La decisión del juez Juan Carlos Peinado de retirar el pasaporte a Begoña Gómez, prohibirle salir de España e imponerle comparecencias cada 15 días abre un intenso debate jurídico y político.
Mientras el Gobierno y el PSOE consideran que la medida es desproporcionada y carece de fundamento, el magistrado sostiene que existe riesgo de fuga suficiente para justificar estas restricciones tras la apertura de juicio oral.
El propio Peinado rechazó en 2024 adoptar esta misma medida cautelar. Además, la esposa del presidente del Gobierno nunca ha incumplido una citación judicial ni ha mostrado intención alguna de abandonar el país.
¿Por qué le retira el pasaporte el juez?
La clave de la resolución está en el denominado "riesgo de fuga", uno de los requisitos que contempla la legislación para imponer medidas cautelares que limiten la libertad de movimientos de una persona investigada o acusada.
Según el magistrado, la situación procesal ha cambiado sustancialmente después de que se haya acordado la apertura de juicio oral. Peinado considera que la perspectiva de enfrentarse a penas de prisión elevadas aumenta el incentivo para intentar eludir la acción de la Justicia.
Las acusaciones populares personadas en la causa solicitan penas que, sumadas, alcanzan los 24 años de prisión por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida.
El argumento más polémico: los escoltas
La parte más controvertida del auto de Peinado es la referencia expresa a la condición de Begoña Gómez como esposa del presidente del Gobierno. Peinado sostiene que dispone de medios de protección y seguridad derivados de su posición institucional que podrían facilitar una eventual salida de España. El magistrado llega a contemplar la posibilidad de que los escoltas asignados a su protección pudieran colaborar en una hipotética huida.
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Peinado apunta a los escoltas de Begoña Gómez al justificar la retirada del pasaporte
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Este razonamiento ha generado una fuerte polémica porque supone atribuir un posible riesgo no solo a la propia acusada, sino también a quienes forman parte de su dispositivo de seguridad.
¿Por qué algunos juristas consideran discutible la medida?
Las críticas a la resolución se centran en que las medidas cautelares suelen apoyarse en indicios concretos de riesgo de fuga, como la existencia de patrimonio en el extranjero, antecedentes de incumplimiento judicial, intentos previos de abandonar el país o la posesión de vínculos estables fuera de España.
Hasta el momento no ha trascendido que el juez atribuya a Begoña Gómez ninguna de estas circunstancias. Además, sus detractores recuerdan que la esposa del presidente del Gobierno ha acudido a todas las citaciones judiciales y ha permanecido localizable durante toda la instrucción.
Los argumentos de quienes defienden la decisión
Quienes respaldan la actuación del juez recuerdan que las medidas cautelares no exigen demostrar que una fuga vaya a producirse, sino valorar si existe un riesgo razonable de que pueda ocurrir.
Desde esta perspectiva, la apertura de juicio oral y la gravedad de las penas solicitadas justificarían adoptar medidas preventivas para garantizar la presencia de la acusada durante el procedimiento.
También sostienen que la retirada del pasaporte y la prohibición de salida del territorio nacional son medidas habituales en procedimientos penales de relevancia y mucho menos gravosas que otras como la prisión provisional.
