen como finalidad evitar daños personales y facilitar el trabajo de los servicios de extinción. Permanecer en una vivienda situada en una zona de riesgo no solo puede poner en peligro a quienes permanecen en ella, sino también a los equipos de rescate que podrían verse obligados a intervenir posteriormente.
Por este motivo, las autoridades insisten en que todas las personas afectadas sigan las instrucciones de los servicios de emergencia y abandonen la zona cuando así se les requiera.
El regreso solo se autoriza cuando desaparece el riesgo
Del mismo modo que la evacuación corresponde a los responsables de la emergencia, el regreso de los vecinos tampoco depende de una decisión individual.
La vuelta a las viviendas únicamente se autoriza cuando los técnicos consideran que el incendio ya no supone una amenaza para la población y que existen condiciones de seguridad suficientes. Para ello se verifica que el frente principal esté controlado, que no existan reactivaciones próximas, que las carreteras puedan utilizarse con normalidad y que los suministros básicos, como el agua, la electricidad o el gas, puedan restablecerse sin peligro.
Por ese motivo es habitual que algunas urbanizaciones permanezcan desalojadas durante horas o incluso varios días después de que el incendio haya sido estabilizado.
El caso de los incendios de Madrid y Ávila
La declaración de la emergencia de interés nacional por los incendios que afectan a la Comunidad de Madrid y a la provincia de Ávila ha supuesto que la coordinación de la emergencia pase al Ministerio del Interior, aunque sobre el terreno continúan actuando de forma conjunta los servicios autonómicos, la Unidad Militar de Emergencias (UME), la Guardia Civil, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y el resto de organismos implicados.
En este tipo de situaciones, las órdenes de evacuación forman parte de los protocolos de protección civil previstos para minimizar el riesgo sobre la población y garantizar que los equipos de extinción puedan desarrollar su trabajo con las máximas garantías de seguridad.