El nuevo índice del INE para actualizar alquileres marca un récord del 2,56% en septiembre

El índice de referencia del INE para actualizar alquileres sube al 2,56% en septiembre y encadena 16 meses por encima del 2%, marcando un nuevo máximo.

Un cartel de alquiler de un piso   Eduardo Parra - Europa Press

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El índice de referencia para la actualización anual de los alquileres subió hasta el 2,56% en septiembre, frente al 2,47% registrado en agosto, según los datos publicados este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Se trata del nivel más alto desde que comenzó a elaborarse este indicador, en noviembre de 2024.

Con este nuevo incremento, el índice acumula 16 meses consecutivos por encima del 2%, en un contexto de encarecimiento de los precios. El dato de septiembre supone un aumento de nueve centésimas respecto al mes anterior y establece el porcentaje máximo de actualización anual para los contratos de vivienda sujetos a este sistema.

El indicador se aplica a los contratos de alquiler firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda. Su objetivo es desvincular las actualizaciones anuales de las rentas de las oscilaciones del IPC y evitar incrementos desproporcionados.

Cuánto puede subir el alquiler con el nuevo índice

El dato de septiembre permite a los propietarios actualizar las rentas de los contratos sujetos a este indicador hasta un máximo del 2,56%, siempre que corresponda realizar la revisión anual y se cumplan las condiciones pactadas.

Así, un alquiler de 800 euros mensuales podría aumentar hasta 820,48 euros, lo que supone 20,48 euros adicionales al mes y 245,76 euros más al año. En una vivienda con una renta de 1.000 euros, la subida máxima sería de 25,60 euros mensuales, hasta alcanzar los 1.025,60 euros.

El índice de referencia para la actualización anual de los alquileres subió hasta el 2,56% en septiembre, frente al 2,47% registrado en agosto, según los datos publicados este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Se trata del nivel más alto desde que comenzó a elaborarse este indicador, en noviembre de 2024.

Con este nuevo incremento, el índice acumula 16 meses consecutivos por encima del 2%. El dato de septiembre supone un aumento de nueve centésimas respecto al mes anterior y establece el porcentaje máximo de actualización anual para los contratos de vivienda sujetos a este sistema.

El indicador se aplica a los contratos de alquiler firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda. Su objetivo es desvincular las actualizaciones anuales de las rentas de las oscilaciones del IPC y evitar incrementos desproporcionados.

Cuánto puede subir el alquiler con el nuevo índice

El dato de septiembre permite a los propietarios actualizar las rentas de los contratos sujetos a este indicador hasta un máximo del 2,56%, siempre que corresponda realizar la revisión anual y se cumplan las condiciones pactadas.

Así, un alquiler de 800 euros mensuales podría aumentar hasta 820,48 euros, lo que supone 20,48 euros adicionales al mes y 245,76 euros más al año. En una vivienda con una renta de 1.000 euros, la subida máxima sería de 25,60 euros mensuales, hasta alcanzar los 1.025,60 euros.

Alquiler actual Subida máxima Nueva mensualidad
600 € 15,36 € 615,36 €
800 € 20,48 € 820,48 €
1.000 € 25,60 € 1.025,60 €
1.200 € 30,72 € 1.230,72 €
1.500 € 38,40 € 1.538,40 €


Estas cantidades representan el incremento máximo permitido por el índice, no una subida automática. La actualización debe estar prevista en el contrato y respetar los requisitos legales aplicables.

Cómo se calcula el índice de referencia del alquiler

El INE publica mensualmente este indicador, que combina la evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y una tasa ajustada mediante parámetros de moderación.

Para su elaboración se tienen en cuenta las diferencias entre las tasas interanuales del IPC general y de la inflación subyacente, así como un parámetro relacionado con el crecimiento esperado de los precios a largo plazo, propuesto por la Dirección General de Política Económica.

Sobre estas variables se aplica un coeficiente moderador definido conjuntamente por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, atendiendo a la situación del mercado del alquiler residencial.

El límite definitivo corresponde al menor de tres valores: la variación interanual del IPC, la inflación subyacente y la tasa anual media ajustada conforme a la metodología oficial.

Este sistema fue establecido en cumplimiento de la Ley de Vivienda, que encargó al INE elaborar un índice específico antes del 31 de diciembre de 2024 para sustituir al IPC como referencia máxima en la actualización de los contratos sujetos a la nueva normativa.

Estas cantidades representan el incremento máximo permitido por el índice, no una subida automática. La actualización debe estar prevista en el contrato y respetar los requisitos legales aplicables.

Cómo se calcula el índice de referencia del alquiler

El INE publica mensualmente este indicador, que combina la evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y una tasa ajustada mediante parámetros de moderación.

Para su elaboración se tienen en cuenta las diferencias entre las tasas interanuales del IPC general y de la inflación subyacente, así como un parámetro relacionado con el crecimiento esperado de los precios a largo plazo, propuesto por la Dirección General de Política Económica.

Sobre estas variables se aplica un coeficiente moderador definido conjuntamente por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, atendiendo a la situación del mercado del alquiler residencial.

El límite definitivo corresponde al menor de tres valores: la variación interanual del IPC, la inflación subyacente y la tasa anual media ajustada conforme a la metodología oficial.

Este sistema fue establecido en cumplimiento de la Ley de Vivienda, que encargó al INE elaborar un índice específico antes del 31 de diciembre de 2024 para sustituir al IPC como referencia máxima en la actualización de los contratos sujetos a la nueva normativa.