Así quedarían las elecciones del 29N con un pacto PSOE–Frente Amplio: más escaños para la izquierda, pero una mayoría de derechas que resiste

La media de DEMÓCRATA sitúa al PP y Vox en el 50,3% del voto. Una simulación provincial permite explorar qué ocurriría con acuerdos en provincias pequeñas, una alianza nacional o una candidatura que también incorporase a Podemos

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene durante un acto de precampaña del PSOE, en Fórum Evolución, a 21 de octubre de 2026, en Burgos, Castilla y León (España).  Tomás Alonso - Europa Press

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, interviene durante un acto de precampaña del PSOE, en Fórum Evolución, a 21 de octubre de 2026, en Burgos, Castilla y León (España). Tomás Alonso - Europa Press

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Elecciones 29N · Encuestas

La media de las encuestas

Media a 21 de octubre de 2026 · 15 institutos

  • PP31,6 %
  • PSOE26,9 %
  • Vox18,7 %
  • Sumar6,3 %
  • Podemos3,1 %
  • ERC2,2 %
010203040ene 2024jul 2024ene 2025jul 2025ene 2026jul 2026

Media del último estudio de cada instituto en 30 días y su evolución semanal desde el 23J. Partidos con al menos un 2 %.

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Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

133 diputados para el PP, con el 31,6% del voto; 111 para el PSOE, con el 26,9%; 64 para Vox, con el 18,7%; ocho para el espacio de Sumar, con el 6,3%; dos para Podemos, con el 3,1%; y ocho para ERC, con el 2,2%. Las restantes candidaturas reunirían 24 representantes. Este es el punto de partida de una simulación exploratoria construida a partir del promedio de encuestas de DEMÓCRATA del 21 de octubre.

Por bloques, PP y Vox sumarían 197 diputados y el 50,3% del voto. PSOE, Sumar y Podemos alcanzarían conjuntamente 121 escaños y el 36,3%. ERC y las demás candidaturas completarían el Congreso con 32 representantes y el 13,4% restante.

Hay una distinción esencial: los porcentajes proceden del promedio de DEMÓCRATA, elaborado con los últimos estudios de 15 institutos durante 30 días. Los escaños se han calculado para este ejercicio trasladando esos apoyos a las provincias según la distribución territorial de 2023 y aplicando el reparto de diputados de 2026. 

El modelo simplifica las candidaturas y no incorpora los acuerdos territoriales actuales entre las distintas organizaciones. Permite examinar el efecto mecánico de sumar papeletas, pero sus cifras absolutas pueden cambiar cuando se introduzca el mapa definitivo de listas.

El PP seguiría primero en escaños pese al pacto PSOE–Frente Amplio en las provincias pequeñas

El PP seguiría siendo la primera fuerza en diputados si PSOE y Frente Amplio compartieran candidatura en las 33 provincias que eligen entre dos y seis representantes. En esta simulación, los populares obtendrían 131 escaños y el 31,6% del voto nacional, frente a los 124 diputados que reunirían PSOE y Frente Amplio entre sus listas propias y conjuntas. Ambos espacios sumarían más votos que el PP —el 33,2%, una ventaja de 1,6 puntos—, pero conseguirían siete escaños menos. Ese porcentaje corresponde a la suma de las dos fuerzas, no al PSOE por separado.

Vox conseguiría 64 diputados y el 18,7% de los votos. Su suma con el PP alcanzaría los 195 representantes y el 50,3%, manteniendo la mayoría absoluta. Por su parte, Podemos obtendría dos diputados y el 3,1%, elevando el conjunto PSOE–Frente Amplio–Podemos a 126 escaños y el 36,3%. ERC y las demás candidaturas reunirían los 29 representantes restantes.

Dentro del espacio PSOE–Frente Amplio, las candidaturas compartidas lograrían 52 diputados; las listas propias del PSOE fuera del acuerdo, 64; y las de Frente Amplio, ocho. Los diputados de las listas comunes no pueden atribuirse individualmente a cada partido sin conocer sus candidatos y puestos.

Estas cifras son resultados condicionados de un modelo simplificado basado en el promedio de Demócrata y la distribución territorial del voto de 2023. Suponen conservación íntegra de los apoyos y no incorporan los acuerdos territoriales actuales: no constituyen un pronóstico electoral validado.

ELECCIONES 29N · SIMULACIÓN
El PP seguiría primero en escaños: 131 frente a los 124 de PSOE y Frente Amplio

Hipótesis de pacto en las 33 provincias que eligen entre dos y seis diputados, conservando íntegramente los apoyos.

Voto nacional y escaños resultantes del modelo simplificado
Candidatura Voto Escaños
PP 31,60% 131
PSOE: listas propias fuera del pacto 18,24% 64
Vox 18,70% 64
Listas conjuntas PSOE–Frente Amplio 10,08% 52
Frente Amplio: listas propias fuera del pacto 4,88% 8
Podemos 3,10% 2
ERC y demás candidaturas 13,40% 29
Total del Congreso 100% 350
SUMATORIOS · NO SE AÑADEN AL TOTAL
PP + Vox 50,30% 195
PSOE + Frente Amplio, listas propias y conjuntas 33,20% 124
PSOE + Frente Amplio + Podemos 36,30% 126

Mayoría absoluta: 176 diputados. Los 52 representantes de las candidaturas comunes no se atribuyen individualmente al PSOE o a Frente Amplio. El sumatorio de 126 no incluye a las izquierdas territoriales ni equivale a una mayoría de investidura.

Simulación exploratoria basada en el promedio de Demócrata del 21 de octubre de 2026, la distribución territorial del voto de 2023 y el reparto provincial de diputados de 2026. Utiliza Sumar como aproximación a Frente Amplio y no incorpora los acuerdos territoriales actuales. No es una proyección de escaños publicada por el promedio ni un pronóstico validado.

El punto de partida: partido a partido

Para explorar el posible acuerdo con el PSOE, este ejercicio utiliza ese 6,3% como aproximación al espacio de Frente Amplio. Es una hipótesis de trabajo: no significa que ambas marcas tengan exactamente la misma composición territorial.

Punto de partida: voto de Demócrata y escaños de la simulación
Partido o espacio Voto Escaños simulados
PP 31,6% 133
PSOE 26,9% 111
Vox 18,7% 64
Sumar / aproximación a Frente Amplio 6,3% 8
Podemos 3,1% 2
ERC 2,2% 8
Resto de candidaturas 11,2% 24
Total 100% 350


Los porcentajes corresponden al promedio de Demócrata del 21 de octubre de 2026. Los escaños son un cálculo exploratorio independiente, no una estimación publicada por el promedio. Mayoría absoluta: 176 diputados.

En el reparto territorial utilizado como referencia, esos 24 escaños restantes corresponderían a EH Bildu -siete-, Junts -siete-, PNV -seis-, BNG -dos-, Coalición Canaria -uno- y UPN -uno-. Para estas formaciones se conserva el peso electoral de 2023: la imagen del promedio no ofrece porcentajes individuales actualizados.

Qué cambiaría con el acuerdo

El Confidencial informa este jueves de contactos entre PSOE y Frente Amplio para presentar listas comunes en circunscripciones que reparten menos de siete diputados. La información señala territorios como Cantabria, Almería, Badajoz y Toledo.

No existe un acuerdo anunciado. La información contrasta con los desmentidos públicos de ambas organizaciones y con la insistencia de Frente Amplio en que su pacto con los socialistas se circunscribe al Senado. 

Para explorar esa posibilidad, la simulación reúne los votos del PSOE y del espacio de Sumar en 24 provincias que eligen entre dos y seis diputados, excluyendo Cataluña, País Vasco, Galicia, Navarra y la Comunitat Valenciana. Tampoco incluye Ceuta y Melilla. Es una delimitación analítica, no una relación de territorios donde estén acreditadas negociaciones.

¿Y una candidatura nacional? Podría superar al PP sin impedir su mayoría con Vox

Si PSOE y Frente Amplio compartieran candidatura en toda España y conservaran íntegramente sus apoyos, sumarían el 33,2% del voto: 1,6 puntos más que el PP.

En ese supuesto, la candidatura conjunta obtendría 130 diputados, frente a los 128 populares. Vox conseguiría 63 y Podemos mantendría dos. La coalición progresista sería la primera candidatura en votos y escaños dentro del modelo, pero PP y Vox reunirían 191 representantes.

Si Podemos también se incorporara, el apoyo conjunto alcanzaría el 36,3% y la lista obtendría 138 diputados. El PP conseguiría 123 y Vox, 62: juntos conservarían 185.

La diferencia entre ser la primera candidatura y disponer de una mayoría parlamentaria resulta decisiva. La unión puede mejorar la conversión de votos en diputados, pero no elimina los 14 puntos que separan el 50,3% de PP y Vox del 36,3% de PSOE, Sumar y Podemos.

Cómo cambia el Congreso bajo cada supuesto
Escenario PP Vox PP + Vox PSOE + FA + Podemos, propias y comunes ERC y resto
Sin pacto adicional 133 64 197 121 32
Pacto en las cuatro provincias citadas 132 64 196 122 32
Pacto en 24 provincias: retención del 60% 132 64 196 122 32
Pacto en 24 provincias: retención del 80% 132 64 196 122 32
Pacto en 24 provincias: retención del 100% 131 64 195 123 32
Alianza nacional PSOE–FA, sin fugas 128 63 191 132 27
Alianza nacional PSOE–FA–Podemos, sin fugas 123 62 185 138 27

Todos los escenarios suman 350 diputados. En los supuestos de retención parcial, el voto de FA que no acompaña a la candidatura conjunta se traslada a Podemos; el del PSOE se conserva. No se asignan probabilidades a estos escenarios.

Con conservación íntegra del voto, el resultado sería de 131 diputados para el PP y 64 para Vox: 195 en conjunto, frente a los 197 del escenario inicial.

En el otro lado, las listas compartidas conseguirían 35 representantes. El PSOE obtendría otros 78 donde concurriera por separado; Frente Amplio, ocho fuera del acuerdo; y Podemos mantendría dos. La suma de estos espacios pasaría de 121 a 123 diputados.

Los 35 representantes de las candidaturas comunes no pueden atribuirse exclusivamente al PSOE o a Frente Amplio: su pertenencia dependería del orden y de la composición de las listas.

El antes y el después: voto y diputados de cada candidatura

Si PSOE y Frente Amplio compartieran candidatura en toda España y conservaran íntegramente sus apoyos, sumarían el 33,2% del voto: 1,6 puntos más que el PP. En ese supuesto, la candidatura conjunta obtendría 130 diputados, frente a los 128 populares. Vox conseguiría 63 y Podemos mantendría dos. La coalición progresista sería la primera candidatura en votos y escaños dentro del modelo, pero PP y Vox reunirían 191 representantes.

En esta ejecución del modelo, los dos cambios se producen en Almería y Cáceres, donde la suma de PSOE y Frente Amplio desplaza un diputado del PP. No significa que sean las únicas provincias competitivas: pequeñas variaciones de voto o una distribución territorial diferente pueden modificar qué escaños cambian de manos.

Seis escenarios: desde un pacto limitado hasta una alianza nacional

El ejercicio permite distinguir el alcance territorial del acuerdo y la respuesta de los votantes.

Un pacto limitado a las cuatro provincias citadas expresamente -Cantabria, Almería, Badajoz y Toledo- añadiría un diputado al conjunto PSOE–Frente Amplio en esta simulación. Extenderlo a las 24 provincias seleccionadas elevaría la ganancia a dos.

Si solo el 80% de los votantes de Frente Amplio en esas provincias respaldara la lista conjunta y el 20% restante optara por Podemos, la ganancia se reduciría a un escaño. Con una retención del 60%, el resultado seguiría siendo de un diputado adicional. Estos porcentajes son supuestos de sensibilidad, no mediciones de comportamiento electoral.

Los dos últimos escenarios amplían mucho más la hipótesis: una candidatura nacional PSOE–Frente Amplio y otra que también incorporase a Podemos. No describen el alcance de las conversaciones publicadas ni presuponen que esas alianzas sean políticamente o jurídicamente viables en este momento.

No todos los diputados adicionales saldrían de PP y Vox

La ampliación nacional del acuerdo deja otro resultado relevante: algunos de los escaños que ganaría la candidatura común procederían de partidos territoriales.

En el escenario de una alianza nacional PSOE–Frente Amplio, sus diputados pasarían de 119 por separado a 130 juntos. La ganancia sería de once, pero PP y Vox perderían seis. Los otros cinco procederían de formaciones territoriales.

Por tanto, ganar representantes para una candidatura no equivale siempre a ampliar en la misma cantidad una posible mayoría de investidura. Si el diputado perdido pertenece a un partido dispuesto a apoyar al mismo candidato a la Presidencia, puede cambiar el equilibrio entre socios sin cambiar la mayoría que suman.

La incógnita principal: cuántos votantes acompañarían el acuerdo

La suma íntegra de apoyos es una hipótesis exigente. No todos los electores de Frente Amplio tienen por qué aceptar una candidatura compartida con el PSOE; tampoco puede darse por hecho que todos los votantes socialistas la respaldaran.

Una parte podría elegir Podemos, abstenerse o cambiar de opción. El acuerdo también podría movilizar a nuevos electores, pero ese efecto necesita datos específicos: no puede deducirse de una media de encuestas que pregunta por candidaturas separadas.

En este ejercicio, las alianzas mejoran el reparto de escaños de la izquierda bajo los supuestos examinados, pero ninguna elimina la mayoría de PP y Vox. Para hacerlo haría falta una distribución territorial distinta, un cambio en los apoyos o una combinación de ambos factores.

Cómo se ha realizado la simulación

Se han utilizado los porcentajes visibles del promedio de Demócrata y los votos provinciales publicados por la Junta Electoral Central para las generales de 2023. Cada uno de los seis espacios del promedio conserva su distribución territorial histórica; Sumar y Podemos se distribuyen, por simplificación, con la misma geografía del voto de Sumar de 2023. 

Para Junts, EH Bildu, PNV, BNG, Coalición Canaria y UPN se mantienen los apoyos de 2023. El porcentaje restante se trata como voto disperso sin representación: no se modelizan individualmente candidaturas nuevas ni cambios en esas fuerzas. Tampoco se incorporan los acuerdos territoriales actuales. Son limitaciones relevantes, especialmente para interpretar los totales nacionales.

El reparto se calcula por circunscripción mediante D’Hondt, con el umbral legal del 3% y el número de diputados de la convocatoria de 2026. En Ceuta y Melilla se atribuye el escaño a la candidatura más votada. El cálculo de referencia reproduce el reparto de 350 diputados de 2023 al introducir los votos y escaños de aquella elección.

Consulta el promedio de encuestas de Demócrata⁠ aquí y las herramientas del especial electoral del 29N⁠

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué fase parlamentaria se encuentra la reforma de la ley electoral que podría afectar al reparto de escaños en futuras elecciones generales?

A fecha de 22 de octubre de 2026, en las fuentes consultadas no se ha identificado una reforma parlamentaria abierta que cambie el reparto general de escaños del Congreso. La reforma electoral reciente que sí afecta a la representación territorial es la de Formentera en el Senado: su tramitación ya terminó y se convirtió en ley. Por tanto, conviene distinguir entre una modificación del sistema de reparto de diputados y esta reforma concreta de la representación senatorial.

La reforma identificada ya está aprobada

La iniciativa es la Proposición de Ley Orgánica para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, destinada a adaptar la legislación electoral a la reforma del artículo 69.3 de la Constitución. Terminó convertida en la Ley Orgánica 2/2026, de 30 de junio, publicada en el BOE el 2 de julio de 2026. No está, por tanto, pendiente de enmiendas, de dictamen de comisión ni de aprobación por alguna de las cámaras. Puede consultarse su recorrido en el expediente del Congreso.

Qué fases parlamentarias superó
  • 19 de mayo de 2026: el Congreso la tomó en consideración, es decir, aceptó empezar a tramitarla. Después se remitió a la Comisión Constitucional y se abrió el plazo de enmiendas. Así lo recoge la comunicación oficial del Congreso.
  • 28 de mayo: el Pleno acordó tramitarla directamente y en lectura única, un procedimiento que permite debatir el texto directamente en el Pleno sin completar el recorrido ordinario de ponencia y comisión. Este acuerdo consta en la nota sobre lectura única.
  • 18 de junio: el Congreso aprobó el texto y lo remitió al Senado. La aprobación alcanzó la mayoría absoluta exigida por su carácter orgánico, según la comunicación de aprobación.
  • Junio y julio: el Senado completó la aprobación sin modificaciones; posteriormente se produjo la publicación de la ley. La documentación de la Cámara Alta está disponible en el boletín parlamentario del Senado.
Qué cambia para las próximas elecciones

La reforma modifica los artículos 161.2 y 165.2 de la LOREG para reconocer expresamente a Formentera como circunscripción electoral propia y regular la elección de su senador. El cambio supone que Ibiza y Formentera pasan de compartir un representante a elegir uno cada una. Su efectividad electoral se vincula a la convocatoria de las primeras elecciones al Senado posteriores a la reforma.

Este cambio afecta a una de las dos cámaras elegidas en las elecciones generales, pero no modifica el reparto de diputados del Congreso. No altera la fórmula D’Hondt, la distribución provincial de diputados ni la barrera electoral del Congreso. Por eso, describirlo como una reforma general del reparto de escaños podría inducir a confusión.

Otra reforma electoral distinta

También consta un anteproyecto del Gobierno sobre debates electorales en medios públicos y transparencia de las encuestas. La información publicada por Demócrata en junio de 2025 lo situaba entonces en audiencia pública, una fase previa al Parlamento. Esa referencia no acredita su situación actual y su contenido descrito tampoco cambia el reparto de escaños.

En conclusión: la reforma territorial identificada ya está aprobada; para una modificación general del reparto de escaños del Congreso, no consta una iniciativa abierta en las fuentes consultadas.

¿Cuáles son las competencias y funciones del presidente del Partido Popular según los estatutos del partido?

El presidente nacional del Partido Popular ejerce la representación política y legal del partido, preside sus principales órganos nacionales de dirección y coordina su acción política. Sus competencias se recogen principalmente en el artículo 44 de los Estatutos Nacionales aprobados en el XXI Congreso Nacional, en julio de 2025. La clave para entender su alcance es distinguir entre las decisiones que adopta directamente y los nombramientos que propone a un órgano colegiado.

Representación y dirección política

La presidencia representa al PP ante instituciones, organizaciones y terceros. Esta función tiene una dimensión política, como expresión de la posición del partido, y otra legal, como representación de la organización. No se limita, por tanto, a ser su principal portavoz: también ocupa la posición representativa que los estatutos atribuyen al cargo.

Además, le corresponde coordinar la acción política general. Esta competencia permite articular una orientación común para la actividad del partido y asegurar la coherencia de sus posiciones. En ese mismo ámbito, debe autorizar las declaraciones realizadas en nombre del Partido Popular o que puedan comprometer políticamente a la organización. Conviene distinguir esta autorización de las opiniones personales: la función descrita se refiere a las manifestaciones que se presentan como posición del partido o lo comprometen.

Presidencia de los órganos nacionales

El presidente encabeza tanto la Junta Directiva Nacional como el Comité Ejecutivo Nacional. Por ello, su papel combina el liderazgo individual con la participación en órganos colegiados: las competencias que corresponden a estos órganos no se convierten automáticamente en decisiones exclusivas de la presidencia.

En ambos dispone de voto de calidad en caso de empate. Esta facultad permite resolver una votación igualada, pero no equivale a sustituir el procedimiento de deliberación y votación del órgano correspondiente.

Cumplimiento de los acuerdos

Otra función central consiste en adoptar las medidas necesarias para cumplir y desarrollar los acuerdos del Congreso Nacional y las decisiones de los órganos de gobierno con competencia estatutaria superior. La presidencia no actúa únicamente como instancia de impulso político: también debe trasladar los acuerdos de la organización a su funcionamiento efectivo.

Esta obligación introduce un límite relevante a su autoridad: el liderazgo presidencial debe ejercerse dentro del marco estatutario y respetando las decisiones que corresponden a otros órganos.

Propuestas de nombramiento

La presidencia interviene decisivamente en la configuración de la dirección mediante propuestas al Comité Ejecutivo Nacional. Entre los cargos comprendidos en esta facultad figuran:

  • El secretario general, los vicesecretarios generales, los coordinadores y los secretarios.
  • El responsable de las funciones económicas y financieras, denominado director general de Finanzas y Organización en la redacción más reciente, frente a la denominación de tesorero utilizada en versiones anteriores.
  • El presidente y los miembros del Comité Electoral.
  • El presidente del Comité de Derechos y Garantías y los vocales correspondientes.

La distinción importante es que proponer no significa nombrar unilateralmente: la propuesta presidencial se dirige al Comité Ejecutivo, al que corresponde intervenir en esos nombramientos conforme al reparto estatutario de competencias.

Alcance y fuentes

En conjunto, la presidencia reúne autoridad representativa, capacidad de coordinación política, responsabilidad ejecutiva y una iniciativa relevante sobre la composición de la dirección. No obstante, estas atribuciones no configuran un poder ilimitado: deben entenderse junto con las competencias de los órganos colegiados y los acuerdos del Congreso Nacional.

La referencia principal son los Estatutos de 2025. Como documentación complementaria, el partido publicó una relación de órganos y funciones anterior, útil para identificar estas atribuciones, pero que debe leerse teniendo en cuenta las modificaciones posteriores.

¿Qué requisitos legales deben cumplir los partidos para presentar candidaturas conjuntas en circunscripciones provinciales en España?

Los partidos pueden presentar candidaturas conjuntas mediante una coalición electoral, sin necesidad de fusionarse. Deben formalizar y comunicar el pacto dentro del plazo legal y, después, presentar las candidaturas correspondientes a cada circunscripción. El marco general está en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), especialmente en sus artículos 43 a 48.

1. Constitución y comunicación de la coalición

El artículo 44 permite presentar candidaturas a los partidos y federaciones inscritos en el registro correspondiente y a las coaliciones constituidas conforme a la ley. Por tanto, un acuerdo político entre organizaciones no sustituye la formalización electoral.

Los partidos y federaciones que pacten concurrir conjuntamente deben comunicarlo a la Junta Electoral competente en los diez días siguientes a la convocatoria. La comunicación debe recoger:

  • La denominación de la coalición.
  • Las normas por las que se rige.
  • Las personas titulares de sus órganos de dirección o coordinación.

Conviene distinguir este trámite de la presentación de las listas: comunicar la coalición no equivale a presentar sus candidaturas. La LOREG remite también a la Instrucción 1/2010 de la Junta Electoral Central para interpretar la constitución de coaliciones.

2. Una sola candidatura en cada circunscripción

El artículo 44.3 prohíbe presentar más de una lista en una misma circunscripción para la misma elección. Además, los partidos coaligados no pueden presentar candidaturas propias en una circunscripción donde concurra su coalición para esa misma elección.

La prohibición se refiere a la combinación concreta de circunscripción y elección: no debe confundirse una candidatura al Congreso con otra al Senado. Tampoco pueden presentarse candidaturas que continúen o sucedan de hecho la actividad de un partido judicialmente ilegalizado y disuelto, o suspendido.

3. Representación y presentación de las listas

Conforme al artículo 43, deben designarse representantes ante la Administración electoral. Los representantes generales actúan por la coalición; los de las candidaturas representan a las personas incluidas en ellas y reciben las notificaciones.

El artículo 45 establece, como regla general, que las candidaturas se presentan entre los días decimoquinto y vigésimo posteriores a la convocatoria, suscritas por sus representantes. Deben respetarse, además, las disposiciones especiales del proceso electoral correspondiente.

El escrito de presentación debe expresar la denominación, siglas y símbolo de la coalición y los nombres y apellidos de sus candidatos. Debe acompañarse de la aceptación de la candidatura y de los documentos acreditativos de las condiciones de elegibilidad.

4. Composición, identidad y paridad
  • Integridad de la lista: cuando proceda presentar listas, deben incluir tantos candidatos como cargos por elegir; los suplentes no pueden superar diez y debe indicarse su orden, sin perjuicio de las reglas especiales aplicables.
  • Identidad electoral: las denominaciones, siglas y símbolos no pueden inducir a confusión con otros partidos legalmente constituidos. No pueden reproducir la bandera o el escudo de España ni hacer referencia a la Corona.
  • Candidaturas individuales: nadie puede presentarse en más de una circunscripción ni integrar más de una candidatura. Puede indicarse el partido de pertenencia de cada candidato o su condición de independiente.
  • Paridad: el artículo 44 bis exige listas paritarias de mujeres y hombres, ordenados alternativamente, considerando conjuntamente titulares y suplentes. La regla alcanza al Congreso y, cuando se agrupen en listas, a las candidaturas al Senado.
5. Revisión y proclamación

La Junta Electoral revisa las candidaturas y comunica las irregularidades; el artículo 47 concede 48 horas para subsanarlas. La proclamación se realiza el día vigesimoséptimo posterior a la convocatoria y no procede si se incumplen los requisitos legales. Para elecciones autonómicas con circunscripciones provinciales, deben comprobarse también las particularidades de su legislación electoral.

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Cuántos diputados obtendría el PP en la simulación de pacto entre PSOE y Frente Amplio en las provincias pequeñas?

Pregunta 1 de 3

¿Qué porcentaje de voto sumarían conjuntamente PSOE y Frente Amplio en el escenario de alianza en provincias pequeñas?

Pregunta 2 de 3

¿Qué formación política, según la simulación, mantendría la mayoría absoluta junto a Vox?

Pregunta 3 de 3