El Tribunal Constitucional ha dado por terminados los recursos de amparo presentados por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva contra la negativa inicial del Tribunal Supremo a aplicarles la amnistía por malversación en el contexto del 'procés', después de que el propio Supremo les haya aplicado finalmente la medida de gracia.
Según una nota de prensa del órgano de garantías, el Pleno ha acordado por unanimidad en dos sentencias declarar la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos de amparo formulados por Turull, Junqueras y Romeva frente a los autos del alto tribunal que rechazaron en un primer momento la amnistía del delito de malversación de caudales públicos.
En las resoluciones se recuerda que, tras el fallo del Constitucional que estimó el recurso de amparo de la exconsellera Dolors Bassa contra esas mismas decisiones del Supremo, la Sala de lo Penal "acordó extender los efectos" de dicha sentencia "al resto de los condenados afectados por la misma ejecutoria, declarando extinguida su responsabilidad criminal con archivo definitivo de la ejecutoria".
Por este motivo, el Pleno del Tribunal Constitucional concluye que, con ese auto, "queda agotado el legítimo interés esgrimido en ambos recursos de amparo, por lo que procede su extinción por pérdida sobrevenida de objeto".
El tribunal rememora que Turull sostenía en su recurso de amparo que "las resoluciones judiciales impugnadas habían verificado una interpretación extensiva y contraria a reo de la excepción prevista en la Ley de amnistía de haber actuado con el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial, lo que habría infringido sus derechos a la legalidad penal".
También alegaba que se había aplicado "la excepción de la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea por la existencia de un riesgo de secesión territorial de Cataluña que la propia sentencia condenatoria consideró que no fue real, lo que habría infringido sus derechos a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías".
En cuanto a Junqueras y Romeva, indicaron que "las resoluciones judiciales impugnadas hicieron una interpretación irrazonable de las mismas excepciones a la aplicación" de la amnistía, "vaciando el contenido de la norma y haciéndola inoperante, apreciando un propósito de enriquecimiento y una afectación de los intereses financieros de la Unión Europea que no fueron objeto de debate contradictorio ni quedaron plasmados en la sentencia, por lo que se habrían vulnerado sus derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, el principio de legalidad penal, el derecho a un proceso con todas las garantías y el derecho de participación política".