España ha dado este martes, 25 de agosto, un nuevo paso para regular una actividad que Francia, Irlanda y Alemania someten desde hace años a registros y obligaciones de transparencia. El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley para crear un registro "estatal, público y obligatorio" de grupos de interés, aunque la norma todavía deberá superar un trámite decisivo: el Congreso no la ha votado ni convalidado.
El Gobierno recurre al decreto-ley después del bloqueo parlamentario del proyecto de Ley de Transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés que había remitido a las Cortes. La nueva norma define qué se considera grupo de interés y regula su relación con altos cargos, miembros de gabinetes y empleados del sector público. Una vez publicado el real decreto-ley, el Ejecutivo deberá someterlo al Congreso para que decida sobre su convalidación o derogación en el plazo constitucional establecido.
Por tanto, España todavía no puede equipararse plenamente a los países europeos que cuentan con sistemas de lobbies consolidados. La diferencia no está únicamente en disponer de un registro: Francia obliga a aportar información sobre las actividades y los recursos empleados para ejercer influencia, Irlanda permite conocer quién intenta influir, sobre quién y acerca de qué asunto, mientras Alemania ha desarrollado un registro que permite seguir incluso los proyectos normativos concretos sobre los que trabajan los representantes de intereses.
España aprueba el registro de lobbies, pero el Congreso todavía tiene que decidir
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que crea un registro estatal, público y obligatorio de grupos de interés. El objetivo es identificar a las personas y organizaciones que desarrollan actividades dirigidas a influir en decisiones públicas y establecer un marco para sus relaciones con altos cargos, integrantes de gabinetes y empleados del sector público. La inscripción obligatoria supone uno de los elementos centrales de la regulación impulsada por el Ejecutivo.
La aprobación por el Gobierno, sin embargo, no equivale a la convalidación parlamentaria. El Congreso todavía no ha votado el real decreto-ley. Conforme al mecanismo previsto para este tipo de normas, deberá pronunciarse posteriormente sobre su convalidación o derogación. Si la Cámara Baja no lo convalida, el decreto-ley decaerá. Por eso, en este momento, lo correcto es hablar de una regulación aprobada por el Consejo de Ministros y pendiente del pronunciamiento del Congreso.
La decisión permite al Gobierno intentar desbloquear mediante otra vía una regulación que llevaba tiempo pendiente. El proyecto legislativo anterior había sido remitido al Congreso hacía más de un año y medio, pero no había conseguido completar su tramitación por falta de apoyos suficientes. El Ejecutivo recurre ahora al real decreto-ley, aunque necesitará igualmente una mayoría en el Congreso que permita mantener la norma.
Francia: declarar qué se intenta conseguir y cuánto se gasta
Francia cuenta con uno de los sistemas más desarrollados de Europa. La denominada Ley Sapin II estableció el marco para controlar la representación de intereses y, desde 2017, determinados actores que intentan influir en decisiones públicas están obligados a inscribirse en el repertorio gestionado por la Haute Autorité pour la transparence de la vie publique (HATVP).
El sistema francés va más allá de publicar un listado con los nombres de empresas, asociaciones, consultoras o representantes de intereses. Los sujetos obligados deben aportar información sobre las actividades desarrolladas, los objetivos perseguidos, los ámbitos sobre los que han tratado de influir y las categorías de responsables públicos con los que han mantenido contactos.
Francia incorpora además una variable especialmente relevante para medir la capacidad de influencia: el dinero destinado al lobby. Los representantes de intereses tienen que declarar los gastos vinculados a esta actividad, incluyendo determinados costes de personal, asesoramiento, organización de eventos o contratación de servicios profesionales. La información permite conocer no solo quién intenta influir, sino también la dimensión económica de esa actividad.
Irlanda: quién hace lobby, a quién y sobre qué
Irlanda regula estas actividades desde la entrada en vigor de la Regulation of Lobbying Act 2015. Su filosofía puede resumirse de manera sencilla: permitir que la ciudadanía conozca quién está haciendo lobby, para quién lo hace, sobre qué cuestión intenta influir, qué resultado persigue y a qué responsables públicos dirige sus comunicaciones.
Una de las particularidades irlandesas está en la periodicidad. Los representantes de intereses sometidos a la normativa deben presentar declaraciones cada cuatro meses, es decir, tres veces al año. De esta manera, la información disponible sobre las actividades de lobby no depende exclusivamente de una actualización anual.
El registro permite relacionar una actividad de influencia con el asunto que la motiva y con los responsables públicos destinatarios de las comunicaciones. La regulación no pretende impedir que empresas, asociaciones empresariales, sindicatos, organizaciones sociales o colectivos defiendan sus intereses, sino hacer visible esa influencia ante la ciudadanía.
Alemania: conocer incluso qué norma intenta cambiar un lobby
Alemania puso en funcionamiento el 1 de enero de 2022 su registro obligatorio de representación de intereses ante el Bundestag y el Gobierno federal. El sistema obliga a registrarse a quienes desarrollan determinadas actividades destinadas a influir directa o indirectamente en los procesos políticos y de toma de decisiones de ambas instituciones.
La regulación alemana dio posteriormente otro salto. Una reforma que entró en vigor el 1 de marzo de 2024 amplió las obligaciones de transparencia y la información que puede consultarse. Los representantes de intereses deben proporcionar datos sobre sus ámbitos de actividad, las personas encargadas de ejercer la representación y determinados recursos empleados para ello.
Pero Alemania destaca especialmente por permitir acercarse a una pregunta esencial: qué decisión concreta se intenta modificar. El registro incorpora información sobre proyectos normativos específicos sobre los que los grupos de interés declaran desarrollar actividades de influencia y permite publicar posicionamientos y documentos remitidos al Bundestag o al Gobierno federal en los supuestos contemplados por la regulación.
España frente a Francia, Irlanda y Alemania
Los cuatro modelos parten de una misma realidad: hacer lobby no es ilegal. Empresas, organizaciones sociales, patronales, sindicatos, ONG y otros colectivos pueden trasladar legítimamente sus intereses y argumentos a quienes toman decisiones públicas. La diferencia aparece en el nivel de transparencia exigido para conocer cómo se producen esas relaciones.
Comparativa de la regulación de lobbies en España, Francia, Irlanda y Alemania
| Elemento | España | Francia | Irlanda | Alemania |
|---|---|---|---|---|
| Situación de la regulación | Real decreto-ley aprobado por el Gobierno y pendiente de convalidación del Congreso | Sistema en funcionamiento | Sistema en funcionamiento | Sistema en funcionamiento |
| Registro obligatorio | Sí, contemplado por el decreto aprobado | Sí | Sí | Sí |
| Registro público | Sí, contemplado por el decreto aprobado | Sí | Sí | Sí |
| Información sobre la actividad realizada | El decreto define la actividad de influencia y los sujetos afectados | Sí | Sí | Sí |
| Información sobre gasto en lobby | A concretar a partir del texto íntegro de la nueva norma | Sí | No constituye el elemento central del sistema | Sí |
| Frecuencia de las declaraciones | A concretar con el texto íntegro | Anual | Cada cuatro meses | Actualización conforme a las obligaciones legales del registro |
| Proyectos normativos concretos | A concretar con el texto definitivo publicado | Información sobre las decisiones públicas objeto de influencia | Se declara el asunto y el resultado perseguido | Sí |
La comparación deja una diferencia fundamental. Francia, Irlanda y Alemania cuentan con años de aplicación efectiva de sus respectivos sistemas, mientras España acaba de abrir una nueva vía para intentar establecer el suyo. El real decreto-ley aprobado por el Gobierno supone un avance respecto a la ausencia de un registro estatal general, pero todavía está pendiente de la decisión del Congreso.
Del lobby al tráfico de influencias: la transparencia marca la diferencia
La existencia de contactos entre intereses privados y responsables políticos no convierte por sí misma una actuación en tráfico de influencias. El lobby constituye una actividad legítima cuando empresas, organizaciones o colectivos trasladan sus posiciones al poder público dentro de los cauces legales. Una patronal puede defender una modificación fiscal, un sindicato reclamar cambios laborales y una ONG intentar modificar una regulación medioambiental.
La regulación de los lobbies persigue precisamente separar esa actividad de las relaciones opacas. Cuanta más información exista sobre quién intenta influir, ante quién, sobre qué decisión y con qué recursos, mayor capacidad tendrán ciudadanos, periodistas e instituciones de control para fiscalizar la formación de las políticas públicas.
España intenta ahora avanzar en esa dirección, pero el proceso no ha terminado. El Gobierno ha aprobado su real decreto-ley; el Congreso todavía no ha dicho la última palabra. Hasta que se produzca esa votación, la diferencia con Francia, Irlanda y Alemania sigue siendo clara: estos tres países cuentan con sistemas consolidados y en funcionamiento, mientras el nuevo modelo estatal español continúa pendiente de superar su prueba parlamentaria.