La JEC descarta un nuevo expediente a Sánchez pero le advierte sobre su neutralidad en campaña

La JEC archiva dos denuncias del PP contra Sánchez por sus declaraciones en Bruselas, pero le advierte que debe respetar la neutralidad institucional en campaña.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece tras la segunda jornada de la reunión del Consejo Europeo, a 16 de octubre de 2026, en Bruselas (Bélgica) Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece tras la segunda jornada de la reunión del Consejo Europeo, a 16 de octubre de 2026, en Bruselas (Bélgica) Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

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La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido este jueves no incoar un nuevo expediente sancionador contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por las declaraciones realizadas los días 15 y 16 de octubre durante el Consejo Europeo en Bruselas. El organismo entiende que no concurren elementos suficientes para abrir un procedimiento, aunque le recuerda expresamente su deber de mantener la neutralidad política durante el periodo electoral previo a las elecciones generales del 29 de noviembre.

En su acuerdo, la JEC desestima dos escritos de denuncia presentados por el PP contra Sánchez. En ellos se pedía que se declarase la vulneración del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que se retirasen las declaraciones cuestionadas de los canales institucionales y que se iniciara el correspondiente expediente sancionador.

El 15 de octubre, en Bruselas, el jefe del Ejecutivo lanzó un mensaje de “tranquilidad” a los pensionistas sobre la sostenibilidad del sistema público de pensiones, reiteró la voluntad del Gobierno de revalorizarlas conforme al IPC antes de que termine el año, tal y como establece la ley, y acusó al PP y Vox de poner en peligro las pensiones.

Aquel mismo día, al ser preguntado por los medios sobre una posible candidatura conjunta con otras fuerzas de izquierda al Senado, Sánchez afirmó que el PSOE no se conformaba con ganar el Congreso y lograr una mayoría “más amplia y progresista” en la próxima Cámara Baja, sino que también aspiraba a imponerse en el Senado.

Un día más tarde, en la comparecencia posterior al Consejo Europeo, Sánchez aseguró sentirse “optimista” y “animado” ante la convocatoria electoral y expresó su confianza en que, “si no es de una manera, pues será de otra”, la “senda de avance” iniciada por su Gobierno hace ocho años “va a continuar cuatro años más”.

La JEC ve expresiones en el límite pero no sanciona

En la resolución difundida por Europa Press, la JEC aprecia que las palabras pronunciadas el 15 de octubre van más allá de una mera exposición objetiva de los asuntos tratados en el Consejo Europeo. Sin embargo, tiene en cuenta que se produjeron en un encuentro informal con periodistas y que no ha quedado probado de forma suficiente que se tratara de un acto organizado o sufragado por los poderes públicos.

Por este motivo, aunque considera que algunas de esas expresiones resultan “difícilmente conciliables con las exigencias de neutralidad institucional”, el órgano arbitral concluye que no procede la apertura de un expediente sancionador.

En cuanto a las manifestaciones del día 16, la JEC admite que la rueda de prensa celebrada en la sede de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea tuvo carácter institucional y se desarrolló con recursos públicos. En esa comparecencia, Sánchez defendió los resultados de su política migratoria, criticó las posiciones de la ultraderecha y sostuvo que era “muy necesario” un “gobierno progresista en España”.

Para la JEC, esta última frase se sitúa “en el límite de lo admisible” desde la óptica de la neutralidad institucional, al introducir valoraciones de carácter partidista en una comparecencia con medios públicos. No obstante, estima que el conjunto de las declaraciones no alcanza la entidad suficiente como para justificar la incoación de un expediente sancionador.

En consecuencia, el organismo acuerda archivar las dos denuncias, pero recuerda de forma expresa a Sánchez que debe “observar el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos y abstenerse de realizar manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la LOREG en actos institucionales”.

Antecedentes y doctrina de la JEC

Hace una semana, la JEC ya había abierto un expediente que podría derivar en sanción por la rueda de prensa ofrecida por Sánchez en la Moncloa el pasado 6 de octubre, tras el Consejo de Ministros que aprobó dos decretos ley en materia de vivienda que habían sido derogados días antes por el Congreso.

Desde hace años, la JEC viene consolidando una doctrina basada en el artículo 50 de la LOREG, según la cual los poderes públicos deben guardar neutralidad durante los periodos electorales, desde la convocatoria de los comicios hasta la jornada de votación, y se prohíbe el uso de recursos públicos para difundir propaganda o mensajes de carácter partidista. En este contexto, el presidente del Gobierno acumula ya cinco expedientes sancionadores de la JEC, de los que cuatro han terminado en multa.