La figura de situación de interés para la Seguridad Nacional que el Consejo de Ministros prevé activar este martes en Ceuta, para responder a la crisis derivada de la entrada masiva de inmigrantes a finales de julio, faculta al Ejecutivo para asumir la dirección sobre la ciudad autónoma, designar una "autoridad funcional" encargada de dirigir y coordinar las actuaciones —cargo que recaerá en el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres— y poner en marcha recursos humanos y materiales, tanto de titularidad pública como privada.
Su puesta en marcha exige la aprobación de un real decreto por parte del presidente del Gobierno y la comunicación inmediata al Congreso de las medidas que se adopten y de cómo evoluciona la situación, si bien no es necesario someter dicha declaración a la votación del Parlamento.
Esta figura se recoge en el artículo 23 de la Ley de Seguridad Nacional, que la describe como "aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias".
La situación de interés para la seguridad nacional se articula "bajo la dirección" del Gobierno dentro del Sistema de Seguridad Nacional, "garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles, en los términos previstos en la ley".
No equivale a un estado de alarma
La ley, citada por Europa Press, establece que esta herramienta "se afrontará con los poderes y medios ordinarios de las distintas Administraciones Públicas y en ningún caso podrá implicar la suspensión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos", a diferencia del estado de alarma utilizado para el confinamiento durante la pandemia de coronavirus.
Formalmente, la declaración debe realizarla el presidente del Gobierno mediante un real decreto que ha de detallar, como mínimo, la definición de la crisis, el ámbito territorial afectado, el periodo de vigencia y, en su caso, las prórrogas. El Ejecutivo puede nombrar una autoridad funcional y fijar "sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan". Para ese mando único ya se ha optado por el ministro Torres.
El real decreto deberá precisar igualmente los medios humanos y materiales indispensables para hacer frente a la situación de interés para la Seguridad Nacional, contemplados en los planes de preparación y disposición de recursos, además de otros medios adicionales que se consideren necesarios en cada caso, conforme a lo previsto en el Título IV de la Ley de Seguridad Nacional.
La norma subraya que la activación de esta figura "supondrá la obligación de las autoridades competentes de aportar los medios humanos y materiales necesarios que se encuentren bajo su dependencia, para la efectiva aplicación de los mecanismos de actuación".
En caso de utilizarse, el Gobierno deberá informar "inmediatamente" al Congreso de las medidas adoptadas y de la evolución de la "situación de interés para la Seguridad Nacional", aunque no será precisa la autorización de la Cámara para su declaración.
La ley contempla compensaciones económicas
Los recursos asignados a la aplicación de la situación de interés para la Seguridad Nacional se aprobarán también mediante real decreto, tal y como fija el artículo 29 de la ley. "Dicho real decreto incluirá la relación de medios humanos y materiales, tanto públicos como privados, que procedan", recoge el texto legal.
En concreto, la utilización de estos medios se llevará a cabo mediante la adscripción al Sistema de Seguridad Nacional del personal, las instalaciones y los recursos que se determinen, de acuerdo con los planes activados para la situación de interés para la Seguridad Nacional. Esta adscripción se realizará en los términos que se establezcan reglamentariamente y en coordinación con las comunidades autónomas.
Además, la ley dispone que "cualquier perjuicio que se ocasione como consecuencia de la declaración de recursos para la Seguridad Nacional dará lugar a la correspondiente indemnización", conforme a la normativa que regula estas compensaciones.