Un hombre juzgado por mantener relaciones sexuales consentidas con una menor de 14 años, hija de un primo suyo, ha admitido este jueves ante el tribunal la comisión de un delito de agresión sexual y ha asumido una condena de ocho años de cárcel.
El reconocimiento de los hechos se ha producido tras alcanzar un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal, en la vista señalada para este jueves en la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, según ha informado en una nota de prensa la Fiscalía del Área de Gijón.
Según el escrito acusatorio, el procesado, nacido en 1995, mantuvo el 4 de mayo de 2025 relaciones sexuales consentidas con una menor de 14 años, hija de un primo suyo, en una localidad no concretada del Principado de Asturias.
El acusado era plenamente consciente de la diferencia de edad entre ambos, de 15 años. La relación sentimental entre los dos se había iniciado en marzo de 2025 y se habían visto en varias ocasiones en el concejo de Carreño, aunque no fue hasta el mes de mayo cuando mantuvieron relaciones sexuales completas.
La Fiscalía calificó los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual del artículo 181.1 y 4 del Código Penal. Tras admitir los hechos en sala, el acusado ha aceptado la pena de ocho años de prisión, además de libertad vigilada durante cinco años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público o para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, remunerado o no, que implique contacto directo y habitual con menores de edad durante 13 años, así como para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante cuatro años.
Asimismo, se le impone la prohibición de acercarse a la menor a menos de 500 metros, a su domicilio, centro de estudios o trabajo y a cualquier lugar que frecuente, esté ella presente o no, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, ambas medidas durante un periodo de 15 años. En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la menor con 2.500 euros por los daños morales ocasionados.