Terremoto en Granada: así fue el seísmo de magnitud 5 que sacudió Andalucía

El gran terremoto que despertó a Granada a la 01.04 horas de este sábado 15 de agosto no llegó aislado. Horas antes ya se habían registrado movimientos en La Zubia, Otura y Ogíjares y, después del seísmo principal de magnitud 5, la Vega comenzó a encadenar decenas de réplicas

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Imagen del epicentro del terremoto registrado en Ogíjares (Granada). INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

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El IGN mantiene el epicentro al noreste de Alhendín y una intensidad máxima V-VI, mientras continúa revisando los parámetros de toda la secuencia. 

Granada llevaba horas moviéndose antes de la gran sacudida de esta madrugada.

A las 18.43 horas del viernes, el Instituto Geográfico Nacional registró un terremoto de magnitud 3,7 al noroeste de La Zubia, con una intensidad IV. A las 20.03 llegó otro de 2,2 al noreste de Otura y, ya a las 00.04 del sábado, un nuevo movimiento de magnitud 2,3 sacudió el entorno de Ogíjares. 

Exactamente una hora después llegó el terremoto que cambió la noche.

Las 01.04 horas: el gran terremoto de Alhendín

El movimiento principal se produjo a las 01.04.40 horas, con epicentro al noreste de Alhendín.

La última ficha disponible del IGN le asigna magnitud 5,0, intensidad máxima V-VI y una profundidad revisada actualmente a cero kilómetros, lo que sitúa el foco como extremadamente superficial. El propio Instituto advierte de que todos estos parámetros están sometidos a modificaciones conforme continúa el análisis sísmico. 

Esta última revisión es importante porque las primeras informaciones difundidas durante la madrugada situaban el hipocentro a unos dos kilómetros. No es una contradicción extraña en las primeras horas posteriores a un terremoto: la Red Sísmica Nacional recalcula continuamente localización, profundidad, magnitud e intensidad a medida que incorpora más registros. 

La intensidad V-VI ayuda a explicar por qué el movimiento fue mucho más que un simple temblor perceptible. La magnitud mide la energía liberada en el origen; la intensidad describe cómo se ha sentido y los efectos observados en cada lugar. 

Qué ocurrió inmediatamente después

Solo cuatro minutos después del terremoto principal, a la 01.08, el IGN registró otro movimiento de magnitud 2,1 al noreste de Ogíjares.

A la 01.10 llegó uno de 2,6 al noreste de Gójar. Después continuaron pequeños terremotos en Alhendín, Armilla, La Zubia, Churriana de la Vega, Otura y otros puntos de la Vega. 

La actividad no terminó con las primeras horas de la madrugada. A las 06.21 se registró un terremoto de magnitud 2,2 al suroeste de Ogíjares y a las 06.34 uno de 3,3 al norte de Gójar, este último sentido con intensidad III. 

Ese último movimiento es uno de los más destacados de la secuencia posterior al terremoto principal.

Por qué se sintió con tanta fuerza

El carácter superficial del terremoto es una de las claves.

Cuando el foco se encuentra muy cerca de la superficie, las ondas sísmicas recorren menos distancia antes de llegar a las zonas habitadas. Eso puede hacer que un terremoto moderado resulte muy perceptible cerca del epicentro.

El efecto fue especialmente intenso en el área metropolitana de Granada. El IGN recibió testimonios de caída de objetos, movimiento de muebles y vibraciones de puertas y ventanas en numerosos municipios. 

Armilla, Las Gabias, Churriana de la Vega, Gójar, Ogíjares, La Zubia y Alhendín figuran entre los puntos donde la sacudida se percibió con especial claridad. 

Más de 200 llamadas y daños materiales

La Junta activó la fase de emergencia, situación operativa 1, del Plan ante el Riesgo Sísmico.

El 112 había recibido ya más de 200 avisos durante la madrugada. Las incidencias comunicadas incluyen grietas, desprendimientos de cornisas, cascotes, muros y otros elementos de edificios. No hay constancia de daños personales. 

Un edificio de Las Gabias fue desalojado preventivamente y los equipos de emergencia han inspeccionado fachadas y puntos donde podían producirse nuevos desprendimientos. 

Centenares de personas optaron además por abandonar sus viviendas durante las primeras horas y permanecer en plazas y espacios abiertos ante la sucesión de movimientos.

No fue un terremoto aislado

La distribución de los epicentros dibuja una secuencia concentrada en la Vega de Granada.

No es un territorio ajeno a esta actividad. Investigadores de la Universidad de Granada y del Instituto Andaluz de Ciencias de la Tierra han identificado un sistema de fallas activas responsable de la frecuente sismicidad de la Cuenca de Granada. La Falla de Granada es una de las estructuras más activas del conjunto. 

Por eso, el dato que mejor resume la madrugada no es únicamente el 5,0 de Alhendín. Es la sucesión completa: varios terremotos previos, una gran sacudida a la 01.04 y decenas de movimientos posteriores repartidos por pocos kilómetros de la Vega.

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¿Qué trámites y protocolos contempla el Plan ante el Riesgo Sísmico de la Junta de Andalucía tras la activación de la fase de emergencia?

Según la información oficial consultada, la Junta de Andalucía ha activado el Plan de Emergencias ante el Riesgo Sísmico en Andalucía al menos en simulacros (por ejemplo, en los Dólmenes de Antequera) en fase de emergencia, situación operativa 2, y utiliza para todos sus planes especiales la misma arquitectura de fases (preemergencia/emergencia/recuperación) y situaciones operativas 0‑1‑2‑3 definida en el Plan Territorial de Emergencias y en la normativa estatal de protección civil. No se ha localizado en las fuentes consultadas el texto íntegro del plan sísmico en el BOJA, pero sí notas oficiales y documentos que describen los procedimientos comunes que se aplican cuando se declara la fase de emergencia, que son los que se resumen a continuación.

1. Fases y situaciones operativas

Las notas de la Junta sobre otros planes especiales (inundaciones, Plan Territorial) y una nota del Ministerio del Interior permiten reconstruir el esquema que también rige para el riesgo sísmico:

  • Fase de preemergencia (situación operativa 0): vigilancia y seguimiento del fenómeno, análisis de previsiones y predicciones, sin daños aún relevantes. Se describe así para el PERI en Andalucía en esta nota.
  • Fase de emergencia: “fenómeno que implica daños –o cuando en razón de oportunidad así lo considere la Dirección del Plan– y por la que son puestas en práctica las medidas necesarias para el socorro y la protección de las personas o bienes” (definición repetida en varias notas sobre el Plan de Inundaciones, por ejemplo aquí).
  • Dentro de la fase de emergencia se articulan situaciones operativas:
    • Situación 1: emergencias que “pueden controlarse mediante el empleo de los medios y recursos ordinarios disponibles en la Junta de Andalucía, o con apoyos puntuales de recursos cuya movilización no requiera de una coordinación específica por los órganos centrales del Sistema Nacional de Protección Civil” (nota sobre el PERI).
    • Situación 2: según la Directriz Básica estatal —resumida en artículos divulgativos como este de Demócrata— es el nivel en que la comunidad mantiene la dirección pero necesita medios de otras administraciones (por ejemplo UME).
    • Situación 3: emergencia de interés nacional, con dirección asumida por la Administración General del Estado, también descrita por Interior para los planes territoriales de protección civil (nota del Ministerio del Interior).

En el simulacro de los Dólmenes de Antequera se indica expresamente que, ante un seísmo de magnitud 6,1, se activó el Plan de Emergencias ante el Riesgo Sísmico en Andalucía en fase de emergencia, situación operativa 2 (nota de la Junta).

2. Organización y dirección del plan

Cuando se declara la fase de emergencia (en cualquier plan especial, incluido el sísmico):

  • El consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa decide la activación y el cambio de fase, como se detalla para inundaciones en varias notas (por ejemplo, elevación a fase de emergencia situación 1 en esta).
  • Se constituye el comité de operaciones y el Puesto de Mando Avanzado (PMA), claramente descritos en la gestión de un gran incendio industrial bajo el Plan Territorial (nota del 14/05/2025).
  • Se coordinan los planes territoriales municipales y otros planes especiales activos (inundaciones, maremotos, etc.), tal y como resalta la Junta al presumir de que el Plan Territorial andaluz está adaptado a la Norma Básica y al Plan Estatal General de Emergencias.

3. Movilización de medios y coordinación operativa

La experiencia de simulacros sísmicos y de otras emergencias permite identificar los protocolos que se aplican tras declararse la emergencia:

  • 112 Andalucía (Cecem) actúa como centro coordinador, recibiendo avisos, priorizando recursos y canalizando información a todos los servicios implicados (policía, bomberos, sanitarios, UME, etc.).
  • Se movilizan protección civil local, policía local, Cuerpo Nacional de Policía, consorcios de bomberos, Cruz Roja, psicólogos y voluntariado; en el simulacro de Antequera participaron unos 200 efectivos de este tipo.
  • En situación 2, se incorporan medios extraordinarios de otras administraciones, incluida la Unidad Militar de Emergencias, como se ha visto en inundaciones y grandes incendios en Andalucía.
  • Si la emergencia escala a interés nacional (situación 3), se activa el CECOPIeste análisis sobre el CECOPI).

4. Información a la población y actuaciones posteriores

  • Se emiten avisos y recomendaciones a través del 112, notas de prensa y, cuando procede, del sistema ES‑Alert (alertas a móviles), sistema cuyo funcionamiento general describe la pieza “De las sirenas a ES‑Alert” de Demócrata.
  • Se pueden adoptar medidas como suspensión de clases, evacuaciones, confinamientos y cortes de vías, medidas que la Junta ha aplicado en otras emergencias (lluvias extremas, incendios) bajo la misma lógica de protección civil.
  • Superada la fase aguda, los planes andaluces pasan a fase de recuperación, en la que los delegados del Gobierno de la Junta en cada provincia coordinan la evaluación de daños y las obras de reparación, según recoge el Plan de Inundaciones y la Instrucción 1/2024 (nota sobre la fase de recuperación).
  • Para el caso sísmico, esta fase se complementa con equipos especializados de arquitectos formados en evaluación de daños tras terremotos, creados mediante convenio entre la Junta y el Consejo Andaluz de Colegios de Arquitectos (convenio de 01/10/2024).

En síntesis, aunque el articulado específico del Plan Sísmico andaluz no figura en los textos consultados, las notas oficiales muestran que, una vez activada la fase de emergencia, se aplica el mismo esquema de dirección política y técnica, escalado de situaciones 0‑1‑2‑3, movilización progresiva de recursos y fase de recuperación común a todos los planes especiales de protección civil de Andalucía.

¿Puedes concretarme, dentro de ese esquema general, qué órganos concretos (director del plan, comité de operaciones, PMA, CECEM 112) intervendrían en un terremoto grave en una capital andaluza? ¿Qué diferencias prácticas habría entre declarar situación operativa 1 o 2 del plan sísmico en términos de medios movilizados y de coordinación con el Estado? ¿Cómo se relaciona el Plan de Emergencias ante el Riesgo Sísmico con el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía y con el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico?

¿Cuáles son las competencias del Instituto Geográfico Nacional en la gestión de emergencias sísmicas en España?

El Instituto Geográfico Nacional (IGN), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, desempeña un papel esencial pero técnico en la gestión de emergencias sísmicas en España. Su función se centra en la vigilancia, detección, evaluación y comunicación rápida de los fenómenos sísmicos y asociados (terremotos, actividad volcánica, tsunamis), mientras que las decisiones operativas de protección civil (alertas a la población, evacuaciones, etc.) corresponden a Interior y a las comunidades autónomas.

Vigilancia sísmica y redes de observación

El IGN es el organismo responsable de la Red Sísmica Nacional, que monitoriza de forma continua los terremotos en España y zonas próximas. Según la nota oficial del Ministerio de Transportes sobre el Plan Nacional de Vigilancia Sísmica, Volcanológica y de Otros Fenómenos Geofísicos (2025‑2028), el plan fue elaborado por el IGN e impulsa:

  • La densificación y modernización de las redes de vigilancia (sísmica, volcánica, tsunamis, tormentas espaciales).
  • El uso de herramientas de Inteligencia Artificial en la Red Sísmica Nacional para mejorar las alertas tempranas de terremotos.
  • La coordinación de distintos sistemas de vigilancia “como uno solo” para reducir tiempos de detección y mejorar la respuesta.

Esta vigilancia incluye no solo la detección automática de seísmos, sino su localización, estimación de magnitud, profundidad e intensidad sentida, que se difunden en tiempo casi real. El IGN ofrece además servicios públicos como la aplicación móvil “IGN Terremotos”, que permite consultar los eventos sísmicos registrados en España y alrededores y obtener la distancia al epicentro, según detalla el portal de Administración Electrónica sobre las aplicaciones del CNIG (enlace).

Comunicación de datos y apoyo a Protección Civil

En una emergencia sísmica, la responsabilidad principal del IGN es técnica: “ver, medir y explicar” el fenómeno lo antes posible y suministrar esa información a las autoridades competentes. La nota de Transportes sobre el Plan Nacional subraya que la mejora de los sistemas de vigilancia y alerta busca:

  • Fortalecer la gestión de emergencias y la coordinación interinstitucional.
  • Reducir riesgos mediante sistemas de alerta temprana más eficaces.

El convenio del IGN publicado en el BOE sobre el Sistema Nacional de Alerta ante Maremotos indica que, conforme al Real Decreto 1053/2015, la Red Sísmica Nacional es el órgano encargado de “detectar, valorar e informar, en primera instancia, acerca de aquellos fenómenos que, por sus características, pudieran producir maremotos” (BOE-A-2025-22841). Ese mismo esquema es aplicable al riesgo sísmico puro: el IGN detecta y evalúa; las decisiones de protección civil se toman en otros niveles.

Emisión de alertas y relación con ES‑Alert

La emisión de mensajes de alerta a la población (por ejemplo, a través del sistema ES‑Alert que envía avisos a teléfonos móviles) no es competencia del IGN. Los artículos divulgativos de Demócrata sobre la evolución de los sistemas de avisos y sobre quién activa las alertas al móvil explican que:

  • La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, crea la Red de Alerta Nacional.
  • ES‑Alert es gestionado por Protección Civil, que decide cuándo activar mensajes de emergencia a la ciudadanía.

En este esquema, el IGN proporciona datos y valoración técnica rápida sobre los terremotos (localización, magnitud, posible peligrosidad), que son uno de los insumos que utilizan los centros de coordinación (112 autonómicos, CECEM/CECOPI, Dirección General de Protección Civil) para decidir si se envía o no una alerta ES‑Alert, se ordenan evacuaciones o se adoptan otras medidas.

Marco orgánico y cooperación interadministrativa

El Real Decreto 253/2024, citado en el propio BOE sobre el convenio de alerta de maremotos, atribuye al IGN, entre otras, las funciones de planificación y gestión de sistemas de vigilancia, comunicación y alerta a las instituciones sobre riesgos geofísicos, así como la coordinación de sistemas de observación volcánica y geodinámica. Además, acuerdos como el suscrito con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria refuerzan su papel en la investigación y formación en sismología y vulcanología (BOE-A-2025-13054).

En el ámbito territorial, se subraya la importancia de la coordinación con los gobiernos autonómicos. La nota del Gobierno de Canarias sobre la cooperación con el IGN destaca la necesidad de trabajar conjuntamente en vigilancia volcánica y sísmica y en la gestión de emergencias, con énfasis en el rigor científico y la transparencia informativa como base para la seguridad de la población (enlace).

Síntesis

En resumen, el IGN es el servicio sismológico nacional: diseña y opera las redes de observación, elabora el Plan Nacional de Vigilancia Sísmica y genera la información técnica clave para valorar el peligro tras un terremoto. En una emergencia sísmica, no dirige la respuesta ni decide las medidas de protección civil, pero su capacidad de vigilar, detectar, evaluar y comunicar con rapidez a las autoridades es uno de los pilares sobre los que se construye la gestión operativa de la emergencia en España.

¿Qué requisitos legales y técnicos debe cumplir un edificio en la Vega de Granada para ser considerado seguro frente a terremotos de esta magnitud?

En la Vega de Granada, un edificio de nueva planta se considera legalmente “seguro frente a terremotos” cuando su proyecto y su ejecución cumplen las exigencias del Código Técnico de la Edificación (CTE) y de la Norma de construcción sismorresistente para edificación, así como las determinaciones urbanísticas autonómicas y municipales aplicables. No se diseña para una “magnitud Richter” concreta, sino para unas acciones sísmicas de cálculo definidas por esas normas, asociadas a la peligrosidad de la zona.

Jurídicamente, el marco básico lo fija la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, desarrollada por el Real Decreto 314/2006, que aprueba el CTE (texto oficial). El CTE establece las exigencias básicas que deben cumplirse para garantizar la seguridad estructural, la seguridad de utilización y otras prestaciones del edificio, y dispone que dichas exigencias deben cumplirse en el proyecto, la construcción, el mantenimiento, la conservación y el uso del edificio. Para la respuesta sísmica son especialmente relevantes los Documentos Básicos que se citan en el propio Real Decreto: DB SE (Seguridad estructural) y DB SE-AE (Acciones en la edificación), que definen las acciones que han de considerarse, entre ellas la acción sísmica.

Como norma específica, el Real Decreto 997/2002 aprueba la Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación (NCSE‑02) (texto oficial). Esta norma establece las condiciones técnicas que han de cumplir las estructuras de edificación “a fin de que su comportamiento, ante fenómenos sísmicos, evite consecuencias graves para la salud y seguridad de las personas, evite pérdidas económicas y propicie la conservación de servicios básicos para la sociedad en casos de terremotos de intensidad elevada”. La NCSE‑02 incluye una zonificación sísmica del territorio nacional y asigna a cada municipio parámetros (como la aceleración básica) que deben emplearse en el cálculo; en un proyecto situado en la Vega de Granada el equipo redactor debe utilizar los valores que la norma asigna al término municipal concreto.

A nivel territorial y urbanístico, Andalucía cuenta con la Ley 7/2021, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (texto oficial), que configura el marco de la ordenación urbanística. Sobre esta base, el planeamiento municipal (PGOU u otros instrumentos vigentes en cada ayuntamiento de la Vega de Granada) puede introducir condiciones adicionales: limitaciones de altura, ocupación o tipologías estructurales en suelos de mayor vulnerabilidad, exigencia de estudios específicos, etc. Legalmente, el proyecto debe justificar el cumplimiento tanto del CTE y la NCSE‑02 como de estas determinaciones urbanísticas.

En términos técnicos, para que un edificio en la Vega de Granada sea considerado seguro frente a terremotos de intensidad elevada, deben cumplirse, al menos, los siguientes aspectos:

  • Consideración de la acción sísmica de acuerdo con la zonificación oficial: el cálculo estructural debe tomar los parámetros de peligro sísmico fijados por la NCSE‑02 para el municipio concreto y combinarlos con las demás acciones (peso propio, sobrecargas, viento, etc.) conforme al DB SE‑AE.
  • Diseño estructural conforme al CTE y a la norma sismorresistente: la estructura (hormigón, acero, fábrica, madera…) ha de cumplimentar el DB SE y los Documentos Básicos materiales (DB SE‑C, SE‑A, SE‑F, SE‑M, etc.), aplicando criterios de capacidad resistente, estabilidad global, rigidez adecuada y compatibilidad de deformaciones bajo solicitaciones sísmicas.
  • Control de daños y ductilidad: la filosofía de la NCSE‑02 es que, ante sismos fuertes, el edificio pueda sufrir daños reparables pero evitando el colapso y la pérdida de vidas. Esto se traduce en exigencias de detalles constructivos y de armado que proporcionen comportamiento dúctil y mecanismos de disipación controlada de energía.
  • Regularidad geométrica y estructural: aunque los detalles no se desprenden de los extractos consultados, el marco CTE+NCSE‑02 conduce a favorecer edificaciones con plantas y alzados lo más regulares posible, evitando grandes excentricidades de rigidez o masa que agraven la respuesta sísmica.
  • Adecuada relación terreno‑cimentación: los Documentos Básicos relativos a cimientos y seguridad estructural obligan a que la solución de cimentación sea coherente con las características del terreno, lo que en la práctica exige una caracterización geotécnica suficiente y el ajuste del diseño a ese estudio.
  • Calidad de ejecución y control: el cumplimiento normativo no se agota en el cálculo; debe verificarse mediante control de proyecto, de materiales, de ejecución de la estructura y de las uniones, de acuerdo con el régimen de control establecido en el CTE y en la normativa de edificación.

En resumen, desde el punto de vista legal y técnico, “ser seguro frente a terremotos de esta magnitud” en la Vega de Granada significa estar diseñado, construido y mantenido conforme al CTE y a la NCSE‑02, usando los parámetros sísmicos oficiales del municipio y respetando el planeamiento urbanístico aplicable. Cualquier valoración concreta debe hacerse sobre un proyecto específico, contrastando que esas exigencias se han aplicado y justificado de forma completa.

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¿A qué hora se produjo el terremoto principal de magnitud 5,0 en la Vega de Granada?

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