El Diario Oficial de Extremadura recoge en su edición de este viernes, 30 de octubre, el Decreto-Ley 6/2026, de 27 de octubre, que regula la concesión de una ayuda extraordinaria para explotaciones de cereza dañadas por fenómenos meteorológicos adversos, así como una ayuda de emergencia para explotaciones de cereal y apícolas por el aumento de costes derivado de la crisis en Oriente Próximo.
La disposición entra en vigor este mismo viernes y, desde esa fecha, comienza a computarse el plazo para que la Junta de Extremadura haga público el listado provisional de beneficiarios, que no tendrán que cursar solicitud.
Tal y como fija el decreto, el órgano instructor difundirá, en los diez días hábiles siguientes a la publicación en el DOE del decreto-ley, es decir, el 13 de noviembre, la relación provisional de personas y entidades beneficiarias, con las cuantías de las subvenciones a percibir y las incidencias detectadas.
Quienes entiendan que reúnen los requisitos para ser beneficiarios y no figuren en dicha relación, así como quienes discrepen del importe asignado, dispondrán de un plazo improrrogable de diez días hábiles desde la publicación de la lista para presentar alegaciones y acreditar su derecho.
En total, estas ayudas extraordinarias, incluidas en el decreto-ley ratificado el pasado martes en Consejo de Gobierno, suman 19.587.335 euros. De esta cantidad, 2 millones de fondos propios de la comunidad se destinan al sector de la cereza, mientras que los 17 millones restantes se orientan al cereal y a la apicultura.
Del montante global, 5.860.000 euros proceden de la asignación europea correspondiente a Extremadura, y los otros 11.720.000 euros son también recursos propios autonómicos, de modo que la administración regional aporta 13.720.000 euros de financiación propia.
Las ayudas a la cereza se dirigen a personas y entidades titulares de superficies de cultivo con las variedades incluidas en el anexo II del Decreto-ley (13-S-3-13; 4- 84; Bing Black; Star Blaze; Star Brooks; Celeste; Frisco; Garnet; Hardy; Giant; New Star; Sam; Sandon Rose; Santina; Sonata; Stark Hardy Giant; Starking Hardy Giant; Summit; Van; y Vera), situadas en las zonas de Coria, Hervás, Jaraíz de la Vera, Logrosán, Navalmoral de la Mata, Plasencia y Trujillo.
La ayuda máxima será de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria, incluyendo, en su caso, el incremento por la contratación del seguro agrario, y respetando los límites fijados por el régimen de ayudas de mínimis.
Las cuantías aprobadas contemplan, para las primeras dos hectáreas, 1.500 euros por hectárea; para superficies de más de dos y hasta cuatro hectáreas, 1.250 euros por hectárea; para más de cuatro y hasta siete hectáreas, 1.000 euros por hectárea; para explotaciones de más de 7 y hasta 10 hectáreas, 750 euros por hectárea; y, a partir de 10 hectáreas, 500 euros por hectárea.
Además, los productores que tengan suscrito el seguro de cereza correspondiente a la campaña de 2026 recibirán un incremento del 20% sobre los importes establecidos.
Cereal y apicultura
El Decreto-ley regula igualmente una subvención de 17.587.335 euros dirigida a los sectores cerealista y apícola, con el objetivo de compensar las pérdidas ocasionadas por el encarecimiento de fertilizantes y/o de la energía, consecuencia de las alteraciones en los flujos comerciales por el cierre del estrecho de Ormuz.
Se beneficiarán las personas y entidades titulares de superficies dedicadas a cereal o mezclas de cultivos incluidos en el anexo IV, que podrán recibir 30 euros por hectárea de secano y 50 euros por hectárea de regadío, hasta un máximo de 300 hectáreas subvencionables.
Asimismo, las explotaciones apícolas activas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas, Identificación y Trazabilidad Animal (BADIGEX) y con un mínimo de 150 colmenas computables, podrán optar a 18 euros por colmena para las primeras 350; 12 euros por colmena desde la 351 hasta la 500, ambas inclusive; y 8 euros por colmena desde la 501 hasta la 1.000, también inclusive.
La cuantía final a cobrar será la suma de los importes correspondientes a cada tramo, con un tope de 12.000 euros por persona o entidad beneficiaria. Las colmenas que superen las 1.000 no darán derecho a ayuda adicional.
Según indicó el consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, Juan José García, tras la aprobación del decreto el pasado martes, el plazo máximo para resolver estas ayudas es de dos meses desde la publicación del listado, por lo que deberían quedar aprobadas, como muy tarde, antes del 28 de febrero del 2027, si bien subrayó que la intención es “abonar cuanto antes” y, si es factible, incluso antes de que concluya el año.