Los partidos políticos que no consiguieron representación en el Congreso ni en el Senado en las anteriores elecciones generales se encuentran en pleno proceso de recogida de avales para poder concurrir a los comicios del próximo 29 de noviembre. La Ley Electoral exige a estas formaciones las firmas de al menos el 0,1% de los electores de cada provincia en la que quieran presentar candidaturas, un requisito que afecta, entre otros, a Se Acabó la Fiesta (SALF), Frente Obrero, Iustitia Europa y Democracia21.
Algunas de estas organizaciones ya han puesto en marcha campañas para conseguir los apoyos necesarios, con puntos de recogida presenciales y sistemas de firma electrónica. Los partidos disponen de un periodo limitado para completar este trámite, puesto que los avales deben obtenerse después de la convocatoria electoral y entregarse dentro del plazo de presentación de candidaturas, que acaba el 26 de octubre.
Los partidos obligados a presentar avales
El artículo 169.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) exime de recoger firmas a los partidos, federaciones y coaliciones que obtuvieron al menos un escaño en el Congreso o el Senado en las anteriores elecciones generales. La representación conseguida en otras instituciones, como el Parlamento Europeo o las cámaras autonómicas, no permite acogerse a esta excepción.
La Junta Electoral Central también exige avales a las formaciones que cuentan con senadores designados por los parlamentos autonómicos, pero que no obtuvieron representación en las urnas en las anteriores generales.
En el caso de las coaliciones electorales, basta con que uno de sus integrantes haya conseguido representación en alguna de las dos Cámaras para que la alianza pueda presentar candidaturas sin reunir firmas.
Esta excepción también incluye a los partidos que obtuvieron escaños dentro de una coalición y posteriormente deciden concurrir por separado, por lo que Podemos no se vería obligado a recoger avales si concurre por separado.
Las firmas necesarias en cada provincia
Los partidos deben calcular los apoyos exigidos a partir del censo de cada circunscripción, de manera que las candidaturas que concurran en los territorios más poblados tendrán que conseguir más firmas que aquellas que se presenten en provincias con menos electores. Los avales no pueden trasladarse de una circunscripción a otra, aunque las listas pertenezcan a una misma formación política.
Según el censo de consulta publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para las elecciones del 29N, una candidatura sin representación parlamentaria necesita al menos 5.537 firmas en Madrid, 4.399 en Barcelona y 2.068 en Valencia. En provincias menos pobladas, como Soria o Teruel, las cantidades se reducen a 78 y 107 apoyos, respectivamente.
La siguiente tabla recoge varios ejemplos de las firmas necesarias para presentar candidaturas, calculadas sobre el 0,1% del censo electoral de cada provincia, incluidos los electores residentes en el extranjero.
| Provincia | Electores censados | Avales mínimos |
|---|---|---|
| Madrid | 5.536.913 | 5.537 |
| Barcelona | 4.398.757 | 4.399 |
| Valencia | 2.067.797 | 2.068 |
| Sevilla | 1.606.972 | 1.607 |
| Alicante | 1.359.229 | 1.360 |
| Málaga | 1.292.972 | 1.293 |
| Murcia | 1.144.308 | 1.145 |
| Cádiz | 1.042.157 | 1.043 |
| Baleares | 870.718 | 871 |
| Córdoba | 648.792 | 649 |
| Cuenca | 151.410 | 152 |
| Teruel | 106.251 | 107 |
| Soria | 77.069 | 78 |
Fuente: INE, censo de consulta de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Cálculos propios, redondeados al entero superior. Las cifras pueden variar tras la incorporación de las reclamaciones censales estimadas.
Entre las organizaciones que han movilizado a sus simpatizantes figura SALF, que ha iniciado una campaña de recogida de firmas en Baleares. Sus responsables han señalado que necesitan conseguir 1.300 apoyos y han habilitado puntos de recogida en Mallorca, Ibiza y Menorca, aunque esa cifra supera el mínimo resultante del censo de consulta.
Por su parte, Iustitia Europa se ha marcado el objetivo de reunir 7.500 firmas válidas en Madrid, donde Luis María Pardo encabeza la candidatura de la formación. El partido ha pedido a sus simpatizantes que remitan los formularios cumplimentados antes del 23 de octubre para disponer de margen suficiente para revisar la documentación.
Democracia21, impulsada por Miriam González Durántez, también solicita apoyos en Madrid y Barcelona, las dos circunscripciones en las que ha anunciado su intención de concurrir. La formación ha comunicado, además, una alianza electoral con Ciudadanos y la Unión de Ciudadanos Independientes (UCIN), cuya posible exención de avales depende de los antecedentes electorales de sus integrantes.
Los partidos que presentan listas tanto al Congreso como al Senado en una misma provincia pueden utilizar las mismas firmas para ambas candidaturas, sin necesidad de entregar dos conjuntos de avales.
Por otro lado, las agrupaciones de electores, que se constituyen específicamente para participar en unas elecciones sin adoptar la forma de partido político, deben acreditar un respaldo superior. La LOREG les exige las firmas del 1% de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción, diez veces más que a las formaciones extraparlamentarias.
Los requisitos para avalar una candidatura
Los ciudadanos que quieran respaldar la presentación de una candidatura deben figurar inscritos en el censo electoral de la circunscripción correspondiente. Por tanto, una persona censada en Toledo no puede avalar una lista presentada por Madrid, aunque tenga vínculos con el partido o resida habitualmente en la capital.
La Junta Electoral Central exige que los formularios incluyan el nombre y los apellidos del elector, su número de DNI, la fecha de nacimiento y la firma, sin necesidad de adjuntar una fotocopia del documento de identidad. Ningún ciudadano puede respaldar más de una candidatura en el mismo proceso electoral, de manera que, si firma a favor de varias, todos sus avales quedan invalidados.
Los partidos pueden recoger los apoyos mediante formularios en papel o recurrir a procedimientos electrónicos que cumplan las condiciones técnicas establecidas por la Administración electoral. Democracia21 ha habilitado un sistema de firma digital a través de la plataforma Boreal, que permite completar el trámite mediante certificado electrónico y AutoFirma.
Los electores que prestan su firma no adquieren ninguna obligación con la formación a la que respaldan, puesto que avalar una candidatura no supone afiliarse al partido ni comprometer el voto. Su apoyo permite que esa opción política participe en los comicios, pero conservan plena libertad para elegir cualquier otra papeleta el 29 de noviembre.
Los plazos y las consecuencias de no reunir suficientes firmas
Los partidos que necesitan avales para concurrir a las elecciones generales del 29 de noviembre tienen hasta el lunes 26 de octubre para presentar las firmas, coincidiendo con el último día del plazo de registro de candidaturas. Según el calendario electoral, las juntas electorales provinciales recibirán las listas entre el miércoles 21 y el lunes 26 de octubre, por lo que las formaciones disponen de menos de dos semanas para completar la recogida de apoyos.
Una vez presentada la documentación, las juntas electorales remiten los avales a la Oficina del Censo Electoral, que comprueba si los firmantes cumplen los requisitos legales. La Administración puede recurrir a un sistema de muestreo aleatorio, aunque debe verificar materialmente las firmas cuando el resultado de ese procedimiento sea desfavorable para una candidatura.
Las candidaturas presentadas se publicarán el 28 de octubre, mientras que las juntas electorales comunicarán las irregularidades detectadas el día 30. A partir de ese momento, los partidos dispondrán de 48 horas para subsanar los defectos, aunque la Junta Electoral Central distingue entre corregir errores en los avales ya entregados y aportar nuevas firmas para alcanzar el mínimo exigido, algo que no permite una vez cerrado el plazo de presentación de candidaturas.
Las juntas electorales proclamarán las candidaturas el 2 de noviembre, después de comprobar que cumplen los requisitos legales. Aquellas formaciones que no hayan conseguido acreditar suficientes apoyos quedarán fuera de las papeletas de las circunscripciones afectadas, sin que esta exclusión impida su participación en otras provincias donde hayan completado correctamente el procedimiento.