La Audiencia Nacional autoriza tres días de permiso de prisión al exjefe de ETA Kantauri

La Audiencia Nacional autoriza un permiso de tres días a 'Kantauri' con estrictas condiciones y controles, sin considerarlo un gesto de normalización penitenciaria.

3 minutos

José Javier Arizkuren Ruiz, 'Kantauri' POOL

José Javier Arizkuren Ruiz, 'Kantauri' POOL

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

3 minutos

Más leídas

La Audiencia Nacional (AN) ha autorizado un permiso ordinario de tres días al exdirigente de ETA José Javier Arizcuren, conocido como 'Kantauri', al considerar "proporcionada" esta salida controlada, y dejando claro que su concesión no implica "una normalización acrítica" de su situación en prisión "ni una desatención a las víctimas".

Según el auto al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal estima el recurso de apelación presentado por la defensa de 'Kantauri' contra una resolución de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia, que había confirmado la negativa al permiso acordada previamente por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Pamplona.

El antiguo responsable del aparato militar de ETA fue sentenciado en 2013 a 56 años de cárcel por un delito de atentado terrorista y otro de homicidio terrorista, al considerarse probado que ordenó en 1998 el asesinato del segundo teniente de alcalde y portavoz del PP en el Ayuntamiento de Sevilla, Alberto Jiménez Becerril, y de su esposa, Ascensión García Ortiz.

Los jueces condicionan el disfrute del permiso al cumplimiento de varias obligaciones por parte de 'Kantauri', entre ellas fijar de antemano el domicilio o lugar donde permanecerá durante esos días, sin poder cambiarlo sin autorización expresa.

Prohibición de acercarse a las víctimas

El auto establece para el exdirigente etarra una "prohibición absoluta de aproximarse o comunicarse directa o indirectamente" con las víctimas, sus familiares o los perjudicados por los delitos por los que está condenado, así como de acudir a domicilios, municipios o lugares afectados por órdenes judiciales de alejamiento, residencia o presencia que siguen en vigor.

Además, la Audiencia Nacional le veda intervenir en actos públicos, concentraciones, homenajes, entrevistas, comunicaciones públicas o actividades "que puedan suponer la exaltación, justificación, banalización, instrumentalización de los delitos cometidos o causar perturbación o revictimización".

El tribunal le impone también la obligación de disponer de un teléfono "operativo" y de facilitar un canal de contacto durante el permiso, así como la de comparecer ante las dependencias policiales, judiciales o administrativas que determine el centro penitenciario con la frecuencia que se fije en su plan de salida.

Igualmente, se le ordena cumplir las pautas médicas y farmacológicas prescritas y "abstenerse de cualquier conducta incompatible con su estado de salud o con el objeto del permiso".

La AN le exige regresar "puntualmente" al centro penitenciario en la fecha y hora establecidas, "con apercibimiento expreso" de que cualquier incumplimiento podrá acarrear la denegación de futuros permisos.

Preparación para "la vida en libertad"

En la resolución, los magistrados subrayan que 'Kantauri' "ha superado sobradamente la cuarta parte de la condena" y que "no consta la existencia actual de expedientes disciplinarios". No obstante, recuerdan que la fase de cumplimiento "no es, por sí sola, determinante de la concesión del permiso, aunque sí desplaza el centro de gravedad de la valoración hacia la preparación gradual de la vida en libertad".

"La Sala no desconoce ni puede minimizar la extraordinaria gravedad de los delitos por los que el interno cumple condena. Se trata de delitos de terrorismo, asesinatos y otros hechos de máxima lesividad, con víctimas morales y gravísimos daños personales, familiares y sociales. Esta circunstancia debe ser expresamente ponderada y justifica la adopción de especiales cautelas durante cualquier salida autorizada", razona el auto.

Sin embargo, los jueces añaden que la "gravedad delictiva" de 'Kantauri' "no puede operar, por sí sola y de manera indefinida, como causa automática de exclusión de todo permiso ordinario, especialmente cuando la ejecución de la pena se encuentra muy avanzada" y cuando existen "datos penitenciarios actuales que permiten efectuar un pronóstico muy favorable".

El tribunal precisa que, aunque el exdirigente de ETA mantiene "causas penales pendientes de sustanciación", en este supuesto "no se aprecia que la concesión de un permiso ordinario breve, controlado y sometido a condiciones pueda afectar a la disponibilidad judicial del interno".

La resolución concluye que "la concesión que ahora se acuerda no supone una normalización acrítica de la situación penitenciaria ni una desatención a las víctimas. Al contrario, precisamente por la gravedad de los hechos, el permiso debe concebirse como un primer permiso ordinario, de duración limitada, sometido a control reforzado y con reglas expresas de respeto a las víctimas".

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?