Los 23 minutos que terminaron en la tragedia de Urda: una avería, dos trenes y las preguntas sin respuesta

La caída de un sistema de seguridad, una autorización para reanudar la marcha y las advertencias de un tren que seguía detenido precedieron al choque que ha dejado 69 muertos

Grúas trabajando en las labores de desescombro en el accidente ferroviario en Urda | Eusebio García del Castillo / Europa Press

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A las 8.30 de la mañana del miércoles 28 de octubre, seis trenes que circulaban por la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla quedaron afectados por una avería informática en el sistema de protección LZB. Ninguno de sus pasajeros podía saber entonces que aquella incidencia, aparentemente limitada al funcionamiento de la infraestructura ferroviaria, sería el comienzo de una secuencia que, apenas 23 minutos después, terminaría con un AVE de Renfe empotrado contra la parte trasera de un Iryo detenido en Urda (Toledo).

La colisión, registrada alrededor de las 8.53 horas, ha dejado 69 fallecidos y numerosas personas heridas, según los balances conocidos hasta la noche del jueves. Los equipos de emergencia han trabajado durante dos jornadas entre los restos de los convoyes, mientras los hospitales atienden a los supervivientes y las familias esperan noticias sobre sus allegados.

La tragedia ha abierto una investigación judicial y técnica que todavía no ha determinado todas sus causas. Las primeras explicaciones del Ministerio de Transportes apuntan a una autorización incorrecta para reanudar la circulación, pero las grabaciones conocidas posteriormente plantean otras preguntas sobre la información disponible en el centro de control de Adif, las comunicaciones con ambos trenes y los procedimientos que debían aplicarse cuando falló el sistema de seguridad.

Los 23 minutos decisivos

Miércoles 28 de octubre de 2026 · Urda (Toledo)

Reconstrucción provisional
Falla el LZB

Una incidencia informática afecta al sistema de protección ferroviaria y detiene seis trenes.

El AVE recibe autorización

El centro de control de Adif en Atocha indica al AVE que reanude la marcha normal.

El Iryo sigue detenido

La conductora informa de que permanece parada ante la entrada de Urda.

Nueva advertencia desde el Iryo

Comunica que no consigue reiniciar el LZB y continúa detenida.

Se produce la colisión

El AVE alcanza por detrás al Iryo, en el entorno del kilómetro 118.

Horas aproximadas reconstruidas a partir de las explicaciones oficiales

8.30 horas. Seis trenes detenidos por una avería

La primera incidencia se produjo alrededor de las 8.30, cuando un fallo informático interrumpió el funcionamiento del sistema LZB en un tramo de aproximadamente 63 kilómetros de la línea Madrid-Sevilla.

Este sistema supervisa la circulación ferroviaria y transmite información a los trenes para controlar su velocidad y garantizar que se respeten las condiciones de seguridad. Cuando se perdió la comunicación, los seis convoyes afectados quedaron detenidos.

Entre ellos estaban el AVE 2080 de Renfe, que había salido de Madrid-Atocha a las 8.00 con destino a Sevilla, y el Iryo 6076, que había partido unos minutos antes hacia la misma ciudad.

La gestión de la incidencia pasó al centro de control de Adif en Atocha, desde donde se coordinaban las instrucciones para recuperar la circulación. A partir de ese momento, las comunicaciones entre los maquinistas y los responsables del tráfico ferroviario se convirtieron en una pieza fundamental de lo que ocurriría después.

8.36 horas. La orden de reanudar la marcha

Seis minutos después de la avería, el maquinista del AVE recibió una autorización para continuar su recorrido. Según las grabaciones difundidas por distintos medios, desde el centro de control le indicaron que desconectara y volviera a conectar el LZB y que reanudara la circulación mediante el sistema de bloqueo por señalización lateral, con "marcha normal".

La expresión resulta decisiva para la investigación. El procedimiento de circulación a la vista, previsto para determinadas situaciones de pérdida de protección, obliga a extremar las precauciones y circular a una velocidad reducida que permita detener el tren ante cualquier obstáculo.

El ministro de Transportes, Óscar Puente, calificó el miércoles la autorización de "errónea" e "inexplicable" y aseguró que la circulación debería haberse desarrollado a una velocidad de unos 40 kilómetros por hora, en lugar de permitir que el AVE continuara a velocidades considerablemente superiores.

8.41 horas. Un tren sigue parado en Urda

Mientras el AVE continuaba su recorrido, el Iryo permanecía detenido a la entrada de Urda. Su conductora comunicó al centro de control que había sufrido una pérdida de transmisión y que no podía reanudar la circulación con normalidad.

Las grabaciones conocidas hasta ahora muestran que los responsables de Adif fueron informados de la situación del Iryo cuando el AVE ya había recibido autorización para continuar.

La distancia entre ambos trenes comenzó a reducirse. Según la reconstrucción facilitada por Transportes, el AVE recorrió aproximadamente 25 kilómetros durante los 17 minutos que transcurrieron entre la autorización y el impacto.

8.48 horas. La advertencia que no evitó el choque

Cinco minutos antes del accidente, la conductora del Iryo volvió a contactar con el centro de control. Su tren continuaba detenido y no conseguía reiniciar el sistema LZB.

"Estoy todavía detenida ante la señal de entrada", comunicó, según los audios publicados por la prensa.

La conversación constituye uno de los momentos centrales de la reconstrucción. El centro de control recibió una nueva confirmación de que el Iryo seguía inmovilizado, pero las comunicaciones conocidas hasta ahora no muestran que se transmitiera al AVE una orden para detenerse antes de alcanzar su posición.

8.53 horas. El impacto

Alrededor de las 8.53, el AVE alcanzó por detrás al Iryo a la altura del punto kilométrico 118, en las inmediaciones de Urda.

La violencia de la colisión destrozó parte de los convoyes y provocó que dos coches del Iryo cayeran por un terraplén. La parte delantera del AVE quedó gravemente dañada y varios vagones sufrieron desperfectos de enorme consideración.

En los dos trenes viajaban centenares de personas. Muchos se dirigían a Sevilla, adonde ninguno de los convoyes llegó aquella mañana.

A las 9.10, Adif comunicó públicamente la interrupción de la circulación en la línea de alta velocidad Madrid-Andalucía como consecuencia de un alcance entre dos trenes. La dimensión real del accidente se conocería progresivamente durante las horas siguientes.

La primera jornada. Rescates, hospitales y familias buscando respuestas

La llegada de los servicios de emergencia dio paso a una operación de rescate que se prolongó durante toda la jornada del miércoles y la madrugada del jueves.

Bomberos, personal sanitario, Guardia Civil, Policía Judicial y efectivos de la Unidad Militar de Emergencias trabajaron entre los restos de los trenes. La presencia de vagones deformados y desplazados obligó a utilizar maquinaria pesada para acceder a las zonas más dañadas.

Al mismo tiempo, los hospitales de Castilla-La Mancha y Madrid comenzaron a recibir a los heridos. La magnitud del accidente movilizó recursos sanitarios extraordinarios y abrió un complejo proceso de identificación de víctimas.

En el Instituto de Medicina Legal de Toledo, los equipos forenses iniciaron las tareas de identificación, mientras la Guardia Civil recogía denuncias de desaparición y muestras de ADN de familiares.

La incertidumbre sobre el paradero de algunos pasajeros se prolongó durante horas, entre llamadas a hospitales, consultas a los servicios de emergencia y desplazamientos de familiares hasta Toledo.

Jueves 29. El balance asciende a 69 fallecidos

El jueves por la mañana, el presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, confirmó que el número de fallecidos había aumentado de 68 a 69 personas, después de registrarse una nueva muerte en el hospital.

De los 110 heridos atendidos en hospitales de la comunidad autónoma, 60 habían recibido el alta y 50 permanecían ingresados. Entre ellos figuraban 15 pacientes clasificados en código rojo, aunque cuatro de los que presentaban mayor gravedad evolucionaban favorablemente, según explicó el presidente autonómico.

Las labores de rescate y de inspección continuaron durante la jornada, especialmente en las zonas donde todavía era necesario desplazar los vagones siniestrados.

Por la tarde se produjo una confusión en torno al número de víctimas mortales. La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios publicó inicialmente una ficha del siniestro con 74 fallecidos, pero corrigió poco después ese dato y lo rebajó a 69, en consonancia con el balance oficial facilitado por Castilla-La Mancha.

La conmoción por el accidente también llevó este jueves a los Reyes Felipe VI y Letizia hasta el Hospital Universitario de Toledo, donde visitaron a los heridos, conversaron con los profesionales sanitarios y trasladaron su apoyo a las familias de las víctimas. Posteriormente, se reunieron con familiares en la Casa Sacerdotal de Toledo. Durante su intervención ante los medios, Felipe VI reclamó que la investigación esclarezca "cómo y por qué ha sucedido esta catástrofe" y permita adoptar medidas "para que esto no vuelva a suceder". El monarca pidió afrontar las consecuencias de la tragedia "con dignidad y con rigor".

La tragedia de Urda sacude al Gobierno y reabre el debate sobre la seguridad ferroviaria

El accidente de Urda ha desencadenado una crisis política que alcanza al Gobierno en plena campaña para las elecciones generales del 29 de noviembre, apenas nueve meses después de la tragedia de Adamuz (Córdoba), en la que fallecieron 46 personas. Los dos siniestros suman 115 víctimas mortales y han reabierto el debate sobre la seguridad de la red ferroviaria española, mientras la investigación de lo ocurrido en Toledo continúa sin establecer responsabilidades definitivas.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha calificado de "inasumible" la sucesión de ambas tragedias, aunque Moncloa ha reafirmado su confianza en Óscar Puente, que descarta dimitir y continuará al frente del Ministerio de Transportes. La decisión llega entre las críticas de la oposición, los sindicatos ferroviarios e incluso algunas voces del PSOE, especialmente después de que el ministro apuntara a una decisión humana errónea en la gestión de la circulación.

El PP reclama responsabilidades políticas y ha solicitado la comparecencia urgente de Sánchez ante la Diputación Permanente del Congreso, mientras otras formaciones exigen explicaciones sobre los protocolos de seguridad y las circunstancias del accidente. Puente comparecerá ante la Cámara el martes 3 de noviembre, con una investigación todavía abierta y numerosas preguntas pendientes sobre las decisiones adoptadas desde el centro de control de Adif.

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¿Qué trámites parlamentarios son necesarios para modificar los protocolos de seguridad ferroviaria tras accidentes como el de Urda?

No toda modificación de los protocolos de seguridad ferroviaria necesita pasar por el Parlamento. La cuestión decisiva es si se pretende cambiar una ley o adoptar medidas técnicas dentro del marco legal existente. Un accidente como el que mencionas puede motivar reformas y controles parlamentarios, pero no impone por sí solo una secuencia legislativa obligatoria.

1. Distinguir el protocolo de la norma que lo sostiene

Si la modificación afecta únicamente a instrucciones operativas o disposiciones reglamentarias, no exige necesariamente aprobar una ley: debe seguir el procedimiento correspondiente ante el órgano competente. En cambio, una disposición reglamentaria no puede modificar lo fijado por una ley sin habilitación expresa. Por eso, antes de elegir el trámite parlamentario hay que identificar qué obligación concreta se quiere cambiar y dónde está regulada.

2. Cuando es necesario modificar una ley

Existen dos vías principales, reguladas en los artículos 109 a 127 del Reglamento del Congreso:

  • Proyecto de ley del Gobierno. Se remite al Congreso con exposición de motivos y antecedentes. La Mesa ordena publicarlo, enviarlo a la comisión competente y abrir el plazo de enmiendas, ordinariamente de quince días hábiles. No necesita una votación previa de toma en consideración.
  • Proposición de ley parlamentaria. Puede presentarla un grupo o un diputado con otras catorce firmas. Se publica y se remite al Gobierno para que manifieste su criterio y, cuando proceda, su conformidad presupuestaria. Después, el Pleno decide su toma en consideración: es decir, si comienza a tramitarla.

A partir de ahí, el recorrido incluye enmiendas, informe de una ponencia —un grupo reducido de parlamentarios— y debate y dictamen de comisión. Las enmiendas a la totalidad de un proyecto, si existen, se debaten antes en el Pleno. La aprobación puede corresponder al Pleno o a la comisión con competencia legislativa plena, cuando sea constitucionalmente delegable.

3. Senado y aprobación definitiva

El texto aprobado se remite al Senado, que puede aceptarlo, enmendarlo o vetarlo. Dispone de dos meses, reducidos a veinte días en los procedimientos urgentes. Si introduce cambios o un veto, el texto vuelve al Congreso.

El Congreso decide sobre las enmiendas por mayoría simple. Puede levantar el veto por mayoría absoluta o, transcurridos dos meses desde su interposición, por mayoría simple. La urgencia también permite reducir a la mitad los plazos ordinarios del Congreso; no elimina el debate ni las votaciones.

4. Medidas urgentes mediante decreto-ley

Otra vía es el real decreto-ley, sujeto a sus requisitos constitucionales. El Congreso debe pronunciarse sobre su convalidación o derogación dentro del plazo de treinta días. Esta votación decide si se mantiene la disposición; no permite introducir enmiendas directamente.

Tras convalidarlo, puede acordarse su tramitación como proyecto de ley urgente, abriendo entonces la posibilidad de modificarlo. El Senado interviene en esa tramitación legislativa posterior, no en la convalidación. Si el Congreso está disuelto, esta última corresponde a la Diputación Permanente.

5. Investigar y exigir explicaciones no equivale a reformar
  • Comparecencias y preguntas: permiten solicitar documentación, escuchar al Gobierno y a expertos y fiscalizar las medidas adoptadas.
  • Proposiciones no de ley y mociones: se registran, admiten, debaten y votan; sirven para instar al Gobierno a actuar, pero no modifican por sí mismas los protocolos.
  • Comisión de investigación: su creación requiere acuerdo del Pleno; desarrolla un plan de trabajo y eleva conclusiones para debate y aprobación. Estas no sustituyen una reforma normativa ni vinculan a los tribunales.

En definitiva, investigar el accidente y cambiar las reglas son procedimientos distintos: los primeros pueden impulsar la reforma, pero no son requisitos previos generales para adoptarla.

¿Cuáles son las competencias del ministro de Transportes según la legislación española?

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible dirige la política del Gobierno sobre infraestructuras y servicios de transporte de competencia estatal, así como sobre movilidad sostenible. Su ámbito también incluye materias menos conocidas, como la ordenación normativa postal y los servicios estatales de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica. Conviene distinguir entre la dirección que corresponde al ministro y las funciones de ejecución atribuidas a los órganos del Ministerio.

Base legal y alcance

El artículo 7 del Real Decreto 829/2023 atribuye al departamento la propuesta y ejecución de las políticas sobre infraestructuras y transporte terrestre estatal, aéreo y marítimo, para garantizar una movilidad justa y sostenible.

El artículo 1 del Real Decreto 253/2024 desarrolla ese mandato: comprende infraestructuras, control y regulación administrativa de los servicios, movilidad sostenible y planificación de inversiones. Estas atribuciones deben ejercerse coordinadamente y sin perjuicio de las correspondientes a otros ministerios.

Principales competencias materiales

  • Carreteras y transporte por carretera. Dirigir la política estatal de infraestructuras viarias y la ordenación del transporte por carretera. Incluye inversiones, conservación, mantenimiento, concesiones y supervisión técnica y económico-financiera de las sociedades concesionarias, mediante los órganos competentes. Los artículos 3, 4 y 6 del Real Decreto 253/2024 distribuyen estas funciones.
  • Ferrocarril. Dirigir la planificación y evaluación de la Red Ferroviaria de Interés General y la ordenación de los servicios ferroviarios estatales. Comprende impulsar inversiones y coordinar infraestructuras y servicios, priorizando seguridad, mantenimiento y movilidad cotidiana. Su desarrollo se encuentra en los artículos 2, 3, 5 y 6.
  • Transporte aéreo y marítimo. Conducir las políticas estatales de ambos sectores y sus infraestructuras, incluida la planificación portuaria y las inversiones en puertos de interés general. El reparto de funciones se desarrolla en los artículos 2 y 7 a 9.
  • Movilidad sostenible. Impulsar estrategias de movilidad segura, socialmente justa y ambientalmente sostenible, incluida la movilidad activa. También promover la combinación de distintos medios de transporte, la logística y la cooperación con otras administraciones en planes de movilidad urbana. Lo regulan los artículos 2, 10 y 11.
  • Inversiones, ayudas y financiación europea. Orientar la programación de inversiones en infraestructuras y movilidad, así como las ayudas e instrumentos económicos del departamento. Incluye fondos europeos y actuaciones del Plan de Recuperación, según los artículos 2, 10 y 11.
  • Servicios postales y geográficos. Dirigir la política de ordenación normativa postal y los servicios estatales de astronomía, geodesia, geofísica y cartografía, conforme al artículo 1.1.

Dirección del departamento y límites

Del ministro dependen directamente la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible y la Subsecretaría, según el artículo 1.2. La primera desarrolla las políticas sectoriales bajo su dirección. Por ello, no debe atribuirse al ministro personalmente cada autorización, contrato o decisión técnica: la norma reparte esas actuaciones entre órganos concretos.

La dirección estratégica, evaluación y control de resultados de Puertos del Estado, ADIF, Adif-Alta Velocidad, Renfe-Operadora y Enaire se atribuyen a la Secretaría de Estado por el artículo 2.9. Asimismo, el artículo 1.4 sitúa bajo dependencia directa del ministro la coordinación de las relaciones internacionales del departamento.

Finalmente, el Real Decreto 690/2025 reforzó la coordinación de crisis y la atención a víctimas mediante un observatorio dependiente de la Secretaría de Estado, sin asumir la gestión directa de las emergencias. En definitiva, el ministro dirige el conjunto, pero debe respetar las competencias territoriales, las de otros departamentos y las atribuciones específicas de cada órgano.

¿Qué requisitos legales deben cumplir los sistemas de protección ferroviaria como el LZB para su homologación en España?

En España, un sistema de protección ferroviaria como el LZB debe acreditar seguridad, compatibilidad técnica e integración segura antes de su utilización. Jurídicamente, no basta una homologación genérica del equipo: deben distinguirse la evaluación del producto, la verificación del subsistema y la autorización correspondiente a su instalación. Lo siguiente se refiere a la Red Ferroviaria de Interés General.

1. Marco legal aplicable

Las referencias centrales son la Ley 38/2015 del sector ferroviario, de 29 de septiembre, y el Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias. Este último incorpora las Directivas (UE) 2016/797, sobre interoperabilidad, y 2016/798, sobre seguridad ferroviaria.

El real decreto diferencia el control-mando y señalización en tierra, que constituye un subsistema fijo, del instalado a bordo, que constituye un subsistema móvil. Por tanto, no debe trasladarse automáticamente al equipo embarcado el procedimiento previsto para instalaciones de vía.

2. Requisitos técnicos y de seguridad
  • Requisitos esenciales. El anexo XI exige que las instalaciones permitan circular con el nivel de seguridad fijado para la red y mantengan condiciones plenamente seguras para los trenes autorizados a circular en condiciones degradadas.
  • Compatibilidad. Deben acreditarse las interfaces entre equipos de vía, equipos embarcados y demás elementos afectados. Los equipos de cabina deben permitir la explotación normal en las condiciones especificadas.
  • Normativa técnica aplicable. Deben cumplirse las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad —ETI— y las normas nacionales pertinentes, respetando el ámbito y la estrategia de aplicación de cada ETI. Las normas nacionales cubren, entre otros supuestos, aspectos no regulados completamente y la compatibilidad con sistemas existentes.

Para un proyecto LZB resulta decisivo identificar las exigencias aplicables a su configuración e interfaces; no basta afirmar que cumple, de forma general, la normativa ferroviaria europea.

3. Evaluación y documentación

El artículo 87 regula la declaración CE de verificación del subsistema, emitida bajo responsabilidad del solicitante. La evaluación frente a las ETI corresponde a organismos notificados; la comprobación de normas nacionales, a organismos designados. No debe confundirse esta declaración con las declaraciones de conformidad de los componentes de interoperabilidad.

El expediente técnico debe recoger:

  • Diseño, planos, esquemas eléctricos y de mando, y descripción del software y automatismos con detalle suficiente.
  • Certificados, declaraciones de los componentes e informes de ensayos, inspecciones y auditorías pertinentes.
  • Condiciones y límites de utilización, instrucciones de vigilancia y mantenimiento, y restricciones operativas.
  • Justificación de compatibilidad e integración segura, con evaluación de riesgos e informes independientes exigibles.

La gestión del riesgo se apoya, cuando corresponde, en el método común del Reglamento de Ejecución (UE) 402/2013. El expediente debe conservarse durante toda la vida útil del subsistema.

4. Autorización y modificaciones

Para instalaciones fijas nuevas, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria —AESF— autoriza la entrada en servicio. El procedimiento comprende comunicación previa, presentación de los proyectos antes de su aprobación, evaluación tras la construcción y solicitud final. Debe acreditarse el cumplimiento del plan de pruebas establecido o acordado con el administrador de infraestructura.

La solicitud incluye declaraciones de verificación, compatibilidad técnica e informe del organismo evaluador de seguridad sobre la integración segura. La AESF puede imponer condiciones y restricciones. En mejoras o renovaciones decide si hace falta nueva autorización atendiendo, entre otros criterios, al impacto sobre la seguridad y a los parámetros modificados.

La decisión positiva previa de la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea prevista para determinados proyectos de vía con ETCS o GSM-R no es una exigencia general atribuible automáticamente al LZB.

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¿Qué sistema de protección ferroviaria sufrió una avería que desencadenó el accidente en Urda?

Pregunta 1 de 3

¿A qué velocidad, según el ministro de Transportes, debería haber circulado el AVE tras la avería del sistema de protección?

Pregunta 2 de 3

¿Cuántos trenes quedaron inicialmente detenidos por la avería informática en la línea Madrid-Sevilla el 28 de octubre de 2026?

Pregunta 3 de 3