Los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores tienen desde este miércoles, 21 de octubre, la posibilidad de inscribir sus candidaturas al Congreso y al Senado para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. El plazo permanecerá abierto en las distintas Juntas Electorales Provinciales hasta las doce de la noche del lunes 26 de octubre.
De acuerdo con el calendario electoral, las formaciones contarán con seis días naturales para formalizar sus listas en las circunscripciones donde deseen presentarse. Estas candidaturas se harán públicas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 28 de octubre.
Esa publicación inicial no será definitiva. Las Juntas Electorales Provinciales dispondrán de los dos días posteriores para advertir a los partidos de las irregularidades detectadas o denunciadas en las listas, que podrán corregirse en un plazo máximo de 48 horas desde la notificación.
Una vez concluida esta fase de revisión, las juntas electorales tendrán de margen hasta el lunes 2 de noviembre para proclamar las candidaturas válidas, que se publicarán en el BOE al día siguiente, martes 3 de noviembre.
Las formaciones políticas podrán impugnar la proclamación de candidaturas ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo los días 4 y 5 de noviembre, órgano que contará con dos días para dictar resolución. Posteriormente, cabrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que deberá pronunciarse en un plazo de tres días. Además, durante la campaña electoral podrán presentarse recursos ante la Sala Especial del Tribunal Supremo, cuyas decisiones también serán recurribles ante el Constitucional.
Menos coaliciones que en las elecciones de 2023
Están habilitados para presentar listas los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como las coaliciones electorales que se hayan constituido y comunicado a la Junta Electoral competente hasta la noche de este viernes.
En esta convocatoria se han registrado ante la Junta Electoral Central nueve coaliciones electorales: dos concurren únicamente al Congreso, tres solo al Senado y otras cuatro son de ámbito autonómico y se presentan a ambas cámaras. En los comicios de 2023 participaron una docena de coaliciones: tres de ámbito estatal, una específica del Senado y ocho autonómicas.
La coalición de mayor peso para el 29N en la Cámara Baja es la de Frente Amplio, encabezada por Ada Colau y Emilio Delgado, que finalmente no alcanzó un pacto global con Podemos, salvo en Canarias y Comunidad Valenciana. En el Senado, la alianza más destacada es la formada entre PSOE y Frente Amplio en la mayoría de las circunscripciones.
Existen también coaliciones circunscritas a una única provincia que se han registrado directamente ante las Juntas Electorales Provinciales, como la integrada por Més y Frente Amplio en Baleares o la alianza entre UPN y PP en Navarra.
Aval del 0,1% para los partidos sin representación
Los partidos, federaciones y coaliciones que no lograron escaño en ninguna de las dos cámaras en las anteriores generales deberán recabar las firmas de, al menos, el 0,1% de los electores inscritos en el censo de cada circunscripción en la que quieran presentarse.
Este requisito afecta, por ejemplo, a “Democracia 21”, que se ha configurado como coalición con Ciudadanos y UCIN y pretende concurrir por Madrid y Barcelona. En la circunscripción madrileña deberá aportar, como mínimo, unas 5.500 firmas, y en la barcelonesa, al menos unas 4.400.
También podrán registrar candidaturas las agrupaciones de electores, aunque en su caso se exige el apoyo de, al menos, el 1% de los inscritos en el censo de la circunscripción correspondiente. Ningún ciudadano podrá respaldar con su firma más de una lista.
A diferencia de los partidos, estas agrupaciones se crean únicamente para intervenir en un proceso electoral concreto, sin necesidad de figurar en el Registro de Partidos Políticos y sin posibilidad de presentar candidaturas conjuntas que abarquen más de una circunscripción.
Novedad: listas cremallera de hombres y mujeres
Entre las condiciones que deben cumplir las candidaturas figura el respeto al principio de paridad electoral, que por primera vez en unas generales obliga a que las listas al Congreso estén formadas por mujeres y hombres alternándose de manera sucesiva.
Hasta ahora, la Ley Electoral exigía que las candidaturas incluyeran al menos un 40% de personas de cada sexo y que ninguna superase el 60%, proporción que debía mantenerse también en cada tramo de cinco puestos. La reforma introducida por la Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria, ha sustituido este modelo por las llamadas listas cremallera por género.
Esta composición equilibrada deberá respetarse en el conjunto de la candidatura, sin separar titulares y suplentes, y será igualmente obligatoria cuando las candidaturas al Senado se estructuren en listas. Con ello se persigue que la representación en ambas cámaras sea prácticamente paritaria.
En 2023 se presentaron 1.090 listas
En las elecciones celebradas en el verano de 2023, las Juntas Electorales Provinciales proclamaron un total de 1.090 listas a las Cortes Generales, 550 al Congreso y 540 al Senado, lo que supuso 186 menos que en 2019. En el proceso quedaron fuera 66 candidaturas de formaciones extraparlamentarias por errores formales, incumplimiento de requisitos o, principalmente, por no aportar los avales necesarios.
En total, 4.892 aspirantes compitieron el 23 de julio de 2023 por los 350 escaños del Congreso y los 208 del Senado —este año se elige uno más tras la reforma constitucional que permitió la creación de un senador propio para la isla de Formentera—, lo que se traduce en una media de diez candidatos por cada escaño en la Cámara Baja y de 5,5 por cada plaza en el Senado.