El Gobierno anuncia un mando único desde este martes para afrontar la crisis migratoria de Ceuta

El Ejecutivo activará este martes la Ley de Seguridad Nacional tras la entrada masiva de migrantes de finales de julio. Ángel Víctor Torres asumirá la coordinación de la respuesta y Juan Jesús Vivas participará en el Consejo de Seguridad Nacional

3 minutos

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres,  en la Delegación del Gobierno de España en Ceuta, a 10 de agosto de 2026, en Ceuta (España).  Gabriela Sardá Núñez - Europa Press

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, en la Delegación del Gobierno de España en Ceuta, a 10 de agosto de 2026, en Ceuta (España). Gabriela Sardá Núñez - Europa Press

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

3 minutos

Más leídas

El Gobierno dará este martes un nuevo paso en la gestión de la crisis migratoria de Ceuta. El Ejecutivo declarará la "situación de interés para la Seguridad Nacional" y reforzará la coordinación de las administraciones y organismos implicados, con el ministro Ángel Víctor Torres al frente.

El anuncio lo ha realizado este lunes el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, coincidiendo con la convocatoria extraordinaria del Consejo de Seguridad Nacional por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La reunión comenzará a las 8.30 horas, antes del Consejo de Ministros, y contará con la participación telemática del presidente ceutí, Juan Jesús Vivas.

La decisión llega 26 días después de las entradas masivas registradas en Ceuta los días 30 y 31 de julio, cuando alrededor de 80.000 personas cruzaron irregularmente la frontera desde Marruecos, según la información publicada este lunes.

Qué supone declarar la situación de interés para la Seguridad Nacional

La figura está regulada por la Ley 36/2015, de Seguridad Nacional. Su artículo 23 permite recurrir a ella cuando la gravedad, dimensión, urgencia y carácter transversal de una crisis exigen una "coordinación reforzada" de las autoridades competentes, bajo la dirección del Gobierno.

No equivale a declarar un estado de alarma o de excepción. La propia ley establece que la crisis debe afrontarse con los poderes y medios ordinarios de las distintas administraciones y que la declaración no puede implicar la suspensión de derechos fundamentales o libertades públicas.

La declaración corresponde al presidente del Gobierno mediante real decreto. Ese documento deberá concretar la crisis, el territorio afectado, su duración y posible prórroga, los recursos necesarios y, en su caso, el nombramiento de una "autoridad funcional" con competencias para dirigir y coordinar las actuaciones.

Es esta última figura la que permite encajar jurídicamente lo que políticamente se está denominando "mando único". La Ley de Seguridad Nacional no utiliza esa expresión: contempla el posible nombramiento de una autoridad funcional encargada de la dirección y coordinación.

El Tribunal Constitucional precisó en 2016 que este mecanismo no modifica el reparto de competencias entre administraciones. Cada una continúa ejerciendo sus atribuciones, aunque dentro de una coordinación reforzada durante el tiempo que permanezca activa la situación de interés para la Seguridad Nacional.

Ángel Víctor Torres, al frente de la coordinación

El Gobierno ha situado al ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, al frente de esta coordinación de la crisis ceutí.

La declaración permitirá movilizar de forma coordinada los recursos humanos y materiales necesarios. La ley establece que las autoridades competentes deberán aportar los medios bajo su dependencia que se determinen para hacer frente a la situación.

El Ejecutivo tendrá también que informar inmediatamente al Congreso de los Diputados sobre las medidas adoptadas y la evolución de la crisis, una obligación recogida expresamente en el artículo 24 de la Ley de Seguridad Nacional.

Feijóo afea a Sánchez convocar el Consejo de Seguridad un mes después de la crisis 

Por su parte, el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha criticado a Sánchez por haber esperado casi un mes para reunir al Consejo de Seguridad Nacional tras la “violación de su integridad territorial” sufrida por España con la entrada masiva de migrantes en Ceuta.

“España sufre una violación de su integridad territorial y Sánchez tarda CASI UN MES en convocar al Consejo de Seguridad Nacional. A buenas horas”, ha escrito Feijóo en la red social X, mensaje que ha acompañado con recortes de portadas y titulares de distintos medios sobre la convocatoria del órgano.

En la misma línea, la portavoz del PP en el Senado, Alicia García, ha cargado contra la demora del presidente del Gobierno: “Cuando la emergencia exige liderazgo inmediato, no vale reaccionar al volver tranquilamente de vacaciones. Ceuta necesitaba al Estado desde el primer día, no una reunión tardía”, ha señalado en la red social X.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado parlamentario se encuentra la Ley 36/2015 y ha habido propuestas recientes para modificarla?

La Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, se encuentra plenamente en vigor y no ha sido objeto de reformas legislativas posteriores en su articulado. La única intervención relevante ha sido el control de constitucionalidad por el Tribunal Constitucional en 2016, que confirmó la ley con una interpretación concreta de uno de sus preceptos. En los dos últimos años no constan proyectos ni proposiciones de ley específicamente dirigidos a modificarla, aunque sí hay un uso político creciente de sus mecanismos y desarrollos indirectos mediante otras normas y estrategias.

1. Situación normativa actual de la Ley 36/2015

  • La ley fue aprobada y publicada en el BOE el 29/09/2015 (entrada en vigor el 30/09/2015). Texto oficial: BOE-A-2015-10389.
  • La base de datos legislativa la recoge como norma vigente, sin constar reformas, refundiciones ni derogaciones posteriores de sus artículos. El propio texto consolidado indica como “última actualización” la de 12/12/2016, manteniéndose desde entonces sin cambios de redacción.
  • En 2016 se tramitó el recurso de inconstitucionalidad n.º 7330-2015, del Gobierno de la Generalitat de Cataluña, contra los artículos 4.3, 15.c y 24 de la ley. La admisión se publicó en el BOE: BOE-A-2016-1234.
  • La Sentencia 184/2016, de 3 de noviembre, resolvió el recurso y declaró la constitucionalidad de la norma, en particular del artículo 24.2 sobre la situación de interés para la Seguridad Nacional, “interpretado conforme” a los términos fijados por el propio Tribunal: BOE-A-2016-11817.
  • Esa sentencia no deroga ni reescribe la ley, sino que fija criterios interpretativos sobre el alcance de la “situación de interés para la Seguridad Nacional”, lo que afecta a su aplicación práctica, pero no supone una reforma parlamentaria del texto.

En paralelo, la ley sirve de marco habilitante para otras disposiciones, como la Estrategia de Seguridad Nacional o acuerdos del Consejo de Seguridad Nacional, pero esas normas de desarrollo no modifican su articulado.

2. Desarrollo y aplicación reciente de la ley

En los últimos años se han aprobado diversos instrumentos que se apoyan directamente en la Ley 36/2015, sin alterarla:

  • El Real Decreto 1150/2021, que aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, se dicta “de conformidad” con el artículo 14.b) de la Ley 36/2015 (BOE-A-2021-21884), pero no modifica esa ley.
  • La Orden PJC/521/2025, de 23 de mayo, publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional que aprueba el procedimiento para elaborar una nueva Estrategia de Seguridad Nacional, citando expresamente los artículos 4.3, 14.b), 15.b) y 21.d) de la Ley 36/2015: BOE-A-2025-10370. De nuevo, se trata de un desarrollo operativo de la ley, no de su reforma.
  • En el Senado se tramitan periódicamente iniciativas como los “Informes Anuales de Seguridad Nacional” remitidos conforme al artículo 21 de la Ley 36/2015 (expediente (15)701/000037 en la XV Legislatura). Son comparecencias y comunicaciones, sin contenido modificador de la ley.

Además, la ley está siendo invocada en el debate político reciente, por ejemplo:

  • En la discusión sobre un “mando único” en Ceuta ante una crisis migratoria, donde el PP plantea utilizar la declaración de “situación de interés para la Seguridad Nacional” prevista en la Ley 36/2015, sin pedir expresamente su reforma (artículo en Demócrata).
  • En análisis divulgativos sobre el papel del Consejo de Seguridad Nacional, que recuerdan que este órgano fue creado por la Ley 36/2015 y explicado en detalle en piezas como “Qué es el Consejo de Seguridad Nacional y cuándo se reúne”.

3. ¿Hay propuestas recientes para modificar la Ley 36/2015?

A partir de la información combinada del Boletín Oficial del Estado y de la actividad parlamentaria:

  • No se han localizado proyectos de ley del Gobierno ni proposiciones de ley de los grupos parlamentarios que tengan por objeto directo reformar la Ley 36/2015 en la actual Legislatura XV ni en los dos últimos años.
  • Tampoco se han identificado reales decretos-ley u otras normas con rango de ley que declaren la modificación expresa de alguno de sus preceptos.
  • Sí hay, en cambio, una intensa agenda normativa en materias conexas —ciberseguridad, protección de infraestructuras críticas, seguridad de redes y sistemas de información, nueva normativa sobre entidades críticas, etc.— y una revisión en marcha de la Estrategia de Seguridad Nacional, que se apoyan en la Ley 36/2015 como marco general, pero sin tocar su texto.

En síntesis, a fecha de hoy la Ley 36/2015 sigue siendo el pilar estable del sistema español de Seguridad Nacional: está vigente, solo matizada por la interpretación del Tribunal Constitucional, y no consta una reforma parlamentaria en curso ni anuncios formales de modificación integral, aunque su aplicación práctica se encuentra muy presente en el debate político y en la producción normativa derivada.

¿Cuáles son las competencias legales del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática en la gestión de crisis según la legislación española?

En la legislación española, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática tiene un papel de coordinación política e interadministrativa en la gestión de crisis, más que de dirección operativa. Sus competencias legales se derivan, principalmente, de la Ley 50/1997 del Gobierno, la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil y de los reales decretos que fijan la estructura orgánica de los departamentos ministeriales y del propio Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

1. Marco general: Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno

La Ley 50/1997 regula la organización y funcionamiento del Gobierno y de sus miembros. De ella se derivan varias consecuencias relevantes:

  • Todo ministro es órgano superior de la Administración General del Estado con plena responsabilidad política y administrativa en su ámbito de competencia.
  • Puede ejercer potestad reglamentaria mediante órdenes ministeriales en las materias propias de su departamento, y proponer al Consejo de Ministros reales decretos y otras disposiciones.
  • En un contexto de crisis, estas facultades se concretan en la posibilidad de elevar propuestas normativas y de acuerdos al Consejo de Ministros, participar en las comisiones delegadas del Gobierno que se creen para gestionar la crisis y recibir delegación de competencias del propio Consejo o del presidente del Gobierno en materias conexas con su ámbito.

2. Cooperación y relaciones con CCAA y entidades locales: Ley 40/2015

La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece el marco general de las relaciones entre administraciones públicas. En su preámbulo y parte dispositiva articula principios y técnicas de cooperación (convenios, órganos mixtos, conferencias sectoriales, etc.) sobre los que se apoya la acción del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática en situaciones de crisis.

A partir de esa ley y de los reales decretos de estructura orgánica (como el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, y sus sucesivas modificaciones), al ministerio se le atribuyen funciones en materia de:

  • Relaciones con las comunidades autónomas y entidades locales, incluida la coordinación general de la política del Gobierno en este ámbito.
  • Impulso y gestión de órganos de cooperación, en particular conferencias sectoriales y otros foros multilaterales, donde se acuerdan respuestas coordinadas ante problemas que afectan a varios territorios.
  • Negociación y seguimiento de convenios y acuerdos de colaboración entre el Estado y las comunidades autónomas o entidades locales, instrumento clave para canalizar recursos, medidas y competencias en un escenario de crisis.

En una crisis con dimensión territorial (por ejemplo, tensiones competenciales, gestión de impactos desiguales entre comunidades autónomas, o necesidad de respuestas homogéneas), el ministro puede: convocar y presidir los órganos de cooperación bajo su ámbito, promover acuerdos coordinados y servir de interlocutor político principal del Gobierno con los responsables autonómicos y locales.

3. Encaje en el Sistema Nacional de Protección Civil: Ley 17/2015

La Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, configura la protección civil como un servicio público integrado en la política de seguridad pública, con énfasis en la coordinación, cooperación y solidaridad interterritorial. Aunque la autoridad operativa recae principalmente en el Ministerio del Interior y en los sistemas autonómicos y locales de protección civil, el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática se ve implicado en varios aspectos:

  • Participación, en representación del ámbito territorial, en la definición y seguimiento de la Estrategia Nacional de Protección Civil y de los mecanismos de coordinación entre administraciones.
  • Apoyo a la articulación de la solidaridad interterritorial cuando una comunidad autónoma o entidad local requiere medios o apoyo de otras administraciones.
  • Refuerzo del principio de cohesión y coordinación del sistema cuando se afrontan emergencias de interés nacional que exigen decisiones políticas concertadas con los gobiernos autonómicos.

4. Estructura orgánica, memoria democrática y límites competenciales

Los reales decretos de reestructuración de departamentos y de desarrollo de la estructura orgánica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (por ejemplo, el Real Decreto 829/2023 y normas posteriores) le asignan, además:

  • La dirección de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que actúan como brazos territoriales del Estado y canalizan la ejecución y coordinación en el territorio, también en contextos de crisis.
  • La organización de políticas y órganos en materia de memoria democrática (en conexión con la Ley 20/2022, de Memoria Democrática), lo que puede ser relevante en crisis vinculadas a conflictos sociales o simbólicos sobre el pasado histórico.

Sin embargo, la legislación deja claro que la dirección operativa de las emergencias de protección civil corresponde al Ministerio del Interior y a las autoridades autonómicas competentes. El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática no manda sobre los servicios de emergencia, pero sí tiene competencias esenciales para:

  • Garantizar la coherencia territorial de las respuestas del Estado.
  • Facilitar acuerdos políticos y administrativos entre niveles de gobierno.
  • Activar y estructurar los mecanismos formales de cooperación previstos en la Ley 40/2015.

En síntesis, su función legal en la gestión de crisis es la de arquitecto de la coordinación territorial del Gobierno y garante de la colaboración leal entre administraciones, más que la de comandante directo de los dispositivos de emergencia.

¿Quién es Ángel Víctor Torres y cuál ha sido su trayectoria profesional y política antes de asumir el Ministerio de Política Territorial?

Ángel Víctor Torres es el actual ministro de Política Territorial y Memoria Democrática del Gobierno de España y secretario general del PSOE en Canarias. Según la base de datos institucional de cargos públicos, asumió el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática el 21 de noviembre de 2023, compatible con su pertenencia a la Diputación Permanente del Congreso desde junio de 2023. Su trayectoria antes de llegar al Consejo de Ministros está estrechamente ligada a la política canaria y al liderazgo del socialismo en las islas.

En el plano orgánico, la información parlamentaria y de stakeholders muestra que desde el 16 de septiembre de 2017 ejerce como secretario general del PSOE Canarias, un cargo que sigue manteniendo. Ese puesto lo sitúa como máximo responsable de la federación socialista canaria y explica que en los últimos años haya sido considerado uno de los “barones” del partido con mayor proyección, algo que también recogen análisis de medios como Demócrata al subrayar su peso dentro del Comité Federal y su influencia digital en el ámbito autonómico.

Antes de su incorporación al Gobierno central, las crónicas políticas lo describen como presidente del Gobierno de Canarias. Diversas informaciones periodísticas, como las vinculadas a la investigación sobre contratos sanitarios durante la pandemia de COVID‑19, se refieren a él repetidamente como “entonces presidente de Canarias y actual ministro de Política Territorial y Memoria Democrática”. Desde ese puesto al frente del Ejecutivo autonómico gestionó, entre otras cuestiones, la compra de material sanitario y la respuesta sanitaria y económica a la crisis, lo que explica que su nombre aparezca asociado a los expedientes revisados por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

En ese contexto, los informes de la UCO analizan su papel como presidente canario en la contratación de mascarillas y otros suministros, señalando que intervino para reclamar pagos pendientes a la empresa adjudicataria. A la vez, las notas y declaraciones recogidas por la prensa subrayan que esos mismos informes no le atribuyen delitos, y que tanto él como el PSOE de Canarias han reivindicado la legalidad de su gestión y su “integridad” personal, insistiendo en que no se han acreditado mordidas ni comisiones ilegales.

Su etapa como presidente autonómico también lo situó en el centro de debates estratégicos para Canarias, como la gestión de la pandemia, la política sanitaria, la recuperación económica y, especialmente, la política migratoria. Informaciones posteriores, ya siendo ministro, muestran que el Gobierno central recurre a su experiencia en la gestión de crisis en las islas para coordinar respuestas ante situaciones complejas, lo que indica que su bagaje en la Presidencia de Canarias es uno de los principales activos que justifican su nombramiento en Política Territorial.

Además de su papel institucional, las noticias y análisis disponibles destacan su condición de dirigente orgánico clave del PSOE. Como secretario general del PSOE canario y ex presidente autonómico, participa regularmente en los órganos federales del partido, interviene en debates internos sobre la continuidad del Gobierno de coalición y respalda públicamente la línea política de Pedro Sánchez. En ese marco, se le presenta como un dirigente de corte socialista clásico, con un discurso centrado en la “política útil”, la defensa de los servicios públicos y la cohesión territorial, tanto dentro de Canarias como en el conjunto de España.

En cuanto a su trayectoria profesional fuera de los cargos políticos, las bases de datos institucionales consultadas no aportan detalles sobre su formación académica ni sobre posibles actividades laborales previas ajenas a la política (por ejemplo, si ejerció como docente, funcionario u otras profesiones). La información disponible se concentra en sus responsabilidades políticas e institucionales, especialmente a partir de su acceso a la secretaría general del PSOE de Canarias y a la Presidencia del Gobierno autonómico.

En síntesis, antes de asumir el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática el 21 de noviembre de 2023, Ángel Víctor Torres ya era una figura consolidada del socialismo canario: secretario general del PSOE en Canarias, presidente del Gobierno autonómico durante la pandemia y referente de su partido en los debates sobre cohesión territorial, migraciones y gobernanza multinivel. Su paso al Gobierno central puede entenderse como la traslación de ese liderazgo regional y orgánico a la arena estatal, en un área –la política territorial– directamente vinculada a su experiencia previa en la gestión de una comunidad autónoma singular como Canarias.

¿Qué papel desempeñó Ángel Víctor Torres en la gestión de la pandemia de COVID‑19 cuando era presidente de Canarias? ¿Cómo ha influido la experiencia de Ángel Víctor Torres en Canarias en sus prioridades al frente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática? ¿Qué controversias judiciales han afectado a Ángel Víctor Torres y qué han concluido los informes de la UCO sobre su actuación?

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Quién ha sido designado para coordinar la gestión de la crisis migratoria de Ceuta?

Pregunta 1 de 3

¿Qué órgano ha convocado Pedro Sánchez de manera extraordinaria en respuesta a la crisis migratoria en Ceuta?

Pregunta 2 de 3

¿Cuál es la principal función de la declaración de 'situación de interés para la Seguridad Nacional' según la Ley 36/2015?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?