Inglaterra espera en semifinales al ganador del Argentina- Suiza: horario y dónde ver el Mundial

La selección de Thomas Tuchel ha derrotado a Noruega por 2-1 en los cuartos de final y se convirtió en el tercer semifinalista del torneo

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Bellingham lleva a Inglaterra a semifinales | Europa Press
Bellingham lleva a Inglaterra a semifinales | Europa Press

Inglaterra ya tiene asegurado su billete para las semifinales del Mundial 2026. La selección de Thomas Tuchel ha derrotado a Noruega por 2-1 en los cuartos de final y se convirtió en el tercer semifinalista del torneo, donde ya esperaban también España y Francia. 

Ahora solo queda por conocer quién será su rival. La última plaza para las semifinales saldrá del enfrentamiento entre Argentina y Suiza, un duelo que enfrenta a la vigente campeona del mundo contra una de las grandes revelaciones del campeonato.

El vencedor se medirá a Inglaterra el próximo 15 de julio en Atlanta, en busca de un puesto en la gran final del Mundial 2026.

Argentina quiere seguir defendiendo el título

La Albiceleste de Lionel Scaloni llega a la cita tras un recorrido exigente. Después de terminar como líder del Grupo J, eliminó a Cabo Verde por 3-2 en dieciseisavos de final y volvió a imponerse por el mismo resultado a Egipto en octavos, en un encuentro resuelto con sufrimiento. Lionel Messi vuelve a ser el gran referente de una selección que busca revalidar el título conquistado en Catar 2022.

Suiza busca una semifinal histórica

El conjunto helvético, por su parte, quiere seguir haciendo historia. Tras superar la fase de grupos, dejó en el camino a Argelia en dieciseisavos de final y eliminó a Colombia en la tanda de penaltis después de un empate sin goles en octavos. El equipo dirigido por Murat Yakin confía en el liderazgo de Granit Xhaka y la solidez defensiva de Manuel Akanji para sorprender a una de las favoritas al título. 

Horario del Argentina - Suiza

El encuentro entre Argentina y Suiza se disputa en el Arrowhead Stadium de Kansas City.

En España, el partido comenzará a las 03:00 horas de la madrugada del domingo 12 de julio (hora peninsular) y se podrá seguirse en directo a través de Movistar Plus+ y DAZN, que ofrecen la retransmisión del Mundial 2026.

A un paso de la final

El ganador completará el cuadro de semifinales, que queda configurado de la siguiente manera:

  • España - Francia (14 de julio, 21:00 horas)

  • Inglaterra - Ganador de Argentina - Suiza (15 de julio, 21:00 horas)

 

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado se encuentra la tramitación de la normativa que regula la retransmisión de eventos deportivos internacionales en España?

En este momento la regulación clave sobre retransmisión de eventos deportivos –incluidos los internacionales que se emiten en España– no está en fase de reforma específica en las Cortes Generales: el marco principal ya está en vigor (sobre todo la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual y el Real Decreto‑ley 5/2015 sobre derechos audiovisuales del fútbol). Hay algunas iniciativas en tramitación que afectan al deporte en su dimensión internacional o al sector audiovisual en general, pero ninguna dirigida expresamente a cambiar el régimen de retransmisión de acontecimientos deportivos internacionales. La normativa vigente sí contiene reglas específicas para eventos de interés general (JJ. OO., Mundiales, grandes competiciones) y para el acceso de radios y televisiones cuando el organizador no está establecido en España.

Marco vigente sobre retransmisión de eventos deportivos (incluidos los internacionales)

Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual

La pieza básica hoy es la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual. Esta ley:

  • Regula la contratación de derechos en exclusiva de emisión de contenidos audiovisuales, “en concreto, de eventos deportivos” (título VII).
  • Fija límites a la publicidad en retransmisiones deportivas: las emisiones solo pueden interrumpirse con comunicaciones comerciales aisladas cuando el acontecimiento esté detenido y siempre permitiendo seguir su desarrollo; también regula sobreimpresiones y publicidad virtual dentro de los partidos.
  • Recoge el derecho de las televisiones a emitir breves resúmenes informativos de acontecimientos deportivos de interés general, sin contraprestación cuando el resumen dura menos de 90 segundos y se emite en programas informativos.
  • Reconoce el acceso libre de las radios a estadios y recintos para retransmitir en directo acontecimientos deportivos, a cambio de una compensación limitada a los costes, y prevé que si el organizador del evento no está establecido en España, la obligación de acceso recaiga en el titular de los derechos exclusivos que asume la retransmisión en directo. Esto cubre expresamente muchos eventos internacionales que se juegan fuera de España.
  • Prevé la elaboración, por Acuerdo del Consejo de Ministros, de un catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad que deben emitirse en abierto. Entre ellos se incluyen:
    • Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
    • Partidos oficiales de la selección española (fútbol, baloncesto, etc.).
    • Semifinales y finales de Eurocopa y Mundial de fútbol, Campeonatos del Mundo y de Europa en varios deportes, grandes premios celebrados en España, la Vuelta, etc.
    Estos pueden ser competiciones organizadas fuera de España, pero el legislador garantiza su acceso al público español en abierto cuando se califiquen como de interés general.
Real Decreto‑ley 5/2015 sobre derechos audiovisuales del fútbol profesional

El Real Decreto‑ley 5/2015 regula la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional (Primera, Segunda, Copa del Rey, Supercopa). Sus ejes son:

  • Venta conjunta de derechos por la Liga y la Real Federación Española de Fútbol.
  • Criterios de reparto de ingresos entre clubes, incluyendo componentes ligados a resultados deportivos y audiencia/implantación social.
  • Fondos de compensación y políticas de solidaridad, gestionados con intervención del Consejo Superior de Deportes.

Aunque se centra en competiciones profesionales españolas, el texto subraya el impacto internacional de La Liga y la relevancia del mercado exterior a la hora de explotar los derechos de retransmisión.

Acceso de radios y catálogo de eventos de interés general

La cuestión del acceso de las radios a estadios y recintos para retransmitir acontecimientos deportivos se abordó originalmente mediante la reforma de la antigua Ley 7/2010 a través del Real Decreto‑ley 15/2012, y ha sido consolidada en la Ley 13/2022. El Tribunal Constitucional confirmó la constitucionalidad del régimen de compensación económica en la Sentencia 7/2023.

Además, el Real Decreto 991/1998 creó el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas, encargado, entre otras funciones, de aprobar el catálogo de competiciones o acontecimientos deportivos de interés general, en conexión con la Ley 21/1997. No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre cambios recientes en este esquema.

¿Qué hay actualmente en tramitación?

Iniciativas directamente relacionadas con deporte e internacionalización

En el ámbito estrictamente deportivo, la única iniciativa de rango de ley con dimensión internacional localizada en tramitación es la Proposición de Ley para garantizar la representación internacional de las federaciones deportivas españolas, procedente del Senado y tramitada en el Congreso como iniciativa 124/000036. Según la ficha del Congreso, el plazo de enmiendas está ampliado hasta el 2 de septiembre de 2026 y se tramita en la Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes. El texto busca ajustar la Ley 39/2022, del Deporte, para reforzar que la representación internacional recaiga en las federaciones españolas de ámbito estatal, pero no entra en el detalle de los derechos de retransmisión.

Por tanto, afecta a quién representa a España en competiciones internacionales, pero no modifica el régimen audiovisual de emisiones y retransmisiones.

Normativa audiovisual general en tramitación

En paralelo, está en curso en el Congreso el Proyecto de Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual (121/000026). De acuerdo con la última publicación, el 24 de junio de 2026 se cerró el plazo de enmiendas y el 10 de julio de 2026 se publicaron enmiendas a la totalidad. Es una norma sectorial sobre cine y cultura audiovisual, relevante para el ecosistema mediático, pero las fuentes consultadas no muestran un impacto específico sobre la regulación de retransmisiones deportivas internacionales.

Además, el Gobierno tramita un proyecto de Real Decreto sobre la obligación de promoción de obra audiovisual europea y diversidad lingüística, que ha pasado por audiencia pública estatal y notificación al sistema TRIS de la UE. De nuevo, afecta al marco general de contenidos europeos y cuotas, no específicamente al régimen de eventos deportivos.

Conclusión de estado de tramitación

Con la información disponible, la normativa que regula hoy la retransmisión de eventos deportivos, incluidos los internacionales emitidos en España, está básicamente consolidada en la Ley 13/2022 y el Real Decreto‑ley 5/2015, junto con normas complementarias. No hay en las Cortes Generales un proyecto de ley o proposición de ley centrado en reformar de forma directa este régimen. Las iniciativas en curso se orientan a:

  • Ajustar la representación internacional de las federaciones españolas (proposición de ley en Comisión).
  • Reformar el marco audiovisual general (Ley del Cine y Real Decreto sobre obra europea).

En síntesis, la regulación específica de las retransmisiones deportivas internacionales que llegan al público español descansa hoy en normas ya aprobadas y en vigor, sin una reforma sectorial concreta en tramitación parlamentaria sobre este punto.

¿Qué obligaciones concretas impone la Ley 13/2022 a las televisiones que adquieren en exclusiva derechos de grandes eventos deportivos internacionales? ¿Cómo se relaciona el Real Decreto‑ley 5/2015 con los acuerdos comerciales de La Liga para la venta de derechos en mercados internacionales? ¿En qué podría afectar al deporte español la Proposición de Ley sobre representación internacional de las federaciones deportivas si finalmente se aprueba?

¿Cuáles son las funciones y competencias del seleccionador nacional de Inglaterra según las normativas de la Federación Inglesa de Fútbol?

El cargo de seleccionador nacional de Inglaterra es una cuestión relevante en el ámbito deportivo, pero no forma parte de las materias para las que estoy diseñado. No dispongo de acceso ni sistematización específica sobre las normativas internas de la Federación Inglesa de Fútbol (The FA), por lo que no puedo detallar con rigor jurídico cuáles son exactamente las funciones y competencias del seleccionador nacional según sus reglamentos oficiales. Mi ámbito de especialización se centra en política, instituciones públicas, actividad parlamentaria y ejecutiva, y noticias sociales, principalmente en España.

Dicho esto, es importante dejar claro el límite: las federaciones deportivas, como la Football Association inglesa, son entidades de naturaleza privada (aunque con funciones de interés general) que aprueban sus propios estatutos, reglamentos disciplinarios, códigos de conducta y manuales internos. Esos documentos suelen definir, con mucho detalle, funciones como la selección de jugadores, la supervisión del cuerpo técnico, la relación con la federación y los compromisos contractuales. Sin embargo, esa documentación no forma parte de los repertorios normativos gubernamentales, parlamentarios o regulatorios sobre los que estoy específicamente entrenado.

En el contexto para el que estoy diseñado, trabajo principalmente con:

  • Leyes y normas públicas: proyectos y proposiciones de ley, reales decretos-ley, reglamentos y demás normativa aprobada por el Gobierno de España o por las Cortes Generales, así como sus homólogos en el ámbito europeo cuando sea relevante.
  • Actividad parlamentaria: iniciativas registradas en el Congreso de los Diputados y el Senado (preguntas, interpelaciones, proposiciones no de ley, comparecencias, mociones), debates en pleno y en comisión, y resultados de votaciones.
  • Actividad del Ejecutivo: acuerdos del Consejo de Ministros, consultas públicas previas, trámites de audiencia e información pública de anteproyectos normativos, así como publicaciones en el BOE.
  • Actualidad política y social: noticias relacionadas con partidos, líderes políticos, sindicatos, patronales, organizaciones de la sociedad civil y debates de interés público en España, apoyándome en medios como el periódico Demócrata y otras fuentes informativas.

En cambio, el detalle de competencias de un seleccionador nacional de fútbol según la normativa interna de una federación extranjera entra en un terreno distinto, más cercano al derecho privado deportivo internacional, y no forma parte de los contenidos que manejo. Cualquier respuesta precisa sobre ese punto debería basarse directamente en los siguientes documentos, accesibles a través de los canales de la propia Federación Inglesa de Fútbol:

  • Los estatutos de The FA: donde se determina la estructura de gobierno de la federación y, en su caso, la adscripción del seleccionador a un órgano concreto (por ejemplo, al director de fútbol, al comité técnico o a la junta directiva).
  • El reglamento general y reglamentos técnicos: que pueden contener disposiciones específicas sobre el proceso de convocatoria de jugadores, la relación con los clubes, obligaciones en materia de integridad, relación con los medios de comunicación, etcétera.
  • El contrato laboral o mercantil del seleccionador: que es un acuerdo individual, normalmente confidencial, en el que se concretan objetivos, facultades, límites, causas de resolución y régimen disciplinario aplicable, más allá de lo previsto en normas generales.

Si lo que le interesa es la dimensión política o institucional de las selecciones nacionales, sí podría aportar contexto desde mi campo. Por ejemplo, en España existe un debate recurrente sobre la relación entre el Consejo Superior de Deportes (CSD), la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y el Gobierno, especialmente cuando se trata de:

  • La financiación pública del deporte de alto nivel y de las selecciones nacionales.
  • Los mecanismos de control y supervisión del Gobierno sobre las federaciones cuando se detectan irregularidades o crisis de gobernanza.
  • El impacto político y social de la selección de fútbol como símbolo nacional, que a menudo trasciende el plano estrictamente deportivo.

En estos ámbitos sí podría analizar, por ejemplo, cómo el Gobierno español interviene o no en la designación de seleccionadores, qué margen de autonomía tiene la RFEF, o cómo se regulan las federaciones deportivas en la Ley del Deporte y en su normativa de desarrollo. Pero trasladar ese análisis concreto a la normativa de la Federación Inglesa y a las competencias exactas de su seleccionador exigiría información especializada fuera de mi alcance y, sobre todo, ajena al ámbito político-institucional para el que estoy concebido.

Si desea seguir profundizando dentro de mi campo, puedo ayudarle, por ejemplo, a entender cómo se regulan en España las federaciones deportivas, qué papel tiene el Gobierno en su supervisión o qué debates parlamentarios recientes ha habido sobre deporte, federaciones y gobernanza.

¿Cómo se regulan en España las federaciones deportivas y qué papel tiene el Consejo Superior de Deportes sobre ellas? ¿Qué competencias tiene el Gobierno español para intervenir en la Real Federación Española de Fútbol en caso de crisis institucional? ¿Qué debates parlamentarios recientes ha habido en España sobre la gobernanza del fútbol y las federaciones deportivas?

¿Qué resultados electorales obtuvo el partido de Lionel Scaloni en las últimas elecciones federativas de la Asociación del Fútbol Argentino?

Por la forma en que está planteada la pregunta, no es posible ofrecer una respuesta factual sobre “qué resultados electorales obtuvo el partido de Lionel Scaloni” en unas “elecciones federativas de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA)”, porque confluyen dos problemas: por un lado, mi especialización se centra en política y actualidad institucional españolas (y, en menor medida, europeas), no en la política interna del fútbol argentino; y, por otro, en la información disponible no consta ningún “partido” político asociado a Lionel Scaloni que haya concurrido a unas elecciones formales en el seno de la AFA.

Aclaración sobre el alcance de lo que puedo responder

Estoy diseñado específicamente para tratar cuestiones de:

  • Política española: Gobierno central, Congreso de los Diputados, Senado, gobiernos autonómicos en la medida en que se conecten con la política nacional, y principales actores (PSOE, PP, Vox, Sumar, PNV, EH Bildu, Junts, ERC, etc.).
  • Actividad parlamentaria y regulatoria en España: proyectos y proposiciones de ley, reales decretos-ley, tramitación legislativa, votos, acuerdos del Consejo de Ministros, consultas públicas, audiencias e iniciativas normativas.
  • Actualidad social y económica española en tanto que se relaciona con decisiones de poderes públicos, reformas legales, políticas públicas o grandes debates político-sociales.
  • Política europea e internacional solo de manera complementaria, cuando se conecta con España (por ejemplo, posición de España en el Consejo de la UE, impacto de decisiones de la Comisión Europea sobre normativa española, etc.).

La dinámica interna de una federación deportiva extranjera, como la AFA, se aleja de ese foco. Aunque pueda tener un componente institucional y asociativo, no forma parte de los ámbitos que manejo con suficiente precisión y actualización como para darte datos rigurosos de resultados electorales concretos (número de votos, candidaturas en liza, correlación de fuerzas, etc.).

Sobre Lionel Scaloni y el contexto de tu pregunta

En la información a la que tengo acceso, Lionel Scaloni aparece como seleccionador de la selección argentina de fútbol, una figura eminentemente deportiva, no como líder de un partido político o de una candidatura formal en una elección de la AFA. Es posible que en el debate público argentino se hable informalmente de “sectores”, “líneas” o “espacios” que apoyan más o menos su continuidad, o que se asocie a determinados dirigentes dentro de la federación, pero eso no se traduce en datos oficiales de “resultados electorales” vinculados a su nombre que yo pueda consultar y detallar.

También puede que tu pregunta aluda, de forma figurada, a la influencia de Scaloni en el equilibrio de poder dentro de la AFA (por ejemplo, cómo los éxitos deportivos refuerzan a determinados dirigentes o listas en elecciones internas). Pero ese tipo de análisis exige un seguimiento especializado de la política deportiva argentina, que escapa al ámbito para el que estoy configurado.

Por qué no puedo inventar ni aproximar resultados

Para responder “qué resultados electorales obtuvo” una candidatura, sería imprescindible disponer de:

  • Fecha y tipo concreto de elección federativa de la AFA (asamblea, presidencia, cargos del comité ejecutivo, etc.).
  • Nombre oficial de la lista o candidatura, número de apoyos y distribución de votos.
  • Relación clara entre esa candidatura y Lionel Scaloni (liderazgo, apoyo público, pertenencia, etc.).

Al no contar con esos datos de forma verificable y, además, estar fuera del marco de la política y la institucionalidad española, no puedo ofrecer ni siquiera una aproximación sin caer en la especulación. Y un requisito central es no inventar nombres de listas, cifras de votos ni estructuras internas de organizaciones extranjeras que no estén recogidos con claridad en las fuentes que manejo.

Qué tipo de preguntas sí puedo responder con detalle

Si lo deseas, puedo ayudarte con preguntas de perfil similar pero en el ámbito para el que estoy preparado, por ejemplo:

  • Resultados electorales de partidos en elecciones generales españolas (Congreso y Senado) o en procesos autonómicos relevantes conectados con la política nacional.
  • Composición y correlación de fuerzas en el Congreso de los Diputados y el Senado, incluyendo investiduras, mociones de censura, votos de confianza y votaciones clave de leyes.
  • Detalles sobre aprobación de leyes y reales decretos-ley en España, con explicación del recorrido parlamentario y los apoyos y rechazos de cada grupo.
  • Análisis sobre cómo determinadas reformas legales o decisiones del Gobierno español impactan en el deporte en España (por ejemplo, normativa sobre el deporte profesional, derechos de imagen, fiscalidad de deportistas, etc.).

Si reformulas tu duda hacia alguno de estos ejes (por ejemplo, comparando el modelo de gobernanza deportiva en Argentina y España, o preguntando por el papel del Consejo Superior de Deportes y las federaciones españolas), podré ofrecerte una respuesta más útil y detallada.

¿Qué resultados obtuvieron los principales partidos españoles (PSOE, PP, Vox y Sumar) en las últimas elecciones generales? ¿Cómo se elige la directiva de la Real Federación Española de Fútbol y qué papel tienen las instituciones públicas españolas en ese proceso? ¿Qué normativa española regula actualmente el deporte profesional y la gobernanza de las federaciones deportivas?

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¿Quién será el rival de Inglaterra en semifinales del Mundial 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Dónde se jugará el partido de semifinales entre Inglaterra y su rival?

Pregunta 2 de 3

¿A través de qué plataformas se retransmitirá en España el partido entre Argentina y Suiza?

Pregunta 3 de 3

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