Una comunidad de vecinos deberá pagar 49.000 euros a un restaurante que tuvo que cerrar por unas obras

La Audiencia Provincial de Madrid confirma una indemnización de 49.011,97 euros por los perjuicios económicos sufridos por el negocio. El restaurante permaneció cerrado durante 47 días por una avería en la red de saneamiento y otros 32 días por daños en la estructura del local

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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a una comunidad de propietarios a indemnizar con 49.011,97 euros a la empresa que explotaba un restaurante situado en el edificio. El establecimiento tuvo que interrumpir su actividad por los daños ocasionados por problemas en las instalaciones del inmueble y las posteriores obras de reparación.

La resolución desestima el recurso presentado por la comunidad contra la sentencia dictada en marzo de 2025. La indemnización comprende los perjuicios derivados de dos periodos de cierre: uno de 47 días por las obras en la red comunitaria de saneamiento y otro de 32 días por los daños en el forjado y la estructura del techo del local.

Los gastos que el restaurante tuvo que seguir pagando

Durante los periodos de inactividad, los responsables del negocio tuvieron que continuar afrontando gastos fijos pese a no obtener ingresos. Entre ellos figuraban el alquiler del local, los suministros, las cotizaciones a la Seguridad Social, los seguros, los servicios de vigilancia y otros costes necesarios para mantener el establecimiento.

La Audiencia considera que estos desembolsos constituyen un perjuicio indemnizable, ya que los propietarios tuvieron que recurrir a sus propios recursos para conservar el negocio en condiciones de reanudar la actividad una vez finalizadas las reparaciones.

El tribunal entiende que no se trata de gastos que deban excluirse por el hecho de que el restaurante también los habría tenido abierto. Durante los cierres, los titulares carecieron de ingresos para sufragarlos y tuvieron que asumirlos con su patrimonio.

La comunidad debía vigilar el estado de las instalaciones

La sentencia también analiza la responsabilidad de la comunidad por el deterioro de los elementos comunes del edificio. En el primer cierre, la rotura de la red de saneamiento provocó humedades y daños que obligaron a realizar obras y mantener el restaurante cerrado.

La Audiencia considera que la antigüedad del inmueble exigía una mayor diligencia en la revisión y conservación de las instalaciones comunitarias. El deterioro no se produjo de forma repentina, por lo que la comunidad debía haber comprobado su estado antes de que alcanzara el nivel que ocasionó los daños.

En el segundo periodo, las filtraciones procedían de instalaciones privativas de una vivienda, pero afectaron al forjado, un elemento común del edificio. Por ello, el tribunal mantiene la responsabilidad de la comunidad frente al negocio perjudicado, sin perjuicio de que pueda reclamar posteriormente al propietario responsable del origen de las filtraciones.

La resolución confirma así la indemnización de 49.011,97 euros. No obstante, todavía puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.