Los forenses niegan alteración mental en el acusado de matar con bloques de hormigón en El Ejido

Los forenses descartan alteración mental en S.A. y refuerzan la petición de hasta 15 años de cárcel por la muerte a golpes con bloques de hormigón en El Ejido.

Audiencia Provincial de Almería. EUROPA PRESS

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Los especialistas forenses que realizaron la exploración psíquica a S.A., acusado de acabar con la vida del hombre con el que compartía un cortijo en la zona de Tarambana, en El Ejido (Almería), en julio de 2025, han descartado que sufriera alguna alteración mental que le impidiera controlar su conducta en el momento de los hechos.

“Sabía, conocía y decidía libremente”, han manifestado, subrayando que el procesado, para el que la Fiscalía reclama 15 años de cárcel por homicidio, presentaba “buen contacto con la realidad” cuando se produjo la agresión, lo que resta fuerza a la tesis de la defensa sobre un posible colapso mental o una reacción motivada por un miedo insuperable.

Durante la segunda sesión del juicio con jurado que se celebra en la Audiencia de Almería, los peritos han explicado que la muerte de la víctima se debió a la combinación de varios factores, destacando un traumatismo craneoencefálico causado por dos golpes propinados “con un instrumento fuerte”, que desencadenaron una hemorragia cerebral.

Las médico-forense que examinaron el cadáver han descrito además otras lesiones compatibles con un forcejeo entre ambos, entre ellas un colapso pulmonar y heridas en el cuello, estas últimas sin comprometer de forma directa la vida de la víctima.

Los expertos han detallado igualmente las importantes lesiones que presentaba el propio acusado, fruto de las agresiones con arma blanca que, según el informe, se infligieron mutuamente. No obstante, han precisado que la puñalada que S.A. tenía en el tórax no implicaba un riesgo vital inmediato.

A la vista de las conclusiones periciales, la Fiscalía ha mantenido su solicitud de 15 años de prisión y el abono de 100.000 euros en concepto de indemnización para los familiares del fallecido, mientras que la acusación particular ha elevado el reproche penal al considerar los hechos constitutivos de un delito de asesinato.

Ambas acusaciones sostienen que el procesado no se limitó a repeler una agresión, sino que actuó con la intención de asegurar la muerte de la víctima, 30 años mayor, a la que habría perseguido por el interior del cortijo hasta alcanzarla y rematarla a golpes con pesados bloques de hormigón.

En esta línea, el Ministerio Público ha recordado que, en las semanas anteriores al crimen, S.A. ya había sido condenado por amenazar de muerte a la víctima si no abandonaba la vivienda que compartían.

La defensa, que solicita la absolución, ha rebatido esta versión y se ha apoyado en el testimonio del acusado, quien sostiene que fue la víctima quien le atacó primero mientras descansaba, obligándole a intentar huir de la finca. El juicio ha quedado visto para la deliberación y el posterior veredicto del jurado.