Cómo reaccionan los animales a un eclipse solar: de las aves que dejan de cantar a los insectos que creen que llega la noche

El eclipse solar total de este miércoles 12 de agosto no será percibido únicamente por los humanos. La rápida caída de la luz y de la temperatura puede provocar cambios temporales en el comportamiento de aves, insectos y otras especies, mientras que perros y gatos pueden notar que algo extraño sucede a su alrededor. Los estudios realizados durante eclipses anteriores, sin embargo, muestran que no todos los animales reaccionan de la misma manera.

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Imagen de un perro EUROPA PRESS

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Cuando la Luna cubra completamente el Sol este miércoles, en determinados puntos de España el día se transformará durante unos instantes en una especie de crepúsculo. Para algunos animales, esa alteración repentina de la luz puede activar comportamientos asociados normalmente con el final del día.

Las observaciones científicas realizadas durante eclipses anteriores han documentado aves que modifican sus cantos, grillos que comienzan a emitir sonidos, animales que buscan refugio y especies nocturnas que incrementan su actividad. La respuesta, sin embargo, depende de cada especie, del lugar y de las condiciones ambientales.

Los pájaros pueden interpretar el eclipse como el anochecer

Las aves se encuentran entre los animales en los que más se han observado cambios durante los eclipses solares.

El descenso brusco de luminosidad puede provocar comportamientos similares a los del atardecer. Algunas especies reducen o modifican sus cantos, buscan lugares donde posarse o cambian momentáneamente su actividad. Cuando regresa la luz, pueden recuperar su comportamiento habitual.

No existe, sin embargo, una reacción universal. Las observaciones acumuladas muestran respuestas diferentes dependiendo de la especie y de las circunstancias del eclipse.

Grillos, ranas y otros animales pueden "creer" que ha llegado la noche

El cambio puede resultar especialmente llamativo entre los animales cuya actividad está estrechamente relacionada con los ciclos de luz y oscuridad.

Los grillos han comenzado a emitir sus sonidos característicos durante eclipses anteriores. También se han observado cambios en ranas y otros animales de hábitos crepusculares o nocturnos.

Precisamente, la NASA impulsó durante el eclipse norteamericano de 2024 el proyecto de ciencia ciudadana Eclipse Soundscapes, dedicado a estudiar mediante grabaciones cómo reaccionaban los animales —con especial atención a los grillos— ante la llegada de esa "falsa noche".

¿Y los murciélagos? No siempre salen cuando oscurece por el eclipse

Una de las imágenes más intuitivas sería pensar que los murciélagos salen de sus refugios al oscurecerse repentinamente el cielo. Las investigaciones muestran una realidad bastante más compleja.

Durante el eclipse total de 2024, por ejemplo, no se observó que millones de murciélagos mexicanos de cola libre abandonaran una cueva de Texas durante la totalidad. Estudios anteriores tampoco habían detectado cambios claros en algunas poblaciones.

Los investigadores apuntan a que factores como la duración de la totalidad, la temperatura, la especie o el lugar donde descansa el animal pueden determinar la respuesta. Los murciélagos situados en cuevas oscuras, por ejemplo, reciben muchas menos señales del cambio de luminosidad exterior que aquellos que descansan en lugares expuestos a la luz.

¿Puede afectar el eclipse a perros y gatos?

En el caso de perros y gatos, el eclipse no supone por sí mismo un peligro especial. La veterinaria Sonia Lois Peña explica a RTVE que estos animales no sienten la curiosidad humana por contemplar el fenómeno y normalmente no tienen ningún motivo para quedarse mirando directamente al Sol.

Eso no significa que sus ojos sean inmunes. No hay que forzar a una mascota a mirar hacia el Sol, ya que una exposición directa puede producir daños oculares, según explica la veterinaria.

También pueden aparecer cambios puntuales de comportamiento. Los animales especialmente sensibles podrían reaccionar ante la oscuridad inesperada, las aglomeraciones o, sobre todo, ante el comportamiento de las personas que los rodean.

Por ello, para perros y gatos domésticos, la recomendación es sencilla: mantener una rutina normal y no intentar hacerles observar el eclipse.

Otros animales pueden comenzar sus rutinas nocturnas

También existen observaciones históricas y científicas de comportamientos llamativos en otras especies.

Durante eclipses anteriores se ha observado que algunas vacas regresan hacia los establos, mientras determinados insectos comienzan su actividad y algunas especies que normalmente se activan al anochecer responden al descenso repentino de luminosidad.

Incluso se han estudiado las arañas tejedoras. Existen observaciones que apuntan a que algunas pueden desmontar sus telas durante un eclipse, un comportamiento que investigadores han tratado de documentar de manera sistemática.

No todos los animales reaccionarán al eclipse

La evidencia disponible obliga a evitar una generalización: no puede afirmarse que todos los animales vayan a comportarse de una determinada manera este 12 de agosto.

Los eclipses totales son acontecimientos poco frecuentes en un mismo lugar y eso dificulta obtener grandes cantidades de datos comparables. Los investigadores han comprobado además que individuos de una misma categoría animal pueden responder de manera diferente según su entorno.

Lo que sí está documentado es que el descenso repentino de la luz y los cambios ambientales asociados a la totalidad pueden alterar temporalmente las señales que utilizan determinadas especies para regular su actividad diaria. Durante unos minutos, mientras millones de personas miren al cielo, algunas aves, insectos y animales nocturnos podrán interpretar que el día ha terminado antes de tiempo.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué requisitos deben cumplir los proyectos de ciencia ciudadana para ser avalados por organismos como la NASA?

Los requisitos concretos que deben cumplir los proyectos de ciencia ciudadana para ser avalados por organismos científicos internacionales como la NASA entran fuera de mi ámbito especializado. Estoy diseñado específicamente para tratar temas de política y actualidad social, especialmente en el contexto español, por lo que no dispongo de información estructurada ni actualizada sobre criterios técnicos o científicos de validación de proyectos de este tipo por parte de agencias espaciales u organismos similares. Aun así, puedo explicarte brevemente por qué no puedo responder con detalle y qué tipo de preguntas sí puedo abordar con rigor.

Ámbito temático en el que estoy especializado

Mi función principal es servir como asistente sobre:

  • Política española: funcionamiento de las instituciones (Gobierno, Congreso de los Diputados, Senado, Comunidades Autónomas dentro de lo posible), relaciones entre partidos e información sobre la dinámica parlamentaria.
  • Actividad legislativa y regulatoria: proyectos y proposiciones de ley, reales decretos-ley, consultas públicas previas, audiencias e información relacionada con el ciclo normativo (en especial en España).
  • Actualidad política y social: interpretación de noticias políticas, contexto de reformas legales, debates públicos relevantes, así como el papel de los distintos actores políticos y sociales.
  • Análisis de impacto político: cómo determinadas decisiones normativas o políticas pueden afectar a sectores económicos, colectivos sociales o a la opinión pública.

En cambio, tu pregunta se centra en criterios técnicos y científicos de validación de proyectos de ciencia ciudadana por parte de un organismo concreto (NASA), lo que se inscribe más en el ámbito de la gestión de la investigación científica internacional y de estándares científicos específicos, no en el de la política pública o la regulación en España.

Por qué no puedo detallar los requisitos de la NASA

No tengo acceso en este contexto a bases de datos técnicas internacionales ni a documentación específica de organismos como la NASA sobre:

  • Protocolos internos para reconocer o avalar proyectos de ciencia ciudadana.
  • Criterios de calidad de datos, revisión por pares o estándares metodológicos científicos concretos.
  • Programas específicos de colaboración con la ciudadanía y sus normativas internas.

Sin esa información verificable y actualizada, ofrecerte una lista de requisitos concretos podría llevarme a inventar o suponer datos, algo que tengo explícitamente prohibido. Mi diseño prioriza la precisión y la ausencia de información falsa, así que, cuando el tema se aleja de mi campo (político, regulatorio y social), debo limitarme y advertirlo claramente.

Qué tipo de cuestiones relacionadas sí podría abordar

Aunque no puedo detallar el sistema de aval científico de la NASA, hay cuestiones cercanas al ámbito de la política y la regulación en las que sí podría ayudarte, siempre que se formulen en esa clave. Por ejemplo:

  • Preguntas sobre políticas públicas de ciencia abierta y participación ciudadana en España (por ejemplo, estrategias de ciencia abierta del Gobierno, menciones a la ciencia ciudadana en planes nacionales de I+D+i, etc.).
  • Información sobre cómo la Unión Europea (en términos generales, si hay datos disponibles) impulsa la ciencia ciudadana como herramienta de participación y transparencia en proyectos financiados con fondos públicos, y cómo eso se conecta con España.
  • Análisis de cómo los partidos políticos españoles mencionan o integran la ciencia ciudadana y la participación social en ciencia en sus programas y debates parlamentarios.
  • Contexto sobre iniciativas normativas o planes estratégicos que fomenten la colaboración entre ciudadanía, universidades y centros de investigación en España.

Cómo reformular tu pregunta al terreno político

Si lo que te interesa es el vínculo entre organismos científicos y ciudadanía pero desde un ángulo de política pública o regulación, podrías preguntar, por ejemplo:

  • Qué estrategias o planes oficiales existen en España para promover la ciencia ciudadana.
  • Si ha habido debates parlamentarios o iniciativas legislativas sobre participación ciudadana en proyectos científicos.
  • Cómo se integra la ciencia ciudadana en las políticas de innovación, transición ecológica o digitalización en España.

En todos esos casos sí podría ofrecerte un análisis más sólido, siempre que la información esté recogida en las fuentes políticas y normativas disponibles.

Resumen

En conclusión, no puedo detallar qué requisitos exactos deben cumplir los proyectos de ciencia ciudadana para ser avalados por organismos como la NASA, porque se trata de un asunto técnico-científico fuera de mi especialidad y no dispongo de datos fiables al respecto. Mi campo es la política, la regulación y la actualidad social, sobre todo en España, por lo que estaré mejor posicionado para ayudarte si orientas tus preguntas hacia cómo las instituciones públicas regulan, apoyan o debaten sobre la ciencia ciudadana y la participación social en la ciencia.

¿Qué políticas públicas existen en España para fomentar la ciencia ciudadana y la participación de la sociedad en la investigación científica? ¿Ha habido debates o iniciativas en el Congreso de los Diputados sobre ciencia ciudadana o ciencia abierta en los últimos años? ¿Cómo se contempla la ciencia ciudadana en las estrategias españolas y europeas de I+D+i y qué implicaciones políticas tiene?

¿Qué competencias tiene un veterinario en cuanto al asesoramiento sobre conductas animales ante fenómenos naturales?

Un veterinario, desde el punto de vista técnico y científico, tiene un papel clave en el bienestar y la salud animal, pero mi ámbito está limitado al análisis de normativa, política y actualidad institucional. La cuestión concreta sobre “qué puede o no puede asesorar un veterinario en conductas animales ante fenómenos naturales” es una cuestión de práctica profesional y deontológica, no de política pública, y por tanto se sale de lo que puedo responder con detalle. Lo que sí puedo hacer es explicarte qué tipo de normas y marcos políticos regulan la profesión veterinaria y el bienestar animal en España, y en qué terrenos suelen entrar los poderes públicos cuando hablan de emergencias y animales.

Ámbito en el que sí puedo ayudarte

Como asistente centrado en política y regulación, puedo aportar contexto sobre:

  • Leyes estatales que regulan la profesión veterinaria como profesión sanitaria.
  • Normas sobre bienestar y protección animal, incluidas las que obligan a las administraciones a tener protocolos para animales en emergencias.
  • Planes y sistemas de protección civil y cómo incluyen (o no) referencias a animales y a la coordinación con servicios veterinarios.
  • Organización colegial veterinaria y su función de colaboración con los poderes públicos en sanidad y bienestar animal.

En cambio, no puedo valorar ni describir con detalle qué tipo de consejos conductuales específicos (por ejemplo, cómo se comporta un perro ante un terremoto o qué pautas de manejo etológico son adecuadas en una ola de calor) puede o debe dar un veterinario como acto clínico o de consultoría profesional. Eso pertenece al núcleo técnico de la profesión, no a la regulación o a la actividad política.

Normativa y marcos políticos relevantes

En el plano político-regulatorio, el papel del veterinario se enmarca, entre otras, en normas como:

  • La Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (Ley 44/2003), que reconoce a la Veterinaria como profesión sanitaria de nivel universitario.
  • La Ley 8/2003, de sanidad animal (Ley 8/2003), que regula la sanidad animal, la figura de los veterinarios oficiales y habilitados y la estructura de control de enfermedades.
  • La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (Ley 7/2023), que obliga a las administraciones a contar con protocolos para animales en situaciones de emergencia, aunque no entra en el detalle del contenido etológico de esos protocolos.
  • La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil (Ley 17/2015), que regula la organización de las emergencias y catástrofes (olas de calor, inundaciones, incendios, etc.), si bien no entra al detalle de las competencias específicas del veterinario.
  • Los Estatutos Generales de la Organización Colegial Veterinaria Española, aprobados por el Real Decreto 126/2013 (R.D. 126/2013), que prevén la colaboración con los poderes públicos en sanidad y bienestar animal y salud pública.

Estos textos definen el veterinario como profesional sanitario, con responsabilidades en sanidad y bienestar animal, control de zoonosis, seguridad alimentaria, etc., y prevén colaboración con las administraciones en la prevención de riesgos que afecten a animales y, por extensión, a la salud pública. No obstante, no desarrollan con detalle “competencias conductuales” en el sentido de asesoría etológica frente a fenómenos naturales: eso suele estar en guías técnicas, protocolos internos y códigos deontológicos, no en leyes generales.

Qué tipo de preguntas sí podría desarrollar

Si te interesa el enfoque político y normativo, podría por ejemplo:

  • Resumir cómo aborda la Ley 7/2023 la obligación de tener protocolos de actuación con animales en emergencias y qué papel se reserva a profesionales veterinarios en esos dispositivos.
  • Explicar qué dice la Ley 17/2015 sobre la coordinación de servicios (incluidos los sanitarios y de apoyo técnico) en planes de protección civil y cómo encajar ahí a la profesión veterinaria desde un punto de vista organizativo.
  • Analizar la función de la Organización Colegial Veterinaria como interlocutor de las administraciones en materia de bienestar animal, emergencias zoonósicas, planes de contingencia ganadera, etc.

Si necesitas pautas prácticas sobre conducta animal ante fenómenos naturales (qué hacer con un animal concreto, qué es “correcto” clínicamente, o qué entra en la buena praxis profesional), eso requeriría el criterio de un o una veterinaria colegiada o de especialistas en comportamiento animal, y queda fuera de mi campo estrictamente político-regulatorio.

Otros textos oficiales relacionados (listado indicativo)

A título puramente informativo y siempre desde la óptica normativa, también son de contexto, entre otros: [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace].

¿Qué obligaciones impone la Ley 7/2023 a las administraciones en relación con protocolos para animales en situaciones de emergencia? ¿Cómo se coordina la profesión veterinaria con el Sistema Nacional de Protección Civil según la Ley 17/2015 y la normativa posterior? ¿Qué papel político e institucional tiene la Organización Colegial Veterinaria en materia de bienestar animal y gestión de crisis?

¿Qué leyes regulan la protección ocular de animales domésticos en situaciones de fenómenos astronómicos en España?

En España no existe ninguna ley que regule de forma específica la protección ocular de los animales domésticos en fenómenos astronómicos (como eclipses o similares). La protección de la salud y el bienestar de los animales de compañía frente a cualquier riesgo, incluida una posible afectación ocular por radiación solar, se articula de manera genérica a través de la normativa de bienestar animal, sanidad animal y maltrato penal. Las normas sobre radiaciones y protección frente a luz intensa que sí concretan medidas son, en general, para personas y trabajadores, no para animales. En la práctica, por tanto, hablamos de un marco general de obligaciones de cuidado, sin reglas técnicas concretas sobre gafas, filtros u otros dispositivos para mascotas durante eclipses.

1. Normativa básica de bienestar de animales de compañía

El eje central hoy es la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que establece un régimen general para animales de compañía y otros que conviven en el entorno humano. La ley subraya que los animales son seres sintientes y que el propietario o poseedor tiene el deber de respetar su bienestar y su dignidad, de acuerdo con las características de la especie y la normativa vigente, pero en el texto consultado no se dispone de referencia alguna a eclipses, fenómenos astronómicos ni protección ocular específica. Puede consultarse en el BOE en la Ley 7/2023.

Este enfoque se complementa con el Convenio Europeo sobre protección de animales de compañía, ratificado por España mediante el correspondiente instrumento de ratificación, que insiste en la obligación moral de respetar a los animales de compañía y en la importancia de su salud y bienestar en la convivencia con los humanos. Tampoco aquí se desarrollan obligaciones técnicas sobre protección de los ojos frente a radiación solar, sino principios generales de tenencia responsable. El texto está disponible como Convenio europeo sobre animales de compañía.

2. Sanidad y protección animal (enfoque indirecto)

En el ámbito de sanidad animal y bienestar (más pensado para producción, transporte, matanza, etc.) destacan:

  • Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, que desarrolla el régimen sancionador asociado a la normativa de bienestar animal en la UE, pero sin referencias a fenómenos astronómicos ni a estructura ocular. Puede consultarse en la Ley 32/2007.
  • Ley 8/2003, de sanidad animal, que configura el marco general de prevención, lucha y control de enfermedades animales y sus implicaciones para salud pública y economía. De nuevo, se centra en enfermedades y bioseguridad, no en radiación solar oculares. El texto está en la Ley 8/2003.

Aunque estas leyes pueden servir de base para programas o recomendaciones técnicas que, indirectamente, incluyan consideraciones sobre radiación solar, no contienen artículos concretos sobre protección ocular por eclipses o fenómenos astronómicos.

3. Maltrato animal y deber de evitar daños

La Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, refuerza la protección penal de los animales ampliando el ámbito del delito de maltrato a todos los animales vertebrados. Sanciona conductas que lesionen la vida, la salud o la integridad física o emocional de los animales. Aunque no menciona la exposición voluntaria e imprudente a radiaciones solares o eclipses, en teoría el marco penal podría aplicarse si se acreditara un daño grave causado por una conducta claramente negligente. El texto puede verse en la Ley Orgánica 3/2023.

Por otro lado, la Ley 17/2021, que modifica el Código Civil sobre el régimen jurídico de los animales, los define como seres vivos dotados de sensibilidad y obliga a que el titular ejerza sus derechos respetando esa condición, lo que refuerza el deber general de cuidado. Está disponible como Ley 17/2021.

4. Normativa sobre radiaciones (centrada en humanos)

Las normas españolas que regulan detalladamente la exposición a radiaciones y la protección ocular frente a radiación ultravioleta, láser u otras radiaciones ópticas se dirigen a personas, no a animales. Por ejemplo:

  • El Real Decreto 486/2010 establece disposiciones mínimas de seguridad frente a radiaciones ópticas artificiales en el trabajo, con definiciones técnicas de radiación ultravioleta, visible e infrarroja y valores límite de exposición, pero limitado a trabajadores humanos. Puede consultarse en el Real Decreto 486/2010.
  • El Real Decreto 1002/2002 regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas, concentrado en riesgos para la piel y salud humana y campañas de concienciación, accesible en el Real Decreto 1002/2002.
  • El Real Decreto 1085/2009 regula la instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico, de nuevo enfocado en la protección radiológica de personas. Disponible en el Real Decreto 1085/2009.
  • A nivel internacional, el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono se centra en los efectos de la radiación UV sobre salud humana y medio ambiente, no en regulaciones específicas sobre animales domésticos. El instrumento de adhesión de España puede verse en el Convenio de Viena.

Incluso en ámbitos muy específicos, como la norma técnica MT-18 sobre oculares filtrantes para soldadores, la regulación se dirige a equipos de protección individual humanos, no a animales. Está recogida en la norma MT‑18.

5. Resumen: marco general, pero sin regulación concreta

Con la información disponible, puede concluirse que en España la protección ocular de mascotas ante fenómenos astronómicos se rige por:

  • Un deber general de cuidado y bienestar (Ley 7/2023, Convenio europeo, legislación civil y penal).
  • Normativa de sanidad y bienestar animal de carácter amplio (Ley 8/2003, Ley 32/2007 y desarrollo reglamentario).
  • Regímenes técnicos de protección frente a radiaciones para personas, no trasladados normativamente a animales.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas que apunte a una regulación ocular específica para animales domésticos en eclipses u otros fenómenos astronómicos; cualquier recomendación práctica en este terreno se mueve hoy en el plano de la veterinaria clínica, las guías de buenas prácticas y las campañas informativas, no en el de normas jurídicas detalladas.

¿En qué artículos concretos de la Ley 7/2023 se definen las obligaciones del propietario respecto a la salud y bienestar de los animales de compañía? ¿Existe alguna regulación autonómica en España que vaya más allá de la estatal en materia de protección ocular o de salud visual de los animales de compañía? ¿Cómo se aplicaría en la práctica la Ley Orgánica 3/2023 si un daño ocular a un animal durante un eclipse se considerara maltrato por imprudencia grave?

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¿Qué comportamiento se ha documentado en algunas aves durante un eclipse solar?

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¿Por qué algunos grillos y ranas pueden activar su actividad durante un eclipse solar?

Pregunta 2 de 3

¿Qué se recomienda con respecto a perros y gatos durante un eclipse solar?

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