Once años y medio de prisión para el capitán que estranguló a su mujer ante sus hijos en Madrid

La Audiencia de Madrid condena a once años y medio de cárcel a un capitán del Ejército por estrangular a su mujer ante sus hijos en Puente de Vallecas.

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El militar acusado de estrangular a su mujer delante de sus hijos EUROPA PRESS

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La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto una pena de once años y medio de prisión a un capitán del Ejército de Tierra que el 25 de noviembre de 2023 estranguló a su esposa en el domicilio familiar del distrito de Puente de Vallecas, en presencia de sus hijos menores.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal le condena por un delito de asesinato aplicando una eximente incompleta de trastorno mental, y por otro delito de lesiones psíquicas a sus hijos, también con la misma eximente.

La Fiscalía había reclamado inicialmente para el acusado 27 años de cárcel por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y género, además de un delito de lesiones psíquicas sobre los dos menores.

Junto a la pena de prisión, la resolución judicial establece que el condenado no podrá acercarse ni mantener comunicación con sus dos hijos durante 13 años y queda inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad sobre ambos durante ese mismo periodo.

Además, la Audiencia fija una medida de libertad vigilada de hasta diez años una vez cumplida la condena de prisión. En concepto de responsabilidad civil, deberá abonar 150.000 euros a cada uno de sus hijos y 100.000 euros a cada uno de los padres de la víctima, lo que supone un total de 500.000 euros.

El procedimiento fue enjuiciado por un Tribunal del Jurado, que tuvo por acreditado que el acusado estranguló a su esposa durante una discusión iniciada tras una visita familiar al parque Faunia, donde uno de los niños sufrió un golpe.

En el juicio, el militar reconoció que fue él quien llamó al 112 pocos minutos después de la agresión y que comunicó que había matado a su mujer. Alegó que actuó bajo un episodio disociativo que le impidió controlar su conducta y sostuvo que, tras lo sucedido, atendió a sus hijos al pensar que su esposa ya había muerto.

“Fue una acción tan horripilante, era una monstruosidad. No sé cómo llegué a romperme y cómo no me fui de mi casa como había hecho en otras discusiones. Me arrepiento desde el momento en que soy consciente de lo que he hecho”, declaró ante el tribunal.

Demanda de divorcio y hechos probados

El relato de hechos probados recoge que el matrimonio convivía con sus dos hijos menores y atravesaba una profunda crisis. Un mes antes de la agresión, la víctima había presentado una demanda de divorcio.

El jurado determinó que, tras la caída de uno de los niños en Faunia y la discusión que se prolongó durante el trayecto de regreso al domicilio, el acusado sujetó con fuerza el cuello de su esposa con la intención de matarla, causándole una asfixia mecánica por estrangulación.

La agresión se produjo de forma inesperada, sin que la mujer dispusiera de una defensa eficaz. Entró en parada cardiorrespiratoria, fue asistida en primer lugar por agentes de policía y después por los servicios de emergencias. Aunque recuperó el pulso y fue trasladada al Hospital Gregorio Marañón, falleció dos días más tarde por un fallo multiorgánico derivado de la asfixia.

El veredicto también declara probado que una de las hijas menores presenció la escena y sufrió un importante daño psicológico a raíz de los hechos.

El jurado apreció que el capitán presentaba de forma relevante alteradas sus capacidades intelectivas y volitivas por un episodio disociativo en el marco de un trastorno explosivo intermitente.

Igualmente tuvo en consideración que fue el propio acusado quien telefoneó al 112 para informar de que había matado a su esposa y que, posteriormente, colaboró con la investigación policial y judicial.

La sentencia señala, por último, que el procesado consignó más de 287.000 euros para responder a las eventuales indemnizaciones civiles derivadas del procedimiento.