La Junta Electoral Central (JEC) ha incoado un nuevo expediente sancionador contra el presidente del Gobierno y candidato del PSOE a la reelección, Pedro Sánchez, a raíz del vídeo que grabó en el interior del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía utilizando como fondo el célebre “Guernica”, de Pablo Picasso, obra que alude al bombardeo de la localidad vizcaína durante la Guerra Civil.
En esa grabación, realizada en un museo público vacío, Sánchez aparecía con el “Guernica” a su espalda e invocaba el espíritu de “No a la guerra”, al tiempo que presumía de haber mantenido los mismos principios, “sin dobles raseros”, ante los conflictos bélicos de los últimos años en el mundo y “pese a las enormes presiones”.
Pocas horas después, el secretario general del PP y director de campaña, Miguel Tellado, criticó en un mensaje en “X” que se hubiera permitido a Sánchez el uso del Museo Reina Sofía para ese vídeo y le reprochó que se apropiara del cuadro. “Hay que tener cara. Una vez más, Sánchez abusa de los recursos que son de todos y se apropia del Guernica para grabar un 'spot' publicitario en precampaña electoral”, escribió.
El PP trasladó formalmente la queja a la JEC, solicitando la retirada del vídeo, que se pidiera información al museo sobre cómo se organizó la grabación y que se recordara al Ministerio de Cultura y a sus organismos dependientes la prohibición de poner instalaciones y medios públicos al servicio de los candidatos en periodo electoral, además de reclamar la apertura de un expediente sancionador.
La defensa del presidente alegó que la pieza audiovisual se limita a una “reflexión” sobre la posición de España “sin incorporar mensajes electorales ni peticiones de voto”, y que sus palabras no suponen una exaltación de logros del Ejecutivo. También sostuvo que la JEC carece de competencia para controlar la cesión de espacios del Reina Sofía y subrayó que la grabación no generó gastos extraordinarios al museo.
En su reunión de este jueves, la JEC ha dado la razón al PP y considera que la grabación y difusión del vídeo podría vulnerar el artículo 50.2 de la LOREG, que impide a los poderes públicos realizar actos asimilables a campaña utilizando sus logros de gestión durante periodos electorales, así como el artículo 53 de la misma norma, que limita el uso gratuito de medios proporcionados por las administraciones públicas fuera de la campaña.
Según el organismo, el presidente “no se limitó” a hacer una reflexión genérica, sino que “introdujo referencias valorativas a las decisiones adoptadas por su Gobierno”, y añade que, aunque no hubiera costes adicionales ni fuera preciso cerrar el museo al público, Sánchez pudo acceder al recinto y rodar el vídeo “en las condiciones propias de una visita institucional”, aprovechando su condición de jefe del Ejecutivo.
La JEC ordena a Sánchez retirar el vídeo de las redes sociales y recuerda tanto a la Presidencia del Gobierno como al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía “el deber de neutralidad institucional” durante los procesos electorales y la prohibición de emplear instalaciones y recursos públicos para actuaciones con contenido electoralista.
En paralelo, la JEC ha rechazado otra denuncia de Vox contra Sánchez por anunciar, en un acto en el Palacio de la Moncloa sobre el Estatuto del Estudiantado Universitario, un futuro paquete de 45 millones para residencias universitarias. A juicio del organismo, el presidente se limitó a ofrecer información de interés general, “sin connotaciones electoralistas ni alusiones a logros obtenidos”, por lo que no aprecia infracción de la Ley Electoral ni ve motivos para abrir expediente.
Seis expedientes acumulados y nuevas sanciones
Con esta decisión, Sánchez suma ya seis expedientes sancionadores de la JEC, dos de ellos en la actual precampaña. El primero de este periodo se abrió tras la rueda de prensa del 6 de octubre en Moncloa, después del Consejo de Ministros que aprobó los dos decretos ley sobre vivienda que el Congreso había tumbado la semana anterior.
Hasta ahora, el presidente ha afrontado multas que ascienden a 6.600 euros por quebrantar en distintos procesos electorales el principio de neutralidad institucional que marca la LOREG. La primera sanción, de 500 euros, le fue impuesta en enero de 2020 por conceder una entrevista televisiva en plena campaña desde el Palacio de la Moncloa. Tres años más tarde, en octubre de 2023, recibió otra de 2.200 euros por hacer manifestaciones con contenido electoralista en una comparecencia en Bruselas tras un Consejo Europeo.
Posteriormente llegó otra multa en 2024 por utilizar un acto oficial para respaldar al socialista Salvador Illa en la campaña de las elecciones catalanas, y el último expediente previo se le abrió durante los comicios extremeños por sus críticas a los pactos entre PP y Vox.
Otro expediente a la portavoz del Gobierno
Además, la JEC ha resuelto incoar un expediente sancionador a la ministra de Inclusión y Portavoz del Gobierno, Elma Saiz, por las manifestaciones que realizó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del día 20, cuando se refirió al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, como “especialista” en hacer “agujeros en bolsillo de los pensionistas y las cuentas de Seguridad Social”.
“La fórmula empleada por la denunciada parece tener la intención de hacer un contraste entre la política de pensiones desarrollada durante el gobierno del PP y la implementada por el actual Ejecutivo”, interpreta la JEC en su resolución.
En la misma comparecencia, el PP también denunció las palabras de la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, que sostuvo que la política del Gobierno en materia de vivienda ha permitido superar una crisis en el sector de la construcción y destacó la capacidad del Ejecutivo para “forjar un acuerdo mayoritario” en torno a esa estrategia.
No obstante, el organismo arbitral descarta abrirle expediente, al considerar que la “escasa entidad valorativa” de sus expresiones, aunque “apreciable”, se mantiene “en niveles ínfimos” y no alcanza el umbral necesario para una sanción.